30-11-09 13:35 | #4003811 |
Por:No Registrado | |
¿Seran nuestras las viviendas? He estado mirando las leyes que regulan estas viviendas y me he llevado algún que otro disgusto. 1º.- El decreto que regula estas viviendas de 60.mil es el decreto 33/2006 (DOE de 28/02/06)que en su Art. 9.1 dice: " el adjudicatario no podrá trasmitir la vivienda en 10 años", 2º.- en el Art. 9.4 dice. "Los derechos reales de tanteo y retracto es titular la Junta,... mientras persista el plazo de protección". 3º.- en el Art. 9.8 dice: "El plazo de protección abarca 30 años" Todo esto quiere decir que no puedes vender en 30 años y cuando quieras vender se lo tienes que decir a la Junta primero, pues ella tiene preferencia y marca el precio (pues eso quiere decir derecho de tanteo y retracto). ¿Alguien me puede confirmar esto?, pues, de ser cierto esto, no vamos a comprar nada, si no alquilar algo, pues nunca será tuyo realmente. Un saludo. Paco | |
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