13-04-11 00:21 | #7518289 -> 7518255 |
Por:mnvanessa ![]() ![]() | ![]() ![]() |
Re: sala velatorio. Con fecha de ayer 12 de abril, ha sido publicado el pliego de condiciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. Saludos. | |
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13-04-11 00:23 | #7518307 -> 7518255 |
Por:mery64 ![]() ![]() | ![]() ![]() |
Re: sala velatorio. Estoy de acuerdo,me parece muy bien que la obra se la den a empresas del pueblo. Saludos. | |
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13-04-11 12:52 | #7520414 -> 7518307 |
Por:Alnilah ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: sala velatorio. Está muy bien si ![]() | |
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13-04-11 23:59 | #7525996 -> 7520414 |
Por:coque ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: sala velatorio. Además quiero añadir que también contempla el pliego de condiciones que si no es una empresa local la que construya las salas velatorio los empleados que se contraten por la empresa adjudicataria deberán ser también personas desempleadas de NAVAS. Igualmente contempla el pliego de condiciones que el personal encargado del mantenimiento del edificio deberá ser también persona desempleada de Navas. Un saludo a todos/as. | |
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14-04-11 00:03 | #7526040 -> 7520414 |
Por:eriteo ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: sala velatorio. ¡AVISO A NAVEGANTES! Ley Orgánica del Régimen Electoral General, artículo 53, interpreta la prohibición de realización de campaña electoral; “desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones reconocidas en el apartado anterior”. Es decir, durante el mes que transcurre entre la convocatoria electoral y el inicio de la campaña, está completamente prohibido hacer ningún tipo de publicidad política, en ningún soporte, incluidos carteles. Además, y durante ese mismo periodo están proscritas las inauguraciones: “durante el mismo período queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo”. En el supuesto de que en el momento de la convocatoria electoral hubiese propaganda electoral difundida con anterioridad a ésta, deberá ser inmediatamente retirada, siendo, en todo caso, responsable a efectos de la Administración electoral el candidato o la formación política a la que se refiera la propaganda. Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53 de la LOREG, las Juntas Electorales competentes en función del acto realizado y del proceso electoral convocado resolverán las denuncias, reclamaciones o recursos que los representantes generales de las formaciones políticas concurrentes y los de las candidaturas puedan plantear. A tal efecto, podrán requerir a los afectados para que de forma inmediata procedan a la suspensión de cualquier acto prohibido o a la retirada cualquier instrumento de publicidad o propaganda que incumpla la legislación vigente. | |
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14-04-11 00:46 | #7526386 -> 7526040 |
Por:forostero ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: sala velatorio. Este aviso Eriteo, lo haces por algún motivo en concreto? | |
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14-04-11 01:05 | #7526487 -> 7526040 |
Por:coque ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: sala velatorio. SEGÚN LAS INSTRUCCIONES DE LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL del Pasado día 25 de marzo la Junta electoral Central explica que el envío de cartas o mensajes o la inserción de anuncios en la calle o en medios de comunicación "deberá limitarse estrictamente a proporcionar información de interés general sobre la conclusión de una obra pública, la puesta en marcha o el funcionamiento de un servicio público". Entre los actos permitidos, las formaciones políticas podrán convocar mítines para presentar candidaturas, así como difundir sus listas y sus programas, los candidatos podrán conceder entrevistas y participar en debates y se podrá utilizar vehículos particulares con sus fotos o las siglas de los partidos para darlos a conocer. Se incluye entre las actividades permitidas el envío de correos electrónicos o mensajes sms y la creación o uso de páginas web, blogs o redes sociales, pero sin que medie contratación comercial. | |
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14-04-11 12:23 | #7528188 -> 7526487 |
Por:Alnilah ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: sala velatorio. Tu si que sabes Coque ![]() | |
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14-04-11 16:57 | #7530208 -> 7528188 |
Por:leonera ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Re: sala velatorio. ami tambien me parece muy bien que le den trabajo alas empresa del pueblo ![]() | |
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14-04-11 17:41 | #7538688 -> 7530208 |
Por:sirenablanca ![]() ![]() | ![]() ![]() |
sala velatorio. me parece estupendo que cuenten con la gente de navas. Dónde lo van hacer me gustaría saber el sitio.... | |
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14-04-11 16:59 | #7530219 -> 7528188 |
Por:leonera ![]() ![]() | ![]() ![]() |
Sala velatorio... hola un saludo a todos me parece muy bien lo del foro es muy buena idea... | |
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14-04-11 17:26 | #7538544 -> 7530219 |
Por:forostero ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Sala velatorio... Eriteo ya que te interesan tanto las leyes y sus aplicaciones, a ver si te pones al dia. O eres de los que piesan que las leyes tienen distintas aplicaicones e interpretaciones, depende de quien las aplique o las interprete, o......de quien las incumpla? | |
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Liga futbol sala veteranos. Por: quique2664 | 28-02-12 07:59 kalimero73 | 7 |
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