16-07-11 14:11 | #8377841 |
Por:No Registrado | |
Estatuto de Autonomía de Extremadura.- Artículo 3. Extremeñas y extremeños. Estatuto de Aunomía.- 1. A los efectos del presente Estatuto, ostentan la condición política de extremeños los ciudadanos españoles que, de acuerdo con las Leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Extremadura. | |
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16-07-11 14:22 | #8377881 -> 8377841 |
Por:No Registrado | |
RE: Estatuto de Autonomía de Extremadura.- Entocen aqui que pasa que los que estamos empadronados en Madrid y hemos nacido en Talarrubias por este artículo ya no podemos considerarnos extremeños o extremeñas.-En tonces somos apátridas o que somos.-Haber Sr. Monago.-Si que para pagar tasas e impuestos somos extremeños.-Cómo un decreto puede ser cotrario a la Constitución Española.-Queda claro que a pesar de haber nacido en Talarrubias somos forasteros y por consiguiente no sería necesario a través del derecho consitudinario pagar el toro.- | |
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16-07-11 21:17 | #8379687 -> 8377881 |
Por:No Registrado | |
RE: Estatuto de Autonomía de Extremadura.- No seria necesario pagar el toro, el toro ni la vaca, ni el agua, bueno el agua para los que se duchan por goteo tampoco les hace mucha falta, ni la electricidad, bueno si usas el candil tampoco te hace falta, y la dehesa para que la vamos a sembrar si la podemos poner de placas solares, que eso si que aluuuuuuumbra. | |
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mariano cabanillas rayo.- Se presentaran alegaciones a los Estatutos de la Mancomunidad Sibería I Por: No Registrado | 25-03-11 09:10 No Registrado | 0 |
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