ASUNTO GARZON El Tribunal de la Sala Penal del T.S., juzgará al Sr. Garzón, por haber iniciado, a sabiendas de que no era competente, unas diligencias sobre las desapariciones del franquismo en las que declaró la responsabilidad penal de personas fallecidas, a las que atribuyó delitos que habian prescritos y estaban annistiados. La acusación popular no puede ejercer la acción civil, por lo que, en la hipotesis de que fuese condenado, el Sr. Garzón no tendrá que reparar las consecuencias económicas del delito. Que os parece lo de la Sala del T.S., por una vez, unos magistrados han llegado a un acuerdo, sobre un "tema" tan peculiar como es la guerra civil en nuestro pais. |