El Supremo condena a Pedro J. y a ‘El Mundo’ por vulnerar el honor de Garzón El Supremo condena a Pedro J. y a ‘El Mundo’ por vulnerar el honor de Garzón Tendrán que pagar un euro, lo exigido por el exjuez, por acusarle de "interrogar como un nazi" y "prevaricar" ELPLURAL.COM | 24/01/2013 0 0 votos ImprimirEnviar a un amigo El Tribunal Supremo ha condenado a Pedro J. Ramírez, director de El Mundo, y a la empresa editora Unidad Editorial, por vulnerar el honor del juez Baltasar Garzón al asegurar en varios artículos que el magistrado interrogaba “como un nazi” y tras acusarle de prevaricar por imputar a tres peritos policiales en la investigación judicial del 11-M. Pedro J. sólo tendrá que pagar un euro simbólico como condena, que fue lo que solicitó el exmagistrado. Los magistrados de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, presididos por Juan Antonio Xiol Ríos, han concluido que El Mundo vulneró el derecho al honor de Garzón en 2006, cuando el magistrado imputó a tres peritos policiales por el 11-M. Entonces, el diario de Pedro J. publicó una serie de artículos donde acusaba a Garzón de “montaje”, “linchamiento” de los imputados, “interrogar como un nazi” y “prevaricación”, según recoge ABC. Un euro Garzón demandó entonces a Pedro J. y a Unedisa y les solicitó una indemnización de un euro. El Supremo ha confirmado las condenas dictadas en instancia y El Mundo deberá publicar el encabezamiento y el fallo del juzgado en su versión impresa. Palabras injuriosas Los magistrados del Supremo que las palabras usadas para definir a Garzón era injuriosa, vejatorias y no pueden ampararse en la libertad de expresión. “La actuación de los jueces y tribunales puede revestir un gran interés público y serobjeto de crítica por los medios de comunicación, pero la libertad de información y de expresión debe sujetarse a los límites impuestos por el respeto al normal desarrollo de la actividad jurisdiccional”, recoge la sentencia, publicada hoy. “Rebasaron los límites” Según el Alto Tribunal, las expresiones de El Mundo “rebasaron los límites constitucionalmente protegidos de las libertades de expresión e información para constituir una intromisión ilegítima en el derecho al honor ajeno |