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Alcolea de Calatrava - Ciudad Real

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19-11-07 11:49 #568651
Por:Santiago Coello

Preguntas a la Alcaldía
El pasado 8 de octubre de 2007, el Grupo Popular en el Ayuntamiento formuló una serie de preguntas a Ángel, y éste todavía no las ha contestado, estas fueron:

1.- ¿Se ha realizado informe sobre la modificación nº 2 del presupuesto de 2007, que se ha llevado a cabo por Decreto de la Alcaldía de fecha 27 de abril de 2007, sobre traspasos de fondos del remanente de tesorería a partidas de gastos o aplicación presupuestaria para los conceptos de Vivienda Tutelada y Otros, respectivamente?

a) En caso de haberse realizado el informe ¿Resulta discrepante con dicha modificación en algunos de sus aspectos? ¿En cuáles?
b) Existe nota de reparo por parte del Sr. Secretario-Interventor de este Ayuntamiento.

2.- Sobre las convocatorias de Pleno realizadas por el Grupo Popular y celebrados el día 13-9-07, ¿Existe algún otro informe realizado por el Sr. Secretario-Interventor o por otros técnicos de la Corporación Municipal, así como de otras Instituciones o asesorías jurídicas externas?. En caso positivo, indíquenos su contenido.

3.- Según la intervención de la Portavoz del PSOE en el Pleno celebrado el día 13-9-07, cuando se solicita licencia de construcción en terrenos adscritos a Unidades de Ejecución, así como en aquéllos supuestos donde han desaparecido éstas (UE nº 11 y 12), se informa a los afectados de la situación. Con respecto a ello se formulan las siguientes preguntas:

a) Qué tipo de licencias se han otorgado definitivas o provisionales.
b) ¿Se encuentran condicionadas al cumplimiento de ciertos requisitos?¿Cuáles son?
c) ¿Conocen las consecuencias de ello?, ¿Se ha informado a los vecinos y constructores de las diferencias de un tipo de licencia y otro? ¿Conocen el alcance del incumplimiento de las condiciones impuestas en las licencias? ¿Qué alcance, en cuanto a la responsabilidad, tiene el incumplimiento de las condiciones de las licencias? ¿Cuándo es responsable el Ayuntamiento?.
d) ¿Se ha informado por escrito o verbalmente?
e) Relación de informaciones realizadas, con indicación de las personas a quiénes se ha informado y de que modo se ha realizado, si por escrito o verbalmente.

4.- Sobre la construcción de la vivienda tutelada, independientemente de la Modificación nº 2/2007, que transfiere del remanente de tesorería 230.000 euros para financiar dicha obra,

a) Qué otras cantidades se han aportado para la financiación de dichas obras, con relación de ejercicios, importes y procedencia; así como si proceden de fondos propios o de subvenciones procedentes de otras Instituciones, o de cualquier otro ingreso que se haya producido a la fecha en que se conteste esta pregunta.
5.- En las partidas 5.60 y 5.61 del Presupuesto del ejercicio 2006, se han reconocido obligaciones por la cuantía total de 153.570,37€ en la primera, y de 228.117,87€ en la segunda, que suman un total de 381.688,24€. Sin embargo, las previsiones de ingresos procedentes de los arts. 75, 76 y 79, procedentes de subvenciones de capital para inversiones de la Junta de Comunidades, la Excma. Diputación Provincial y fondos PRODER MONTES NORTE, todos juntos, suman solo 328.309,75€ inicialmente, ya que posteriormente se han ampliado con modificaciones presupuestarias por importe 91.249,74€, lo que alcanza una totalidad de 419.559,49€. Sin embargo los derechos reconocidos ascienden solo a 218.126,39€, por lo que existe un desfase de 163.561,85€, es decir, son inferiores los derechos reconocidos que las previsiones definitivas, por ello preguntamos lo siguiente:

a) Cómo se ha financiado o se piensa financiar dicho importe.
b) Cuáles son los derechos que no han sido reconocidos, porqué causas y a cuanto ascienden sus importes.
c) Cuáles son los derechos que no se prevé que sean reconocidos.
d) Cuáles son los derechos que se prevé que si serán reconocidos.
e) Cuáles son los derechos que no se sabe si van a ser reconocidos o no.

6.- En cuanto a los bienes comunales, según el Sr. Alcalde, usando documentación que no estuvo a disposición de los concejales en la carpeta del Pleno del día 13-9-2007, en el punto del orden del día que se trató sobre los bienes comunales, mostró un documento que afirmó ser la aprobación de una desafectación de bienes comunales por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el año 1992, ante ello preguntamos lo siguiente:

a) ¿En qué fecha se publicó dicho acuerdo en el Boletín Oficial pertinente, así como la aprobación por el Pleno de iniciar dicho expediente y su exposición pública?
b) ¿Para qué o que motivos justificaron dicha desafectación?.

7.- En la modificación nº 1/06, aparecen dos ingresos de la partidas 75505 y 76002 de la Junta de Comunidades y la Excma. Diputación Provincial, por importes de 19.067,93€ y 8.111,97€ respectivamente, que fueron destinadas a la partida de gasto o aplicación presupuestaria 561105S. Sobre estos extremos preguntamos lo siguiente:

a) Para qué concepto de obra o proyecto fueron concedidos dichos fondos y en qué ejercicio.
b) En la modificación nº 3/06 aparece una transferencia de capital de la aplicación presupuestaria o cuenta 75.506 de la Junta de Comunidades a la aplicación presupuestaria de gastos 561106, y de la partida “otros ingresos”, partida 399, a la misma partida de gastos, por importe de 4.497,31€ y 25.484,79€ respectivamente ¿A qué conceptos en concreto corresponden dichos ingresos y a que gastos se han destinado dichos ingresos?
c) Asimismo aparecen en las modificaciones varios ingresos con cargo a la partida 399 (otros ingresos) transferidos a partidas de gastos ¿De qué concepto o subconcepto proceden dichos ingresos?

8.- Sobre la modificación nº 2 del presupuesto, al haber dispuesto de fondos del remanente de tesorería (a sabiendas de que dicho remanente no procede de cantidades afectadas para los citados fines) para realizar las obras a las que finalmente han sido destinadas en las correspondientes partidas de gastos, cuando dichos fondos proceden de subvenciones concedidas en ejercicios anteriores, que no se utilizaron en la ejecución de las obras para las cuáles fueron concedidas, pedimos se resuelvan las siguientes cuestiones:

1º.- ¿Se han justificado los gastos correspondientes a estas subvenciones finalistas concedidas en ejercicios anteriores por otras Administraciones? Si o no.
2º.- Si no se ha realizado el gasto, al menos no se ha contabilizado en el presupuesto que correspondía, ¿Con qué facturas se han justificado el empleo de dichas subvenciones?
3º.- ¿Están íntegros todos los fondos o derechos reconocidos en el remanente de tesorería y que sin embargo no se incluyeron en su día en el presupuesto? Cuáles si y cuáles no.
4º.- La modificación número dos con cargo al remanente de tesorería, ¿Está justificada con ingresos de subvenciones de capital finalista o está financiada con remanentes de crédito no afectados?

9.- Acceso al depósito de agua potable del Hurdón. Construcciones en la senda del Hurdón. Desde tiempo inmemorial se viene utilizando la senda del Hurdón para acceder al depósito de agua potable que el municipio posee en aquél paraje. Este camino o senda se iniciaba en la c/ Casimiro Coello de la localidad, y era utilizado principalmente por los operarios municipales y de la empresa concesionaria del agua potable para acceder al repetido depósito. Pues bien, recientemente este paso ha sido cortado por un vecino del lugar, procediendo a edificar sobre el suelo que sustenta dicho acceso, obligando a los vecinos que deseen llegar al referido entorno, a dar la vuelta por la Ronda del Poniente.

Pregunta.- ¿ Dispone este vecino de autorización municipal para construir sobre dicho paso público? Si no dispone ¿Ha iniciado ese Ayuntamiento el pertinente expediente para recuperar este espacio de dominio público? ¿Qué se piensa hacer al respecto?

10.- Pavimentación de la C/ Bécquer. Se ha procedido recientemente a realizar obras de pavimentación en la calle Bécquer de la localidad, sin que las mismas consistan en obras de reparación o reforma de la vía, es decir, se trata de una obra de urbanización y apertura de este nuevo vial. Tampoco consta la financiación de la obra, ni el proyecto a que obedece, generando una discriminación respecto al resto de vecinos que si han tenido que pagar sus correspondientes viales a través de cuotas de urbanización o expedientes de contribuciones especiales. Al mismo tiempo, se ha producido un enriquecimiento injusto en el patrimonio del titular de los terrenos que se han visto favorecidos por dicha actuación municipal, en perjuicio de las arcas públicas.

Preguntas.-

A.- A qué proyecto de obra obedecen los trabajos. Cuándo se han adjudicado los trabajos y cómo se han financiado. Importe de las subvenciones percibidas y con qué finalidad se concedieron éstas. Porqué no se ha realizado expediente de contribuciones especiales para su financiación.

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