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Alcolea de Calatrava - Ciudad Real

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España > Ciudad Real > Alcolea de Calatrava
14-04-08 11:19 #810919
Por:Santiago Coello

EL TRIBUNAL DE CUENTAS INVESTIGA POSIBLES IRREGULARIDADES EN LA CONTABILIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DE CVA.
El pasado 28 de marzo, el Boletín Oficial de la Provincia, en su Núm. 38, ha publicado un Edicto del Tribunal de Cuentas, en concreto de su Sección de Enjuiciamiento, Departamento tercero, mediante el cuál da conocer la tramitación de un Procedimiento de reintegro por alcance frente al Ayuntamiento de Alcolea de Cvª, “como consecuencia de la prescripción del cobro de diferentes cuotas de urbanización en el ejercicio 1997, incluidas en la contabilidad correspondiente al ejercicio de 1999 del Ayuntamiento de Alcolea de Calatrava y justificación de gastos con facturas indebidas en la 3ª y 4ª certificación de las obras del Colector Sur de esa localidad”, concediendo un plazo de nueve días a los interesados para que puedan comparecer en dichos autos.

Así, el Tribunal de Cuentas, deberá determinar si existe responsabilidad por alcance en los pagos que se han producido por la realización de obras de urbanización, sin que exista soporte documental que justifique dichas inversiones y sin que se destinen a una utilidad pública, por los siguientes importes: 15.695,26 € (obras en UE 2 y 13), 19.881,49 € (obras en UE 1), y 19.674,60€ (trabajos en UE 13), lo que supone un total de 55.251,35€, y quién o quiénes deberán proceder a su reintegro, en su caso; puesto que se trata del empleo de subvenciones en el desarrollo urbanístico de terrenos de particulares.

Estas actuaciones no solo contravienen las disposiciones de la normativa urbanística que obliga a los propietarios de terrenos rústicos a financiar la transformación de éstos en urbanos, sino del propio ordenamiento jurídico presupuestario y contable, pues no se puede llevar a cabo gastos que no estén debidamente contemplados en el presupuesto de la Administración actuante, ya que no esta previsto que se abonen por la Corporación Municipal.

Por último, dicho órgano también deberá fijar si existe responsabilidad por alcance en la financiación de la construcción de un colector de saneamiento, que ha sido declarado ilegal por el Tribunal Supremo, puesto que no se ha abonado al contratista de la obra todo el dinero percibido por el Ayuntamiento, mediante subvenciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en función de las certificaciones previas emitidas por la propia Corporación Municipal, donde se afirmaba que se había producido la ejecución total de la obra proyectada y adjudicada.


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