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Arenas de San Pedro - Avila

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España > Avila > Arenas de San Pedro
24-01-14 11:17 #11820438
Por: Evaristo Ventosa

El fuero, la gracia y el derecho: sobre el Reglamento de Participación Ciudadana
Hay que aclarar los conceptos. Al terminar el pleno de ayer, pasadas las doce, se abrió el turno de intervención del público, a las doce y veinte cuando intervino el tercer vecino, Doña Caridad la insto a que fuera breve y la dijo ( más o menos) las siguientes palabras “Ya que os dejo a estas horas intervenir por lo menos intenta ser breve”. Y saltó el de las “barbas” que la respondió que ella no deja nada, que existe un Reglamento de Participación Ciudadana (norma legal publicada en el Boletín que procede) que establece que después de la finalización del pleno se abre un espacio para la intervención del público. Este Reglamento regula como ha de intervenir los vecinos (por suerte en el Reglamento no se contempla el registro de las preguntas con antelación). El Reglamento de Participación Ciudadana es una norma jurídica de la que nace derechos subjetivos para los vecinos, exigibles sin procede ante los jueces y tribunales.



Hay un hecho indudable que las intervenciones tanto del equipo de gobierno como de la oposición son sesgadas. Ayer pregunto el de las “barbas” sobre algo de lo que no dijo nada doña Caridad en informes de alcaldía, ni tampoco Tapias en su labor como jefe de la oposición La pregunta de nuestro amigo versó sobre el hecho de que este Ayuntamiento se adhirió voluntariamente ( existía la opción de no adherirse) a la revisión de los valores catastrales. La última revisión fue en 1996, por lo que esta nueva revisión (VOLUNTARIA) supongo aumentará el valor de los inmuebles ( cuando se fijen los nuevos valores catastrales en 2014 ) que serán considerablemente más elevados y por tanto lo será la cuantía del Impuesto de Bienes Inmuebles a pagar por los vecinos . El “barbas” preguntó a doña Caridad que a cuánto ascendería la subida de los valores catastrales y le respondió que lo ignoraba. Si que nadie la hubiera preguntado nada, dijo que como en estos meses habían aflorado fincas que no pagaban IBI, o que pagaban por solares (menos) cuando ya estaban edificados, DIJO que sí no se sube los inmuebles a los vecinos que han pagado religiosamente su IBI (esto lo digo YO) se produciría una discriminación en perjuicio de los “morosos”. De este peculiar argumento es mejor no hablar. LO QUE SÍ HAY QUE PREGUNTAR ES PORQUE TAPIAS Y LOS ALCALDES ANTERIORES NO SE DIERON CUENTA DE QUE HABIA UNA EXTENSA BOLSA DE FINCAS QUE NO ESTABAN EN EL CENSO DEL IBI Y QUE POR TANTO NO POGABAN ESTE IMPUESTO. Como el argumento se caía por su peso no se le ocurrió a doña Caridad espetar a nuestro amigo lo siguiente: NO <<PRETENDERÁ USTED QUE LOS VECINOS PAGEN AHORA LO MISMO QUE EN 1996>>, a lo que el “barbas” respondió: <<POR SÍ, ENTRE OTRAS COSAS, PORQUE LA VIDA AHORA ESTÁ MUY MAL PARA LA GENTE>>
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