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Feria - Badajoz

Poblacion:
España > Badajoz > Feria
08-10-11 13:43 #8892960
Por:ManuelaCornejo

Oficina del ARI
Sorprende que para cubrir la plaza de Auxiliar Administrativo de la Oficina del Area de Rehabilitación Integral (dependiente de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda)se haga una convocatoria pública y se establezcan unas pruebas de acceso (así debe ser para todo trabajador público) y no se haga para cubrir la plaza de arquitecto, la figuar clave de la oficina.

No cabe excusa alguna (plaza descubierta, fin de plazo, interinidad,...) para contratar sin convocatoria pública, prueba de acceso, baremo, tribunal de selección, presencia sindical a un trabajador que va a ser retribuido con dinero público.
Puntos:
09-10-11 10:55 #8896897 -> 8892960
Por:Felipito Tacatun

RE: Oficina del ARI
Respuesta de la Sra Aldal-esa a la oposición en el Pleno:

Yo le he hecho la entrevista y es el que más "me ha gustado".

Creia que para poder entrevistar a alguien para un puesto de trabajo tendrías que tener al menos la misma titulación que el entrevistado, s la entrevista es técnica, claro que si solo se mira de "que familia procede" o si es "muy guapo", la verdad es que no.

No he visto en mi vida una prepotencia y chuleria igual, claro que eso lo dá su poca cultura, por mucho que pronuncie las "eses".
Puntos:
09-10-11 11:20 #8897002 -> 8896897
Por:corito70

RE: Oficina del ARI
Si y estamos VETADOS por éste personaje, pero como ELLA piensa que el pueblo es su feudo y que puede hacer lo que le venga en gana, pisoteando a todo lo ajeno a ella y es que hay enfermedades mentales las cuales les hacen a las personas sér insesible ante el dolor ajeno;porque en un pueblo tan pequeño en el cual somos todos práticamente de familia, no tiene expricación lo que esta haciendo ELLA y delante de nuestras narices.

Éste personaje siempre se a desmadrado a la hora de repartír puestos ya sea en el Ayuntamiento o fuera de el y la cosa no quedará ahí.
Puntos:
09-10-11 13:15 #8897603 -> 8896897
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
En algún momento, habrá que poner freno a todas las irregularidades que la alcaldesa está cometiendo. Le recuerdo que el Boletín Oficial del Estado (nº 89) de fecha 13/04/2007, se publica la LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Artículo 10. Funcionarios interinos.
1. Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.
b) La sustitución transitoria de los titulares.
c) La ejecución de programas de carácter temporal.
d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.
2. La selección de funcionarios interinos habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
3. El cese de los funcionarios interinos se producirá, además de por las causas previstas en el artículo 63, cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.
4. En el supuesto previsto en la letra a) del apartado 1 de este artículo, las plazas vacantes desempeñadas por funcionarios interinos deberán incluirse en la oferta de empleo correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente, salvo que se decida su amortización.
5. A los funcionarios interinos les será aplicable, en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera.
Puntos:
09-10-11 14:18 #8897900 -> 8897603
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
¿Alguno de los preceptos legales exigidos se ha cumplido en las nuevas contrataciones de personal llevadas a cabo recientemente por el Ayuntamiento de Feria?

LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

TÍTULO IV
Adquisición y pérdida de la relación de servicio
CAPÍTULO I
Acceso al empleo público y adquisición de la relación
de servicio

Acceso al empleo público y adquisición de la relaciónde servicio

Artículo 55. Principios rectores.
1. Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.
2. Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación:
a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases.
b) Transparencia.
c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección.
d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.
e) Adecuación entre el contenido de los procesos
selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.
f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.
Puntos:
09-10-11 14:57 #8898049 -> 8897900
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
Va siendo hora de exigirle a nuestro equipo de gobierno los principios que deben cumplir los empleados públicos: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad,imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres
y hombres.
Puntos:
11-10-11 18:24 #8910499 -> 8898049
Por:blubaker

RE: Oficina del ARI
Esto en lo normal en el PP, mirad lo que se publica de la Junta de Extremadura y sus nuevas contrataciones Peperas:

1)Conductores: Se prescinde de todos los conductores del Consejo de Gobierno que eran funcionarios y laborales que habían aprobado una oposición y se contrata a familiares, amigos, concejales y militantes del PP.
2)El Presidente de la Asamblea contrata a su primo como conductor.
3)El Coordinador de la Presidencia, con rango de consejero, contrata al cuñado del presidente como conductor.
4)El Director General del que dependen orgánicamente el Servicio de Salud y el de Atención a la Dependencia contrata a su mujer como Coordinadora de Seguridad Alimentaria.
5)El mismo, nombra a la que era su secretaria mientras fue alcalde de Almendralejo, como Directora de la Residencia Rz Ibarra de Villafranca, rompiendo la norma de que sean siempre de entre los funcionarios o personal laboral de la Junta.
6)El Secretario General del Servicio Extremeño de Salud con competencia en recursos humanos y gestión económica, hace el nombramiento de su mujer como Directora de Gestión Económica del Area de Mérida.
7)La Consejera de Salud autoriza el nombramiento del marido de su secretaria como Director de Recursos Humanos del area de Mérida.
ChulilloSe nombra Jefa de Servicio de Gestión Económica de la Consejería de Hacienda a la mujer del Director General de Presupuestos.
9)La hija del Director General de Salud Pública obtiene la comisión de servicio para trabajar en uno de los Centros de Salud de Badajoz, saltándose a decenas de médicos más antiguos que ella.
10)Se utilizan las plazas de Coordinadores de Programas Socio-Sanitarios del Servicio de Atención a la Dependencia a los que se cesa, para contratar a la secretaria de una Directora General que no es funcionaria(en la Junta era obligatorio hasta la llegada del PP ser funcionaria para ocupar determinadas plazas de eventuales) y a los asesores de la Gerente del SEPAD(antes los Directores Generales no tenían asesores, ahora algunos sí)
11)Se contrata al candidato número 3 de IU por Badajoz a la Asamblea de Extremadura como cargo de la Vicepresidencia y Consejería de Empleo en calidad de Director del Observatorio de Empleo.
12)Se contrata a una militante de IU como Directora de la Residencia la Coronada de Villafranca de los Barros.
13)La pareja(con todo respeto) de la Vicepresidenta es contratado como Jefe de Prensa por la Alcaldesa del Ayuntamiento de Cáceres.
14)La Vicepresidenta nombra Directora General a la hermana de la Alcaldesa de Cáceres.
15)La pareja(con todo respeto) de uno de los Consejeros del Gobierno es nombrada por la Vicepresidenta como Jefa de su gabinete.

Esto no lo firma cualquiera, lo firma el anterior Presidente de La Junta de Extremadura.

¿Veis porque se matan por entrar en los sitios? Pues porque en ello les va el llenarse o no el buche.

!!!San Pedro baja y Te los llevas!!!
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11-10-11 19:21 #8910824 -> 8910499
Por:CALVETE22

RE: Oficina del ARI
no queríais pepe pues ay los tenéis juntos con los de iu que tanto predican la legalidad,. que 4 años nos esperan con la crisis y los peperos e izquierda unida ........ que dios nos coja confesaos
Puntos:
11-10-11 22:14 #8911813 -> 8910499
Por:Dulcinea 9

RE: Oficina del ARI
Que mal pensaos sois... Eso lo habrá escrito el Ex porque tiene mu mal perder...Anda ¿no teneis que acarrear agua o algo por el estilo?Algunos por mirar tanto hacia atrás el señor los convertirá en estatuillas de sal...Vivan los enchufes...
Puntos:
14-10-11 14:39 #8926078 -> 8898049
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
“BASES PARA LA SELECCIÓN DE ARQUITECTOS (SUPERIORES),
COMO FUNCIONARIOS INTERINOS Y A TIEMPO PARCIAL,
MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, A INTEGRAR EN LA OFICINA
TÉCNICA DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO DEL AREA DE REHABILITACIÓN
INTEGRAL DE ......

PRIMERA. NORMAS GENERALES
1) Objeto: Se convoca proceso selectivo para cubrir, con carácter
de funcionario interino, PLAZAS DE ARQUITECTO, Escala de Administración especial, Subescala técnica, clase Técnicos superiores, Grupo A1, Nivel 28, del Ayuntamiento de ....., al objeto de ser integrados en la “Oficina técnica de gestión y seguimiento del Area de Rehabilitación integral de centro urbano de ....”, que ha sido declarada por Acuerdo ....., de la Junta de .
Su selección y nombramiento se realiza al amparo de lo dispuesto
en el art. 10.1.c) del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado
por Ley 7/2007, ya que la finalidad de su nombramiento está directamente
relacionada con la ejecución del Programa de carácter temporal
del ARI
2) Sistema selectivo: El procedimiento selectivo tendrá carácter
abierto, y el sistema de selección será el concurso de méritos, en el que se valorarán los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, por considerarse por la Alcaldía como sistema suficiente para acreditar la capacidad y aptitud requerida para el desempeño de los puestos.
No obstante, se prevé la realización de una entrevista curricular
para el caso de empate entre dos o más aspirantes, que no pueda resolverse mediante la aplicación de los criterios de desempate señalados en la Base cuarta.
3) Funciones: Las personas contratadas lo serán con destino a la
Oficina técnica de gestión y seguimiento del Area de Rehabilitación integral de centro urbano de .....
Las funciones a desarrollar por los Arquitectos de dicha Oficina
serán las contenidas en la Ordenanza municipal reguladora de las Bases
y Normativa que ha de regir para la concesión de subvenciones en las
actuaciones de edificios situados dentro del Area de rehabilitación Integral de Centro Urbano de ....., que a continuación
se exponen de forma sintética, y sin carácter exhaustivo:
a) Información a los particulares con carácter previo a la convocatoria
formal de subvenciones, atendiendo entre otras similares, a las siguientes solicitudes:
- Solicitud de realización del acta de no inicio de obras (obligatoria
para demostrar que las obras no se han iniciado antes del momento de
la Declaración del ARI) y del informe técnico relativo a las obras que deberán ejecutarse necesariamente en la vivienda para la obtención de subvenciones.
- Solicitud de información respecto a aspectos generales o particulares
de la normativa aplicable en la rehabilitación de edificios y/o viviendas en el Casco Urbano de .....
- Solicitud de asesoramiento técnico relativo a las obras que los particulares pretenden realizar, especialmente en obras menores.
- Solicitud de asesoramiento en lo relativo a la legislación general
y normativa municipal para la concesión de subvenciones del ARI.
b) Instruir el procedimiento de concesión de subvenciones para la
realización de actuaciones en edificios situados dentro del ámbito ARI,
comprendiendo todas las funciones señaladas en la Ordenanza municipal
reguladora al respecto, que sintéticamente expuestas, y sin ánimo
exhaustivo, serían las siguientes:
- En la fase de preevaluación: Examen de la documentación presentada
por los solicitante, verificando el cumplimiento de las condiciones impuestas en la Ordenanza para adquirir la condición de beneficiario de
la subvención, emitiéndose Informe- Propuesta al respecto.
- Fase de instrucción y evaluación: estudio de las solicitudes presentadas, conforme a los criterios establecidos en la convocatoria y
emisión de Informe para su examen por la Comisión de evaluación, así
como la formulación de las Propuestas de Resolución de concesión de
subvención que se elevarán al órgano competente.
c) Redactar los Proyectos básicos y de ejecución o Memorias técnicas
de las obras que hayan sido objeto de la subvención, respecto de
los promotores que así lo soliciten.
d) Inspeccionar el desarrollo de la ejecución de las obras, para comprobar su adecuación a los términos de la subvención, proponiendo, en
su caso, la realización de subsanaciones.
e) Otras funciones análogas a las anteriores, propias de los servicios
técnicos, que les puedan ser encomendadas.
4) Jornada, horario de trabajo, y retribuciones:
La jornada de trabajo será parcial, de 20 horas semanales, y se desarrollará en tres días a la semana (en principio, dos días en horario de mañana y otro día en horario de tarde). No obstante, la distribución concreta de la jornada de trabajo se realizará mediante acuerdo con el trabajador, decidiendo en caso de discrepancia el Sr. Alcalde, como Jefe superior del personal.
La Oficina técnica tendrá su sede en el edificio municipal sito en Plaza
de España, nº ......, sin perjuicio de posibles variaciones que puedan introducirse dentro del propio término municipal, por motivos de necesidades del servicio; y será dotada por el Ayuntamiento con los medios materiales necesarios para el ejercicio de sus funciones.
La retribución anual bruta total, por todos los conceptos, será de
5) Incompatibilidades: los Arquitectos contratados estarán sujetos
al régimen de incompatiblidades establecido en la Ley 53/1984 sobre
Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Publicas,RD 598/1986 y demás normativa que la desarrolle.
En particular, y sin perjuicio de las demás causas de incompatibilidad
que resulten de aplicación, se establece la incompatiblidad para realizar trabajos profesionales en el término municipal de ...., de los que deban ser sometidos a tramitación posterior ante este Ayuntamiento.
5) Legislación aplicable.-
La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes
bases y anexos correspondientes, que constituyen Ley del proceso
selectivo; y en su defecto se estará a lo dispuesto en el EBEP aprobado
por Ley 7/2007, así como en la Ley reguladora de las Bases de
Régimen Local 7/1985, RDL 781/1986 por el que se aprueba el Texto
Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen
local, Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
Ley 7/2005 de Función Pública de Extremadrua, por el que se aprueba el Reglamento para Ingreso del personal al servicio de las Administraciones Públicas, RD 896/1991, Orden APU/1461/2002
de 6 de Junio, que establece las normas para la selección y nombramiento
de funcionarios interinos en el ámbito de la Administración del
Estado, y demás normativa concordante que resulte de aplicación.
Las presentes Bases vinculan a la Administración, a los miembros
del órgano de selección y a los aspirantes, y solo podrán ser modificadas con estricta sujeción a lo establecido en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento administrativo común.
SEGUNDA. Requisitos de Admisión de Aspirantes
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario que
los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, en la fecha de terminación del plazo para la presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en
el art. 57 del EBEP aprobado por Ley 7/2007.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Quienes tengan la condición de minusválido/a, deberán acreditar dicha
condición y la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a las plazas objeto de la presente convocatoria, mediante certificado expedido por organismo competente.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o
en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Titulación: Estar en posesión del título de Arquitecto (superior). En
caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o la credencial
de reconocimiento para el ejercicio profesional.
Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día del plazo
de presentación de solicitudes.
Será nulo el nombramiento como personal de la Entidad Local de
aquel que esté incurso en causas de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente.
TERCERA. Presentación de instancias
1) Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se
dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de ....,
y se presentarán de acuerdo al modelo que figura en el Anexo I de
estas Bases.
La presentación de instancias solicitando tomar parte en el proceso
selectivo supone el sometimiento expreso de los aspirantes a las
Bases reguladoras de las mismas, así como su conformidad con éstas,
teniendo la condición de Ley reguladora de esta convocatoria.
La instancia deberá acompañarse de :
- Fotocopia compulsada del Documento nacional de identidad en
vigor o documento acreditativo equivalente de los nacionales de otros
Estados que puedan acceder a los empleos públicos;
- Fotocopia compulsada de la Titulación exigida (de Arquitecto) para
el acceso a las plazas o, en su caso, certificación académica de equivalencia.
- Documentos acreditativos de los méritos alegados a que hace referencia
la Base 4º.
2) Plazo y lugar de presentación: Las instancias y la documentación
exigida junto con la instancia, deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de ....días naturales, contados
a partir del siguiente al de inserción del anuncio de convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, teniendo en cuenta
que el horario de dicho registro es de lunes a viernes, y de 9.00 h. a
14.00 h.. Si el último día de plazo fuera inhábil (domingo o festivo), el plazo se prorrogará hasta el día hábil inmediato siguiente.
No obstante, las instancias también podrán presentarse en cualquiera
de las formas establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen
jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento administrativo
común. En este caso, el interesado deberá comunicar a este Ayuntamiento
la presentación de la solicitud de participación, mediante fax enviado
al nº 923 541501 en el plazo máximo de 2 días.
Además, en caso de ser presentadas por correo, las instancias deberán
ser presentadas ante las oficinas de correo en sobre abierto, para ser
fechadas y selladas por el empleado de correos antes de ser certificadas,dentro del plazo de presentación de instancias; sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro del Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos.
CUARTA. Baremo de méritos.-
1) El procedimiento de selección será el concurso de méritos. La valoración
de los méritos alegados por los aspirantes, se efectuará de acuerdo
con el siguiente baremo: baremo:
A. Experiencia profesional:
a.1) Por redacción de Proyectos o Memorias-Programas en base a
los cuales se haya aprobado formalmente por la Administración competente
la Declaración de Area de Rehabilitación integral (ARI) o Areas
de Rehabilitación de Casco Histórico (ARCH), de municipios o agrupaciones de municipios de hasta 10.000 habitantes, gestionadas de acuerdo con la normativa urbanística de Extremadura: 10 puntos por cada Proyecto
o Memoria-Programa, hasta un máximo de 40 puntos.
Forma de acreditación: mediante Certificado de la Administración municipal promotora del ARI o ARCH , en la que consten todos los datos
necesarios para valorar los méritos alegados conforme a esta Base.
a.2) Por experiencia como miembro, en calidad de Arquitecto (superior),
de Oficinas técnicas municipales de gestión y seguimiento de
ARIS O ARCHS, respecto a municipios o agrupaciones de municipios
de hasta 10.000 habitantes, gestionadas de acuerdo con la normativa
urbanística de Extremadura, realizando funciones similares a las propias
de las plazas objeto de esta convocatoria: 5 puntos por cada mes
natural de servicios prestados, hasta un máximo de 50 puntos.
Forma de acreditación: Certificado de la Administración municipal
promotora del ARI o ARCH, de los servicios prestados en tal concepto;
o bien contratos de trabajos acompañados de Informe de la vida laboral
de la Seguridad social.
Los certificados o contratos deben contener todos los datos necesarios
para valorar los méritos alegados conforme a esta Base.
B. Cursos de formación:
Por haber realizado o asistido a Cursos de formación o perfeccionamiento,seminarios y congresos, sobre Urbanismo y otras materias relacionadas con las funciones a desarrollar, organizados por Instituciones Públicas, Universidades, Organizaciones sindicales, Colegios profesionales,o Centros de enseñanza públicos o privados homologados,con una duración mínima de 20 horas, hasta un máximo de 10 puntos,de acuerdo al siguiente baremo:
- Cursos de 20 a 49 horas: 0,25 puntos.
- Cursos de 50 a 100 horas: 0,50 puntos
- Cursos de más de 100 horas: 0,75 puntos
2) Normas para la valoración y acreditación de los méritos:
Se deberán aportar documentos originales, copias compulsadas de
los mismos, o certificados.
Se tomará como fecha de referencia para la valoración de los méritos
alegados y debidamente acreditados, la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias, pudiendo recabarse de los interesados las aclaraciones oportunas.
No serán valorados los méritos no invocados en el plazo de presentación
de instancias, ni tampoco aquéllos que, aun siendo invocados, no hayan
sido debidamente y/o suficientemente acreditados por los aspirantes en
la forma dispuesta en la presente Base. A tal efecto, los documentos
aportados deben contener todos los datos necesarios que se pretende
sean valorados (categoría profesional, funciones, períodos de tiempo….).
Para la valoración de los méritos a que se refiere la letra a) 2, no
serán acumulables los períodos de tiempo de servicios prestados en varias“Oficinas ARI “ simultáneamente.
Para la apreciación del dato poblacional, se tendrá en cuenta la
fecha oficial de población a 31 de Diciembre, del año anterior al de la
publicación en Boletín Oficial de la Declaración del ARI o ARCH.
3) Criterios de desempate:
En caso de empate entre dos o más aspirantes, el concurso se resolverá
a favor de aquel que haya obtenido mayor puntuación en el
apartado 1.b). Si persistiera el empate, se resolverá a favor de aquel que haya obtenido mayor puntuación en el apartado 1.a); y si persistiera, a favor del que obtenga mayor puntuación en el apartado 1.c).Si aplicado el criterio anterior se mantuviera el empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal convocará a los mismos a una entrevista curricular que versará sobre las funciones a desarrollar, a fin de seleccionar al candidato más idóneo, puntuándose ésta con un máximo de 2
puntos, que se sumarían a los puntos obtenidos en el concurso de méritos.
QUINTA. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde en
el plazo máximo de un mes dictará la resolución declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos. La resolución se hará pública en el Tablón de edictos municipal y en la página web del Ayuntamiento y contendrá la relación nominal de los
aspirantes admitidos y excluidos, por orden alfabético, con su correspondiente D.N.I. e indicación de las causas de exclusión.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de
oficio o a petición del interesado. En todo caso, la Resolución a que se
refiere el párrafo anterior establecerá a efectos de reclamaciones un plazo de 10 días hábiles, de conformidad con la ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimientos administrativo Común.
Finalizado el plazo y resueltas, en su caso, las reclamaciones presentadas, el Sr. Alcalde dictará Resolución que contendrá la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal de selección, con sus respectivos suplentes, publicándose en el tablón de edictos municipal y en la página web del Ayuntamiento.
SEXTA. Tribunal de selección
1) El tribunal de selección será designado por el órgano competente
del Ayuntamiento y estará compuesto por los siguientes miembros: - PRESIDENTE
(titular y suplente): Arquitecto propuesto por la Consejería de
fomento de la Junta de Extremadura, empleado público del Grupo A1
o equivalente.
- VOCALES:
- Técnico de la Diputación Provincial de Extremadura, con titulación
suficiente (Titular y suplente)
- La Interventora General del Ayuntamiento (Titular).
Suplente: Funcionario con habilitación de carácter estatal, de igual
o superior titulación a la exigida para el acceso a las plazas convocadas, designado a propuesta del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.
- Vocal-Secretaria: La Secretaria General del Ayuntamiento (Titular).
Suplente: Funcionario con habilitación de carácter estatal, de igual
o superior titulación a la exigida para el acceso a las plazas convocadas, designado a propuesta del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.
2) La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en
el tablón de edictos de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento, junto con la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, e incluirá la designación de los respectivos suplentes.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer una titulación o especialización igual o superior a la exigida en la convocatoria; y actuarán siempre a título individual, y no en representación de aquel que los designe o proponga.
Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y Procedimiento Administrativo común.
Al tribunal le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante
el desarrollo del proceso selectivo, resolver dudas interpretativas
y posibles lagunas de las Bases reguladoras por mayoría de sus miembros,
dirimiendo los empates el voto de calidad el presidente, velar por
el buen desarrollo del proceso, y valorar y baremar los méritos alegados
con sujeción a lo dispuesto en las Bases reguladoras.
Para la válida constitución del Tribunal, a los efectos de celebración
de sesiones, deliberación y toma de acuerdos, se requerirá la presencia
de al menos tres de sus miembros, titulares o suplentes, siendo obligatoria
la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o sus suplentes.
Adoptará sus decisiones por mayoría, mediante votación nominal y,
en caso de empate, se repetirá la votación. Si en una segunda votación
persistiera el empate, será dirimido por el voto de calidad del Presidente.
Los acuerdos del tribunal sólo podrán ser impugnados en los supuestos
y en la forma establecida en la Ley 30/1992.
El Tribunal tendrá la categoría y el derecho a percibir las indemnizaciones correspondientes, según el grupo de clasificación de la plaza objeto de la convocatoria, de conformidad a lo establecido en el RD 462/2002, de indemnizaciones por razón de servicio.
SEPTIMA. Relación de Aprobados y presentación de Documentos
1) Una vez terminada la calificación de los méritos alegados por los
aspirantes, en la forma dispuesta en la Base 4º, y, en su caso, una vez
celebrada la entrevista, el Tribunal hará pública, en el Tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento, la relación de aspirantes por orden de puntuación total obtenida, y elevará al Sr. Alcalde la propuesta de nombramiento a favor de los dos aspirantes que haya obtenido mayor puntuación en el proceso selectivo, para que por éste se proceda a su nombramiento, y contratación.
Se formará una bolsa de aspirantes de reserva (Bolsa de trabajo),
por orden de puntuación obtenida, para cubrir las posibles bajas o suplencias en las plazas convocadas, durante todo el período que dure la
gestión del ARI. Si alguna de las personas incluidas en la Bolsa de trabajo fuera llamada para formalizar el contrato y renunciase al mismo, pasará a ocupar el último lugar. La persona que ocupe la plaza temporalmente, cuando finalice, volverá a la Bolsa al mismo puesto anterior a la contratación.
2) Los aspirantes propuestos aportarán ante el Ayuntamiento, en el
plazo de 5 días hábiles a partir de la publicación de la propuesta del Tribunal en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento, la siguiente documentación:
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante
expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado o suspendido para el ejercicio de la función pública.
- Declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en causa de
incapacidad o incompatiblidad para el ejercicio de las funciones públicas,de acuerdo con la Ley 30/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable, referida al momento de su toma de posesión
- Si se considerara necesario, certificado médico acreditativo de
no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el normal
desarrollo de las funciones propias del cargo.
3) Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación, o de la misma se dedujese
que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. En tal caso, se formulará nueva propuesta de contratación a favor del aspirante que hubiese quedado en el siguiente lugar por orden de puntuación.
En caso de renuncia o similar de los aspirantes propuestos, se
podrá efectuar nombramiento a favor de los siguientes aspirantes por
el orden de puntuación obtenido.
OCTAVA. Nombramiento, formalización de contrato y toma de posesión
Aportados los documentos a que se refiere la Base 7.2, el Alcalde
dictará Resolución procediendo al nombramiento de los aspirantes seleccionados, la cual se les notificará personalmente, emplazándoles
para la toma de posesión en el plazo máximo de 5 días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la recepción de la notificación.
NOVENA. Cese
El cese de los funcionarios interinos se producirá, además de por
las causas previstas en el art. 63 del EBEP aprobado por Ley 7/2007,
cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento, es decir, cuando finalice la gestión del Proyecto de ARI de centro urbano de ... del que traen causa, ya sea por el cumplimiento normal
de su plazo estimado de duración (anualidades 2011-2014), sin
perjuicio de su posible prórroga previo acuerdo de las Administraciones
intervinientes) o por su finalización anticipada por falta de financiación o cualquier otra causa justificada.
DÉCIMA. Recursos
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos
se deriven de las mismas y de las actuaciones del tribunal, podrán
ser impugnadas por los interesados/as en los casos, plazos y en la
forma establecida en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
UNDÉCIMA .Normativa.-
Sin perjuicio de la facturad del Tribunal de selección para resolver
las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen
orden del proceso selectivo, en lo no previsto en estas Bases se estará
a la normativa a que se hace referencia en la Cláusula 1ª de estas
Bases.”
Puntos:
14-10-11 17:32 #8926976 -> 8926078
Por:PericlesCorito

RE: Oficina del ARI
De donde Te has sacado esto? anda que no eres rollo.
Deja de copiar y pegar que aburres.
Puntos:
15-10-11 12:16 #8930735 -> 8926976
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
Esto está sacado de un Boletín Oficial Provincial. Es el procedimiento a seguir para cubrir la plaza del personal interino de la Oficina del Area de Rehabilitación Integral que tenemos conveniada con la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, del Gobierno de Extremadura.
Soy un rollo..., up to you
Copio y pego (¿mentiras?¿manipulación?)para que los usuarios de este foro dispongan de información (un gran poder que te ayuda a no ser engañado).
Que aburro..., haz zapping
Puntos:
15-10-11 14:02 #8931301 -> 8926976
Por:PericlesCorito

RE: Oficina del ARI
Si pero cuando se saque la plaza Lista, ahora solo se ha cubierto de forma interina. LISTA.

Cuando se saque la plaza ya se verán las condiciones, desde luego nos las copiaremos de las que Tú copias de otra localidad.

O a lo mejor Te pedimos opinión, ya que solo haces eso, trastear por internet, aunuqe no sepas lo que dices casi nunca.
Puntos:
15-10-11 17:53 #8932335 -> 8926976
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
"...ahora solo se ha cubierto de forma interina. LISTA."

“BASES PARA LA SELECCIÓN DE ARQUITECTOS (SUPERIORES),
COMO FUNCIONARIOS INTERINOS Y A TIEMPO PARCIAL,
MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, A INTEGRAR EN LA OFICINA
TÉCNICA DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO DEL AREA DE REHABILITACIÓN
INTEGRAL DE ......"

"..desde luego nos las copiaremos de las que Tú copias de otra localidad"

Su selección y nombramiento se realiza al amparo de lo dispuesto
en el art. 10.1.c) del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado
por Ley 7/2007
, ya que la finalidad de su nombramiento está directamente relacionada con la ejecución del Programa de carácter temporal del ARI
Puntos:
15-10-11 19:57 #8932879 -> 8926976
Por:PericlesCorito

RE: Oficina del ARI
Déjalo ya, que Tú no vas a entrar ¿O eres Arquitecta? o ¿tienes algún allegado para enchufar?.
Eso es lo que quieres Tu, enchufarte de lo que sea.
Puntos:
16-10-11 13:35 #8935860 -> 8926976
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
El "enchufe" es para aquellos que necesitan colocarse en un cargo o destino para el que no tienen méritos y se valen, para ello, de la amistad o influencia política.
Puntos:
16-10-11 18:05 #8936936 -> 8926976
Por:PericlesCorito

RE: Oficina del ARI
¿Ya aparecistes? Estarias toda la noche a ver si Te "Enchufas" con los del 15-M o indignados ó como se llamen ahora, a ver si vives del cuento que son Tus únicas miras.
Puntos:
17-10-11 11:33 #8940589 -> 8926976
Por:pepita normal

RE: Oficina del ARI
Yo lo unico que digo es que no se puede venir de una localidad "lejana" como es Madrid, a quejarse y disponer del pueblo a su antojo. Cuando ni siquiera sabes todo lo que a pasado atras en el pueblo, mientras no has estado.Mucho quejarse y poco hacer por que en los plenos hay una pasividad tremenda.¿Que pasa? os votaron para hacer oposicion.Psoe de Feria reaccionar Ya de una vez en vez de hechar panfletos anonimos sobre las subidas del agua.En el pueblo al final nos enteramos de todo.
Puntos:
17-10-11 12:35 #8940900 -> 8926976
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
Pepita, me quejo y tengo derecho a ello porque pago, en Feria, todos los incrementados impuestos directos(agua, depuradora, contribución, basura, cementerio,...).
Dispongo de lo mío, nunca de lo de los demás aunque de éstos sí recibo información y otras cosas, antes y ahora.
En los Plenos, cómo tú, sólo puedo participar como oyente. De la actuación del PSOE, como tú, públicamente, sólo puedo opinar como vecina, de momento, temporal.
Puntos:
17-10-11 13:29 #8941197 -> 8926976
Por:PericlesCorito

RE: Oficina del ARI
Dime solo un recibo que esté a Tu nombre en Feria, o algo que pagues aqui, no de un familiar.

Yo tambien Tengo un hermano en Ernani, y eso no me dá derecho a criticar todo lo que pasa en el Pais Vasco
Puntos:
17-10-11 13:41 #8941277 -> 8926976
Por:ManuelaCornejo

RE: Oficina del ARI
Perdona, Pericles, pero, al igual que no conoces a qué me dedico y en qué trabajo, tampoco, conoces de mi economía familiar.
De Hernani puedo opinar, felizmente, que está de enhorabuena al igual que todo Euskadi, el Estado Español y la Comunidad Internacional.
Puntos:
17-10-11 18:42 #8951211 -> 8926976
Por:pepita normal

RE: Oficina del ARI
Di que si manuela quejate estas en tu derecho yo tambien lo hago ees normal que haya gente que no te aprecie.no se puede caer bien a todo el mundo.
Puntos:
17-10-11 19:35 #8951585 -> 8926976
Por:PericlesCorito

RE: Oficina del ARI
¿El que se arrodille todo un estado a unos Terroristas es estar de enhorabuena? Venga Ya, con Terroristas no se negocia, se les vence y el que tenga algo pendiente que lo pague.
¿O es que pueden perdonar las viudas y los hijos de los Guardias Civiles asesinados, o politicos, o personas que pasaban por alli?
No, No, negociación No.
Puntos:
17-10-11 20:09 #8951826 -> 8926976
Por:blubaker

RE: Oficina del ARI
¿Y esto que tiene que ver con la oficina del ARI?

Lo liais Todo.
Puntos:
17-10-11 20:12 #8951854 -> 8926976
Por:kora2010

RE: Oficina del ARI
Un aire del Perdón y se los lleve a todos a freir porras.
Puntos:
02-01-13 16:47 #10914751 -> 8926976
Por:corit@

RE: Oficina del ARI
Ya se fueron todos a Freir porras!
Y ahora, vendrán desde otro lado a poner pegas hasta a las cortinas que ponemos en nuestros cuertos de baño? Esperemos que no..............
Puntos:
02-01-13 21:39 #10915635 -> 8926976
Por:blubaker

RE: Oficina del ARI
Por fin una buena noticia, parece que no empezamos mal el año, ya vereis como alguien viene y lo jode.
Puntos:

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