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Carrión de Calatrava - Ciudad Real

Poblacion:
España > Ciudad Real > Carrión de Calatrava
11-12-09 19:00 #4140021
Por:No Registrado
DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION
Artículo 20.

1. Se reconocen y protegen los derechos:

1.

A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
2.

A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
3.

A la libertad de cátedra.
4.

A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
Puntos:
11-12-09 20:54 #4141229 -> 4140021
Por:No Registrado
RE: DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION
Artículo 15.

Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y "MORAL"

Artículo 18.

1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

4. La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

ESTE QUE VIENE AHORA TE LO DEBES HABER OLVIDADO, VERDAD?

4. Estas libertades tienen su "límite" en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Puntos:

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