20-01-10 09:19 | #4423891 -> 3965697 |
Por:arenamar ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: tasas de agua Aprobación definitiva de modificación de Ordenanza reguladora de la tasa por suministro de agua potable a domicilio” Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Ribera del Fresno Ribera del Fresno (Badajoz) En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.º.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público lo siguiente: Que transcurrido el plazo de treinta días de exposición al público del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día trece de noviembre de dos mil nueve, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 225, de veinticuatro de noviembre de dos mil nueve, relativo a la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro de agua potable a domicilio, y habiendo sido expuesto al público dicho acuerdo durante el plazo legal sin que se hayan presentado reclamaciones, se considera elevada a definitiva dicha aprobación. Que contra el acuerdo definitivo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley de esta jurisdicción, sin perjuicio de cualquier otro que proceda. Que el texto íntegro de la Ordenanza aprobada definitivamente es el que seguidamente se detalla: ANEXO Tarifas.- Las tarifas de esta tasa serán las siguientes: Agua potable 2010 Canon fijo trimestral 8,70 euros/m³ Bloque 0-15 0,46 euros/m³ Bloque 16-28 0,88 euros/m³ Más de 28 1,74 euros/m³ En Ribera del Fresno, a 8 de enero de 2010.- El Alcalde-Presidente, Antonio Fernández García. | |
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20-01-10 15:46 | #4426663 -> 4423891 |
Por:vallegarzón ![]() ![]() | ![]() ![]() |
RE: tasas de agua “Aprobación definitiva de modificación de Ordenanza reguladora de la tasa por distribución de agua” Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Puebla de la Reina Puebla de la Reina (Badajoz) Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche y colocación y utilización de contadores cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Estableciéndose: ANEXO I Cuota fija trimestral €/m³ 8,06 € Cuota variable por consumo €/m³ Bloque 1 (0-10) 1,141 € Bloque 2 (11-25) 1,343 € Bloque 3 (>25) 1,545 € Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Aquí tenéis la subida también de Puebla de la Reina que depende de la misma mancomunidad que Ribera, que la mayor mentira es una verdad a medias. El canon es un poco más caro el de Ribera, pero es imperceptible, sin embargo, en los tramos de consumo la diferencia es abismal a favor de Ribera.Siendo gradual el coste del agua en nuestro pueblo, mientras más gastas más pagas y prácticamente lineal en Puebla de la Reina, donde no se distingue si usas el agua para beber o si es para llenar la piscina. | |
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