El Supremo anula una planta de residuos en Navarra El Supremo anula una planta de residuos en Navarra M. M., Pamplona, que trata las aguas residuales de Pamplona su comarca (300.000 habitantes en conjunto), no acogerá una planta de tratamiento de residuos peligrosos. Una sentencia del Tribunal Supremo ha admitidlos recursos presentados contra el proyecto por los ayuntamientos de Céndea de Olza, Orkoien y Arasuri. La idea de instalar una planta para residuos peligrosos en Arasuri se incluyó en el Plan de Residuos Especiales de Navarra y data de 1998. La previsión inicial fue que la planta tuviera capacidad para albergar 15.000 toneladas anuales de estos residuos, 10.000 de las cuales procederían de fuera de Navarra. En una sentencia fechada el 19 de julio, recogida ayer por Vasco Pres., la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Supremo da plena validez a los argumentos de los vecinos contenidos en un recurso de casación. Recuerda que la planta no cumpliría con el tipo de emplazamiento y distancias que la normativa estatal exige para las industrias de tratamiento físico-químico de residuos especiales, tóxicos y peligrosos, que asciende a dos kilómetros del núcleo más próximo de población. La planta prevista se habría levantado a 900 metros de Arazuri, 1.900 metros de Barañain y 1.470metros de Gazólaz. El Supremo anula también el proyecto ante la inexistencia de un estudio de impacto ambiental. El Tribunal Superior navarro dio validez al Plan gestor de Residuos Especiales en marzo de 2001. Fuentes del departamento foral de Medio Ambiente han señalado que la sentencia no tendrá consecuencias, ya que la idea de construir la planta fue desechada por el Ejecutivo regionalista. Según ha señalado el Gabinete de Miguel Sanz la planta era producto del impulso a través de sociedad es semipúblicas para el tratamiento de este tipo de productos. Una posterior normativa estableció la obligación de que sean los propios productores de los residuos quienes gestionen su tratamiento. Los ayuntamientos que ganaron el recurso advirtieron ayer en un comunicado de que esta sentencia“ es directamente aplicable” al proyecto de incidencia supr. Municipal para la gestión de residuos urbanos de Arazuri y Góngora, promovido por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y que el Ejecutivo navarro aprobó en 2001. La tramitación de estas dos plantas de biometanización está recurrida ante el Tribunal Supremo por Céndea de Olza y Arazuri.
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