27-09-08 20:30 | #1229938 -> 1229452 |
Por:cigüeño ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "A beneficio de todos" no, no señor. A beneficio de su ilustre colega que lleva el caso de alguna de los pretendidos beneficiarios de la gestión de los Pisos Tutelados. Como ya se ha comentado anteriormente en otras intervenciones sus "APUD ACTA", no interesan a algunos foristas. Es una opinión | |
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28-09-08 20:57 | #1232380 -> 1229938 |
Por:GARDUÑA ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES CIGUEÑO, efectivamente me sumo a lo que manifiestas, porque el ilustre letrado tiene el foro que parece un anuncio de LEGALITAS, de todos modos a mi manera de ver, este ilustre abogado está dolido por varias razones, una de ellas porque a su defendida no le han concedido algo que según las bases del concurso no cumplia y lo segundo a "RIO REVUELTO, GANANCIA DE ABOGADOS". Creo que en la anterior legislatura tomaba parte como asesor juridico de este Ayuntamiento y esta corporación ha prescindido de sus servicios. ¿LO PILLAS? ¡vamos a ser mas constructivos y no hacer leña donde no la hay , porque el revanchismos y la ambición desmesurada si no es moderada, se convierte en hipocresía. UN SALUDO. Y PERDÓN SI HE PODIDO HERIR LA SENSIBILIDAD DE ALGÚN LECTOR. | |
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29-09-08 20:45 | #1236600 -> 1232380 |
Por:cigüeño ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES Hablando de LEGALITAS. Se me ocurre una idea para el Ayuntamiento. Por el módico precio de 78 Euracos al año, el Ayuntamiento podría hacerse socio de LEGALITAS, así siempre tendría un Abogado y no de Oficio para defender sus acusaciones y demás actos corruptos. Es una opinión | |
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29-09-08 22:26 | #1237080 -> 1236600 |
Por:juando63 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES Eso es muy caro hombre , yo conozco un bufete de abogados en Olivenza que por 50 euros al año , te dan toda clase de servicios jurídicos .- saludos. | |
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29-09-08 21:39 | #1236846 -> 1232380 |
Por:GARDUÑA ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES ,,,,,,,,, | |
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30-09-08 00:10 | #1237800 -> 1236846 |
Por:ajusepa ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES ![]() TTTTTUUUUUUBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAA ![]() | |
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18-10-08 01:57 | #1305054 -> 1229452 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" (1ª Parte) Prólogo Como ya exponía al final de mi escrito DIARIO DE SESIONES de fecha 27/9/08, el tan cacareado asunto de los Pisos Tutelados ha vertido mucha tinta y también opiniones encontradas basadas la gran mayoría de ellas en la desinformación, y otras en la sobrada mala leche de algún zoquete malintencionado cuyo único objetivo es el de confundir a quienes, por imposibilidad material de acudir a los Plenos, carecen de los elementos de juicio necesarios para conformar su propio criterio. Para paliar de algún modo el primero de los defectos apuntados (el segundo, por ser congénito y probablemente interesado, resulta de más difícil sino imposible erradicación) y justificar la tardanza en ofrecer la oportuna información voy a insistir, una vez más, en que la labor de la Srª Secretaria durante la Sesión Plenaria consiste, entre otras, en tomar notas manuscritas de los asuntos debatidos y de lo acordado sobre los mismos así como de los votos y opiniones particulares, si los hubiere, emitidos por los participantes. Es de hacer notar que las sesiones también son grabadas en cinta para después facilitar la elaboración de un borrador del acta de cuyo contenido obtenemos una copia “a posteriori” cuando -con dos o tres días de antelación- somos de nuevo convocados para otro Pleno, siendo esa la razón por la que pueden transcurrir dos o tres meses hasta que el susodicho borrador llega a nuestro poder, siendo buena prueba de ello, el que en todas las convocatorias su primer punto del Orden del Día sea siempre la “APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, QUE SE ADJUNTA A LA PRESENTE ORDEN DEL DIA”. Dicho borrador puede ser aprobado por unanimidad y sin enmiendas o con las objeciones que se consideren oportunas las cuales serán debidamente contempladas en la redacción del acta definitiva. Aclarado lo anterior, también estimo procedente exponer que el asunto de los Pisos Tutelados que tanto polvo a levantado comienza su accidentada andadura en el punto 6º del Orden del día correspondiente a la SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ZORITA (Cáceres) EL DIA 3 DE JUNIO DE 2.008, cuyos efectos continúan a lo largo de otras sesiones posteriores que, por lo extenso de algunos de los puntos contenidos en todas ellas transcribiré por etapas, que podrán ser más o menos amplias dependiendo del tema de que trate el punto correspondiente; de tal modo que, para hacer más llevadera su redacción y amena su lectura, el número de puntos variará en función de su extensión, ya que algunos, por tediosos, terminan resultando pesados si no se toman con paciencia y a pequeños sorbos. En relación con esto último también quiero precisar que por esas mismas razones, y dado que soy yo el que tiene que transcribirlas (si alguno quiere ampliar la información que se remita al Ayuntamiento), solo lo haré respecto de aquellos puntos y en la medida que considere suficientemente ilustrativos y de interés para el conocimiento de un ciudadano medio ya que, por razones obvias, determinados aspectos, técnico-jurídicos, de las mismas acabarían aburriendo a los destinatarios legos en esos aspectos. Así, pues, sin más preámbulo, ahí va, la primera parte, Dª. Beatriz García Molano, Secretaria del Ayuntamiento de Zorita (Cáceres), CERTIFICO: Que el acta de la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno de esta Corporación el día tres de Junio de dos mil ocho, dice literalmente así: ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ZORITA (Cáceres) EL DIA 3 DE JUNIO DE 2.008. En el Salón de Actos de la Casa Consistorial de Zorita, siendo las veintiuna horas del día tres de Junio de dos mil ocho, se reúne el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria, en primera convocatoria, previa notificación en tiempo y forma, con la asistencia de los siguientes señores: ALCALDE-PRESIDENTE: D. Juan Francisco Ciudad Broncano CONCEJALES: Por el Grupo P.P.: Dª. Ma Luisa Jiménez López D. Juan Alfonso Cuadrado Alba D. José Javier Lozano Villarejo Por el Grupo P.S.O.E.: D. José Urbina Rivera Dª. Carmen Duchel Rubio Dª. Ana Rubio Pizarro D. Fernando Muñoz Serrano No compareció el Sr. Concejal del Grupo P.P. D. Pedro Antonio Bernardo (aunque sí excusó su incomparecencia) Abierta públicamente la sesión por la Presidencia, se procede a debatir los puntos reflejados en el Orden del Día, con el siguiente contenido: 1°) APROBACIÓN SI PROCEDE DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR QUE SE ADJUNTA A LA PRESENTE ORDEN DEL DIA.- Fue aprobado por unanimidad y sin enmiendas el borrador del acta de la sesión anterior. el cual había sido repartido con la presente orden del día. 6º) APROBACIÓN DE PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE MANTENIMIENTO DE LOS PISOS TUTELADOS.- Se da cuenta de la elaboración del expediente que lleve consigo la adjudicación de mantenimiento de los Pisos Tutelados a cuyo efecto se aprueba por unanimidad el siguiente Pliego de Condiciones Administrativas con el siguiente contenido: PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO PUBLICO DEL HOGAR CLUB CON PISOS TUTELADOS DE ZORITA. 1°. OBJETO DEL CONTRATO: El presente Pliego tiene como objeto la contratación de la gestión del servicio publico del Hogar Club con Pisos Tutelados de la localidad, consistente en las siguientes actuaciones: a)Actividades Asistenciales: comida, lavado, planchado y cosido de la ropa de los residentes, limpieza de las instalaciones, aseo personal de los residentes, pernocte y asistencia al residente. b)Actividades Preventivas: vigilancia y control de medicamentos, servicio de atención y régimen alimenticio, promoción de la salud e higiene personal de los residentes. c) Actividades Recreativas: ofrecer compañía, atención y agrado al residente, así como acompañamiento. Todo ello de acuerdo con la Ordenanza Reguladora de la tasa por servicio de asistencia en piso tutelado y el Reglamento de Régimen Interno de Funcionamiento, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Zorita en sesión de fecha 10 de mayo de 2.001, para el buen funcionamiento del servicio de atención alimenticia, limpieza de edificios, suministros y demás necesidades básicas de los usuarios de los Pisos Tutelados, para lo cual se creará una comisión de seguimiento del servicio compuesto por Representación Municipal y del Adjudicatario. La explotación del servicio se realizará mediante la modalidad de concesión por la que el empresario gestionará el servicio a su propio riesgo y ventura. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de gestión de servicios públicos tal y como establece el artículo 8 de la Ley 3012007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 2°. RÉGIMEN JURIDICO: Para más información, remitirse al Ayuntamiento. Comentario.- En la próxima entrega: se informará sobre el Órgano de contratación; Perfil de contratante; Forma de Adjudicación y Duración del contrato. | |
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18-10-08 02:11 | #1305068 -> 1305054 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" (2ª Parte) 3°- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano con competencia para contratar, es el Alcalde, habiendo delegado dicha competencia en el Pleno mediante Resolución de Alcaldía de fecha de 27 de mayo de 2008. El Alcalde, actuara como responsable del órgano de contratación, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la LCSP. 4°- PERFIL DEL CONTRATANTE. Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento no puede publicar el Perfil de contratante al encontrarse en construcción la página Web por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres. 5°- FORMA DE ADJUDICACIÓN. La forma de adjudicación del contrato de gestión del servicio público de mantenimiento de plazas del Hogar Club con Pisos Tutelados en Zorita, será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 134.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y con la cláusula al respecto establecida en este Pliego. 6°- DURACION DEL CONTRATO. El contrato tendrá una duración de 1 año, con posibilidad de establecer anualmente prórroga del mismo, hasta un máximo de 3 años mas. La prorroga deberá acordarse por el órgano de contratación, y comunicárselo al empresario. En caso de que no haya mutuo acuerdo entre las partes, procederá la resolución del contrato. Con una antelación de 2 meses de la fecha de finalización de cada anualidad, deberá acordarse la prorroga. en su caso. 7"- CRITERIOS DE ADJUDICACION. Los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación son: El presupuesto máximo de licitación será de 2,5 € por residente y día que podrá ser mejorado a la baja. Esta aportación estará incluida dentro de la subvención que para el mantenimiento de las plazas de los usuarios se reciba de la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura. En caso de que la Junta de Extremadura no concediera dicha subvención, el Ayuntamiento no aportaría cantidad alguna por la estancia de los usuarios en los Pisos Tutelados. Se garantizará al arrendatario. por parte del Ayuntamiento de Zorita. unos ingresos mínimos a una ocupación de tres beneficiarios si el número de éstos fuera inferior; pudiendo igualmente las proposiciones mejorar a la baja esta cantidad. 2°.- Se valorará la experiencia en la gestión de servicios públicos de mantenimiento de plazas de pisos tutelados con 0,50 puntos por año, hasta un máximo de 2 puntos. 3°) Se valorarán las titulaciones académicas relacionadas con la materia con 1,50 punto5 como máximo. 4°._ Se valorará la realización de cursos de formación relacionados con el objeto del contrato, hasta un máximo de 3 puntos. de acuerdo con el siguiente baremo: de O a 100 horas, 0,50 puntos; de 100 a 200 horas, 0,75 puntos y más de 200 horas, 1 punto. Los puntos 8 y 9 no son transcritos porque son muy extensos y se refieren: el primero, a la ACREDITACION DE LA APTITUD PARA CONTRATAR; el segundo, a las PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA. El primero abarca los requisitos relativos a la “Capacidad para contratar; a la “Prohibición de contratar”; a la “Solvencia económica y financiera” y, por último, a la “Solvencia técnica y profesional”. El segundo de los puntos contempla los requisitos a la “Documentación administrativa” y a la “Proposición económica y documentación técnica”. Comentario.- En la próxima entrega: se informará sobre la “Mesa de Contratación”; la “Apertura de Proposiciones y Adjudicación Provisional”, el contenido de los puntos 12, 13 y 14, así como de las “Tarifas y su Revisión”. | |
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18-10-08 02:18 | #1305075 -> 1305068 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" (3ª Parte) 10°._ MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales. el Secretario o. en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma,.sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: - D. Juan Francisco Ciudad Broncano, Alcalde-Presidente que actuará como Presidente de la Mesa. - Da. Beatriz García Molano, Vocal (Secretaria-Interventora) - D. José Javier Lozano Villarejo, Vocal (Concejal de la Corporación). - D. José Urbina Rivera, Vocal (Concejal de la Corporación). - D. Isidoro Rivera Urbina, funcionario de este Ayuntamiento que actuará como Secretario de la Mesa. Igualmente actuará como vocal, con voz pero sin voto, la Asistente Social del Servicio Social de Base. 11°._ APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACION PROVISIONAL. La Mesa de Contratación-se constituirá el primer día hábil (a excepción de les sábados), tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 14,00 horas. Calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A». A los efectos de la expresada calificación, el presidente ordenará la apertura de los sobres A, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la mesa observare defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. Seguidamente, la mesa procederá a la apertura de los sobres B) que contienen la proposición económica y las referencias técnicas. La mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación en la cláusula 7, y formulará la propuesta de adjudicación provisional al órgano de contratación. La adjudicación provisional del contrato deberá efectuarse en el plazo de 5 días desde la apertura de las proposiciones [el plazo máximo será de dos meses); debiendo notificarse la misma a los licitadores y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de contratante. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no. adjudique el ; contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Los puntos 12, 13 y 14 no los transcribo porque se refieren: el primero, a las “Garantías”; el segundo, a la “Adjudicación definitiva”, y el tercero a la “Formalización del contrato”. 15°.- TARIFAS Y SU REVISION. De conformidad con la Ordenanza fiscal y el Reglamento de régimen interno de explotación de este servicio publico, las tarifas máximas y mínimas mensuales serán las siguientes: a) Estancia y residencia: 70% de sus ingresos más el 35% de las pagas extras, quedando a disposición de los residente un mínimo de 90,00 €, que será gestionado por el Ayuntamiento. b) Servicios de comedor, lavandería y plancha, los establecidos en la Ordenanza y expuesto en el establecimiento, a' gestionar por el adjudicatario. Las tarifas que el concesionario habrá de percibir. de los usuarios del servicio, deberán ser aprobadas por el órgano de contratación, antes de su entrada en vigor. Dichas tarifas tienen naturaleza de precio privado, por lo que el concesionario, en los términos del contrato con los usuarios, podrá cobrarlas y reclamarlas judicialmente en caso de impago. La revisión de las tarifas, deberá ser en todo caso autorizada por la Corporación en Pleno y, en su caso, se efectuará teniendo en consideración la variación producida en el Índice de Precios al Consuno, conjunto nacional total, que elabora el Instituto Nacional de Estadística en los doce meses inmediatamente anteriores. Si durante !a explotación del servicio el adjudicatario quiere introducir otros artículos no mencionados en su oferta inicial, su inclusión y los precios de los mismos deberán ser previamente autorizados por la Administración. La aportación del Ayuntamiento por usuario, según resulte del punto 7.1 (Criterios de Adjudicación) se hará efectiva desde el día en que se realice el ingreso del usuario en los Pisos Tutelados y mientras se siga recibiendo subvención de la Junta de Extremadura para este concepto. Comentario.- En la próxima entrega: se informará sobre la “Ejecución del Contrato” así como de los “Derechos y Obligaciones”. | |
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18-10-08 02:35 | #1305083 -> 1305075 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" (4ª Parte) 16°._ EJECUCIÓN DEL CONTRATO. o La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación del servicio. Tampoco tendrá derecho a indemnización alguna por extinción de la concesión al cumplirse el plazo de vigencia de la misma o de cualquiera de sus prórrogas. o El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo. o En todo caso, la Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate. o El Ayuntamiento es titular del servicio que presta de forma indirecta, ostentando este servicio, en todo momento, la calificación de servicio público del Ayuntamiento, cuya competencia tienen atribuida, lo que justifica el control de su gestión y la inspección del servicio en todo momento, conservando los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate. Para ello se creará una "Comisión de Gestión" compuesta como Presidente de la misma por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o concejal en quien delegue, y como vocales, el representante de la empresa o titular de la adjudicación de la gestión de los Pisos Tutelados, dos representantes de la Corporación que serán las Sras. Concejalas Dª Mª Luisa Jiménez López y Dª. Carmen Duchél Rubio, un representante de los trabajadores de los Pisos Tutelados (en su caso), dos representantes de los usuarios, y la Asistente Social del Servicio Social de Base. Actuará como Secretario el del Ayuntamiento o persona en quien delegue. debiéndose celebrar una reunión al trimestre como mínimo o antes si se considera necesario o conveniente. o Previo a la iniciación de la prestación del servicio, se levantará la correspondiente acta de inventario de equipos, instalaciones, mobiliario y cuantos enseres se ponen a disposición de ]a empresa adjudicataria. en donde se refleje su estado de funcionalidad. prestando. si así se estimara, su conformidad a ello. De no encontrarse conforme, se recogerá así en el acta, quedando el Ayuntamiento en la obligación de poner las instalaciones y equipos en estado operativo. o El adjudicatario se compromete a mantener. durante el primer año de duración del contrato, los artículos relacionados en su oferta a los precios detallados en ella. Para el segundo año, el adjudicatario tendrá derecho a instar la revisión o modificación de los precios vigentes durante el periodo anterior, utilizando como índice de incremento el IPC aprobado. 17°._ DERECHOS Y OBLIGACIONES A) Contratista. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:. - Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a Utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono. en su caso. de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. - Cuidar el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones. sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. - Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. - Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. - Percibir de los usuarios del servicio las tarifas aprobadas por la Administración concedente por la gestión y explotación del servicio. - Obtener la adecuada compensación económica para mantener el equilibrio económico de la concesión, en el supuesto de modificaciones del servicio impuestas por la Corporación que aumenten los costos o disminuyan la retribución; y en los casos en que por causas ajenas a las partes contratantes se alterasen las bases económicas de la concesión contempladas en el momento de su otorgamiento. - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - Queda prohibida la subcontratación de este servicio público por parte del adjudicatario. - Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. B) Administración. - Poner a disposición del contratista los medios necesarios para la prestación del servicio. - Si la Administración no hiciera efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el Contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolución del contrato o no la solicitase el contratista, éste tendrá derecho al interés de demora de las cantidades o valores económicos que aquellos signifiquen, de conformidad con lo establecido en el artículo 200 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Por su considerable extensión e interés para conocer en profundidad los derechos y obligaciones de las partes afectadas por el contrato (Ayuntamiento, Adjudicataria y usuarios de los Pisos Tutelados), en la próxima entrega solo me referiré a las “Normas Complementarias”, las cuales resultan entretenidas de leer y muy ilustrativas ya que ponen de manifiesto cuales son las prestaciones que por hallarse integradas en el precio mensual son exigibles y, por tanto, no susceptibles de cobrar a parte como un gasto extraordinario, entre otras, ayudar en el baño a quienes lo necesita o cortarles las uñas de los pies, sin que medie precio. Comentario.- Por su gran importancia y extensión, en la próxima entrega solo se informará sobre las “Normas Complementarias”. Prestadlas mucha atención a su lectura ya que en ellas se definen los derechos y obligaciones de todas las partes implicadas. | |
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18-10-08 02:47 | #1305092 -> 1305083 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" (5ª Parte) 18°._ NORMAS COMPLEMENTARIAS: El adjudicatario no podrá exigir la modificación de las instalaciones actualmente existentes para prestar el servicio. Con autorización del Ayuntamiento podrá efectuar a su costa las modificaciones que considere convenientes. El ingreso de los residentes en los Pisos Tutelados, previo los trámites necesarios al efecto, será autorizado por el Ayuntamiento. El adjudicatario deberá comunicar, al Ayuntamiento las bajas de los usuarios, anotándose en un libro de inscripción para los usuarios. Estos libros constarán de folios enumerados y en los mismos se deberán hacer constar los datos siguientes: Número de orden. Fecha de alta. Nombre y apellidos. Tarifa acordada. Fecha baja y su causa. Igualmente, el adjudicatario deberá llevar una ficha socio-sanitaria de cada usuario residente en la que deberán constar de forma actualizada los datos personales. evaluación de autonomía, tratamientos y medicaciones, respetando en todo momento lo previsto lo previsto en el art. 10.3 de la Ley General de Sanidad en lo relativo a la confidencialidad de los datos. El adjudicatario se obliga a tener en todo momento a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por el Ayuntamiento. El adjudicatario remitirá al Ayuntamiento, en el mismo día o en el siguiente hábil. el ejemplar de reclamaciones con su informe, si lo considera oportuno. Asimismo, el adjudicatario deberá cumplir y velar por el cumplimiento del Reglamento de Régimen Interno de los Pisos Tutelados. En lugar visible se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitar para la explotación del servicio aquellos elementos -necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario, deberá reunir, a juicio del Ayuntamiento, las condiciones correspondientes al servicio que ha de prestarse y las instalaciones facilitadas por el Ayuntamiento. El adjudicatario está obligado a conservar en perfectas condiciones los locales. instalaciones. muebles. enseres y aparatos propiedad del Ayuntamiento que se ponen a su disposición, siendo de su cuenta las reparaciones que se efectúen, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo. presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas. Los aparatos e instalaciones deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo cuando así lo estime oportuno el concesionario o sean necesarios para la prestación del servicio, operaciones todas ellas a su cargo. El Ayuntamiento se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. La falta de conservación adecuada se considerará causa suficiente para la resolución del contrato. El adjudicatario está obligado a prestar el servicio completo que para estos centros dicta la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura en el Decreto 4/1996 y cuantOs otros pudiese haber de cumplimiento en la gestión de Pisos Tutelados. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o lo que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y arbitrios, de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación del local, mobiliario e instalaciones. La reposición de los elementos que queden inservibles se sufragaran por el Ayw1tamiento. El Ayuntamiento se obliga a poner a disposición del adjudicatario al comenzar la adjudicación los locales, así como el mobiliario. instalaciones y enseres que se reseñarán en el inventario que al efecto se forme. Igualmente el adjudicatario deberá abonar de los gastos de electricidad, agua y gasóleo el 30% de las facturas. Para el pago de estas facturas se le remitirá copia de la misma y su ingreso deberá hacerlo efectivo en la cuenta de este Ayuntamiento que se le indique. Si se produjese falta de pago de estas facturas, se procederá a su descuento en la aportación de los usuarios. Por el adjudicatario se determinará mensualmente el régimen, horarios y menú del que se dará cuenta al Ayuntamiento. Asimismo, determinará el número, horarios y precios en el régimen de manutención para personal no residente. El arrendatario deberá colaborar en la atención del personal residente para que pueda llevar una vida digna; asimismo, en caso de enfermedad, deberá atender a los beneficiarios en tanto no exista prescripción facultativa para su ingreso en un centro hospitalario. Cuando un residente precise asistencia para las actividades de vida diaria, el arrendatario le proporcionará la ayuda necesaria hasta su traslado a una residencia asistida a su domicilio. La limpieza de las zonas comunes y habitaciones deberá realizarse a diario y cada vez que, por la razón que fuere, se ensucien. Asimismo, debe velar por la limpieza y el aseo personal de los residentes. El arrendatario o personal contratado deberá pem1anecer en la recepción de la entrada. Se deberá colocar el menú del día en el tablón de anuncios. El arrendatario también deberá prestar el servicio de comida a domicilio a los beneficiarios que, cumpliendo los requisitos fijados por el Ayuntamiento. lo soliciten y por el precio que fije el Ayuntamiento. Igualmente, deberá prestar el servicio de comedor a pensionistas no residentes en los Pisos Tutelados por el precio que fije el Ayuntamiento. Igualmente, deberá prestar el servicio de centro de día o guardería de ancianos en los Pisos Tutelados a aquellos pensionistas que por razones de ausencia forzosa del domicilio de sus familiares (visita a hospital, trabajo, gestiones varias...) no puedan atender a sus ancianos durante el día. Quedan excluidos encamados y personas que sufran patologías que pudieran alterar la convivencia con los demás usuarios o residentes (demencias seniles graves). Consistirá en cuidar y atender a los ancianos durante el horario a determinar por el Ayuntamiento, normalmente laboral, según las necesidades particulares de cada caso (vigilancia en toma de medicinas, acompañamiento, etc.). También deberá prestar el servicio de acompañamiento a aquellos residentes que por razones ineludibles (consulta médica, hospitalización, gestiones con la administración...) precisen el apoyo de una persona tanto para el desplazamiento como para la estancia en el lugar que motiva la visita. Todas las dependencias comunes y los Pisos Tutelados así como la ropa de los beneficiarios deberán ser, en cuanto a su limpieza, a cargo del arrendatario. Al igual que los productos de limpieza. papel higiénico, gel de baño, champú, esponjas. lavado de ropa de camas y toallas. Durante todo el día y por la noche, el adjudicatario o alguna persona responsable por él contratada deberá obligatoriamente permanecer en los Pisos Tutelados, para la cual se le facilitará la recepción del mismo Todas las obligaciones de Seguridad Social y Tributarias de este personal serán de cuenta del arrendatario. El adjudicatari0 deberá prestar a los residentes. como mínimo, en cuestión de comidas las siguientes: Desayuno. Comida con vaso de vino. agua o gaseosa. Merienda. Cena y antes de dormir un "vaso de leche o zumo. Durante el día, en cualquier momento que se pida, infusiones hasta un máximo de dos diarias. El adjudicatario suscribirá a favor del Ayuntamiento una póliza de seguro multiriesgo del edificio e instalaciones y otra de responsabilidad civil propia de b actividad, previa conformidad del Ayuntamiento, así como todas las demás que pueda exigir la legislación vigente. Una vez terminada la concesión no cabrá la subrogación de trabajadores, de tal manera que si el Ayuntamiento quisiera gestionar el servicio directamente los trabajadores de la empresa concesionaria no mantendrían su situación laboral y el Ayuntamiento no pasaría a subrogarse en el lugar del concesionario, quedando como nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones del anterior. Comentario.- Con la próxima entrega, “Reversión”, “Modificación del contrato y mantenimiento del equilibrio económico”, “Resolución del contrato”, “Gastos de publicidad” y “Prerrogativas de la Administración y Jurisdicción” termina la redacción del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que han de regir el contrato de gestión del servicio Público del hogar Club con Pisos Tutelados de Zorita, pero sus efectos continúan en posteriores Sesiones Plenarias. | |
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18-10-08 03:16 | #1305102 -> 1305092 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" (6ª y última Parte) 19°._ REVERSION. Cuando finalice el plazo contractual, el servicio revertirá a la Administración, debiendo el contratista entregar las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados. Durante un período de 2 meses anterior a la reversión, el Ayuntamiento adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas. Caso contrario, el Ayuntamiento procederá a las reparaciones o reposiciones a que hubiera lugar con cargo a la garantía. 20°.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y MANTENIMIENTO DE EQUILIBRIO ECONOMICO. La Administración podrá modificar por razones de interés público las características del servicio contratado y las tarifas que han de ser abonadas por los usuarios. Cuando las modificaciones afecten al régimen financiero del contrato, la Administración deberá compensar al contratista de manera que se mantenga el equilibrio económico del contrato. No procederá tal compensación, en el caso de que los acuerdos que dicte la Administración respecto al desarrollo del servicio carezcan de trascendencia económica. La Administración deberá restablecer el equilibrio económico del contrato, en beneficio de cualquiera de las partes en los siguientes supuestos: a) Cuando la Administración modifique, por razones de interés público, las características del servicio contratado. b) Cuando actuaciones de la Administración determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato. c) Cuando causas de fuerza mayor determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato, entendiéndose por «fuerza mayor» lo dispuesto en el artículo 214 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre. El restablecimiento del equilibrio económico del contrato se realizará mediante medidas que. podrán consistir en las modificaciones de las tarifas a. abonar por los usuarios, la reducción del plazo del contrato, y en general, en cualquier modificación de las cláusulas de contenido económico del contrato. Para los casos de fuerza mayor y de actuaciones de la administración que determinen de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato, podrá prorrogarse el plazo del contrato por un período que uno exceda de un 10 por ciento de su duración inicial, respetando los limites máximos de duración previstos legalmente. Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el art. 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público. 21°.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego; .en los fijados en los artículos 206, con excepciói1 de los supuestos contemplados en sus letras e) y f); y en los establecidos en el artículo 262 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía. 22°.- GASTOS DE PUBLICIDAD. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a que se refiere el artículo 126 de la LCSP, tanto en boletines oficiales, como, en su caso, en otros medios de difusión, deberá abonarlos el adjudicatario. 23°.PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN: El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas: a) Interpretación del contrato. b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento. c) Modificación del contrato por razones de interés público. d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, serán inmediatamente ejecutivos. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Por fin se acabó. Fin Transcriptor.: José Urbina | |
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18-10-08 08:59 | #1305176 -> 1305102 |
Por:ciferman ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES Mejor información ni más completa, imposible. Es loable el interés que estás demostrando en tu función de concejal, robando un tiempo precioso a tus trabajos profesionales, por lo que cada vecino por tí representado estará satisfecho del cumplimiento de la función para la que fuiste elegido. Por mi parte, solo agradecer tu valiosa información y desearte toda suerte de éxitos al frente del cargo. Nobleza obliga. Un abrazo Jose. | |
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18-10-08 12:28 | #1305569 -> 1305102 |
Por:PepeUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES Hablando con JoseUR (conmigo mismo) me ruega encarecidamente que te haga saber que agradece muy sinceramente tus elogíos pero que no le es dado contestarte personalmente para no contaminar la información vertida en el "DIARIO DE SESIONES", "APUDA ACTA" Y "RESOLUCIONES DE ALCALDÍA". | |
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18-10-08 12:36 | #1305592 -> 1305102 |
Por:ciferman ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES O.K. Saludos. Yo. | |
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18-10-08 12:39 | #1305598 -> 1305102 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" Convocatoria a la Sesión ORDINARIA de Pleno del día 30/6/08 Convocatoria a Sesión Ordinaria de Pleno Sr. D. José Urbina Rivera Concejal del Ayuntamiento de Zorita Por la presente cito a Ud. para que concurra a la Sesión Ordinaria de Pleno, que tendrá lugar en este Ayuntamiento el próximo día TREINTA DE JUNIO DE 2.008 (Lunes) a las 14,00 horas con arreglo al Orden del Día que se expresa. De no poder asistir, se ruega lo comunique, con la antelación suficiente, a esta Alcaldía. A partir de esta fecha, tendrá a su disposición los expedientes y cuantos antecedentes se relacionan con los asuntos incluidos en la convocatoria, al objeto de que pueda conocerlos antes de deliberar. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo primero del Título V de la vigente Ley de Régimen Local y del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. ORDEN DEL DIA 1°) Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior, que se adjunta a la presente Orden del Día 2°) Adjudicación provisional de mantenimiento de Pisos Tutelados. 3°) Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales en este Municipio. 5°) Resoluciones de Alcaldía. 6°) Ruegos y preguntas. Zorita, 27 de Junio de 2.008 Recibí el duplicado _, de de 2.008. Comentario.- Por la alarme social suscitada a nivel local, debido al asunto de los "Pisos Tutelados", esta convocatoria sería posteriormente anulada mediante el Decreto de Alcaldía de fecha 30 de junio de 2.008, por las razones que constan en el mismo. | |
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18-10-08 12:45 | #1305620 -> 1305102 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" Decreto de Alcaldía de fecha 30/6/08 La finalidad de este Decreto es la de ANULAR la convocatoria del día 30/6/08, por las razones que en él se expresan. DECRETO DE ALCALDÍA Don Juan Francisco Ciudad Broncano, Alcalde del Ayuntamiento de Zorita (Cáceres), en relación a la celebración de la sesión ordinaria del Pleno de esta Corporación convocada para el día 30 de Junio de 2.008, a las 14 horas. DECRETO Que en vista a los acontecimientos ocurridos en torno al proceso de contratación y adjudicación del mantenimiento de los Pisos Tutelados de esta localidad, para poder recabar mas información y a fin de que el órgano de contratación pueda tomar la solución mas adecuada, y como consecuencia de la conversación mantenida con todos los Concejales de la Corporación que han prestado su conformidad, decreto anular la convocatoria de dicho Pleno que se debía celebrar el día 30 del actual mes de Junio a las 14,00 horas y posponerlo para el próximo día 4 de Julio de 2.008 a las 20,30 horas En Zorita a 30 de Junio de 2.008. El Alcalde Fdo: Juan Francisco Ciudad Broncano | |
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18-10-08 13:01 | #1305666 -> 1305102 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES " Pisos Tutelados" Acta de la Sesión ORDINARIA de Pleno de fecha 4/7/08 Doña Beatriz García Molano, Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Zorita (Cáceres) CERTIFICO: Que el acta de la sesión ordinaria celebrada por el Pleno de este Corporación el día cuatro de Julio de dos mi ocho, dice literalmente así: En el Salón de Actos de la Casa de Cultura de Zorita, siendo las veinte horas y cuarenta minutos del día cuatro de Julio de dos mil ocho, se reúne el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria, en primera convocatoria, previa notificación en tiempo y forma, con la asistencia de los siguientes señores: ALCALDE-PRESIDENTE: D. Juan Francisco Ciudad Broncano CONCEJALES: Por el Grupo P.P.: Dª. Ma Luisa Jiménez López D. Juan Alfonso Cuadrado Alba D. José Javier Lozano Villarejo Por el Grupo P.S.O.E.: D. José Urbina Rivera Dª. Carmen Duchel Rubio Dª. Ana Rubio Pizarro D. Fernando Muñoz Serrano Abierta públicamente la sesión por la Presidencia, se procede a debatir los ptmtos reflejados en el Orden del Día, con el siguiente contenido: 1º) APROBACIÓN SI PROCEDE DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR VE SE ADJUNTA A LA PRESENTE ORDEN DEL DIA.- Se acuerda por unanimidad posponer la votación de este punto del orden del día para el final de la sesión. 2° ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DE MANTENIMIENTO DE PISOS TUTELADOS.- Por el Sr. Alcalde antes de entrar a debatir este punto del orden del día se procede a leer un pequeño discurso, con el siguiente contenido literal: "Antes de entrar a debatir este punto del orden del día y debido a las acusaciones vertidas sobre mi imparcialidad como Alcalde en el procedimiento de contratación de los Pisos Tutelados de esta localidad. me siento en la obligación de aclarar algunas cuestiones de interés. En primer lugar, la situación actual en la que se encuentran los Pisos Tutelados, no se debe a mi equipo de gobierno, sino que en este primer año de legislatura hemos respetado la legalidad de dicha situación, fijada por la Corporación anterior, hasta la fecha en la que la ley nos obliga a sacar de nuevo a concurso publico su adjudicación. En segundo lugar, quiero manifestar que si alguien ha querido ser mas imparcial y justo en este procedimiento he sido yo como Alcalde, a quien correspondía la competencia para llevar a cabo y adjudicar la gestión de los Pisos Tutelados, y delegué dicha competencia en el Pleno, para que todos los miembros de esta Corporación participaran y entre todos se tomaran las mejores decisiones para llevar a cabo la elaboración y aprobación de unos Pliegos que rigieran el procedimiento. Pliegos que fueron aprobados por unanimidad de todos los concejales que componen el Ayuntamiento, en el último Pleno y que fue público. Se aprobó también en ese Pleno por todos los presentes la composición de la mesa de contratación, en la que el grupo popular invitó al grupo socialista a incorporar uno de sus concejales corno vocal de la misma, no estando así exigido por la ley y pudiendo haber estado compuesta única y exclusivan1ente por concejales del equipo de gobierno. A este respecto. decir que durante mis años como portavoz del grupo de la oposición jamás formé parte de una mesa de contratación, ni siquiera fui invitado a asistir a la misma. Así como se acordó crear una Comisión de Gestión para que una vez se adjudicara el contrato comenzara su andadura para velar por el buen funcionamiento de los Pisos Tutelados. de la que formarían parte miembros de ambos signos políticos. Y repito que se trata de decisiones adoptadas por unanimidad de los presentes en el último Pleno. He permitido como Presidente de la mesa de contratación, manifestarse y discutir las decisiones que tomaba dicha mesa a un concejal de esta corporación, que tenía una implicación personal en el asunto, y que como concejal de todos los ciudadanos de Zorita, debería de haberse abstenido de asistir y mucho menos dejar clara su posición defendiendo una de las proposiciones presentadas. Pero el imparcial y el que no es justo soy yo. En tercer lugar, desde el momento que tomé posesión como Alcalde me preocupé por la situación de los ancianos que residen en los Pisos Tutelados, y cuando mi tiempo me lo ha permitido he realizado visitas para charlar con ellos y ver como están atendidos. Desde que soy Alcalde nadie ha venido a mi despacho, a manifestar ninguna queja, ni de manera verbal ni por escrito, ni siquiera de manera anónima, y solo ahora que la gestión de los pisos tutelados sale a un procedimiento público, es cuando se hacen notar. ¿y eso es imparcialidad. Pero en vista a que las actuaciones en este procedimiento se están llevando de esta manera, dando quejas de manera anónima a la Consejería de Sanidad y Dependencia, y dando una imagen bochornosa de Zorita y los zoriteños, lo único que conseguiremos es dar mas transparencia al procedimiento. Creo, en definitiva, que hemos sacado las cosas de contexto, y entre todos hemos perdido la única finalidad que nos debe guiar a todos en este proceso y que es el bienestar de los ancianos que residen allí abajo". A continuación por parte de la Sra. Secretaria se pone de manifiesto que en el concejal D. Fernando Muñoz Serrano, podría existir una causa de abstención o recusación y serian aplicables los artículos 76 de 1.1 Ley 7/1 985, de 2 de abril. Reguladora de las Bases de Régimen Local. y el articulo 96 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de 0rganización. Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de los que se da lectura y que se transcriben literalmente: "Sin perjuicio de las causas de incompatibilidad establecidas por la Ley, los miembros de las Corporaciones locales deberán abstenerse de participar en la deliberación, votación, decisión y ejecución de todo asunto cuando concurra alguna de las causas a que se refiere la legislación de procedimiento administrativo y contratos de las Administraciones Públicas. La actuación de los miembros en que concurran tales motivos implicará, cuando haya sido determinante, la invalidez de los actos en que hayan intervenido" (articulo 76). "En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 7-1985, algún miembro de la Corporación deba abstenerse de participar en la deliberación y votación, deberá abandonar el salón mientras se discuta y vote el asunto, salvo cuando se trate de debatir su actuación como corporativo, en que tendrá derecho a permanecer y defenderse" (articulo 96). A la vista de la lectura de dichos preceptos legales, D. Fernando Muñoz Serrano, decide abandonar el salón de Plenos, durante el debate y votación de este punto del orden del día. A continuación, el Sr. Alcalde, considera que a la vista de los acontecimientos sucedidos, dada la imposibilidad de valorar correctamente la proposiciones presentadas, ya que los pliegos no recogen puntuación sobre la oferta económica y tampoco se ha fijado una cantidad por el Pleno a partir de la cual se considere baja temeraria, con el añadido de que los sobres que contienen las mencionadas proposiciones están abiertos, caben dos posibilidades que quiere someter a votación del Pleno: 1.- Puntuar la oferta económica, y modificar el punto 1 de la cláusula 7° de los pliegos, anular solamente la oferta económica presentada por las dos licitadoras y concederles un nuevo plazo para presentar una nueva proposición económica conforme a los nuevos criterios y proceder a la adjudicación provisional del contrato. 2.- Anular todo el procedimiento de contratación, por las dificultades mencionadas y por la apertura de las proposiciones, y comenzar un nuevo procedimiento de contratación con la elaboración de unos nuevos pliegos. D.a Carmen Duchel Rubio, manifiesta que el punto 2° de la cláusula 7° del Pliego que rige el procedimiento de contratación, aprobado por el Pleno, considera que es excluyente en el municipio de Zorita, y que debería modificarse. Además pone de relieve, que ha recibido personalmente numerosas quejas de los ancianos que residen en los Pisos tutelados, incluso en su domicilio particular, sobre la atención, cuidados y comida que se presta, por lo cual considera que debería ser el propio Ayuntamiento el que debería hacerse cargo de dicho servicio publico, contratando el personal que fuera necesario. Seguidamente interviene, D°. José Urbina Rivera, que declara que el también ha recibido quejas por lo cual decide hacer una visita al Hogar club con Pisos Tutelados en Zorita. Nada mas entrar pone de manifiesto la extraordinaria limpieza del local, entra en las habitaciones y ve a la señora de la limpieza ventilando las mismas así como aireando colchones, y procediendo a la desinfección de dicha habitación que había quedado vacía. Mantiene una conversación con los ancianos, pidiéndole a la señora de limpieza que le deje solo con "los ancianos, y en esa charla uno de los residentes, le manifiesta que ellos están bien atendidos. También ve comer a los ancianos y considera que están bien alimentados. Solo considera que están desatendidos en un aspecto, cuando la persona que esta actualmente al cargo de la gestión de los pisos tutelados se ausenta y entiende que queda al cargo a una persona con una minusvalía importante, que no le permite velar por esa situación, para que a partir de ahora, dado que es una situación que nos viene impuesta desde el año 2001, se adopten las medidas oportunas, se ejerza mas control por el Ayuntamiento y se pueda mejorar el servicio publico prestado por el Ayuntamiento. El Sr. Alcalde, retoma la palabra y señala que hay que tomar una decisión, que se vote alguna de las soluciones propuestas u otra que alguien quiera añadir. A la vista de lo cual, el Pleno del Ayuntamiento toma los siguientes acuerdos: a) Debido a que el contrato de la actual adjudicataria. ha terminado el día 30 de Junio de 2.008 se acuerdo conceder una prorroga de 3 meses a la misma, desde el día 1 de Julio de 2.008 hasta el 30 de septiembre de 2.008, con 7 votos a favor y 1 en contra de Dª. Carmen Duchel Rubio. b) Se acuerda por unanimidad de los presentes, también la composición de la Comisión de Gestión: como Presidente de la misma por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o concejal en quien delegue, y como vocales, el representante de la empresa o titular de la adjudicación de la gestión de los Pisos Tutelados, dos representantes de la Corporación que serán las Sras. Concejalas Dª Mª Luisa Jiménez López y Dª Carmen Duchel Rubio, un representante de los trabajadores de los Pisos Tutelados (en su caso). dos representante de los usuarios. y la Asistente Social del Servicio Social de Base. Actuará como Secretario el del Ayuntamiento o persona en quien delegue, debiéndose celebrar una reunión al trimestre como mínimo o antes si se considera necesario o conveniente. c) Se acuerda también por unanimidad de los presentes, anular todo el Procedimiento de contratación, en vista a la imposibilidad de valorar la oferta económica y debido a que las proposiciones se encuentran abiertas, y cualquier decisión que se tomara sobre la adjudicación no seria justa ni imparcial, así como proceder a la devolución de la garantía provisional depositada por las licitadoras, y abrir un nuevo proceso de contratación para la aprobación de unos nuevos pliegos, para lo cual se fija para su discusión y aprobación un Pleno extraordinario para el día 18 de Julio de 2.008 (viernes) a las 20:30 horas. Una vez finalizada la discusión de este punto del orden del día, el Sr. Alcalde ordena que se llame a D. Fernando Muñoz Serrano, para que vuelva a entrar en el salón de Plenos y proceda a discutir y votar los siguientes puntos del orden del día de la sesión. Fdo.: José Urbina. | |
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18-10-08 13:40 | #1305756 -> 1305102 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" Acta de Constitución de la Mesa de Contratación de fecha 27/6/08 ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN CELEBRADA EL DIA 27 DE JUNIO DE 2.008 PARA LA APERTURA DE LAS PROPOSICIONES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS PISOS TUTELADOS DE ESTA LOCALIDAD Y LA FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL AL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO Reunidos en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, el día 27 de Junio de 2.008, a las 14 horas, se constituye la Mesa de Contratación para la adjudicación del contrato de gestión del servicio público de mantenimiento de plazas del Hogar Club con Pisos Tutelados en Zorita mediante la modalidad de concesión, formada por D. Juan Francisco Ciudad Broncano, que actúa como Presidente, D. José Urbina Rivera, Concejal de la Corporación y D.!! Beatriz García Molano, Secretaria-Interventora de la Corporación, que actúan como Vocales, y D. Isidoro Rivera Urbina, que actúa como Secretario de la Mesa. Excuso su comparencia por motivos laborales, D. José Javier Lozano Villarejo, concejal del Ayuntamiento. También comparece D.!! M!! Jesús Sancho Pérez, Trabajadora Social de la Corporación, con voz pero sin voto. Por los miembros de la Mesa se manifiesta que creen que no existe ningún tipo de incompatibilidad para formar parte de la misma, a la vista de lo cual el Presidente declara constituida la Mesa de Contratación con las personas indicadas anteriormente. Una vez constituida la Mesa el Sr. Presidente hace constar que se ha observado que la oferta económica a que hace referencia ]a cláusula 7ª del Pliego de Condiciones que rige la presente adjudicación no está valorada por lo que propone que se podría proceder a su valoración con el siguiente baremo, para su posterior ratificación por el Pleno: - Cada 10 céntimos que se rebaje la cantidad de 2,50 € se otorguen 0,10 puntos, hasta un máximo de 1 punto. En este momento solicitan la palabra una de las ofertantes y alguno de sus familiares presentes en el acto y una vez concedida por la Presidencia, manifiestan que no están de acuerdo con la propuesta ya que si no está especificado en el Pliego no se debe valorar. A la vista de estas manifestaciones, la Mesa acuerda por unanimidad no aceptar la propuesta de la Presidencia. Seguidamente el Secretario procede al recuento de las proposiciones presentadas comunicando al público que han sido 2 el número de proposiciones recibidas en forma y plazo, y que corresponden a Dª Mª. del Rosario Díaz Altamirano la nº 1 y a Dª. Mª del Carmen Muñoz Serrano, la nº 2. Se invita a los interesados para que puedan comprobar los sobres presentados, haciéndolo en representación de la segunda de las citadas Dª. Lucia Costa Muñoz, dando su conformidad a que los mismos no han sido manipulados. A continuación, se procede a la calificación previa de los documentos presentados en tiempo y forma, ordenando el Presidente la apertura de los sobres «A» que hacen referencia a la documentación administrativa, con exclusión de los relativos a la oferta económica. El Presidente acuerda proceder a examinar formalmente la documentación presentada, dando fe el Secretario de la relación de documentos que figuran y que son los siguientes: Sobre nº. 1 - A, correspondiente a Dª. Mª. del Rosario Díaz Altamirano que contiene: Fotocopia de D.N.I. de la ofertante. Resguardo de haber efectuado la fianza provisional. Declaración de responsabilidad. Sobre nº. 2 - A, correspondiente a Dª. Mª. del Carmen Muñoz Serrano que contiene: Fotocopia de D.N.I. de la ofertante. Resguardo de haber efectuado la fianza provisional. Declaración de responsabilidad. A la vista de dicha documentación y de conformidad con el Pliego de Condiciones se declaran admitidas las dos proposiciones. A continuación se procede a la apertura del sobre nº 1 - B, de Dª. Mª del Rosario DJz Altamirano que contiene: - Oferta económica por la cantidad de 2.10 € por residente y día (cláusula 7-1 del Pliego de Condiciones que rige la presente adjudicación). Fotocopia compulsada de la siguiente documentación que de acuerdo con los criterios expuestos por la Asistenta Social del Ayuntamiento, (y conforme a la cláusula 7-2º, 3º, 4º del Pliego de Condiciones) se toman los siguientes acuerdos: Título de graduado escolar; Curso de Gestión de Personas para Directivos de 200 horas y Curso de Ayuda a Domicilio de 60 horas de duración. No siendo estos valorados por la Mesa de Contratación al entender que los mismos no están recogidos en la cláusula 7ª del Pliego de Condiciones y no tener relación con el objeto del contrato. Curso de Auxiliar de Ayuda a Domicilio con una duración de 445 horas, que es valorado por la Mesa con 1 punto. Certificado de la Secretaría de este Ayuntamiento de Zorita sobre haber gestionado el servicio de los Pisos Tutelados de esta localidad durante un periodo de 3 años, que es valorado por la Mesa con 1,50 puntos. La Mesa acuerda por unanimidad otorgar a la Sra. Díaz Altamira una puntuación total de 2.50 puntos. A continuación se procede a la apertura del sobre nº 2 - B, de Dª. Mª. del Carmen Muñoz Serrano que contiene: - Oferta económica por la cantidad de 1,48 € por residente y día (cláusula 7 1 del Pliego de Condiciones que rige la presente adjudicación). Fotocopia compulsada de la siguiente documentación que de acuerdo con los criterios expuestos por la Asistenta Social del Ayuntamiento, (y conforme a la cláusula 7-2º, 3º, 4º del Pliego de Condiciones) se toman los siguientes acuerdos: Certificado de realización de curso de "Celador Sanitario" con una duración de 289 horas: que no es valorado por entenderse que no esta relacionado con el objeto del contrato. A lo cual muestra su oposición el Sr. D. José Urbina, manifestando que debería valorarse porque si tiene relación con el objeto del contrato y quiere que así conste en acta. Certificado acreditativo de formación para Manipuladores de Alimentos: que tampoco se valora por entenderse necesario. Asistencia a una sesión formativa sobre Políticas Activas de Empleo y Potencialidades Turísticas: no se valora por no tener relación con el objeto del contrato. Curso de Informática de Usuario; Asistencia a cursos plan FORINTEL 2005; Asistencia a cursos plan FORINTEL 2006: tampoco se valora por no tener relación con el objeto del contrato. Certificado de prestación de servicios para la empresa Centros Geriátricos y Servicios para la Tercera Edad, S.L. con la categoría laboral de Auxiliar de Enfermería, sin precisar fechas: no se valora por no acreditar la duración de la prestación laboral, ni estar emitido por autoridad competente o fedatario público. A lo cual también quiere manifestar su oposición el Sr. D José Urbina. Curso de Asistencia Geriátrica y Gerontológica con una duración de 40 horas, que es valorado por la Mesa con 0,50 puntos. Curso de Auxiliar de Ayuda a Domicilio con una duración de 445 horas, y realización de Curso de Auxiliar de Ayuda a Domicilio con una duración de 100 horas de prácticas en los Pisos Tutelados de Zorita. que es valorado por la Mesa con 1 punto. La Mesa acuerda unanimidad otorgar a la Sra. Muñoz Serrano una puntuación total de 1.50 puntos. Finalmente y en base a que no se ha podido valorar la oferta económica al no estar contemplado en la cláusula 7ª del Pliego de Condiciones, la Mesa de Contratación estima que no pueden valorarse las proposiciones en su conjunto, por lo que acuerda por unanimidad no efectuar proposición de adjudicación al órgano de contratación y que éste resuelva según estime conveniente. En el expediente quedan unidas todas las proposiciones presentadas y su documentación. El Presidente da por terminada la reunión a las 15:00 horas. Y para que quede constancia de lo tratado, yo, el Secretario, redacto Acta que someto a la firma de los miembros de la mesa de contratación y doy fe. En Zorita, a 28 de Junio de 2008. La Mesa de Contratación, Fdo.: Juan Francisco Ciudad Broncano. Fdo.: José Urbina Rivera. Fdo.: Beatriz García Molano Fdo.: M!! Jesús Sancho Pérez Fdo.: Isidoro Rivera Urbina. | |
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18-10-08 15:03 | #1305913 -> 1305102 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" Convocatoria a la Sesión EXTRAORDINARIA de Pleno de fecha 18/7/08 Convocatoria a Sesión Extraordinaria de Pleno Sr. D. José Urbina Rivera Concejal del Ayuntamiento de Zorita Por la presente cito a Ud. para que concurra a la Sesión Extraordinaria de Pleno, que tendrá lugar en este Ayuntamiento el próximo día DIECIOCHO DE JULIO DE 2.008 (Viernes) a las 20.30 horas con arreglo al Orden del Día que se expresa. De no poder asistir, se ruega lo comunique, con la antelación suficiente, a esta Alcaldía. A partir de esta fecha, tendrá a su disposición los expedientes y cuantos antecedentes se relacionan con los asuntos incluidos en la convocatoria, al objeto de que pueda conocerlos antes de deliberar. Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo primero del Título V de la vigente Ley de Régimen Local y del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. ORDEN DEL DIA 1°) Aprobación, si procede, del borrador de las actas de fechas 03-06-08, que por error no se aprobó en la sesión anterior y 04-07-08, adjuntándose éste último a la presente Orden del Día. 2°) Aprobación de Pliego de Condiciones Administrativas para la adjudicación de mantenimiento de los Pisos Tutelados de esta localidad. 3°) Aprobación definitiva de la Cuenta General de Presupuesto del ejercicio 2.007. 4°) Festejo Taurino en "Vela-08". 5°) Concesión de subvención para mejora del Parque existente en Avda Juan Carlos 1, salida hacia Guadalupe. 6°) Creación de página web. 7°) Fijación de fiestas locales para el año 2.009. 8°) Moción del Grupo P.P. 9°) Instancias. 10') Resoluciones de Alcaldía. Recibí el duplicado José Urbina Zorita, 15 de Julio de 2.008.- El Alcalde.- -' de de 2.008.- | |
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18-10-08 15:30 | #1305983 -> 1305102 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" Acta de Sesión EXTRAORDINARIA de Pleno de fecha 18/7/08 D.a Beatriz García Molano, Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Zorita (Cáceres) CERTIFICO: Que el acta de la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno de esta Corporación el día dieciocho de Julio de dos mil ocho, dice literalmente así: ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ZORITA (CÁCERES). EL DIA 18 DE JULIO DE 2.008 En el salón de actos de este Ayuntamiento, siendo las veinte horas y cuarenta minutos del día dieciocho de Julio de dos mil ocho, se reúne el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria, en primera convocatoria, previa notificación en tiempo y forma, con la asistencia de los siguientes señores: ALCALDE-PRESIDENTE: D. Juan Francisco Ciudad Broncano CONCEJALES: Por el Grupo P.P.: D.a Ma Luisa Jiménez López D. Juan Alfonso Cuadrado Alba D. José Javier Lozano Villarejo D. Pedro Antonio Bernardo García Por el Grupo P.S.O.E.: D. José Urbina Rivera D.a Carmen Duchel Rubio D.a Ana Rubio Pizarro D. Fernando Muñoz Serrano Abierta públicamente la sesión por la Presidencia, se procede a debatir los puntos reflejados en el Orden del Día, con el siguiente contenido: 1º APROBACIÓN SI PROCEDE DEL BORRADOR DE LAS ACTAS DE FECHAS 03-06-08 QUE POR ERROR NO SE APROBO EN LA SESION ANTERIOR y 04-07-08 ADJUNTANDO SE ESTE ULTIMO A LA PRESENTE ORDEN DEL DIA.- Concedida la palabra por la Presidencia al Sr. Concejal D. José Urbina Rivera y en relación con el acta del día 04-07-08 se manifiesta que se reitera en la limpieza del local por parte de la encargada de la limpieza, no de la gestora y que se manifiesta en contra de la ausencia de la gestora por varios días e incluso al extranjero. No habiendo más intervenciones se acuerda por unanimidad aprobar las actas de la sesiones celebradas los días 03-06-08 que por olvido no se aprobó en la siguiente y la del día 04-07-08. 2º APROBACIÓN DE PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE MANTENIMIENTO DE LOS PISOS TUTELADOS DE ESTA LOCALIDAD.- Por parte de la Sra. Secretaria se pone de manifiesto que en el concejal D. Fernando Muñoz Serrano, podría existir una causa de abstención o recusación y serian aplicables los artículos 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el articulo 96 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, a la vista de los cuales el Sr. Concejal decide abandonar el Salón de Plenos, durante el debate y votación de este punto del orden del día. A continuación el Sr. Alcalde, toma la palabra y propone al Pleno que en el nuevo procedimiento abierto de contratación que se ha iniciado el día 7 de Julio de 2.008, para la adjudicación de la gestión del servicio público consistente en el mantenimiento de plazas del Hogar Club con Pisos Tutelados en Zorita, mediante la modalidad de concesión, con varios criterios de adjudicación, se modifique el punto 10 de la cláusula 7 del Pliego de condiciones administrativas particulares propuesto de la siguiente manera: "1º._ El presupuesto máximo de licitación será de 2,5 € por residente y día que podrá ser mejorado a la baja, Puntuándose con 0,01 punto por cada céntimo a la baja, hasta el limite de lo que se considere una oferta anormal o desproporcionada, que en función de las ofertas presentadas se deduzca de lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico. y en cuanto no se encuentre derogado por esta, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas". Seguidamente. el Sr. Concejal D. José Urbina Rivera, manifiesta que no esta de acuerdo con la asistencia prestada por la asistenta social de la Corporación en la mesa de contratación celebrada el día 27 de Junio de 2.008, en cuanto a la no valoración de los cursos de celador y auxiliar de geriatría pues considera que dichos cursos sí deberían valorarse al estar relacionados directamente con el objeto del contrato según se deduce del Reglamento de Régimen Interno aprobado por el Ayuntamiento en el año 2.00,1. Por lo que propone la revocación del acuerdo de nulidad adoptado en el ultimo P!eno, y que se retrotraigan las actuaciones a dicho procedimiento anulado para que se vuelvan a valorar las ofertas presentadas por las licitadoras en su momento. Por parte de la Sra. Concejal D.a Carmen Duchel Rubio, también se pronuncia en el mismo sentido diciendo que si es necesaria la valoración de todos esos cursos, porque los conocimiento que ofrecen los mismos pueden ser necesarios en el trabajo diario con los ancianos, como puede ser poner inyecciones de insulina en un momento determinado. Toma la palabra el Sr. Concejal D. Pedro Antonio Bernardo García, y expone que por parte de algunos concejales se ha desmerecido el trabajo que desempeña la Asistenta Social de este Ayuntamiento, no considerándola suficientemente valida para el desempeño del mismo como consecuencia de no tener la misma opinión en cuanto a la valoración de determinados cursos en el procedimiento de contratación de los Pisos Tutelados de Zorita, y no es justo por los años que lleva realizando su trabajo satisfactoriamente en la Corporación. Además manifiesta que el grupo popular no se opone a que venga cualquier otro colaborador relacionado con la materia objeto de controversia para asistir junto a la asistenta social a la mesa de contratación. Finalmente, tras el debate, y a la vista de los informes y documentos que obran en el expediente, el Pleno toma los siguientes acuerdos, por SIETE VOTOS A FAVOR Y UNA ABSTENCION de la Sra. Concejal Dª. Carmen Duchel Rubio A) Revocar el acuerdo de anulación del procedimiento abierto de contratación para la adjudicación de la gestión del servicio público consistente en el mantenimiento de plazas del Hogar Club con Pisos Tutelados en Zorita. mediante la modalidad de concesión, con varios criterios de adjudicación tomada en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 4 de Julio de 2.008. Así como conceder una prorroga por el tiempo imprescindible a Dª. María del Rosario Díaz Altamirano, actual gestora, hasta que se produzca la adjudicación provisional por el Pleno. B) Al regirse de nuevo la contratación por el primer procedimiento de contratación iniciado el día 1 de mayo de 2008, se acuerda modificar el punto 1º de la Cláusula 7ª de los Pliegos de cláusulas administrativas particulares aprobadas por acuerdo de Pleno en sesión celebrada el día 3 de Junio de 2.008, con el siguiente contenido: 1º._ El presupuesto máximo de licitación será de 2,5 € por residente y día que podrá ser mejorado a la baja, puntuándose con 0,01 punto por cada céntimo a la baja, hasta el limite de lo que se considere una oferta anormal o desproporcionada, que en función de las ofertas presentadas se deduzca de lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico, y en cuanto no se encuentre derogado por esta, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública. Esta aportación estará incluida dentro de la subvención que para el mantenimiento de las plazas de los usuarios se reciba de la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura. En caso de que la Junta de Extremadura no concediera dicha subvención, el Ayuntamiento no aportaría cantidad alguna por la estancia de los usuarios en los Pisos Tutelados. Se garantizará al arrendatario, por parte del Ayuntamiento de Zorita, unos ingresos mínimos a una ocupación de tres beneficiarios si el número de éstos fuera inferior; pudiendo igualmente las proposiciones mejorar a la baja esta cantidad". C) Se acuerda anular únicamente las ofertas económicas presentadas por las licitadoras y concederles nuevamente un plazo de 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo para que procedan a presentar conforme al modelo establecido una nueva oferta económica. D) Respecto a la valoración de los cursos de formación regulados en el punto 4 de la cláusula 7 del Pliego, se acuerda que se solicite un funcionario a la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura para que junto con la Asistenta Social de la Corporación[/b] asistan a la mesa de contratación a la valoración de los mencionados cursos. Una vez finalizada la discusión de este punto del orden del día, el Sr. Alcalde ordena que se llame a D. Fernando Muñoz Serrano, para que vuelva a entrar en el salón de Plenos y proceda a discutir y votar los siguientes puntos del día de la sesión. Fdo.: José Urbina | |
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18-10-08 15:53 | #1306034 -> 1305102 |
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RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" Convocatoria a la Mesa de Contratación del día 27/8/08 Convocatoria a la Mesa de CONTRATACIÓN DEL 27-8-08 En relación con la Contratación para la adjudicación del contrato de gestión del servicio público de mantenimiento de plazas del Hogar Club con Pisos Tutelados en Zorita mediante la modalidad de concesión y de conformidad con lo establecido en el Pliego que rige dicha contratación, se le convoca para que en calidad de VOCAL de la MESA DE CONTRATACIÓN, comparezca en este Ayuntamiento el próximo día 27 DEL MES DE AGOSTO A LAS 13:00 HORAS. Sírvase firmar el duplicado de la presente para constancia. Atentamente, Zorita, 22 de Agosto de 2.008. El Alcalde. A/A D. JOSÉ URBINA RIVERA. | |
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18-10-08 16:40 | #1306173 -> 1305102 |
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RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" Acta de Constitución de la Mesa de Contratación de fecha 27/8/08 ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN CELEBRADA EL DIA 27 DE AGOSTO DE 2.008 PARA LA APERTURA DE LAS PROPOSICIONES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS PISOS TUTELADOS DE ESTA LOCALIDAD Y LA FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN PROVISIONAL AL PLENO DE ESTE AYUNTAMIENTO. Reunidos en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, el día 27 de Agosto de 2.008, a las 10 horas, se constituye la Mesa de Contratación para la adjudicación del contrato de gestión del servicio público de mantenimiento de plazas del Hogar Club con Pisos Tutelados en Zorita mediante la modalidad de concesión, formada por D. Juan Francisco Ciudad Broncano, que actúa como Presidente, D. José Javier Lozano Villarejo, D. José Urbina Rivera, Concejales de la Corporación y D)! Beatriz García Molano, Secretaria-Interventora de la Corporación, que actúan como Vocales, y D. José Alfonso Pañero Sanjuán, que actúa como Secretario de la Mesa. También comparece Dª. Petra Antonia García Rodríguez, Técnico enviado por la Consejería de Sanidad y Dependencia de la Junta de Extremadura, con voz pero sin voto. Por los miembros de la Mesa se manifiesta que creen que no existe ningún tipo de incompatibilidad para formar parte de la misma, a la vista de lo cual el Presidente declara constituida la Mesa de Contratación con las personas indicadas anteriormente. Una vez constituida la Mesa el Sr. Presidente hace constar que no se permitirá ninguna manifestación del público asistente, bajo amenaza de expulsión del salón de Plenos. En cuanto a la calificación previa de los documentos presentados en tiempo y forma, de los sobres «A» que hacen referencia a la documentación administrativa, con exclusión de los relativos a la oferta económica, fueron abiertos en la Mesa de contratación celebrada el día 27 de Junio de 2.008, la cual tras examinar formalmente la documentación presentada (Fotocopia de D.N.I. de la ofertante, Resguardo de haber efectuado la fianza provisional y Declaración de responsabilidad) declaró admitidas las siguientes proposiciones: 1º.- Dª. María del Rosario Díaz Altamirano. 2º.- Dª. Carmen Muñoz Serrano. Seguidamente el Secretario procede al recuento de las proposiciones presentadas comunicando al público que han sido 2 el número de proposiciones recibidas en forma y plazo, y que corresponden a Dª Mª del Rosario Díaz Altamirano la nº 1 y a Dª Mª Carmen Muñoz Serrano, la nº 2, conforme al acuerdo de Pleno adoptado en sesión extraordinaria con fecha 18 de Julio de 2.008. Se invita a los interesados para que puedan comprobar los sobres presentados, haciéndolo Dª María del Carmen Muñoz Serrano, dando su conformidad a que los mismos no han sido manipulados. A continuación se procede a la apertura del sobre nº 1 - B, de Dª Mª del Rosario Díaz Altamirano que contiene: · Oferta económica por la cantidad de 2,10 € por residente y día, que es valorada con 0,40 puntos (cláusula 7-1º del Pliego de Condiciones que rige la presente adjudicación), presentada nuevamente con fecha de 30 de Julio de 2.008. · Fotocopia compulsada de la siguiente documentación, presentada con la primera oferta en la Mesa de Contratación de 27 de Junio, que de acuerdo con los criterios expuestos por la Técnico de la Junta de Extremadura, (y conforme a la cláusula 7-2º, 3º, 4º del Pliego de Condiciones) se toman los siguientes acuerdos: · Título de graduado escolar. No es valorado por la Mesa de Contratación al entender que el mismo no está recogido en la cláusula 7i! del Pliego de Condiciones. Curso de Auxiliar de Ayuda a Domicilio con una duración de 445 horas, que es valorado por la Mesa con 1 punto. Curso de Gestión de Personas para Directivos, con una duración de 200 horas, que es valorado por la Mesa con 0,75 puntos. Curso de Ayuda a Domicilio de 60 horas de duración, que es valorado por la Mesa con 0,50 puntos. Certificado de la Secretaría de este Ayuntamiento de Zorita sobre haber gestionado el servicio de los Pisos Tutelados de esta localidad durante un periodo de 3 años, que es valorado por la Mesa con 1,50 puntos. La Mesa acuerda unanimidad otorgar a la Sra. Díaz Altamirano una puntuación total de 4,15 puntos. A continuación se procede a la apertura del sobre nº 2 – B, de Mª del Carmen Muñoz Serrano que contiene: Oferta económica por la cantidad de 2,00 € por residente y día, que es valorada con 0,50 puntos (cláusula 7-1º del Pliego de Condiciones que rige la presente adjudicación), presentada nuevamente con fecha de 30 de Julio de 2.008. Fotocopia compulsada de la siguiente documentación presentada con la primera oferta en la Mesa de Contratación de 27 de Junio, que de acuerdo con los criterios expuestos por la Técnico de la Junta de Extremadura, (y conforme a la cláusula 7-2º, 3º, 4º del Pliego de Condiciones) se toman los siguientes acuerdos: Certificado acreditativo de formación para Manipuladores de Alimentos: se entiende necesario para poder dar comidas en los Pisos Tutelados, y que por tanto debe tener obligatoriamente todo posible adjudicatario del contrato y no es valorado Asistencia a una sesión formativa sobre Políticas Activas de Empleo y Potencialidades Turísticas: se entiende que no esta relacionado con el objeto del contrato, y no valorado Curso de Informática de Usuario; Asistencia a cursos plan FORINTEL 2005; Asistencia a cursos plan FORINTEL 2006: cursos de informática que no son valorados al no existir ordenador en los Pisos Tutelados ni conllevar la gestión de este servicio publico ninguna labor informática. Certificado de prestación de servicios para la empresa Centros Geriátricos y Servicios para la Tercera Edad, S.L. con la categoría laboral de Auxiliar de Enfermería, sin precisar fechas: tampoco es valorado por la Mesa de Contratación al no acreditar la titulación referida ni precisar el tiempo trabajado ni estar acreditado por documento formal expedido por autoridad competente o fedatario publico. En este punto el vocal D. José Urbina Rivera, quiere hacer constar en acta su disconformidad, pues manifiesta que dicho documento si debe ser valorado por la Mesa de contratación al entender que esta relacionado con el objeto del Contrato. La Técnico de la Junta vuelve a repetir que Dª. Mª. del Carmen Muñoz Serrano, no acredita la titulación que se menciona en el documento, y al no precisarse duración de la prestación laboral le formula la pregunta de que valoraría, y como. D. José Urbina contesta que esa seria otra cuestión a resolver, pero se reitera en que el documento debería valorarse. Curso de Asistencia Geriátrica y Gerontológica con una duración de 40 horas, que es valorado por la Mesa con 0,50 puntos. Curso de “Celador Sanitario” con una duración de 289 horas, que es valorado por la Mesa con 1 punto. Curso de Auxiliar de Auxiliar de Ayuda a Domicilio con una duración de 445 horas, con realización de prácticas en los Pisos Tutelados de Zorita. que es valorado por la Mesa con 1 punto. La Mesa acuerda por unanimidad otorgar a la Sra. Muñoz Serrano una puntuación de 3.00 puntos. Finalmente la Mesa de contratación propone al órgano de contratación la adjudicación provisional al haber obtenido la puntuación más alta, a la proposición presentada por Dª. María del Rosario Díaz Altamirano. En el expediente quedan unidas todas las proposiciones presentadas y su documentación. El Presidente da por terminada la reunión a las 10:40 horas. Y para que quede constancia de lo tratado, yo, el Secretario, redacto Acta que someto a la firma de los miembros de la Mesa de Contratación y doy fe. Comentario Personal.- Como dice el dicho, “Esto es lo que hay y no están a por más”. Con la esperanza de que la información aportada a través del DIARIO DE SESIONES sirva para procurar elementos de juicio a quienes por causas ajenas a su voluntad no han podido asistir a los Plenos aprovecho la ocasión para reiterar mi buena disposición a seguir contribuyendo en el incremento de su acervo cultural (en cuanto a la actividad municipal) para que dispongan aquí de material suficiente con el que conformar su propio criterio y poder juzgar “per se” sobre lo acaecido en torno al asunto de los “Pisos Tutelados”, sin necesidad de hacer caso de medios días y canta mañanas cuya única finalidad es la de emporcar el charco, por aquello de que el guarro manchado lo que busca es manchar a los demás. Creo haber cumplido con lo propugnado en un aforismo jurídico según el cual “quod promissum est, de iure debetur” o, lo que es lo mismo, “lo prometido es deuda”. Fdo.: José Urbina. | |
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18-10-08 17:24 | #1306323 -> 1305102 |
Por:chinarro ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES Como tú bien dices, esto es lo que hay, y lo demás “son macutazos” que decíamos en la mili, pero que aquí se emplean con otras intenciones. Quiero reiterarte las gracias por esta ardua labor que has emprendido para hacernos llegar a los que no residimos en el pueblo, lo que en él ocurre. Solo siento que al paso que escribes, no vemos haciendo una colecta para comprarte un teclado nuevo. MIS MÁS SINCERO SALUDO. | |
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18-10-08 19:00 | #1306558 -> 1305102 |
Por:chaquepol ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES Sr. Urbina, mi más sincera enhorabuena por el esfuerzo que está realizando al darnos todo tipo de información en sus diarios de sesiones.Efectivamente, gracias a ellos todos los zoriteños que estamos fuera podemos tener una idea de lo que acontece por nuestro pueblo. Le animo a que no se canse y pueda seguir informandonos, al menos para mí es un placer poder leer todo lo que sucede de su puño y letra. GRACIAS NUEVAMENTE Y POR FAFOR NO DEJE DE SEGUIR INFORMANDONOS. Un saludo Chaquepol. | |
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18-10-08 20:49 | #1306847 -> 1305102 |
Por:jferelen ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES Recopilando y resumiendo las puntuaciones que constan en las Actas que amable, objetiva y voluntariamente nos ha facilitado más arriba el concejal Sr. JoseUR: Acta del 27.06.08: María del Rosario Díaz Altamirano, total puntos: 2,5 puntos Mª Carmen Muñoz Serrano, total puntos 1,50 Acta del 27.08.08: María del Rosario Díaz Altamirano, total puntos: 4,15 puntos Mª Carmen Muñoz Serrano, total puntos 3 puntos. A la vista de las actas referidas, pregunto al usuario del foro, al letrado, PepeUR (no a JoseUR), que si en la primera acta del 27.06.08 le hubiesen reconocido a Mª Carmen Muñoz Serrano los TRES PUNTOS que le han reconocido luego ¿Hubiese ganado Mª Carmen Muñoz Serrano, no? No hay más preguntas, Sr. Letrado. Muchas gracias por su encomiable labor transcriptora. | |
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19-10-08 15:45 | #1308517 -> 1305102 |
Por:L-CAFE ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES Señor Urbina: Ante todo, quiero expresar mi agradecimiento por el fogonazo de luz que aportas a mi ignorancia en los asuntos que trata el Ayuntamiento de Zorita y la labor de divulgación de las actas y comentarios que haces, y además de forma altruista. Esto es información objetiva, y no opinión o interpretación; por lo que te doy las gracias y mi más cordial y sincera ¡enhorabuena! Hace cerca de dos años recuerdo haber oído en algún "mentiero" que lo de la alcaldía de Zorita era algo a lo que tú no dabas la máxima importancia, pero se ve que sí. Dejas claro que sí, que tu pueblo te importa y, por otra parte, lo poco que te conocen algunos y el tesón con el que eres capaz de implicarte cuando quieres algo. Valoro mucho tu firmeza y la intensidad de tus convicciones al no dejarlo cuando intentan desanimarte por todos los medios. Afortunadamente, ahí están las actas para el que quiera leerlas. ¿Quién puede estar interesado en que no se conozcan?, ¿A quién puede molestarle la transparencia? ¿A quién no le interesa la verdad? ¡Qué ironía! A la transparencia, Al hecho de publicar las actas. A hacer públicos los acuerdos institucionales de nuestro Ilmo. Ayuntamiento. A arrojar un poco de luz y claridad, dejando la interpretación para otros...A eso le llaman "río revuelto". Yo llamo rio revuelto a otras cosas, a lo turbio, a lo oscuro, a lo embarullado, a la falta de transparencia. No cabe duda de que en Zorita siempre hemos tenido un excelente sentido del humor, y una cierta dosis de ironía (¿mala leche?). Por tu tesón, sé que seguiremos disfrutándote en el foro. Ánimo, PepeUR, Ánimo JoséUR. Ánimo Señor Urbina. Y muchas gracias. | |
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19-10-08 16:09 | #1308575 -> 1305102 |
Por:PepeUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES L-CAFE, me dejas anonadado por tus no tan merecidos elogios ya que también tengo mis fallillos. De todos modos muchas gracias. Por tu buena disposición para conmigo te incluyo entre aquellos a quienes dedico un informe que estoy elaborando y terminaré en breve que estoy seguro será también de tu agrado. Gracias por los cumplidos. Fdo.: Pepe Urbina. | |
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22-10-08 00:37 | #1319158 -> 1305102 |
Por:JoseUR ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: DIARIO DE SESIONES "Pisos Tutelados" Acta de Sesión EXTRAORDINARIA de Pleno de fecha 8/8/08 Isidoro Rivera Urbina, accidentalmente Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Zorita (Cáceres), CERTIFICO: Que el acta de la sesión extraordinaria y urgente celebrada por el Pleno de esta Corporación el día ocho de Agosto de dos mil ocho, dice literalmente así: ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ZORITA (Cáceres) EL DIA 8 DE AGOSTO DE 2.008. En el Salón de Actos de este Ayuntamiento, siendo las veinte horas y treinta y ocho minutos del día ocho de Agosto de dos mil ocho, se reúne el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria y urgente, en primera convocatoria, previa notificación en tiempo y forme, con la asistencia de los siguientes señores: ALCALDE-PRESIDENTE: D. Juan Francisco Ciudad Broncano CONCEJALES: Por el Grupo P.P.: Da Ma Luisa Jiménez López D. Juan Alfonso Cuadrado Alba D. Pedro Antonio Bernardo García Por el Grupo P.S.O.E.: D. José Urbina Rivera Da Carmen Duchel Rubio Da Ana Rubio Pizarro SECRET ARIO: D. Isidoro Rivera Urbina, que desempeña el mismo cargo en este Ayuntamiento de forma accidental. No comparecieron los Sres. Concejal D. José Javier Lozano Villarejo (Grupo P.P.) y D. Fernando Muñoz Serrano (Grupo P.S.O.E.). Abierta públicamente la sesión por la Presidencia, se procede a debatir los puntos reflejados en el Orden del Día, con el siguiente contenido:" 1º RATIFICACIÓN DE LA URGENCIA DE LA PRESENTE SESION.- Por la Presidencia se da cuenta de las razones que han llevado a la convocatoria de la presente sesión con carácter de extraordinaria y urgente, y que ha sido la presentación de un escrito encabezado por D. Jacinto Rodríguez Vaquero en el que solicita la reapertura de un local sito en CI Lirio destinado a discoteca de verano. Sometido el asunto a votación se acuerda por SEIS VOTOS A FAVOR y UNA ABSTENCIÓN (Sra. Concejala Da Ma Luisa Jiménez López), ratificar la urgencia de la presente sesión y su celebración. 2º APROBACIÓN SI PROCEDE DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR QUE SE ADJUNTA A LA PRESENTE ORDEN DEL DIA.- Por la Presidencia se pregunta a los presentes si tiene que hacer alguna observación o reparo al acta de la sesión anterior. Interviene el Sr. Concejal D. José Urbina Rivera y manifiesta que desea hacer una observación a dicho acta ya que él en su intervención y referente al punto 10 en el que hacía constar que "era contrario a la ausencia de la gestora por varios días", también dijo que" no estaba de acuerdo con que la ausencia de la gestora fuese suplido por una señora que ostenta minusvalía". Posteriormente no se realizan más intervenciones. Sometido el asunto a votación es aprobada por unanimidad el acta de la sesión anterior. Fdo.: José Urbina Dado lo poco extensa de este Acta y debido a que por tenerlos calientes los dedos se me hacen huéspedes, voy a aprovechar para meter también el apartado instancias que figura en la misma por ser un asunto que, en su momento, levantó igualmente mucho polvo. Así pues, ahí va. 3°) INSTANCIAS.- A requerimiento de la Presidencia se da lectura por el accidental Secretario del escrito siguiente: "Yo, Jacinto xxxx xxxx, mayor de edad, vecino de Zorita con residencia en Avda Juan Carlos 1º nº xx y con D.N.I. nº xxxxx, ante Vs. Solicita y expone: 1°) Que soy propietario de un establecimiento de verano sito en c) Lirio de esta localidad. 2°) Que es mi intención ponerla en funcionamiento durante las próximas fiestas de la Velá. Por todo ello solicito el permiso correspondiente para la apertura temporal de dicho establecimiento (del 13 al 17 de Agosto de 2008. ambos inclusive). Atentamente suyo. Fdo: Jacinto xxxx xxxx.- Zorita a 23 de Julio de 2/,08. Excelentísimo Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Zorita." Finalizada su lectura el Sr. Alcalde manifiesta que conociendo la realidad zoriteña, nuestros jóvenes no tiene muchos sitios donde ir. Por ello esta Alcaldía propone que se autorice la reapertura de la Discoteca de Verano entre las fechas 14 y 17 del actual mes de Agosto. con motivo de las fiestas de "La Velá", como viene siendo habitual por las diferentes corporaciones locales, haciéndole saber al interesado que debe cumplirse la normativa sobre la materia y más concretan1ente el Decreto 19/1997 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Toma la palabra el Sr. Concejal D. José Urbina Rivera manifestando que según Resolución de Alcaldía nº 53/07 sobre el nombramiento de Tenientes de Alcalde y nº 55/07 sobre creación y composición de la Junta de Gobierno Local así como la asignación a ésta de otorgar licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresan1ente al Pleno, por lo que entiende que no es competencia del Pleno el tratamiento del presente escrito y que el órgano competente es la Junta de Gobierno. Contesta el Sr. Alcalde diciendo que recientemente este Pleno aprobó que las solicitudes de reapertura de establecimientos fuera tratado por dicho Pleno. Replica el Sr. Urbina Rivera diciendo que este tipo de licencia y su concesión por el Pleno es ilegal. De nuevo el Sr. Alcalde manifiesta que cree que esto es lo más justo. A continuación interviene la Sra. Concejala Dª. Carmen Duchel Rubio y manifiesta que existe un escrito, el cual quiere adjuntar al Pleno, y más concretamente de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente en el que por denuncia realizada sobre la Discoteca de Verano se requiere al Ayuntamiento para que proceda a su clausura Contesta el Sr. Alcalde diciendo que no es una reapertura para siempre y que sólo es para 4 días con motivo de las fiestas de la "Velá". Por la Sra. Duchel Rubio se manifiesta que los jóvenes que vayan tendrán que pagar, que es un local de negocio y que ella repite que no se puede abrir Interviene el Sr. Concejal D. Juan Alfonso Cuadrado Alba diciendo que el escrito que dice la Sra. Duchel Rubio es del año 2.005 y que desde entonces se ha seguido abriendo la Discoteca con motivo de las fiestas. A continuación toma la palabra el Sr. Concejal D. Pedro Antonio Bernardo García manifestando que él tiene otros criterios distintos a los de la Sra. Duchel Rubio y va a votar que sí a la reapertura explicando que esta reapertura se viene haciendo desde hace varios años y que en el último Pleno ya se preveía que esto podía pasar y que si se concedió permiso al "Corralino" se debe conceder a todos este año y al año próximo exigir lo establecido legalmente. Continúa diciendo que ello traerá como positivo que las fiestas se animan más y como negativo que se producirán molestias a los vecinos por ruidos así como habrá competencia desleal con otros industriales y repite que votará que sí este año y que al año que viene quien quiera abrir deberá estar en regla. Nuevamente la Sra. Duchel Rubio manifiesta que no se puede abrir. Que no se debe seguir con el juego de los anteriores. Toma la palabra la Sra. Concejala Da Ana Rubio Pizarro y dice que se dio licencia al “Corralino" debe darse también a la Discoteca. De nuevo el Sr. Bernardo García toma la palabra y manifiesta que el escrito que se dice por parte de la Sra. Duchel Rubio no ha sido como consecuencia de un fallo de un juez, que es un informe de la Comisión de Actividades Clasificadas. El Sr. Urbina Rivera dice que está de acuerdo con el Sr. Bernardo García en que se abra pero reitera que no es competencia del Pleno y sí de la Junta de Gobierno Local. El Sr. Alcalde interviene y manifiesta que cree que se van a respetar por el propietario todo lo referente sobre ruidos, queriendo hacer constar que hay otras actuaciones (coches eléctricos, casetas, etc.) que hacen más ruido que la propia Discoteca. Nuevamente toma la palabra el Sr. Urbina Rivera diciendo que no considera que el Pleno de este Ayuntamiento esté capacitado para conceder la reapertura solicitada ya que el propio Ayuntamiento no cumple con la legalidad establecida. Se siguen produciendo intervenciones por partes de los distintos concejales sobre el asunto. Finalmente se somete a votación la propuesta de la Alcaldía sobre concesión de la licencia de reapertura solicitada, con el siguiente resultado: CUATRO VOTOS DE FAVOR (Sres. Ciudad Broncano. Sr. Bernardo García, Sr. Cuadrado Alba y Sra. Rubio Pizarro) UN VOTO EN CONTRA (Sra. Duchel Rubio) y DOS ABSTENCIONES (Sra. Jiménez López y Sr. Urbina Rivera). A la vista del resultado de la votación se acuerda conceder permiso de reapertura de la Discoteca de Verano durante los días 14 al 17 del actual mes de Agosto con motivo de las fiestas de "La Velá" requiriendo al solicitante que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Finalmente se hace constar que se une al expediente de este Pleno y a instancia de la Sra. Concejala Da Carmen Duchel Rubio un escrito de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de fecha 21 de febrero de 2.005 y registrado de salida de dicha Consejería con el nO 200510000007479 en relación a denuncia interpuesta contra la discoteca de verano de fecha 09-07-03, adjuntando escrito al Ayuntamiento de esta localidad a fin de que tuviera conocimiento de las actuaciones realizadas. Fdo.: José Urbina. Nota.- Por haber incluído inadvertidamente en el Acta algunos datos de un peticionario, que de ser míos no me hubiera gustado que constaran aquí, en el ejercicio del derecho de rectificación que me asiste aprovecho para modificar dichos datos dejando inalterable el resto de la información que estimo fundamental para el conocimiento del foro. Aunque a título personal pediré disculpas al interesado, a la mayor brevedad posible, entre otras razones porque mantenemos una excelente relación personal, aprovecho también para hacerlo publicamente aquí, haciéndolo extensivo al resto de los usuarios del foro. | |
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