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EL CASTILLO DE

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EL CASTILLO DE
EL CASTILLO DE “PALOMBEIRO” , EXISTIÓ EN LO ALTO DE LA SIERRA DE ALTAMIRA, EN EL SE REFUGIÓ EL VECINO DE EL BRONCO : HERNÁN BRAVO, PARA PROTEGERSE DE LOS JUDIOS, QUE LE PERSEGUIAN POR LOS SUCESOS DEL APEDREO DE LA CRUZ BENDITA DEL CASAR DE PALOMERO.


La fortaleza ya desaparecida objeto de este estudio se halló enclavada en el pico de Santa Bárbara (a unos 1.000 metros), que es el más alto de las Sierras de Altamira, entre los actuales términos del Casar de Palomero y Marchagaz, al norte de la provincia de Cáceres. Es una más de las que se edificaron en la vertiente meridional del Sistema Central y que dibujaban una línea defensiva desde Salvaleón en la misma frontera portuguesa, hasta Sotofermoso (Abadía), pasando por Eljas, Trevejo, Gata, San Juan de Máscora (actual Santibáñez el Alto), el mismo Palombeiro y Granadilla. Estas fortificaciones sirvieron en otros tiempos a los á rabes para defenderse de los cristianos y a partir de finales del siglo XII serán utilizadas por éstos para consolidar la reconquista y la repoblación de estos lugares. Esta constelación de castillos y fortalezas, situada estratégicamente en la cara sur del Sistema Central, formaba parte de un sistema defensivo de conjunto, orquestado por el antiguo reino de León; estaba basado en el control visual de un enorme espacio ganadero, ya que era la única actividad económica posible en un territorio de frontera donde era más fácil cuidar del ganado que de una cosecha agrícola.
Las primeras noticias escritas que tenemos del castillo de Palomero proceden de las bulas pontificias del siglo XII. Cuando en estos documentos escribían Palumbaria era para referirse a este castillo. Algunos autores como Publio Hurtado (1) aseguran que existía desde tiempos de los romanos y que después fue destruido por los bárbaros y reedificado otra vez por los árabes.
Bajo la dominación musulmana el marqués de La Fuensanta asegura que el rey moro estuvo aquí en el castillo de la Palumbaria en el año 1050.
Decíamos que las primeras noticias escritas que tenemos datan de las bulas pontificias del siglo XII, concretamente las de los años 1184 y 1185,que indistintamente conceden los papas Lucio III y Urbano III al obispo de Coria don Arnaldo para definir la recién creada diócesis, aunque ya en la época visigoda había quedado determinada. En ellas se define el territorio y los pueblos que conforman la extensión de la citada diócesis y figura Palombeiro como parte integrada en ella, incluso en la primera, en la bula de 1184. En ésta, la de 1184, no nombra a Granadilla, lo que le ha llevado a algún autor a pensar que esta población no existía en aquél año todavía, pero a la Palumbaria (3) lo cita de forma explícita. En la de Urbano III, un año después, ya se nombran las dos poblaciones junto a todas las demá s que delimitan la extensa diócesis de Coria. Sabemos que unos años antes, en 1142, Alfonso VII dotó al obispo Navarrón y a la iglesia de Coria de la tercera parte de la ciudad y del tercio de las rentas reales, así como del derecho para los sucesivos obispos de poder realizar presuras e instalar hombres (4); con lo que podemos imaginar la extraordinaria importancia que tuvo la Iglesia en la repoblación de esta zona.
Las citadas bulas estarían en la línea de confirmar desde la Santa Sede los privilegios que tanto Alfonso VII como después Fernando II y su hijo Alfonso IX habían dado a la Iglesia, y que consistían en asegurarse cuantiosas rentas en un territorio específico y bien delimitado, para evitar así conflictos con otros lugares en la percepción del diezmo, que era el impuesto eclesiástico por xcelencia. De hecho el profesor J. L. Martín (5)puso en duda la autenticidad de estas bulas, argumentando que bien pudieran haberse falsificado para presentarlas como prueba en el contencioso que mantienen la catedral de Coria con la Orden de Alcántara por la posesión de ciertos territorios en disputa.
Diez años después, en 1195, será cuando Alfonso IX desde Benavente en sus afanes expansionistas done el castillo de Palombeiro (6), que es como se le denomina en este documento, a la Orden de Santiago con el derecho a heredar y con todas sus pertenencias y demás. Este breve pero importante documento nos da la fecha exacta del momento en que este territorio pasa a la Orden de Santiago, de la que se desvincularía hasta mediados del siglo XIX, como consecuencia de las leyes desamortizadoras. Previamente, el 31 de agosto del año 1.191 desde Toro (7), les había concedido este monarca el dominio de Granadilla a los hermanos del santo Jacobo (Orden de Santiago), con lo que la citada Orden se empieza a hacer con un considerable patrimonio en lo que es la actual Extremadura. Son tiempos difíciles sólo aptos para monjes guerreros y por eso, en una economía de guerra no lo suficientemente productiva como la que se estaba llevando un poco más al Sur con la ayuda de las órdenes militares, era preciso recurrir a rentas en lo ya conquistado. Esto explicaría que la donación a la Orden de Santiago de Granadilla y después Palombeiro entraran dentro de la política de aprovisionamiento en la retaguardia.
En su origen, pudo ser que Palombeiro y Granadilla formaran una unidad política y administrativa bajo la tutela de la Orden, pero enseguida se produciría la ruptura como podemos ver en el documento del 19 de marzo de año 1199 (8), en el que Alfonso IX de León y su mujer, la reina Berenguela, le donan el castillo de Palombeiro a la Orden de Santiago siendo maestre don Gonzalo, pero sobre la base de la división que previamente había hecho Rodrigo Pérez de Villalobo, hombre muy influyente en el reinado de este monarca y que por esas fechas parece que tenía la tenencia de este territorio, y el obispo de Coria don Arnaldo.
No debieron quedar muy satisfechos de la división realizada, si es que se llevó a cabo, pues también pudo ser que se quedara en la intención de hacerla porque, el 1 de enero de 1221 desde Galisteo, Alfonso IX manda realizar de nuevo la demarcación entre los términos de Granadilla y Palombeiro (9), seguramente porque persistían los problemas acarreados por intereses ganaderos encontrados. Esto nos lleva a pensar que, casi en las vísperas del siglo XIII, este lugar ya había recibido tal afluencia de pobladores que obligaba a una precisió n en el deslinde como consecuencia del choque por diferentes intereses. Un año después, concretamente el 22 de julio del 1223, se va a producir en Salamanca un hecho relevante para el lugar que nos ocupa. Allí Alfonso IX concedió a la Orden de Santiago la casa del Sancti Spíritus para que fundaran un hospital de redención de cautivos (10), ya que además de ser este cometido una importante fuente de financiación era también uno de los principales fines que la Orden como institución tenía encomendado. Sin que sepamos la causa, todo indica que no se llegó a realizar nunca el hospital y la Orden decidió darle otra utilidad. En cualquier caso, comentamos esta noticia porque en lo sucesivo el futuro monasterio femenino del Sancti Spíritus de Salamanca se convertirá en la encomienda desde donde se ejercería la jurisdicción sobre Palomero, aunque en esa fecha todavía no funcionaba como tal ni se nombra al monasterio de Sancti Spíritus, sino que era una puebla más de las que había en Salamanca con una organización jurídica, administrativa y económica dirigida por la Orden de Santiago.
Hasta el 14 de febrero de 1259 (11), que es cuando se celebró el Capítulo general de la Orden en Montánchez, no se nombra este territorio como parte integrante de lo que después será la encomienda santiaguista del monasterio del Sancti Spíritus de Salamanca. Ocurrió gracias al acuerdo establecido entre el matrimonio formado por Martín Alfonso, hijo legítimo de Alfonso IX de León, y su mujer María Méndez de Sausa, hija del noble portugués Men González de Sausa, con el maestre Pelay Pérez Correa, que además de ser portugués fue el maestre que más tiempo estuvo al frente de la Orden y tenía un especial interés en cerrar este trato con este matrimonio de la alta nobleza. Este contrato consistía en que el maestre donaba de forma vitalicia a la pareja una serie de propiedades en diferentes lugares de la geografía castellana a cambio de una renta y del pago del diezmo a los priores de Uclés y San Marcos. También entregarían al maestre todas sus propiedades en Sevilla, lo que convertía el asunto en un intercambio de propiedades que tenía como trasfondo un préstamo, más que una donación propiamente dicha. En cualquier caso, lo que a nosotros nos interesa es que se nombra el paraje de Valdelacasa como un lugar poblado próximo al castillo de Palomero, del que dice que se lo dona al matrimonio junto a otra casa que allí hay a cambio de que les den cada año por San Miguel siete cargas de trigo, doce cerdos y treinta maravedíes y que habrían de entregarse en el mismo Valdelacasa para mantener la guarnición militar que hay en el castillo de Palomero. Esto nos da a entender que debió tener un retén militar por lo menos importante, a juzgar por los cerdos y el resto de la logística que precisaban.
Los negocios entre el maestre Pelay Pé rez y el matrimonio continú an en 1268, como vemos en el documento expedido en Mérida el 18 de marzo de ese año mediante el cual el maestre dona a Martín Alfonso y a María Méndez la casa del Sancti Spíritus de Salamanca como patrimonio del monasterio de mujeres que los infantes habían fundado allí recientemente a cambio de lo que el matrimonio poseía en León, Galicia y Portugal (12). No sabemos con precisión si serían muchas o pocas estas posesiones, pero de lo que estamos seguros es que el matrimonio tenía un gran empeño en adquirir la puebla del Sancti Spíritus ya que habían sacrificado sus posesiones en León, Galicia, Portugal y Sevilla, como vimos unos años atrás. Todas estas donaciones e intercambios serán confirmados un año después, el 26 de mayo desde Toledo (13) por el rey Alfonso X, ante las continuas intromisiones del concejo salmantino en la puebla del Sancti Spíritus.
Muerto el infante Martín Alfonso, su viuda María Méndez y el maestre Pelay Pérez, en el Capítulo general de la Orden celebrado en Mérida el 12 de marzo de 1274 (14), firmaron un nuevo acuerdo por el que esta señ ora recibiría la bailía (15) de La Atalaya con Valdelacasa, lo que poseía en Alba y Granadilla, las de Ciudad Rodrigo con la Zarza, etc. Todo ello se lo donó por los bienes que ésta y su marido dieron a la Orden en los distintos lugares del reino, especificando que esta donación se le concederá como patrimonio del monasterio de Sancti Spíritus que María había fundado, y además, que este monasterio tendría comendadora elegida únicamente por las freilas.
Resumiendo, la primera vez que mencionan la intención de fundar un monasterio santiaguista femenino en el señorío del Sancti Spíritus de Salamanca se produce en el año 1268 con los acuerdos entre el maestre Pelay Pérez y el matrimonio citado. Previamente los infantes habían recibido distintas posesiones en 1259 entre las que se encontraban, entre otros, la bailía de Valdelacasa, un territorio que se correspondería actualmente a un lugar extenso comprendido en los términos de los actuales Palomero y de Casar de Palomero. Sin embargo, hasta el 12 de marzo de 1274 no se incorporan estos territorios al monasterio del Sancti Spíritus, aunque como sabemos ya llevaban desde el año 1195 vinculados a la Orden de Santiago.
Las freilas consiguieron formar alrededor de la fortaleza de Palomero el más importante señorío de su encomienda, el cual les proveía de todo tipo de bienes tanto en especie como en dinero. Lo supieron disfrutar y administrar hasta los primeros años del siglo XV, concretamente hasta 1417, cuando de forma unilateral decidieron romper con los usos y costumbres que tanta prosperidad dieron en años precedentes mediante las sabias ordenanzas y los llamados contratos alodiales. Estos atrajeron importantes contingentes repobladores y así se fueron formando núcleos de población como Casar de Palomero, Marchagaz, Palomero y el desaparecido Carpentero. La avaricia de las freilas hizo que lo que fue prosperidad y armonía se transformase en conflictos y desencuentros entre los vasallos y éstas por el nombramiento de alcaldes, por el aprovechamiento del bosque o el abusivo cobro de impuestos, etc. Incluso con sus vecinos, los habitantes de la villa de Granadilla, que por medio de su señor, el duque de Alba, terminaron apoderándose de lo que era el lugar más estratégico del señorío.
Tenemos noticias de este grave incidente por un documento del año 1488 (17) en el cual la comendadora del monasterio manda realizar una investigación sobre las extorsiones realizadas por los distintos usurpadores enviados por el duque de Alba, que se habían apoderado de parte del señorío y habían edificado la fortaleza de Altamira, antiguo castillo de Palombeiro, desde donde saqueaban el territorio ocasionando graves daños a la encomienda. Aunque este documento está incompleto, se pueden reconstruir los hechos a través de las manifestaciones que hacen los numerosos testigos interrogados; los cuales cuentan que siendo mayordomo del señorío Fernando Nieto por merced de la comendadora del monasterio del Sancti Spíritus de Salamanca, se presentó una noche Antonio Maldonado, “el tuerto”, con hombres a caballo y peones con el favor del duque de Alba y entraron forzadamente en esta villa robando caballos y armas, y echando de ella a Fernando Nieto. El tal Maldonado puso alcaldes de su mano y secuestró a un judío arrendador de todas las rentas del señorío, llevándole preso. Después el duque atropelló contra todos sus bienes haciéndoles pagar fuertes tributos y obligándoles a trabajar en la reconstrucción de la fortaleza de Altamira y a llevar allí todo tipo de materiales como piedras, maderas y tejas sin cobrar por ello. Este tipo de acciones se circunscriben en un marco feudal donde la razó n se expresa en términos de poder y no de derecho, con manifestaciones frecuentemente en forma de pillaje, extorsión y guerras entre los distintos bandos nobiliarios, pero que en este caso adquiere una connotación especial porque las freilas no tienen esa capacidad guerrera, y por eso eran mucho más vulnerables. Sin embargo, ellas se valen de los favores reales para conservar sus privilegios y señoríos, como ocurrió realmente en este caso, ya que un año después de realizada la intromisión violenta del duque de Alba con su clientela armada, consiguen que se derribe la fortaleza, gracias a la intercesión de los Reyes Católicos. En efecto, el 14 de agosto de 1489 (18) se procede al derribo de la fortaleza de Altamira, situado en el Casar de Palomero “según el acta y testimonio que en ella se contiene”. Todo a instancia de Mayor Coello, que era la comendadora del Sancti Spíritus de Salamanca, y en virtud de una cartaorden dada previamente por el duque de Alba. Conviene que nos detengamos un momento en este documento, porque contradice lo que siempre se ha dicho por consagrados autores, como don Eugenio Escobar Prieto y otros después de él, sobre que el castillo fue mandado destruir por Carlos V para evitar que en él se refugiaran los comuneros. Mediante esta acta de demolición se demuestra que tuvo lugar en tiempo de los Reyes Católicos, concretamente en el año 1489. Aunque también podría haber ocurrido que después de su destrucción hubiera sido nuevamente reconstruido y vuelto a demoler, pero no es lo más probable, ya que los numerosos testigos que asisten al derribo aseguran que no quedó piedra sobre piedra. Incluso van contando secuencialmente como se va haciendo, y por ello sabemos que tenía una torre principal que sería la del homenaje, también tenía una barbacana y un baluarte, todo ello rodeado por una importante muralla en el contorno de su perímetro.

Según documento del estudio realizado por D. Sebastián Caballero Criado.
Enviado por: Sixto | Ultima modificacion:23-01-2008 16:27
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Foro-Ciudad.com - Ultima actualizacion:15/01/2020
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