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Suflí - Almeria

Poblacion:
España > Almeria > Suflí
06-05-11 15:12 #7711339
Por:CESIF

"reglamento regulador de la administraciÓn electrÓnica del ayuntamiento de suflÍ.
D. Juan Cuevas Sáez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Suflí, (Almería),

HACE SABER: Que no habiéndose presentado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo al acuerdo de aprobación inicial llevado a cabo por el Pleno de esta Corporación, en Sesión celebrada el día 13 de Diciembre de 2010, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

"REGLAMENTO REGULADOR DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO DE SUFLÍ.

Al objeto de desarrollar los contenidos del Convenio Marco de la Red Provincial de comunicaciones y Servicios de Teleadministración de la Provincia de Almería y dar cumplimiento a las exigencias de Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y demás disposiciones vigentes, se aprueba mediante acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Suflí, en sesión celebrada el día 13 de diciembre de 2010, como Reglamento Regulador de la Administración Electrónica en el Municipio de Suflí, el contenido de los artículos y disposiciones del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica, aprobado por la Diputación Provincial de Almería inicialmente y definitivamente por haber transcurrido el plazo de alegaciones sin haberse presentado reclamación, en sesión de 28 de enero de 2009, y cuya completa publicación definitiva se realizó en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 57 de fecha 24 de marzo de 2009, así como la modificación publicada definitivamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 9 de fecha 15 de enero de 2010, de conformidad con las siguientes particularidades:

- La Sede Electrónica, de la que es titular esta entidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 del Reglamento Regulador, será: www.sufli.es.

- El Tablón de Anuncios y Edictos electrónico de esta entidad será complementario del tablón tradicional en soporte papel, a los efectos previstos en el párrafo segundo del artículo 13 del Reglamento.

De conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica antes citado, se crea la Oficina de Registro Electrónico del Registro General de esta Entidad, a la que será de aplicación lo previsto en el mismo."

Contra el presente acuerdo podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Suflí, a 01 de marzo de 2011.

EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan Cuevas Sáez.
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