25-07-09 22:00 | #2791951 |
Por:No Registrado | |
Retrato de Logrosán 1.791 (1) En el Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura, en el Partido de Trujillo Tomo II, pags. 189 a 224, realizado el día 29 de marzo de 1.791, se desprende lo siguiente : ???"Respuesta dada por la justizia, rejimiento, dip utados y procurador personero de este lugar de Logr osan, partido de Truxillo, al ynterrogatorio que se les ha presentado por el s eñor Don Pedro Bernardo de Sanchoyerto, del Consejo de Su Majestad y su ministro en real sala del crimen de la Real Audienz ia de Extremadura establezida en la villa de Cazere s, en el acto de visita que se halla practicando Su Señoria en este i demas pue blos del departamento de su cargo, por lo que a cad a una de las preguntas de zitado ynterrogatorio se satisfaze por dichos señor es de este aiuntamiento en la forma y modo siguient e. ???Este pueblo se nomina Logrosan, hallase situado en la provinzia de Estremadura a su parte oriental, inmediato a las Montañas de Guadalupe y por la misma confina su termino juri sdicional a distanzia de tres quartos de legua cast ellana con termino de la villa de Cañamero, la qual dista dos leguas de este pueblo; al sur o mediodia, poniente y norte, linda a la misma distanzia de tres quartos de legua con Dehesas Cavallerias de la ciud ad y partido de Truxillo; y los pueblos comarcanos a este son la expresada villa de Cañamero al oriente, al mediodia Madrigalej o y Navalvillar de Pela, pueblos de este mismo part ido que distan quatro leguas cada uno de este, y a las dos leguas entre e l oriente y mediodia se halla una casa de campo del Real Monasterio de Guadalupe con olivar, lavor i demas hazienda de est e, y por bajo de esta casa se halla la yglesia nomb rada de Valdepalazios con la adbocazion de Nuestra Señora de los Angeles, la qua l yglesia es aneja a la parroquial de este lugar, e n cuio sitio que fue pueblo en lo antiguo ay unicamente una casa contigua a zit ada yglesia en que havita un casero o familia desti nada para el cuidado y aseo de la misma yglesia, y por vajo se halla en zitado sitio otra casa con otra familia puesta por el nomi nado Monasterio de Guadalupe para el cuidado de labores de este; al po niente distante tres leguas de este pueblo se halla el nombrado Zorita y siguiendo hazia el norte a dos leguas y media la vi lla de Garzias, y al propio sitio ia del norte a ig ual distanzia la villa de Berzocana, en donde se veneran y sellan las santas reliquias de los cuerpos de San Fulgencio y Santa F lorentina, patronos de este obispado. ???Este pueblo es actualmente aldea de la ciudad de Truxillo, su capital, de la qual dista ocho leguas i catorze de la villa de Cazeres a la parte oriental de este poblaziones y a s¡ estas como este pueblo i los de su comarca todos son comprehendidos en territorio de la zitada Real Audienzia de Estremadu ra y anterioremente lo estavan en el de la Real Cha nzilleria de Granada, y este pueblo es del Obispado de Plasenzia. ???Este expresado pueblo es realengo, lo mismo su c apital Truxillo, y en el se mantiene y las conserva para la administrazion de justizia mitad de ofizios de republica, como son su s dos alcaldes y seis rexidores, cuios empleos anualmente se nombran la mitad de este numero a vezinos del estado noble i la otra mitad a vezinos del estado xeneral, cuia nominazion con esta separazion de estados se ejecut a por estilo i costumbre antigua por la maior pluralidad de votos, teniendolos con igualdad los e xpresados alcaldes y rexidores, quienes asimismo hazenla no solo de estos empleos sino tambien de lo s demas ofizios de republica, como son los de alcaldes de la Santa Hermandad por zitados estados, sus ministros o quadrilleros, alguazil mayor, procurador de pobres, ynterventores del real posito , mayordomo de propios y de todas las obras pias si tas en este mismo lugar. ???Los expresados dos alcaldes de este pueblo solo tienen la jurisdizion pedanea cohartada con la suje zion al tribunal real de la expresada ciudad de Truxillo, como caveza de este p artido y como tal en virtud de estilo y provision d el Real y Supremo Consejo solo conozen dichos alcaldes en las causas ziviles ordinarias hasta la cantidad de tres mil maravedies y en las criminales formadas de ofizio solo formando la sumaria contra reos, su prision, embargo de bienes y remesa de dil ixencias y reos al tribunal de referida ciudad. ???Y no ai en este pueblo regularmente abogado algu no (aunque al presente ay uno), ni menos procurador es de causas por no tener jurisdizion ordinaria para determinarlas, si solo a y tres escrivanias publicas i de aiuntamiento, y al presente solo las sirven dos escrivanos, pues con motivo de estar la una vacante y ser este pueblo de poco mas de quinientos vezino s, se pretende por su aiuntamiento la reunion de dicha vacante a las dos escrivanias que actualmente se sirven, fixandolas p erpetuamente en este numero de dos, cuius ofizios actualmente los sirven Diego Naranjo Bravo y Juan de la Cruz Rodriguez. ??? Al medico aprovado que reside en este pueblo le estan señalados dos mil y quatrocientos reales, ad emas del pago de asistenzias que los vezinos pagan que sera otra igu al cantidad y al presente no ay medico alguno. Al m aestro de primeras letras un real diario, a el peon publico ciento y cinquent a reales vellon. ??? Tiene este pueblo quinientos beinte y seis vezi nos, asi hazendados como pobres, de todas clases y actualmente son del estado eclesiastico siete sacerdotes incluso el cura recto r, diez y seis vezinos del estado noble y cinco mug eres del mismo estado, la mas comun aplicazion de este pueblo se reduze a la labranza de tierras propias o arrendadas, de modo q ue del por maior del vezindario los doszientos y cinquenta vezinos se em plean actualmente en la agricultura con caudal prop io, otros ciento y cinquenta de sirvientes ya para las labores y la pa ra la custodia de ganados, siete tienen el ofizio d e zapateros, cinco el de sastres, quatro el de albañiles, siete el de carpin teros, tres el de herreros, siete el de cardadores, ocho el de molineros de harina, tres zirujanos y sangradores, dos albardero s, dos tejedores de paños bastos, dos tenderos, un boticario, un mesonero, un herrador y albeitar, doze hortelanos, dos batane ros, seis horneros, y el resto hasta el expresado t otal se compone de viudas y pobres de solemnidad con corta diferenzia. Y para el govierno en estos ofizios menestrales no ay en este pueblo ordenanzas algunas aprovadas ni de otra forma, por lo que no a y costo alguno de ingreso ni de examen, pues solo d ichos ofizios se siguen como por educazion hereditaria de padres a hijos, s obrinos o otros deudos vajo la comun practica. ??? En quanto a las diversiones de estos vezinos so n tan leves que aun no merezen referenzia, pues com o la maior parte se hallan entregados a la agricultura y ofizios de campo, est os les imposibilitan a toda diversion por la falta de tiempo y si algunos cortos dias tienen vacantes suelen algunos salir a la caza de reses montunas i de conejos, liebres, perdizes, etc.; otros se divierten en el tiro de barra o palanca y juego que vugarmente d izen de la calva, sin que se note tengan particular inclinazion a vinos impropios a la sagrada religion catholica; si bien en el gremio o clase de ofiziales menetrales, como son albañiles, sastres, zapateros y demas que travajan por salario diario, en que se incluien los carpinteros, se ha notado qu e en quanto a los albañiles y carpinteros especialmente ellos mismos establezen l a hora que quieren para ir a dar el travajo diario y ademas de hazer en esta parte su voluntad lo mismo ejecutan en quanto al sa lario, pidiendo i perzibiendo el que les pareze alz ando el de estilo, de modo que en quanto a este particular se hallla este pueb lo sin regla fixa, careziendo de ella por medio de una seria disposizion judizial castigando a los contraventores. ??? Ay en este pueblo por antigua disposizion guber nativa de su justizia los abastos del vino, carnes de macho i cabra, aceite i jabon, los quales se subhastan por postura publica y se rematan en el maior postor, i ademas de los pr ezios en que se rematan estas espezies para sus ventas dan los obligados al gunas cantidades de maravedies que resulta de sus p ujas i mejoras, y estas se aplican para el pago de real devito de millones, re partiendolas de menos al comun de vezinos para cubr ir el encapitamiento hecho con la Real Hazienda. Y los zitados jeneros se vend en por quartillos y libras, que se componen de a di ez y seis onzas que hazen libra castallana, lo mismo que en la capital y pueb los inmediatos a este. ??? Tambien tiene este pueblo casas de aiuntamiento , en donde celebra su justizia y demas ofiziales de republica sus juntas y acuerdos para los asumptos que son del benefizio co mun, las quales casas tienen junto as¡ la real carz el para custodia de delinquentes con los grillos y cadenas nezesarios p ara su apremio i custodia de ellos; y contigua se h allan las ofizinas de carnizeria publica i sitio en que se rezive i despa cha el acopio de sal en cada un año. Y no se halla en este pueblo ofizio alguno de hipotecas, ni mas archivo que el que se halla en zi tadas casas de aiuntamiento, con sus cerraduras i l laves, en que se custodian las copias de reales hordenes comunicadas por la su perioridad, repartos de reales haveres para los anu ales tributos de Su Majestad (que Dios guarde) i algunos documentos de d eslindes de terminos publicos, i acuerdos celebrado s para el govierno de este comun. ???Tiene este pueblo una sola parrochia con la abvo cacion de su patrono Señor San Matheo Apostol y Evan gelista, y segun los estatutos o constituziones xenerales de este obispa do y reales disposiziones para su ereczion, tiene d e renta fixa este yglesia la novena parte de todo el fruto de diezmos granado s y menudos que dan los vezinos de este pueblo, que a juizio prudente importan regulado por quinquenio en cada un año sie te mil reales, que con otros mil reales que pudra i mportar el derecho, de aperturas de sepulcros para el entierro de cadavere s y los reditos de algunas escrituras censuales, co mpone de renta esta yglesia ocho mil y ochozientos reales vellon cada a ño; con la que se atiende a la reparazion y subsist enzia de la fabrica de zitada parroquial, compra de ornamentos i demas preziso pa ra la decenzia del divino culto. En quanto a la nominazion de parrocho de esta yg lesia toca segun concordatos con la Santa Sede segu n sus vacantes, que si estas se verifican en los meses del Rey nuestro señ or se le consulta la provision por su Real Camara y si en los meses del Ylustrisimo Señor Obispo de este Obispado provee Su Ylustrisima, mas en uno y otra caso se comboca a l os opositores en las vacantes con dias señalados para los examenes publi cos con argumentos de sagrada theologia y moral, qu e con los sinodales nombrados preside dicho Ylustrisimo Obispo en su Sa nta Yglesia Cathedral, u quien tiene su facultad. Y a este cura se le permite tener un theniente actualmente y anteriorme nte ha tenido dos, cuios nombramientos da el mismo Señor Obispo a sacerdotes de este pueblo, quienes alternando con e l cura rector en el travajo semanal de ofizios parr ochos, reparten entre todos los emolumentos que rinde el pie de altar y e l zitado cura perzive de renta ademas de esta porzi on otra novena parte de los frutos dezimales, lo mismo que la expresada ygl esia parroquial, que por maior vendra a componer la renta anual que esta. ???No se halla todavia construido en este pueblo el cementerio para sepulcro de cadaberes, pues aunque en observanzia del real orden comunicado para este efecto se hizo el señala miento de sitio y se remitio a la capital, despues no se han activado dilixencias algunas, a causa de que la yglesia de e ste pueblo esta fuera de las casas de morada de sus vezinos y es de gran magnitud, por lo que no se teme pueda produzir la c orrupzion de cadaveres infestazion epidemica, como si estubiese esta yglesia entre las casas de vezinos y fuese de menor amplitu d. ???En esta zitada parroquial ay dos benefizios ecle siasticos, el uno que su renta consiste en noveno i medio de los explicados diezmos, que por quinquenio asciende a diez mil rea les vellon cada año, es benefizio prestamo o simple sin carga ni pension alguna, que lo provee el Rey nuestro señor y actual mente le goza Don Martin Manzano, y no es scrvidero n i residenzial, y como tal ningun provecho rezive de este benefizio este p ueblo, el que lograría si Su Majestad mandase fuese servidero por el benefiziado u por un theniente a su costa. ???El otro benefizio que se dize servidero se compo ne su renta anual de tres mil y treszientos o tres mil y quinientos reales vellon, pues tiene medio noveno de los explicados d iezmos y su provision en las vacantes toca segun la distribuzion de meses entre el Rey nuestro señor y zitado Señor Obispo co mo para la de Curatos, mas deve notarse que este be nefizio aunque se dize servidero tiene facultad el propietario para tener un theniente con nombramiento del mismo Señor Obisp o, el cual le sirve por la parte de derechos parrochos que perzive con igualda d del cura rector i su theniente por el pie de alta r, pues alterna con ellos en los ofizios de entierros, misas populares, capitula r en visperas y demas asistenzias al comfesonario y otros ofizios de yglesia; i ademas perzive del benefiziado propietario ciento y ochenta reales con mui corta diferenzia, con la ob ligazion de celebrar algunas misas que tiene de carga este benefizio, co n lo qual queda el principal exempro i libre para v ivir donde fuere su voluntad, por lo que este pueblo careze en un todo de otros d os sacerdotes ministros eclesiasticos, que pudiera tener si estos benefizios fuesen servideros y residenziales arribos, y su pro vision por oposizion escolastica como los curatos, de cuia forma se lograrian sujetos idomeos para coadiubar al parrocho en el re parto del pasto espiritual a los fieles, pues de lo contrario solo se dan los nombramientos para servir estos thenientazgos a sac erdotes de este pueblo con examen de moral y aun en esta forma llegara a faltar quien los serva por la inopia de sacerdotes, sobre cuio particular se suplica a Su Majestad se d igne tornar la providenzia | |
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26-07-09 01:36 | #2792736 -> 2791951 |
Por:nasorgol ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: Retrato de Logrosán 1.791 (1) QUE BUENO QUE BUENO QUE BUENO | |
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26-07-09 01:43 | #2792753 -> 2791951 |
Por:No Registrado | |
RE: Retrato de Logrosán 1.791 (2) que sea mas util en onra y gloria de Dios nuestro s eñor y en benefizio comun de este pueblo. ???En este pueblo solo ay un hospital para la recol eczion i abrigo de pobres peregrinos de los muchos que pasan a visitar la ymagen de Nuestra Señora de Guadalupe, en este hosp ital, que su renta anual ascendera a treszientos re ales vellon, se atiende con ella a socorrer en quanto alcanza i ocurre a lo s pobres del pueblo totalmente nezesitados, submini strandoles algunas cantidades para aiuda a su alimento i medizinas, y si fallezen algunos pobres se les da sepulcro en un a hermita inmediata al mismo hospital de la advocazion del Santisimo Chris to de las Angustias, erigida i lo mismo dicho hospi tal por la devozion de los fieles, y concurren caritativos a los entierros de pobres el cura o theniente semanero y sachristan co n las ynsinias parrochiales. ???Cuida de esta obrapia i lo mismo de otras que ai en este pueblo los mayordomos, que cada dos años n ombra su aiuntamiento en calidad de patrono por inmemorial costumbre y para su quenta de efectos i gastos interviene el cura re ctor por comision del visitador eclesiastico, que las visita quando pasa por este pueblo; y son las restantes obras pias: un a la de Nuestra Señora del Consuelo, otra la de Santa Ana, otra la de San Fran cisco, otra la Demanda de Animas, otra la de San Bl as agregada a la de la fabrica de la yglesia parroquial, otra la de la Ygl esia de Valdepalazios. Y las rentas de todas no se menzionan por ser eventuales, que solo dependen de las limosnas de los fieles y a lgunos frutos de olivares y heredades que gozan, de modo que comunmente tienen sobrantes cada una de estas obras pias de mi l, dos mil o mas reales para sus gastos, que se red uze a los derechos parrochos que se devengan en los dias de la advocaz ion de las expresadas respectivas ymagenes. ???Tambien ai en este pueblo seis cofradias: una la de el Santisimo Sacramento, otra la de Nuestra Señ ora del Rosario, otra la de el Dulze Nombre de Jesus, otra la de San Lazaro, ot ra la de Santos Martires San Favian y San Sevastian, y otra la de Santa Vera Cruz; y todas tienen sus respectivas bullas po ntifizias con concesion de varias indulgenzias, y s u renta solo depende de la limosna de los fieles y sus cofrades, que estos lo son la maior parte de estos vezinos, por cuio motiv o no se numeran aqui, pues son mui pocas las familias que no son cofrades de t odas o las mas de dichas cofradias. El govierno de estas corre al cargo de los maiordomos y diputados que cada año se nombran entr e si, interviniendo su formalidad de quentas el cur a rector y visitador eclesiastico como juezes, segun la antigua costumbr e de este pueblo. ???Se rejistran en este pueblo beinte, digo quatro hermitas: una de la obrapia de Nuestra Señora del C onsuelo, distante escaso medio quarto de legua; otra la de Santa Ana, que di sta seiscientos pasos del pueblo; otra la de el Santo Christo, doscientos pasos; y otra la de Nu estra Señora del Maior Dolor, otros seiscientos pasos, esta ultima es mui reduzida por ser una sola capilla o humilladero con un altar, pero sin rentas algunas, mas que la devozion de algunos devotos para su aseo y limpieza. Las ot ras tres referidas en la del Consuelo y Santa Ana celebra este pueblo sus concur renzias y funziones los dias destinados de su celeb razion, y en la del Consuelo con mas espezialidad concurre el pueblo a visitar a Nuestra Señora, como particular oraculo y protectora compatrona de el. ???A distanzia de dos leguas de este pueblo se hall a la yglesia y sitio nombrado Valdepalazios, aneja a la de este pueblo como ia queda dicho, cuio parrocho de esta tiene el cargo d e ir personalmente a aquella y celebrar cierto nume ro de misas en los tiempos de cosecha, sementera y barbechera, y hazer la funz ion de yglesia el domingo de ramos de cada año, asi stiendo a subministrar los sacramentos a los fieles que concurren a aquel despoblado para el anual precepto de confesion i co munion, y por este travajo perzive dicho cura noveno y medio del fruto de diez mos que produze el terreno sembrado en zitado sitio de Valdepalazios de las sementeras de pueblos comarcanos, cuio total fruto se junta con el de este pueblo en su zilla para su reparto con respecto a concordatos. | |
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26-07-09 01:44 | #2792758 -> 2792753 |
Por:No Registrado | |
RE: Retrato de Logrosán 1.791 (3) En este explicado sitio de Valdepalazios es noto riamente zierto que hubo poblazion en lo antiguo, c on su cura parrocho, pues consta que el ultimo que sirvio este ministerio fue natural de este pueblo y despues con motibo de gue rras y de alguna epidemia, que no ay zierta notizia de esto, se fue despobland o i se agrego su yglesia a esta parroquial, causand o en parte esta despoblazicm el aver adquirido el Monasterio de Guad alupe algunas posesiones en dicho Valdepalazios ya por legados pios y ya por compras, de modo que se ha quedado dueño de qua si todo aquel terreno que aprovecha con sus ganados y labores en perjuizio de los vezinos de pueblos inmediatos, pues estos au nque pretendieran pasar a dicho Valdepalazios a rep oblarle, les desanima el ver que dicho monasterio es el absoluto dueño de la maior parte, llegando a tanto su despotismo que de pocos años a esta parte se titula el prior de dicho monasterio Señor de Val depalazios, etc.; pero si Su Majestad, actuado de es te perjuizio que sufre el estado, mandase repoblar dicho Valdepalazios conten iendo el poderio de dicho monasterio, que es la cau sa impeditiva, en la forma que estimase por mas justa, en tal caso se fo rmaria un pueblo mui vistoso y util por su hermoso zielo y suelo de que goza, siendo mas util que pareze a causa de que por algun os costados en muchas no se alcanza pueblo alguno. ???En este termino no se hallan rios que tengan pes ca de considerazion, pues aunque en el nombrado Rue cas y arroios que quedan zitados ai alguna, es de tan corto valor que no mer eze aprezio y por tanto solo algun vezino por diver sion suele cojer algunos pezes mui pequeños, nombrados pardillas y bogas, po r lo que aunque en cumplimiento de real orden de ve da de caza y pesca se publica este anualmente, no se verifica su contrave nzion ni perjuizio alguno en esta parte. | |
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26-07-09 13:31 | #2794119 -> 2792758 |
Por:No Registrado | |
RE: Retrato de Logrosán 1.791 (4) Puedes seguir leyendo este hilo en: https://ww.nuevoportal.com/andando/pueblos/extrema/caceres/logrosan.html Sección: Historia. | |
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RETRATO. ANTONIO MACHADO Por: No Registrado | 29-10-08 17:38 No Registrado | 1 |
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