Foro- Ciudad.com

Pel.luno - Asturias

Poblacion:
España > Asturias > Pel.luno (Aller)
09-06-09 11:12 #2440287
Por:No Registrado
Tamos fartucos
Tamos fartucos de leer babayaes de esti que escribe muy bien pero que nun diz ná.Tanto escarabaya que piérdese en divagaciones propies. Nun ye de la cantera , nun ye de la asociación . Ye el abogáu del diablu; el perru del hortelanu , el tocanarices de esti foru. Seguro que ya lu echaron de otros y ahora ensáñase con el nuestru. Nun debe de trabayar o si tien trabayu , seguro que y lu pagamos tos ...asi que val mas dejalu hasta que canse.
Lo que si me paez a mí , ye que nun sabe na y ta dando palos con el palo del ciegu , a ver quien se queja pa disfrutar. Estará tol dia colgau o colgá de esti aparatu por si pasa algo. A ver si salen les oposiciones , o el bopa esi o lo que sea pa incordiar. Ya me pecía a mí , que nun tenía ninguna fueya informativa de la cantera ni de los trabayos ni de los papeles de la asociación. Ye que nun ye de ningún lau . Bueno de su propia personalidá si la tién . ahora saldrá con otres arengues de eses que tanto y gusta poner.
Puntos:
09-06-09 14:10 #2441942 -> 2440287
Por:No Registrado
RE: Tamos fartucos
toy de acuerdo no se a que bienen tos estos rollos d.choperna quien yes >>>>>>>>?no se entiende tu postura y a que bien tanto verso yes de pechuno o nun yes pero una cosa ta clara que pelugano siempre existio antes de haber ordenadores y la gente que ta de verda ye la que da la cara en les reunion es por muy mal que nos paezca la so forma de pensar,a si que digo yo porque nun vais a dar morbo a la tele rosa y dejais de joder a pelugano ,y si quereis ayudar dai ejemplu.
Puntos:
09-06-09 23:46 #2448206 -> 2441942
Por:D.CHOPERNÁ

RE: Tamos fartucos
uff!!!!!claro que contigo y de parte tuya no estoy mejor no te enganches a internet que con gente como tu sube el precio del pan.Tu que cara das de frente je,je,...y de espalda a joder ,a joder,...SI ACASO HUBIESES LEIDO MIS OPINIONES TE DARIAS CUENTA DE QUE TOY A FAVOR DE LA DEFENSA DE PELUGANO , DEL CIERRE DE CANTERA Y DE LA ACTUAL AAVV .PERO NO DE GENTE CON TAN POCA CAPACIDAD DE ASIMILAR LOS COMENTARIOS QUE SE HAYAN ECHO. HAZTE UN FAVOR Y CALLATE O NO ARREBATAS MI OPINION SIN AL MENOS HABER LEIDO LO QUE HE ESCRITO.POR OTRO LADO SI PELUGANO YA EXISTIA ANTES QUE LOS ORDENADORES Y EL INTERNET,¿PERO QUE SE PUEDE APRENDER DE TI?PERSONA QUE COMPARAS ESTO CON LA TELE ROSA,TE ESTAS LIANDO(UNO ES TELEBASURA O SALSA ROSA Y OTRO PRENSA ROSA AL MENOS HABLA CON UN POCO DE PROPIEDAD Y NO LIES LAS COSAS).¿CUANTOS CAPITULOS TE PERDISTE DE BARRIOSESAMO?YA TE LOS PUEDES COMPRAR EN LA LIBRERIA.
EXPLICACION:
1º/PRENSA ROSAEnseñando la lenguaERIODICOO O REVISTA QUE HABLA DE VIDA DE PERSONAS PUBLICAS(POLITICOS ,CANTANTES,FUTBOLISTAS,...)
2º/TELEBASURA:SON PROGRAMAS DE TV DONDE SE VE GENTE DE LA CALLE QUE PARTICIPA EN PROGRAMAS BASURA Y SE HABLA DE SUS VIVENCIAS(FAMOSILLOS)AL FINAL SE OLVIDAN DE ELLOS
3º/SALSA ROSA PROGRAMA DE TV QUE SEGURO VES ASIDUAMENTE ,COTILLEOS Y MARUJEOS PARA ENTRETENER A LA IGNORANCIA.

ABRE MIS COMENTARIOS LEELOS Y ANALIZALOS Y YA VERAS DE PARTE DE QUIEN ESTOY PERO NO ME RECRIMINES NADA SIN LEERLOS,ASI QUE ESTATE CALLADIN QUE SUBE EL PRECIO DEL PAN.
Puntos:
10-06-09 13:40 #2451742 -> 2448206
Por:La Vieya de Castro

RE: Tamos fartucos
No te preocupes mucho de estos comentarios D. CHOPERNÁ, déjalos que se metan con todos , a ver si así descansamos los demás de escribir . Está claro que no son más que uno o dos y de diferentes maneras nos quieren influir. Mientras tengamos las cosas claras : SALVAR PEÑA CASTRO
PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL e incluso optar , participar, en
PELÚGANO PUEBLO EJEMPLAR, todo irá bien. No saben nada y se enfurecen con quien sea para ver si sacan información a la Asociación , y ésta está bien informada y con todas las cosas posibles hechas. La gente con la que hablo , me cuentan cosas muy , muy interesantes ...no veo ninguna explicación a los comentarios tan agresivos contra la AA VV que hace todo lo posible por SALVAR PEÑA CASTRO de las garras de las palas de la cantera . Entiendo , sim embargo , que desde la cantera intenten salvar su empresa y sus puestos de trabajo , pero eso deberían haberlo visto antes de emprender la destrucción de PEÑA CASTRO. No obstante , les daría mas legitimidad la defensa y no a los que se arríman ...sea por los motivos que sean.
Saludos a todas-os los que luchan a diario , sin que se vea aún , por SALVAR PEÑA CASTRO. Algún dia , por lo que me cuentan , no muy lejano , se verán los sacrificios que la directiva de la Asociación de vecinos Peña Mea , está haciendo.Desde aquí ,les doy las gracias.
LA VIEYA CASTRO
Puntos:
10-06-09 23:03 #2464648 -> 2451742
Por:no registradoa

RE: Tamos fartucos
CHOPERNA, YO CREO QUE SE TRATA DE UNO SOLO, QUE PREETENDE COLARNOSLA CONTESTANDOSE A SÍ MISMO, ASÍ QUE NI CASO. ANIMO A LA ASOCIACION Y A TODOS SUS INCONDICIONALES.
Puntos:
11-06-09 00:11 #2465445 -> 2464648
Por:D.CHOPERNÁ

RE: Tamos fartucos
gracias NO REGISTRADOA Y VIELLA.YO TAMBIEN CREO QUE SE TRATA DE LA MISMA PERSONA Y ME APURO A DECIRQUE FUE EL MISMO IGNORANTE QUE INTENTO QUE CARGASE EL OTRO DIA CONTRA"EL PERSONAJILLO"(CON CARIÑO).SE CREE TAN LISTO QUE CREE QUE PUEDE ENTRAR Y SALIR DE ESTE FORO METERSE CON LOS QUE PARTICIPEN EN EL TENGAN UNA VISION TAN DRASTICA COMO LA MIA QUE QUIERO EL CESE DE TODA ACTIVIDAD MINERA O MAS CONSERVADORA COMO LA DEL PERSONAJILLO QUE QUIERE UNA NEGOCIACION COSA QUE YO ESTOY ENCONTRA.
POR OTRO LADO ES MUY POSIBLE QUE CUANDO LA CANTERA ACABE LA CONCESION NO SOLICITE UNA NUEVA AMPLIACION PERO ESO LE CORRESPONDE CONTESTARLO A LA DIRECION DE LA EMPRESA DAVID Y CESAR Y NO A MI PERO SEGURAMENTE NO ESTEAS MUY EQUIBOCADA EN TU ESPOSICION DE HOY.PARA MI OPINION QUE ES MUY SIMILAR A LA SUYA Y A SABIENDAS DE QUE DON CESAR CASTAÑON ESTUBO COMO INGENIERO EN LAS MINAS DE ORO DE BELMONTE QUE SE ESTUBIERON EXPLOTANDO UNA DECADA MAS O MENOS Y ACABO CERRANDO EN EL MOMENTO EN QUE EMPEZO A HABER QUEJAS Y DENUNCIAS Y NO POR CUESTIONES DE RENTABILIDAD O NO DE LA CANTIDAD DE MINERAL QUE SACABAN YA QUE ESE MATERIAL ESTABA VENDIDO INCLUSO ANTES DE OBTENERLO.POR OTRO LADO A ESA GENTE QUE HABLA DE LOS TRABAJADORES Y DE SI NO NOS PREOCUPAN ,A MI SIENDO TAN RADICAL Y LO DIGO SIN VERGUENZA DE NINGUNTIPO SI ME PREOCUPA QUE SE QUEDEN EN LA CALLE,PERO ¿CUANTO LE PREOCUPA A LA DIRECCION DE LA CANTERA QUE SE QUEDEN EN LA CALLE?YO CREO QUE NADA PUES LA CANTERA NO INVIERTE EN NADA ,SOLO TENEIS QUE OBSERVAR LA MODERNIZACION DE LA MISMA ENCUANTO A MAQUINARIA Y DOTACIOON DE VEHICULOS.¿CUAL ES LA MAYOR INVERSION ECHA EN TODOS ESTOS AÑOS POR CANTERAS EL REGUERON EN MATERIA LABORAL PARA CUIDAR ESTOS PUESTOS DE TRABAJO?LOS MOLINOS NUEVOS Y PARA DE CONTAR¿QUE VEHICULOS TIENEN?VEHICULOS DE SEGUNDA MANO O TERCERA VEAN USTEDES SUS CAMIONES CON LOS QUE ANDAN POR LA CANTERA VEHICULOS VIEJOS DE 15 A 20 AÑOS Y ME EQUIVOCO POCO QUE VIENEN DE OTRAS EXPLOTACIONES YA OBSOLETOS,ESO ES LO QUE CUIDAN A SUS TRABAJADORES¿NADIE SE ACUERDA DEL CAMION QUE CAYO DE CANTERA HASTA CASI LA CARRETERA GENERAL?¿LA PALA QUE CAYO HACE UNOS AÑOS DENTRO DE EXPLOTACION QUE AÑOS TENIA?LA MAQUINA QUE ESTA ENCIMA DE PEÑA CASTRO QUE ES PARA PERFORAR CUANTOS AÑOS TIENE COMO TIENE SUS CADENAS?AHORA ME REAFIRMO MAS EN LO QUE OS DECIA COMO VAN A INVERTIR EN EL BIENESTAR DE NUESTRO PUEBLO SI NO LO HACEN EN EL DE SUS PROPIOS TRABAJADORES.LA CANTERA ES UNA EMPRESA DE INSTALACIONES OBSOLETAS DONDE LA INVERSION ES MINIMA Y EL BENEFICIOES MAXIMO CON LO QUE LA POLITICA ACTUAL DE LA EMPRESA ES COMO LA DE EL PROPIETARIO DE LA ANTIGUA ENSIDESA(MITTAL)EXPLOTAR LO QUE TIENEN LOS AÑOS QUE DURE Y LUEGO DESAPARECER O VENDERLA.
ESTO ES SOLO UNA OPINION PERSONAL A LO MEJOR ESTOY EQUIVOCADO PERO EL TIEMPO ME DARA O QUITARA LA RAZON.EN MI MANIFESTACION NO TENGO INTENCION DE MOLESTAR A NADIE Y SI ASI ES PIDO DISCULPA ES SOLO UNA OPINION PERSONAL.SOBRETODO A LOS TRABAJADORES YA QUE YO COMO ELLOS LO SOY TAMBIEN Y SIEMPRE TIENEN RAZON LOS TRABAJDORES PERO NO LA PATRONAL.LES ENVIA UN CORDIAL SALUDO D.CHOPERNÁ
Puntos:
11-06-09 13:50 #2468841 -> 2465445
Por:ASOCIACION VECINOS DE PELÚGANO

RE: Tamos fartucos
Tenemos que corregirte , pues las inversiones que se hicieron en la cantera , como apuntas( los molinos) , se hicieron con cargo al INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERIA DE CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS. El cartel estaba colcado en los cargaderos y ahora no. Decía esto:

PROYECTO COFINANCIADO POR EL PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS

Proyecto: Ampliación y modernización de una cantera

Promotor: CANTERA EL REGUERÓN, S.L
No os acordais? incluso salió el total de las ayudas, en alguna parte están reflejadas y si mal no recordamos , es cuando se contrataron a algún obrero nuevo...

Así pues, las inversiones en la cantera , también las pagamos todos...
Puntos:
10-06-09 23:03 #2464658 -> 2451742
Por:No Registrado
RE: Tamos fartucos
ja,ja,ja,ja,ja,ja quien te informa tas muy mal vieyina
Puntos:
11-06-09 14:20 #2469097 -> 2464658
Por:No Registrado
RE: Tamos fartucos
No esta nada mal, hay fotografias que lo demuestran, yo las tengo, a ver si las puedo colgar.
Ahora piensa tu quien es el que esta mal.
ANIMO AA.VV. A POR TODAS, PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL
Puntos:
11-06-09 14:45 #2469280 -> 2469097
Por:LA VIEYA DE CASTRO

RE: Tamos fartucos
No creo que haga falta colgarlas en el foro . Tardan mucho en ponerlas y para cuando lo hagan , ya pasó todo el chaparrón... es mejor que te las guardes para enseñarlas a quien haga falta.
Saludos a todas-os Y sobretodo ánimos a la asociación de vecinos .
SALVAR PEÑA CASTRO
PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL
PELÚGANO PUEBLO EJEMPLAR ¿por qué no ?

LA VIEYA CASTRO
Puntos:
11-06-09 15:59 #2469840 -> 2469280
Por:No Registrado
RE: Tamos fartucos
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38 Viernes 13 de febrero de 2009 Sec. III. Pág. 15487

III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
2485
Resolución de 9 de febrero de 2009, de la Presidencia del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, por la que se convocan las ayudas a la industria minera del carbón para el ejercicio de 2009, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.
El artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón, permite a los Estados miembros conceder ayudas a las empresas mineras del carbón dirigidas a cubrir, total o parcialmente, las pérdidas de la producción corriente de carbón autóctono, procedente de sus unidades de producción.
En aplicación de ese Reglamento, la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, establece las bases reguladoras de las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, destinadas a cubrir la diferencia entre costes de producción e ingresos por ventas de carbón.
Dicha orden, ha sido adoptada de acuerdo con lo dispuesto en el «Plan Nacional de Reserva Estratégica de Carbón 2006-2012 y Nuevo Modelo de Desarrollo Integral y Sostenible de las Comarcas Mineras», en el que expresamente se recoge ese compromiso de cubrir el acceso a las reservas de carbón, al amparo del artículo 5.3 del referido Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que regula específicamente la concesión de subvenciones por parte del Estado, exige que el procedimiento para su concesión se inicie mediante convocatoria aprobada al efecto por el órgano competente. De acuerdo con lo previsto en la citada orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, el Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, aprobará mediante resolución para cada ejercicio presupuestario la correspondiente convocatoria.
En esta nueva convocatoria se tiene en cuenta, además, lo dispuesto en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, cuyas reglas generales se aplicarán con carácter supletorio.
A la hora de fijar el tonelaje ayudado, dado que no se ha producido ningún cierre durante el ejercicio 2008 ni reducciones voluntarias de capacidad significativas durante el ejercicio, y considerando la obligación de reducción de ayudas impuesto por la legislación comunitaria, se hace necesario determinar en estos momentos el tonelaje susceptible de ayuda para el ejercicio 2009, para lo cual, conforme a las consideraciones anteriores, deberá reducirse en una cifra ligeramente inferior a los 3 puntos porcentuales respecto al ejercicio anterior. Para ello, como primera regla se ha exceptuado de esta reducción a las empresas cuyas únicas unidades de producción son subterráneas, dada la especial repercusión que los costes fijos tienen en su cuenta de resultados, permitiendo, por tanto, que mantengan su tonelaje ayudado. Por lo tanto, la reducción de tonelaje necesario para conseguir la senda de reducción de ayudas se ha prorrateado entre las que disponen de unidades a cielo abierto, sin olvidar el objetivo primordial de mantener la continuidad de las empresas productoras de carbón que constituyen la reserva estratégica que garanticen la producción de carbón autóctono planificada en las que, culminando la política iniciada el ejercicio anterior, se ha permitido cierta flexibilidad para optimizar su estructura productiva, siempre que no se eleve el nivel de ayudas, auténtica piedra angular de este régimen. Para mayor garantía de los beneficiarios, esta convocatoria fija los tonelajes y las ayudas
calculadas según dispone la Orden ITC/3666/2007. Dado que algunas empresas se han acogido a la posibilidad apuntada en la disposición adicional segunda de dicha Orden, se ha elevado esta propuesta a la Comisión de Seguimiento del Plan, que la informó favorablemente.
A la vista de lo anterior, resuelvo convocar para el ejercicio presupuestario de 2009 las ayudas a la industria minera del carbón reguladas en la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre.
Primero. Objeto y finalidad.
1. La presente resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio de 2009 las ayudas cuyas bases reguladoras son las establecidas en la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, por la que se regulan las ayudas a la industria minera del carbón para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010, correspondientes a las previstas en el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón (BOE de 15 de diciembre de 2007).
2. Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta lo previsto en el apartado quinto de la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre.
3. Las ayudas que se convocan en virtud de esta resolución tienen como finalidad cubrir, total o parcialmente, las pérdidas de la producción corriente de carbón autóctono, destinado a la generación de electricidad, procedente de las unidades de producción de las empresas mineras del carbón, de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre.
Segundo. Créditos presupuestarios.–Los créditos presupuestarios a los que se imputarán las ayudas que se otorguen son 20.101.423N.441 en el caso de las empresas públicas y 20.101.423N.471 en el caso de las empresas privadas, del presupuesto del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras para el ejercicio de 2009. A tal efecto, se ha realizado la aprobación del gasto prevista en el artículo 34.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por un importe máximo de 78.615.060 euros con cargo al concepto 20.101.423N.441 y de 244.143.018 euros con cargo al concepto 20.101.423N.471.
Tercero. Condiciones y requisitos.–Las condiciones y requisitos para la solicitar las subvenciones que se convocan mediante la presente resolución son los que determina el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y los que se establecen en los apartados tercero y sexto.5 de la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre. La acreditación de su cumplimiento se realizará de acuerdo con lo prevenido en la citada orden.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación aneja, a que se refieren los apartados tercero y sexto.5 de la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, será de un mes contado a partir de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Si la solicitud o la documentación aportada no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia que de si no lo hiciese se le tendrá por desistido de la solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. De acuerdo con los requisitos previstos en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los interesados podrán no aportar los documentos que obren en poder de este Instituto acogiéndose a lo establecido en el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinto. Órganos competentes para la instrucción y resolución del expediente.–La competencia para la instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas que se convocan mediante la presente resolución corresponde al Gerente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, y para su resolución al Presidente del referido organismo.
Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes y cuantificación.
1. No procede la valoración relativa de las ayudas, por lo que se actuará de conformidad con lo señalado en el apartado quinto de la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre.
2. De conformidad con lo previsto en el apartado sexto.1 de la orden los suministros objeto de ayuda correspondientes al presente ejercicio de 2009 son los que se indican en el anexo que acompaña a la presente resolución.
3. La cuantificación de las ayudas se realizará según lo dispuesto en el apartado sexto.2 de la Orden ITC/3666/2007, sin perjuicio de que las ayudas máximas son las que figuran en el anexo de la convocatoria.
Séptimo. Instrucción del procedimiento.–La Comisión de Valoración prevista en el apartado undécimo de la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, evaluará las solicitudes y concretará en un informe el resultado de su análisis, incluyendo el importe de la ayuda que propone. El Gerente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras formulará la propuesta de resolución provisional que proceda debidamente motivada, concediendo un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la recepción de la notificación, para alegar o aceptarla plenamente. El Secretario General del Instituto notificará la propuesta de resolución provisional. Si se produce la aceptación plena sin alegaciones, la propuesta provisional será considerada como definitiva. En caso de que se reciban alegaciones, la Comisión de Valoración se pronunciará sobre las mismas. En este último supuesto, o en el caso de que no se reciba respuesta en el plazo establecido, el Gerente del Instituto formulará la propuesta de resolución definitiva que proceda, debidamente motivada, concediendo un nuevo plazo de diez días hábiles para aceptarla plenamente, entendiéndose que se desiste de la solicitud, si transcurrido dicho plazo no se ha producido la aceptación. El Secretario General del Instituto notificará la propuesta de resolución definitiva.
Octavo. Resolución y notificación a los beneficiarios.
1. Previa tramitación y aprobación del expediente de compromiso de gasto, el Presidente del Instituto u órgano en quien delegue adoptará la correspondiente resolución de concesión, debidamente motivada, haciendo constar que pone fin a la vía administrativa.
2. La resolución de concesión reflejará para cada unidad de producción que las ayudas se conceden al acceso a las reservas de carbón, es decir, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 5 del Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002.
3. El plazo máximo para resolver y notificar será de seis meses a partir del cierre de la convocatoria, de acuerdo con la disposición adicional novena, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución expresa se podrá entender desestimada por silencio administrativo la concesión de la ayuda conforme a lo dispuesto en el artículo 25.5 de la referida Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
5. La resolución será notificada a los interesados y publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo previsto en los artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Noveno. Recursos.–La resolución de concesión pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes desde la recepción de su notificación ante el Presidente del Instituto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Sin perjuicio
de lo anterior, también cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de dicha resolución.
Décimo. Pago y justificación de las subvenciones.
1. Notificada la resolución de concesión, el Instituto iniciará la tramitación del pago de las ayudas. Los pagos se efectuarán por dozavas partes. La tramitación de dicho pago se efectuará al inicio del mes correspondiente.
2. Previamente al cobro de las ayudas, los beneficiarios habrán de presentar las certificaciones emitidas por los órganos competentes de hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
3. No procederá al pago de las ayudas pendientes, cuando no se pueda verificar el cumplimiento de los requisitos informativos, a que se refiere el apartado noveno de la orden ITC/3666/2007, de 14 de diciembre, o cuando de la información facilitada, se derive la necesidad de justificar el bajo suministro.
Undécimo. Eficacia.–Esta resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de febrero de 2009.–El Presidente del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras, Pedro Luis Marín Uribe.

ANEXO
Suministros objeto de ayuda y ayudas máximas

Empresa Unidad de producción Tonelaje ayudado Ayuda (€)
Empresas privadas
Alto Bierzo, S.A. Alto Bierzo (subterránea). 77.600 3.145.538
Alto Bierzo, S.A. Torre del Bierzo (subterráne) (1). 53.835 1.615.746
Alto Bierzo, S.A. Viloria (subterránea). 40.740 1.737.008
Alto Bierzo, S.A. Charcón (Cielo abierto). 45.400 810.235
Alto Bierzo, S.A. Rebollal y Pico (Cielo abierto) 55.000 1.058.545
Alto Bierzo, S.A. Alto Bierzo (Cielo abierto). 27.800 310.220
Carbonar, S.A. Única (subterránea). 243.200 7.795.692
Carbones de Arlanza, S.L. Única (subterránea). 25.000 856.475
Carbones de Linares, S.L. María Luisa (subterránea). 12.000 429.350
Carbones de Linares, S.L. Generalas (subterránea). 8.000 286.230
Carbones el Puerto, S.A. Única (subterránea). 3.400 116.498
Carbones San Isidro y María, S.L. Única (subterránea). 23.397 905.528
Cía Gral Minera de Teruel, S.A. Única (cielo abierto). 167.000 906.786
Coto Minero Cantábrico, S.A. (2). Cantábrico (subterránea). 160.000 9.430.400
Coto Minero Cantábrico, S.A. (2). Coto (subterránea). 483.840 28.517.530
Coto Minero Cantábrico, S.A. (2). Única (cielo abierto). 644.322 18.074.970
Empresa Carbonífera del Sur, S.A. Puertollano (cielo abierto). 616.629 5.464.883
Empresa Carbonífera del Sur, S.A. Peñarroya (cielo abierto). 516.234 6.113.241
Endesa Generación S.A. Única (cielo abierto). 834.200 3.484.889
Hijos de Baldomero García 3. Única (subterránea). 73.0003 2.120.896
La Carbonífera del Ebro, S.A. Única (subterránea). 94.000 2.863.521
Minera del Bajo Segre, S.A. Única (subterránea). 43.000 1.202.798
S.A. Hullera Vasco Leonesa. Subterránea (5). 676.097 38.835.023

Empresa Unidad de producción Tonelaje ayudado Ayuda (€)
S.A. Hullera Vasco Leonesa. Cielo abierto (5). 366.944 4.806.768
S.A. Minera Catalano Aragonesa. Subterránea. 623.225 16.539.149
S.A. Minera Catalano Aragonesa. Cielo abierto. 1.184.800 3.634.660
Unión Minera del Norte, S.A. (5). Noroeste (subterránea). 806.376 45.037.507
Unión Minera del Norte, S.A. (5). Guardo (subterránea). 58.200 3.514.975
Unión Minera del Norte, S.A. (5). Única (cielo abierto). 1.472.010 34.527.957
Total minería subterránea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.504.910 164.949.864
Total minería cielo abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.930.339 79.193.154
Total Empresas privadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.435.249 244.143.018
Empresas públicas
Hulleras del Norte, S.A. Agrupación Caudal (subterránea). 487.500 43.489.182
Hulleras del Norte, S.A. Agrupación Nalón (subterránea). 393.750 35.125.878
Total empresas públicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 881.250 78.615.060
Total empresas públicas + privadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.316.499 322.758.078
(1) Esta unidad de producción proviene de la concentración de las unidades Malabá y Navaleo.
(2) Esta empresa resulta de la fusión de Minero Siderúrgica de Ponferrada, S.A., y Hullas del Coto Cortés, S.A., habiendo reconfigurado sus unidades de producción sin modificación de los orígenes de los carbones.
(3) En virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional tercera de la Orden ITC/3666/2007, podrán extraerse por medio de laboreo a roza abierta hasta 10.950 toneladas.
(4) Esta empresa se ha acogido a la disposición adicional segunda de la Orden ITC/3666/2007
(5) Esta empresa ha absorbido las empresas Campomanes Hermanos, S.A., y González y Díez, S.A., reconfigurando sus unidades de producción sin modificación de los orígenes de los carbones.


Como la base de datos aparece descontrolada, el que quiera saber más que acuda al BOE.

La AA VV nos sale con otra demagogia, pretende hacernos creer que los molinos nuevos de la cantera los pagamos nosotros, que tengan una subvención legal, como obtienen otras muchas otras empresas, que financia una parte de las obras no significa lo que parece quieren decir.

Voy a poner otro ejemplo, tal vez más sangrante, mantener a HUNOSA nos cuesta en ayudas públicas al carbón la friolera de mas de SETENTA Y OCHO MILLONES DE EUROS AL AÑO, es decir más de TRECE MIL MILLONES DE PESETAS AL AÑO, que divididos por la producción objeto de ayuda, poco menos de NOVECIENTAS MIL TONELADAS ANUALES, representa un coste por tonelada de 89,20€. Sale más rentable cerrar las minas y comprar el carbón en el extranjero. También hay que tener en cuenta que en estas cifras no están incluidas las prejubilaciones mineras de las que muchos disfrutan. Si las prejubilaciones son un derecho de los mineros, las subvenciones son un derecho de las empresas, y nosotros a mantener a ambos colectivos.
Puntos:
11-06-09 17:57 #2470856 -> 2469280
Por:D.CHOPERNÁ

RE: Tamos fartucos
subraye usted en su exposicion donde hace referencia a canteras o explotaciones mineras del caracter de esta y compruebe a que se dedican todas las empresas que estan puestas en su articulo,todas tienen algo en comun son empresas estractoras de carbon ,que no de escollera y garvas.NO CREO QUE ALMENOS EN ESTAS AYUDAS ENTRE CANTERAS EL REGUERON SI PUEDE EN OTRAS PERO PIENSE QUE TENDRA QUE HACER PARA METER UNA INVERSION NUEVA Y QUE PROBLEMAS TENDRIA PARA PODER HACER TALES INVERSIONES AUNQUE SE TRATASE DE UNA SUVENCION YO SOLO LO DEJO CAER USTED HAGA SU TRABAJO DE INVESTIGACION
Puntos:
11-06-09 18:58 #2471435 -> 2469280
Por:No Registrado
RE: Tamos fartucos
La cantera se acogió a estas subvenciones:

PROGRAMA 741.A
DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS DEL CARBON
1. DESCRIPCIÓN Y FINES
Los procesos de reestructuración de la actividad de la minería del carbón a los
que han estado sometidas las principales cuencas y municipios mineros, la fuerte
dependencia de los mismos de la minería del carbón y los persistentes ajustes de empleo
producidos en los últimos años en el sector, unido a la insuficiente capacidad de las
zonas mineras para generar actividades alternativas, debido a su deficiente dotación de
infraestructuras y las dificultades de financiación y expectativas de rentabilidad, hacen
imprescindible acometer un Programa que desarrolle un conjunto de medidas que
tiendan a paliar las repercusiones de las reducciones de empleo en la minería y que
permitan una transformación importante de las zonas mineras.
La ejecución del Programa, está encomendada al Instituto para la
Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas
Mineras.
2. ACTIVIDADES
El Real Decreto 2020/1997, de 26 de diciembre, sobre reestructuración de la
minería del carbón y desarrollo alternativo de las zonas mineras contempla una serie de
medidas orientadas a favorecer el potencial crecimiento de las zonas afectadas.
Para el desarrollo de las citadas medidas se realizan en el Programa un conjunto
de actividades, que tienen por objetivo fundamental la mejora de la capacidad
productiva de las zonas mineras mediante:
• El desarrollo de infraestructuras dotacionales que faciliten la localización de
proyectos empresariales.
• El fomento de la inversión empresarial, como motor fundamental en el
proceso de desarrollo, reactivación y diversificación de la actividad de las
zonas mineras, canalizando recursos financieros a proyectos empresariales.
Así las actividades que se realizan en el Programa, pueden agruparse en las
siguientes categorías:
a) Desarrollo de Infraestructuras
• Aportación de hasta 300.506.052,19 euros, cada año, durante los ocho años
de duración del Plan del Carbón (1998-2005), para el desarrollo de los
proyectos de infraestructuras que se determinen en los Convenios Marco y
Convenios específicos firmados con las C.C.A.A. y Entidades locales. Estos
fondos se destinarán a promover, financiando hasta el 100 %, la realización
de proyectos de infraestructuras de transporte, suelo industrial, ordenación
del territorio y medioambientales, equipamiento educativo y otras
infraestructuras.
Con ello, se pretende corregir uno de los déficits más notorios en las zonas
afectadas por la crisis de la minería del carbón y facilitar la localización de inversiones
y empresas productivas.
b) Proyectos empresariales generadores de empleo
• Promover la localización de inversiones, tanto procedentes del exterior como
del interior de las zonas, e impulsar el desarrollo endógeno en las zonas
mineras y su entorno.
• Gestión del sistema de ayudas financieras dirigidas a proyectos empresariales
generadores de empleo que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas
mineras.
• Realización de estudios del impacto que, sobre la economía de las zonas,
tienen los instrumentos de ayuda a la inversión empresarial.
Para el desarrollo de estas actividades principales el referido Plan del Carbón
prevé la aportación de hasta 60.101.210,44 euros anuales durante los ocho años de
vigencia del mismo, para financiar iniciativas empresariales generadoras de empleo en
los municipios RECHAR, limítrofes y Puertollano.
Además el Programa contempla la formación de capital humano, invirtiendo –a
través de la Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Comarcas Mineras del
Carbón- en la mejora del nivel educativo y de formación de la población dependiente de
la minería.
3. OBJETIVOS E INDICADORES DE SEGUIMIENTO
OBJETIVOS:
1. Facilitar la localización de inversiones empresariales mediante el desarrollo de
las infraestructuras.
INDICADORES
1. Carreteras Millones/€ REALIZADO 2001 85,10 PRESUPUESTADO 2002 240,00 PRESUPUESTADO 2003 240,00
2. Suelo industrial Millones/€ REALIZADO 2001 39,06 PRESUPUESTADO 2002 30,00 PRESUPUESTADO 2003 30,00
3. Otras infraestructuras Millones/€ REALIZADO 2001 48,78 PRESUPUESTADO 2002 30,00 PRESUPUESTADO 2003 30,00

2. Fomento de la inversión empresarial mediante el apoyo financiero a proyectos
empresariales generadores de empleo.
INDICADORES
1. Proyectos empresariales a subvencionar Número – PRESUPUESTADO 2002 140 PRESUPUESTADO 2003 140
2. Empleos nuevos previstos Número –PRESUPUESTADO 2002 2200 PRESUPUESTADO 2003 2.200
3. Inversión prevista Millones/€ - PRESUPUESTADO 2002 480 PRESUPUESTADO 2003 480


Si no se daban la subvención a la cantera se la darían a otra empresa, ésta, la cantera, cumplía los requisitos y consiguió la subvención. ¿Hay algo de malo en ello?. Encima creó puestos de trabajo.

Lo que quería decir con el anterior comentario es que resulta más cara la minería del carbón, especialmente la de HUNOSA, y la AA VV no dice nada, no pone pegas, al gasto de más de TRECE MIL MILLONES DE PESETAS ANUALES, a los que hay que sumar el importe de las prejubilaciones.

Pero como de eso vivimos, pues …

Soy yo, el personajillo.
Puntos:
11-06-09 23:55 #2474089 -> 2469280
Por:D.CHOPERNÁ

RE: Tamos fartucos
no ya ya me lo supuse cuando lo lei antes que eres tu ya que siempre tienes el mismo modo operandi soltar informacion completa y luego tu comentario personal .Ya se que te refieres a la mineria de carbon pero yo queria dejar claro que esas ayudas son solo para la industria estractiva del carbon,por otro lado tambien se que se puede acoger la cantera a otro tipo de ayudas pero ahi es donde esta el trabajo echo por la actual AAVV COMO YO DIGO LA CONCIENCIACION DE LA GENTE.Dependiendo del tipo de inversion que quieran realizar han de presentar un proyecto de ejecucion de obra,ademas de una solicitud de obra como todo ciudadano y ahi es donde se les puede clavar la estaca ya que se puede presentar alegaciones dependiendo del tamaño y envergadura del mismo yo es a eso a lo que me refiero.
En cuanto a la mineria yo no soy ni minero ni estoy prejubilado pero despues de entrar en una mina de Asturias y andar por donde andan ellos me quede totalmente impresionado: es duro y dificil aun con medidas tan modernas como hay en los pozos actuales.SON DIGNOS DE ADMIRACION.Por otro lado siento envidia por estas personas que trabajaron en la mina y hoy en dia estan jubilados y prejubilados cobrando buenas pagas pero tambien en su dia tubieron que estar dentro de la misma en las decadas de los60,70,80,90 nadie opinaba como se opina hoy de ellos pero hay que dejar claro que ellos no tienen la culpa de cobrar tanto y tampoco van a renunciar a ello de lo contrario SERIAN TONTOS. La culpa la tiene el gobierno de FELIPE GONZALEZ que habia de cerrar pozos mineros y echar gente entonces despues de tantas negociaciones con los sindicatosse concedieron las populares indeznizaciones que mucha gente cogio y luego las llamadas prejubilaciones,los efectos provocados en este concejo fueron debastadores y me remito a que en la decada de los 60 en el concejo de Aller llego casi a haber 38000habitantes mas o menos hablo de memoria y me puedo equivocar,actualmente este concejo tiene unos 12000 o menos ,si me equivoco que me corrijan pero me parece que lo hago en poco que paso las prejuBilaciones y el poder adquisitivo de esta gente hizo que se fueran a ciudades como Gijon ,Oviedo perdiendose el capital dEl concejo con ellos y los puestos de trabajo pues cuantos trabajadores tenia la mineria asturiana antes de empezar con estas prejubilaciones y cuantos tenemos ahora este fue el segundo efecto provocado en nuestro territorio y en especial en Aller perdidas de puestos de trabajo irrecuperables y una salida laboral digna para las generaciones venideras a costa de golpe de talonario se quitaron puestos de trabajo.actualmente la mayor fuente de producion de energia en Asturias son las minicentrales y las centrales termicas.Donde sacamos el carbon importandolo? y en mi modesta opinion aun se podia haber seguido estrayendo carbon al mismo nivel no habiendo dado las prejubilaciones obligando a jubilarse por edad y siguiendo sin meter gente con la plantilla que tenian en aquel entonces ,el gasto hubiese sido menor que pagando tales prejubilaciones y el efecto hubiese sido el mismo pero sin esta gran carga economica que supone para todos las prejubilaciones ya que seguirian siendo mas o menos productivos .Total al final dieron las prejubilaciones y hay que traer gente de el este para trabajar en las minas asturiana.
Puntos:
12-06-09 16:51 #2478738 -> 2469280
Por:No Registrado
RE: Tamos fartucos
De los prejubilados no digo nada, son un coste, pero tuvieron esa suerte o esa lotería, también es legal, así que a los que les toque que lo aprovechen.

Lo que quería dar a entender es lo que nos cuesta HUNOSA, TRECE MIL MILLONES DE PESETAS AL AÑO. Y todo el mundo contento. He dicho AL AÑO.





Puntos:

Tema (Autor) Ultimo Mensaje Resp
TAMOS EN LA ONDA Por: picu la bandera 04-01-10 16:35
picu la bandera
0
Foto: mira donde esta la carretera, van matamos Por: ASOCIACION VECINOS DE PELUGANO 24-07-08 09:52
ASOCIACION VECINOS DE PELUGANO
0
estamos aquí Por: No Registrado 04-03-08 16:32
No Registrado
0
Simulador Plusvalia Municipal - Impuesto de Circulacion (IVTM) - Calculo Valor Venal
Foro-Ciudad.com - Ultima actualizacion:07/08/2020
Clausulas de responsabilidad y condiciones de uso de Foro-Ciudad.com