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La Barca de la Florida - Cadiz

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España > Cadiz > La Barca de la Florida (Jerez de la Frontera)
19-04-10 12:10 #5122438
Por:napoleonboinaparte

Muy interesante. Seguros asociados a las tarjetas de crédito
Seguros asociados a las tarjetas de crédito
Las tarjetas de crédito incluyen una serie de seguros que se encuentran establecidos en el contrato de la tarjeta de crédito. Sin embargo, hay que tener en cuenta que por lo general la información relacionada con el tema de los seguros, suele estar incluida en letra pequeña.

Seguro de vida
En caso de fallecimiento, este seguro cubre el saldo pendiente en la tarjeta de crédito, hasta un máximo de unos 3000 euros. Asimismo, los familiares recibirán una indemnización por el importe contratado.

Seguro de graves enfermedades
Si el titular padece alguna de las siguientes enfermedades: cáncer, apoplejía, infarto de miocardio, afección crónica de las arterias coronarias que pueda requerir by-pass o insuficiencia renal; podrá recibir un anticipo del importe que se le dará en el momento del fallecimiento.

Seguro de accidentes -en vida cotidiana-
Se trata de un seguro que cubre cualquier accidente, que provoque daños corporales al titular de la tarjeta; ya sea en el ejercicio de su actividad profesional o en su vida privada.

Seguro de accidentes -en medio de transporte-
La empresa aseguradora pagará los gastos derivados de los daños infligidos en los asegurados, como consecuencia de un accidente en un transporte público autorizado, siempre que el transporte se haya pagado con la tarjeta de crédito. Normalmente incluyen los accidentes que ocurren:

• En el interior del medio de transporte
• En la subida o bajada del medio de transporte
• En la espera para subir al medio de transporte
• En cualquier transporte público que actúe como intermediario para acceder al mismo
• En coches de alquiler
Si el asegurado fallece o queda inválido, el seguro pagará una indemnización de hasta 150.000 euros, salvo que su tarjeta sea oro, platino o business, en cuyo caso, la indemnización alcanzará los 450.000 euros. En cualquier caso, cubrirá los gastos de entierro con una cantidad de 6.000 euros. La cantidad por secuestro oscila entre los 6.000 y 8.000 euros, dependiendo de la tarjeta de crédito.

Seguro de asistencia en viajes
El seguro de asistencia en viajes incluye otros seguros de asistencia a personas, que cubren gastos: médicos, farmacéuticos, estancias en un hospital o hotel, traslados al hospital o al país del beneficiario. Si así lo requiriera la situación, siempre y cuando se presente prescripción médica.

En cuanto a los seguros de asistencia por retraso del transporte, si el retraso es superior a 6 horas, se cubrirá hasta 150 euros los gastos derivados del retraso. Si se produjera la cancelación por motivos de huelga general, se indemnizaría con una cantidad máxima de 300 euros.

Seguro de equipaje
Este seguro cubre el robo, incendio y pérdida de equipaje. La empresa aseguradora, indemnizará al titular de la tarjeta de crédito con un importe máximo de 602 euros; siempre y cuando presente la denuncia correspondiente y un justificante firmado por la empresa de transportes que confirme los daños del equipaje.

Seguro antirrobo o pérdida
Antes de realizar la denuncia de pérdida o sustracción de tarjeta, el titular tendrá un límite de responsabilidad de 150 euros, para cualquier uso fraudulento de la misma; ya que el titular en la firma de su contrato aceptó la custodia y responsabilidad de la tarjeta de crédito. No obstante, a partir de los 150 euros, si el titular realiza la denuncia en un plazo correcto y no se observa ninguna negligencia por su parte, la tarjeta estará asegurada por parte de la entidad.

Seguro de protección de compras
La mayor parte de los artículos que se pagan con tarjeta de crédito, con un gasto superior a 50 euros e inferior a 2000 euros, suelen estar protegidos con un seguro de protección de compras. Este seguro opera en caso de robo o daño durante un periodo de 100 días, contados a partir del momento de la adquisición de la tarjeta.

Restricciones en los seguros
Los seguros varían de una entidad a otra y de una tarjeta a otra. El titular deberá asegurarse de tener conocimiento, de la cobertura contratada en el momento de la emisión de la tarjeta. Los beneficiarios de estos seguros serán en primera instancia el titular de la tarjeta. En caso de fallecimiento del mismo, el beneficiario será en primer lugar su cónyuge, en segundo lugar los hijos en partes iguales, en tercer lugar los padres y en cuarto lugar otros herederos legales, que hayan sido establecidos previamente bajo un testamento. Es pertinente tener en cuenta, que estos seguros no funcionarán si se llegara a presentar uno de los siguientes accidentes o sucesos:

• Guerras, revoluciones, conflictos armados, actos de terrorismo o desastres naturales
• Suicidio o tentativa de suicidio, mutilación o lesión causada por el asegurado
• Accidentes mortales causados o provocados por los beneficiarios
• Accidentes provocados por sustancias radiactivas o nucleares
• Accidentes bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes
• Infarto de miocardio o accidente vascular, si no proviene de una enfermedad anterior
• Lesiones que sean consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos, salvo que estas intervenciones se deriven de un accidente que cubra el seguro de la tarjeta
• Accidentes provocados por actitudes negligentes (peleas, conducir sin carnet, práctica de un deporte de riesgo, práctica de un deporte profesional)
• Accidentes en transportes privados
• Accidentes ocurridos con anterioridad a la contratación de la tarjeta

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informacion muy interesante. Por: antonio manuel romer 16-10-11 17:41
antonio manuel romer
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