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Ossa de Montiel - Albacete

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13-11-09 00:38 #3836527
Por:No Registrado
BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.

En Ossa de Montiel siendo las 20:30 horas del día 6 de NOVIEMBRE de 2009, en el Salón de Pleno de la Casa Consistorial, se reúnen los señores abajo citados a fin de celebrar sesión del PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE OSSA DE MONTIEL, con carácter ORDINARIO, presidida por el Sr. Alcalde D. BIENVENIDO CANO APARICIO, y asistidos por mí, el Secretario de la Corporación D. Francisco Gabriel Sánchez Bermúdez. Es primera convocatoria. Comprobada la existencia de quórum de asistencia suficiente el Sr. Alcalde procede a iniciar la sesión. No asiste D. José Cano Nieto que excusa su inasistencia. José José Reinosa Alcazar y D. Miguel Ángel Palacios Blázquez se incorporan al Pleno en el debate del Segundo punto del Orden del día, participando en el mismo y en su votación.
ALCALDE PRESIDENTE
Dº. BIENVENIDO CANO APARICIO. ( PSOE).
CONCEJALES.
GRUPO PSOE.
Dº. ANGEL GOMEZ AVILES. ( PSOE).
Dº. ANTONIO MARQUEZ PALACIOS. ( PSOE).
Dº. JUAN AGUILAR SEVILLA ( PSOE).
Dª. ANA BELEN NOTARIO MUÑOZ. ( PSOE).
Dª. MARIA AMPARO LOZANO SEVILLA. ( PSOE).
GRUPO P.P.
Dº. JOSE NEMESIO TELLO MARTINEZ. ( P.P).
Dº. CARMELO MERENCIANO GRIÑAN. (P.P.).
GRUPO I.U.
Dº. JOSE REINOSA ALCAZAR. ( I.U.)
Dº. MIGUEL ANGEL PALACIOS BLÁZQUEZ. (I.U).
SECRETARIO.
Dº. FRANCISCO GABRIEL SANCHEZ BERMUDEZ.
Comprobada la existencia de quórum de asistencia suficiente el Sr. Alcalde procede a dar por iniciada la sesión del Pleno del Ayuntamiento de Ossa de Montiel.
PARTE RESOLUTORIA.
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1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN EL DÍA 14 DE AGOSTO DE 2.009 CON CARÁCTER ORDINARIO.
Vista el acta de la sesión anterior celebrada por el Pleno de la Corporación el día 14 de Agosto de 2.009 celebrada con carácter ordinario.
El Pleno de la Corporación por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:
1.- Aprobar el acta de la sesión celebrada por el Pleno de la Corporación el día 14 de AGOSTO de 2.009 con carácter ordinario.
2.- ANULACION DE CREDITOS DE ADQUISICIÓN DE TERRENOS PARA POLÍGONO INDUSTRIAL Y ARCHIVO PROVISIONAL DEL EXPEDIENTE.
Tras diversas conversaciones con propietarios para ubicar un POLÍGONO INDUSTRIAL PROPIEDAD MUNICIPAL, se ha estado estudiando la posibilidad de ubicar el polígono en la parte izquierda de la Carretera de Villarrobledo, y se ha hablado con la propiedad de las siguientes parcelas:
-
Parcela 24 del polígono 22 de 395.226 m2.
-
Parcela 30 del polígono 32 de 235.777 m2.
-
Parcela 1 del polígono 32 de 178.705 m2.
El precio que se ha negociado por estos terrenos es de 425.000,00 Euros, estando proyectada la concertación de una operación de préstamo para financiarla. No obstante con 28 de Octubre de 2.009, en escrito nº del R.G.E. 4230 de 28 de Octubre, se recibe escrito del Ministerio de Economía y Hacienda en el que se resuelve lo siguiente:
“ DENEGAR la autorización solicitada por esa Entidad Local para concertar un préstamo por importe de 425.000,00 Euros, con un plazo de amortización de 20 años e interés variable ( euribor + 1,25%) por presentar esa entidad un remanente de tesorería para gastos generales negativo, lo que resulta incompatible con la asunción de nuevos compromisos de endeudamiento, en tanto no haya sido absorbido el citado remanente y dicha circunstancia se ponga de manifiesto en una liquidación presupuestaria, por falta de capacidad económica y financiera actual y por no ajustarse los requerimientos legalmente establecidos”.
El Sr. Portavoz del Grupo P.P. toma la palabra y pregunta al Sr. Alcalde sobre la fecha en que se tenía previsto tener la financiación de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha para la construcción del Polígono, dado que su grupo el pasado año pidió la inclusión el presupuesto autonómico de una partida y se rechazó y este año se ha vuelto a pedir otra vez.
D. Angel Gomez Avilés: Lo primero es tener los terrenos y después calificarlos como urbanizables en el POM.
Sr. Portavoz del Grupo P.P.: Lo que me refiero es que no hay que tener prisa para comprar los terrenos porque la Junta tiene que meter en los presupuestos el dinero para construir el Polígono.
El Sr. Portavoz del Grupo I.U. toma la palabra y señala que a su grupo le choca que el Ayuntamiento de Ossa de Montiel se aventurase a adquirir unos terrenos si casi todos sabíamos que no nos iban a autorizar la suscripción de un 2
préstamo; al mismo tiempo pregunta sobre si existe alguna manera de declarar suelo industrial aunque no sea terreno municipal.
Sr. Angel Gomez Avilés: Pero para eso ya tenemos proyectado un Polígono Industrial de iniciativa particular. Con la adquisición de los terrenos se pretende que la iniciativa sea pública proyectándose en el POM un Polígono en dos fases de 100.000 m2 cada una de ellas.
Sr. Portavoz del Grupo I.U: Creemos que ha sido demasiado precipitado lo de construir un Polígono Industrial en aquella zona y el Ayuntamiento de Ossa de Montiel no tiene capacidad para hacer frente a ese préstamo.
Sr. Portavoz del Grupo P.P. : Es un riesgo comprar un terreno sin tener aprobado el POM.
D. Angel Gómez Avilés: Hasta que no tengamos el terreno propiedad municipal y su declaración como suelo urbanizable no podemos ir a la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha a pedirles dinero para construir ese polígono.
Tras esto, visto el dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Hacienda, Urbanismo y Turismo, el Pleno de la Corporación por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
1.- Dejar el expediente de adquisición de terrenos para un Polígono industrial sobre la mesa hasta que el Ayuntamiento de Ossa de Montiel se encuentre en situación económica que le permita tener un remanente de tesorería positivo y se releja en la liquidación del presupuesto municipal.
2.- Desistir de la Operación de Prestamos proyectada con la Caja rural de Albacete, dándole traslado de este acuerdo y de la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda.
3.- Dar de baja en el Presupuesto Municipal todos los créditos presupuestarios que aparecen financiados con esta operación.
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13-11-09 00:39 #3836533 -> 3836527
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
3.- EXPEDIENTE DE ADQUISICIÓN DE TERRENO EN EL PARAJE LA GLORIETA.
Tras diversas conversaciones, se ha llegado a un acuerdo con los propietarios para adquirir los terrenos situados en la parcela 69 del polígono 24. Dichos terrenos tienen una superficie de 696 m2 y se propone su adquisición por 2.000 Euros. Este precio se considera ajustado a mercado teniendo en cuenta que la superficie a adquirir y a la vista la Orden de 10 de Marzo de 2.009 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se aprueban los precios medios en el mercado para bienes rústicos y se dictan normas sobre el procedimiento de comprobación de valores en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2009. ( DOCM DE 20-3-2009).
Tras esto, visto el dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Hacienda, Urbanismo y Turismo, el Pleno de la Corporación por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
1.- Adquirir a Dª. JOSEFA VITORIA LARA y otros por un precio de 2.000,00 Euros la propiedad de la parcela 69 del polígono 24.
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2.- Facultar al Sr. Alcalde para la realización de cuantas gestiones sean precisas para la ejecución de este acuerdo, incluida la firma del contrato de compraventa y de la escritura notarial.

4.- EXPEDIENTE DE ADQUISICIÓN DE TERRENO EN EL PARAJE DEL VAO.
Tras diversas conversaciones, se ha llegado a un acuerdo con los propietarios para adquirir unos terrenos situados en la parcela 6 del polígono 27 para poder ubicar un puente sobre el Vao en el Río Alarconcillo. Dichos terrenos tienen una superficie de 350 m2 y se propone su adquisición por 1.160 Euros. Este precio se considera ajustado a mercado teniendo en cuenta que la superficie a adquirir y a la vista la Orden de 10 de Marzo de 2.009 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se aprueban los precios medios en el mercado para bienes rústicos y se dictan normas sobre el procedimiento de comprobación de valores en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2009. ( DOCM DE 20-3-2009). Por este valor se ha llegado a un acuerdo con el propietario para permutárselos con un vallado de 116 ml del resto de la parcela.
Visto el dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Hacienda, Urbanismo y Turismo, el Pleno de la Corporación por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
1.- Adquirir a Dª. GERVASIA AVILES SERRANO y otros por un precio de 1.160,00 Euros la propiedad 350 m2 de la parcela 6 del polígono 27.
2.- Facultar al Sr. Alcalde para la realización de cuantas gestiones sean precisas para la ejecución de este acuerdo, incluida la firma del contrato de compraventa y de la escritura notarial.
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13-11-09 00:40 #3836538 -> 3836533
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
5.- INICIO DE EXPEDIENTE DE DESLINDE DEL INMUEBLE PROPIEDAD MUNICIPAL DENOMINADO CUEVA DE MONTESINOS.
Vista la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Villarrobledo nº 102/99 de 7 de Mayo de 1.999 en cuyo fallo se dice
“ Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Maria Pilar Mañas Pozuelo en nombre y representación de d. Felix García Garca, debo absolver y absuelvo al Exmo. Ayuntamiento de Ossa de Montiel de los alegatos y pedimentos formulados en el escrito de demanda.
Asimismo estimando en parte la demanda reconvencional formulada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Begoña Hernández Tárraga en nombre y representación del Exmo Ayuntamiento de Ossa de Montiel, debo declarar y declaro que el Ayuntamiento de Ossa de Montiel es dueño por prescripción adquisitiva del siguiente inmueble: Finca rústica denominada Cueva de Montesinos, situada en el Camino de San Pedro, término municipal de Ossa de Montiel, lindando al Norte con Felix Garcia García 35 ml, al sur Raimundo Martinez Treviño 35 ml; al Este Felix García García 35 ml. ; y al Oeste Felix
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García García, 35 ml. Con una superficie de1.225 m2, inscrita en el Registro de la Propiedad, finca nº 4.242, libro 31 tomo 636, del Municipio de Ossa de Montiel.”
Dicha sentencia fue confirmada por la Audiencia Provincial de Albacete en Apelación Civil 281-99 en sentencia de 31 de Diciembre de 1.999.
Considerando que con arreglo a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986 de 13 de Junio, las Entidades Locales tendrán la facultad de promover y ejecutar el deslinde entre los bienes de su pertenencia y los de los particulares, cuyos límites aparecieren imprecisos o sobre los que existieren indicios de usurpación, y que con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Bases de Régimen Local, Ley 7/85 de 2 de Abril, el Municipio dispone de la potestad de deslinde sus bienes.
Considerando que el expediente de deslinde debe iniciarse previo acuerdo en el que conste una Memoria, en la que debe constar la justificación del deslinde que se propone, de la descripción de las fincas con los linderos, de sus enclavados, colindancia y extensión perimetral y superficial, titulo de propiedad e informaciones posesorias.
Visto el dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Hacienda, Urbanismo y Turismo, el Pleno de la Corporación por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
1.- Aprobar la Memoria de deslinde de la Cueva de Montesinos donde se contiene la justificación la descripción de la finca y titulo de propiedad del Ayuntamiento de Ossa de Montiel, así como el presupuesto de gastos del deslinde.
2.- Notificar el acuerdo de deslinde a los dueños de las fincas colindantes. Sin perjuicio de esta notificación, el deslinde se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y tablón de edictos del Ayuntamiento de Ossa de Montiel con una antelación mínima de 60 días de antelación a la fecha que se fije para iniciar las operaciones materiales de amojonamiento. Los interesados podrán presentar ante la Corporación cuantos documentos estimaren conducentes a la prueba y defensa de sus derechos hasta los veinte días anteriores al comienzo de las operaciones, transcurridos los cuales no se admitirá documento ni alegación alguna; desde el día en que venciere el plazo de presentación hasta el anterior al señalado para iniciar el deslinde, la Corporación acordará lo pertinente respecto a los documentos y demás pruebas.
3.- Dado que la finca de la Corporación Municipal se haya inscrita en el Registro de la Propiedad, se inscribirá igualmente el deslinde administrativo aprobado.
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13-11-09 00:44 #3836560 -> 3836538
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
6.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES.

Vistos los siguientes expediente de modificación de Ordenanzas Fiscales:
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.
La tasa del Servicio de Alcantarillado y Depuración de Aguas Residuales no se modifica desde el año 2006, publicándose la modificación en el BOP nº 17 5
de 10 de Febrero de 2.006. La propuesta de modificación supone un incremento de entre 1 y 3 euros al año. La propuesta dice así:
“ Se modifica el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Prestación de los servicios de Alcantarillado, publicada en el BOP de Albacete nº 17 de 10 de FEBRERO de 2.006, que quedará redactado de la siguiente manera
1.1: Casa: 47,00 Euros/año.
1.2: Bar Restaruante: 60,00 Euros/año.
1.3: Hoteles, hostales, pensiones y alquiler de camas en general, 82,00 Euros/año.
1.4: Otras industrias calificadas como molestas, insalubres o nocivas: 105,00 Euros/año.
1.5: Depuración de aguas residuales procedentes de fosas sépticas.
a)
Por cada descarga de hasta 6.000 libros: 4,00 Euros.
b)
Por cada descarga de entre 6.001 y 10.000 libros: 7,00 Euros.
2.- Cuota de enganche: 88,00 Euros.”
Propuesta de acuerdo:
1.- Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Prestación de los servicios de Alcantarillado, publicada en el BOP de Albacete nº 17 de 10 de FEBRERO de 2.006, que quedará redactado de la siguiente manera
1.1: Casa: 47,00 Euros/año.
1.2: Bar Restaruante: 60,00 Euros/año.
1.3: Hoteles, hostales, pensiones y alquiler de camas en general, 82,00 Euros/año.
1.4: Otras industrias calificadas como molestas, insalubres o nocivas: 105,00 Euros/año.
1.5: Depuración de aguas residuales procedentes de fosas sépticas.
c)
Por cada descarga de hasta 6.000 libros: 4,00 Euros.
d)
Por cada descarga de entre 6.001 y 10.000 libros: 7,00 Euros.
2.- Cuota de enganche: 88,00 Euros.”

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS.
La propuesta de modificación del artículo 6 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Recogida Domiciliaria de Basuras, pretende recoger una subida lineal de entre el 5% y 5,5% ( 2,40 euros anuales para las viviendas en el casco urbano) en relación en las tarifas publicadas en el BOP de Albacete nº 17 de 10 de FEBRERO DE 2.006, en el siguiente sentido:
01.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en viviendas particulares de carácter familiar, 4,00 Euros/mes.
02.- Recogida y eliminación de residuos en bares, cafeterías y supermercados, 10,80 Euros/mes.
03.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en hoteles, hostales y pensiones, 10,90 Euros/mes.
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04.- Recogida y eliminación de residuos en fondas en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
05.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en locales industriales en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
06.- Recogida y eliminación de residuos en locales comerciales en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
07.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en viviendas con local comercial unido en el casco urbano, 9,80 Euros/mes.
08.- Recogida y eliminación de residuos en chalet o apartamiento de carácter unifamiliar en Lagunas de Ruidera, 8,30 Euros/mes.
09.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en establecimientos hoteleros, bar, etc, de pequeña entidad, en lagunas de Ruidera 17,00 Euros/mes.
10.- Recogida y eliminación de residuos en establecimientos hoteleros, bar, etc, de gran entidad en Lagunas de Ruidera, 23,60 Euros/mes.
11.- Por la recogida de residuos sólidos producidos en las granjas de Cunicultura, 30,00 Euros/mes.
12.- Por la recogida de residuos en camping: 85,00 Euros/mes.
13.- Por la recogida de establecimientos industriales menores de carácter familiar: 4,00 Euros/mes.”
El resto de la Ordenanza no se modifica.
PROPUESTA DE ACUERDO:
1.- Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 6 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Recogida Domiciliaria de Basuras, en las tarifas publicadas en el BOP de Albacete nº 17 de 10 de FEBRERO DE 2.006, en el siguiente sentido:
01.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en viviendas particulares de carácter familiar, 4,00 Euros/mes.
02.- Recogida y eliminación de residuos en bares, cafeterías y supermercados, 10,80 Euros/mes.
03.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en hoteles, hostales y pensiones, 10,90 Euros/mes.
04.- Recogida y eliminación de residuos en fondas en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
05.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en locales industriales en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
06.- Recogida y eliminación de residuos en locales comerciales en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
07.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en viviendas con local comercial unido en el casco urbano, 9,80 Euros/mes.
08.- Recogida y eliminación de residuos en chalet o apartamiento de carácter unifamiliar en Lagunas de Ruidera, 8,30 Euros/mes.
09.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en establecimientos hoteleros, bar, etc, de pequeña entidad, en lagunas de Ruidera 17,00 Euros/mes.
10.- Recogida y eliminación de residuos en establecimientos hoteleros, bar, etc, de gran entidad en Lagunas de Ruidera, 23,60 Euros/mes.
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11.- Por la recogida de residuos sólidos producidos en las granjas de Cunicultura, 30,00 Euros/mes.
12.- Por la recogida de residuos en camping: 85,00 Euros/mes.
13.- Por la recogida de establecimientos industriales menores de carácter familiar: 4,00 Euros/mes.”
El resto de la Ordenanza no se modifica.

PROPUESTA de MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS Y RESERVAS DE LA VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO DE VEHÍCULOS Y VADO PERMANENTE.
La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por entrada de vehículos a través de aceras y reservas de la vía pública para aparcamiento de vehículos y vado permanente publicada en el BOP nº 46 de 20 de Abril de 2.007. Se propone una modificación lineal de 1 Euros anual para las entradas de vehículos y 2 para las reservas de aparcamiento.
PROPUESTA DE ACUERDO:
1.- Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 4 de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa de prestación del servicio de piscina municipal publicada en el BOP de Albacete nº 46 de 20 de Abril de 2.007, de tal manera que éste quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4.- Cuota Tributaria. La cuota tributaria de esta tasa viene determinada por la aplicación de las siguientes tarifas:
a)
Por cada badén en la acera para facilitar la entrada de carruajes: 16,00 Euros/año.
b)
Por cada lugar de entrada de carruajes en un edifico en cuya entrada no hay badén: 11,00 Euros/año.
c)
Por vado permanente:
a.
42,00 Euros/año
b.
10,00 Euros/placa.
c.
Bonificaciones: 50% para discapacitados físicos con discapacidad igual o superior al 33%, titulares de vehículos censados en OSSA DE MONTIEL.
d)
Por vado permanente con línea amarilla enfrente, 52,00 Euros/año. Esta reserva de espacio solo será concedida en aquellas calles que sean estrechas, saturadas de vehículos y aquellas que tenga el acceso limitado de vehículos y que no permitan capacidad de maniobra para el acceso a los inmuebles, y previo informe favorable de la Policía Local.
El resto de la ordenanza quedaría redactada de la misma manera.

PROPUESTA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZA EN CURSO DE LA UNIVERSIDAD POPULAR.
La Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios en la Universidad Popular fue publicada en el BOP nº 17 de 10 de Febrero de 2.006. Se propone una modificación lineal de 2 Euros para todos los cursos que no
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superen los 3 meses y de 5 para lo que los superen. Dado que el curso de la Universidad Popular para el año 2009/2010 ya ha empezado, esta modificación solo surtiría efecto para el curso 2011/2012.
PROPUESTA DE ACUERDO:
1.- Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 4 de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por asistencia a cursos de la Universidad Popular publicada en el BOP Nº 17 DE 10 DE Febrero de 2.006, de tal manera que éste quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4.- Cuota Tributaria. La cuota tributaria de esta tasa viene determinada por la aplicación de las siguientes tarifas:
a)
Cursos de Hasta tres meses: 18,00 Euros.
b)
Cursos de duración superior a tres meses: 35 Euros.
El resto de la ordenanza quedaría redactada de la misma manera.
El Sr. Portavoz del Grupo P.P. toma la palabra y manifiesta “que al principio de la legislatura su grupo dijo que no íbamos a apoyar ninguna propuesta de aumento de impuesto, y creemos que no es acertado meter a la población más subida de impuestos y más en el momento de crisis en el que estamos”.
El Sr. Portavoz del Grupo I.U, pregunta si se ha hecho algún estudio del incremento de recaudación que puede suponer esta subida.
El Sr. Secretario, responde que aproximadamente 6.000,00 Euros/anuales.
Sr. Portavoz del Grupo I.U: “Ese dinero se podía obtener, sin subir los impuestos, si el Sr. Alcalde se baja el suelo y se baja algo la subvención que el Ayuntamiento da al Grupo PSOE, por lo que solicita que el Pleno se pronuncie sobre su propuesta. El Pleno de la Corporación con los votos a favor de 4 de sus miembros ( I.U y P.P) y 6 en contra ( PSOE), rechaza la propuesta del Grupo I.U.


Tras esto se somete a votación el dictamen de la Comisión Informativa. Visto el dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Hacienda, Urbanismo y Turismo, el Pleno de la Corporación con los votos a favor de 6 de sus miembros ( PSOE) y 4 en contra ( P.P e I.U), ACUERDA:
1.- Aprobar provisionalmente la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:
A.- Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de alcantarillado.
1.- Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Prestación de los servicios de Alcantarillado, publicada en el BOP de Albacete nº 17 de 10 de FEBRERO de 2.006, que quedará redactado de la siguiente manera
1.1: Casa: 47,00 Euros/año.
1.2: Bar Restaruante: 60,00 Euros/año.
1.3: Hoteles, hostales, pensiones y alquiler de camas en general, 82,00 Euros/año.
1.4: Otras industrias calificadas como molestas, insalubres o nocivas: 105,00 Euros/año.
1.5: Depuración de aguas residuales procedentes de fosas sépticas.
e)
Por cada descarga de hasta 6.000 libros: 4,00 Euros.
f)
Por cada descarga de entre 6.001 y 10.000 libros: 7,00 Euros.
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2.- Cuota de enganche: 88,00 Euros.”
B.- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Recogida Domiciliaria de Basuras.
Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 6 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Recogida Domiciliaria de Basuras, en las tarifas publicadas en el BOP de Albacete nº 17 de 10 de FEBRERO DE 2.006, en el siguiente sentido:
01.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en viviendas particulares de carácter familiar, 4,00 Euros/mes.
02.- Recogida y eliminación de residuos en bares, cafeterías y supermercados, 10,80 Euros/mes.
03.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en hoteles, hostales y pensiones, 10,90 Euros/mes.
04.- Recogida y eliminación de residuos en fondas en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
05.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en locales industriales en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
06.- Recogida y eliminación de residuos en locales comerciales en el casco urbano, 9,70 Euros/mes.
07.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en viviendas con local comercial unido en el casco urbano, 9,80 Euros/mes.
08.- Recogida y eliminación de residuos en chalet o apartamiento de carácter unifamiliar en Lagunas de Ruidera, 8,30 Euros/mes.
09.- Recogida y eliminación de residuos sólidos en establecimientos hoteleros, bar, etc, de pequeña entidad, en lagunas de Ruidera 17,00 Euros/mes.
10.- Recogida y eliminación de residuos en establecimientos hoteleros, bar, etc, de gran entidad en Lagunas de Ruidera, 23,60 Euros/mes.
11.- Por la recogida de residuos sólidos producidos en las granjas de Cunicultura, 30,00 Euros/mes.
12.- Por la recogida de residuos en camping: 85,00 Euros/mes.
13.- Por la recogida de establecimientos industriales menores de carácter familiar: 4,00 Euros/mes.”
El resto de la Ordenanza no se modifica.
C.- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por entrada de vehículos a través de aceras y reservas de la vía pública para aparcamiento de vehículos y vado permanente.
1.- Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 4 de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa de prestación del servicio de piscina municipal publicada en el BOP de Albacete nº 46 de 20 de Abril de 2.007, de tal manera que éste quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4.- Cuota Tributaria. La cuota tributaria de esta tasa viene determinada por la aplicación de las siguientes tarifas:
a)
Por cada badén en la acera para facilitar la entrada de carruajes: 16,00 Euros/año.
b)
Por cada lugar de entrada de carruajes en un edifico en cuya entrada no hay badén: 11,00 Euros/año.
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c)
Por vado permanente:
d.
42,00 Euros/año
e.
10,00 Euros/placa.
f.
Bonificaciones: 50% para discapacitados físicos con discapacidad igual o superior al 33%, titulares de vehículos censados en OSSA DE MONTIEL.
d)
Por vado permanente con línea amarilla enfrente, 52,00 Euros/año. Esta reserva de espacio solo será concedida en aquellas calles que sean estrechas, saturadas de vehículos y aquellas que tenga el acceso limitado de vehículos y que no permitan capacidad de maniobra para el acceso a los inmuebles, y previo informe favorable de la Policía Local.
El resto de la ordenanza quedaría redactada de la misma manera.
D.- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios en la Universidad Popular.
1.- Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 4 de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por asistencia a cursos de la Universidad Popular publicada en el BOP Nº 17 DE 10 DE Febrero de 2.006, de tal manera que éste quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4.- Cuota Tributaria. La cuota tributaria de esta tasa viene determinada por la aplicación de las siguientes tarifas:
a)
Cursos de Hasta tres meses: 18,00 Euros.
b)
Cursos de duración superior a tres meses: 35 Euros.
El resto de la ordenanza quedaría redactada de la misma manera.
2.- Acordar la apertura de un tramite de información pública durante un plazo de 30 días hábiles mediante anuncio en el BOP, tablón de edictos y lugares de costumbre, durante los cuales cualquier interesado podrá presentar reclamaciones, alegaciones o sugerencias al expediente.
3.- Si durante el plazo de información pública no se hubiese presentado reclamación alguna el expediente se entenderá elevado automáticamente a definitivo, entrando en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el BOP de Albacete.
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13-11-09 00:45 #3836567 -> 3836560
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
7.- AFECCIÓN DEL CAMINO DE SAN PEDRO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DEL PLAN DE SANEAMIENTO INTEGRAL DE LAS LAGUNAS DE RUIDERA.
Visto el escrito presentado por HIDROGUADIANA s.a., nº del R.G.E. 3.240 de 17 de AGOSTO DE 2.009, en el que solicita autorización para afectar el llamado Camino de San Pedro desde la zona del camping Los Batanes hasta la zona de la Ermita de San Pedro, y poder ejecutar el proyecto denominado “ Proyecto de Saneamiento y Depuración de los municipios de las Lagunas de Ruidera”.
Visto el dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Hacienda, Urbanismo y Turismo, el Pleno de la Corporación por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
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1.- Autorizar a HIDROGUADIANA S.A. para que pueda afectar mediante una tubería de PVC de diámetros 400 mm, 315 mm y 63mm con una longitud de 3.800 metros el Camino de San Pedro desde el Camping los Batanes hasta la zona de la Ermita de San Pedro para la ejecución del proyecto denominado “ Proyecto de Saneamiento y Depuración de los municipios de las Lagunas de Ruidera”.
2.- Notifíquese el presente acto al interesado/a con expresión de los recursos que contra el mismo procedan.

8.-ADHESIÓN DE LA BIBLIOTECA MUNICIPAL AL CATALOGO COLECTIVO DE LA RED DE BIBLIOTECAS PUBLICAS.
Considerando que desde la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía se ha puesto en marcha un proyecto llamado a revolucionar los servicios bibliotecarios de Castilla la Mancha posibilitando el acceso de cualquier ciudadano, independientemente de su lugar de residencia, a los fondos y servicios de todas las bibliotecas de la región. Considerando que el nuevo Catálogo Colectivo de la Red supone además la centralización de los registros de los centros incorporados en único servidor, siendo totalmente visible a través de Internet. Considerando que la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha ha propuesto al Ayuntamiento de Ossa de Montiel que la Biblioteca Municipal se incorpore al Catalogo Colectivo de la Red de bibliotecas Públicas.
Visto el dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Hacienda, Urbanismo y Turismo, el Pleno de la Corporación por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
1.- El Ayuntamiento de Ossa de Montiel ACEPTA la incorporación de la biblioteca Pública Municipal de Ossa de Montiel al Catálogo de la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla la Mancha y se compromete a:
-
Aportar las bases de datos necesarias para la puesta en marcha del proyecto.
-
Asumir los gastos derivados del mismo que no vayan a ser asumidos por la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía.
Incorporar y asumir la actual y futura normativa de funcionamiento del catálogo colectivo. Para ello el Ayuntamiento de Ossa de Montiel se compromete a adatar y modificar cualquier normativa o Reglamento de régimen interior que establezca el funcionamiento de la biblioteca Pública Municipal, en todo aquello que contravenga a la normativa del Catálogo colectivo de la Red de bibliotecas Públicas de Castilla la Mancha, según lo indicado tanto desde la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía, la cual en el uso de sus competencias establecidas por el artículo 7 r) del Decreto 144/2008, de 9 de Septiembre de 2.008, es el órgano de coordinación e impulso de la red de bibliotecas Públicas de Castilla la Mancha, como desde la Biblioteca 12
de Castilla la Mancha, entre cuyas funciones está la coordinación del Catálogo Colectivo.
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13-11-09 00:46 #3836575 -> 3836567
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
9.- CUENTA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE OSSA DE MONTIEL DEL AÑO 2008.
Una vez que se ha formado por la Intervención Municipal la Cuenta General del Ayuntamiento para 2.008, y sometida a su informe por la Comisión Especial de Cuentas el día 10 de AGOSTO de 2.009, tal y como establece el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales de 5 de Marzo de 2.004, RDL 2/2004 DE 5 de Marzo, procede su aprobación definitiva.
Los aspectos más importantes que se derivan de la Cuenta General del Ayuntamiento de Ossa de Montiel correspondiente al año 2.008 constan en el expediente y en el informe de intervención Municipal obrante en el expediente. Señala el Sr. Alcalde que tal y como ha sido acordado por el Pleno del Ayuntamiento de Ossa de Montiel el día 25 de Septiembre de 1.998, y de conformidad con la nueva normativa establecida en la Instrucción de Contabilidad de las Entidades Locales aprobada por Orden EHA/4042/2004 DE 23 DE Noviembre la Cuenta General del Ayuntamiento, en modelo simplificado ha sido grabada en soporte informático y sus copias depositadas en los lugares autorizados por el Pleno.
En el expediente consta el cumplimiento de los siguientes trámites:
-
Formación de la Cuenta General.
-
Informe de la Comisión Especial de Cuentas de 10 de AGOSTO de 2.009.
-
Informe de la Intervención Municipal.
-
Información pública por un plazo de 15 días durante los cuales y ocho más los interesados podía presentar reclamaciones, reparos y observaciones, mediante anuncio en el BOP de Albacete, nº 103 de 4 de Septiembre de 2.009.
-
Certificado de no presentación de ninguna reclamación.
-
Informe de la Comisión Especial de Cuentas de 30 de OCTUBRE de 2.009.
Tras esto, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:
1.- Aprobar la cuenta General del Ayuntamiento de Ossa de Montiel correspondiente al año 2008, integrada únicamente por la cuenta General del propio Ayuntamiento.
2.- Remitir la Cuenta General al Tribunal de Cuentas.

10.- IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES POR OBRAS DE URBANIZACIÓN EN LA CALLE EL CURA, CALLE DOLORES IBARRURI Y Dº PELAYO.
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El Pleno de la Corporación, por unanimidad de sus miembros ACUERDA aprobar la urgencia del asunto y su inclusión en el Orden del día, dado que el expediente no ha podido ser dictaminado por Comisión Informativa.
Visto que el Ayuntamiento de Ossa de Montiel tiene proyectado ejecutar obras en la calle Dº. Pelayo, y obras en las calles Dolores Ibarruri y Calle Cura. Se considera oportuno establecer Contribuciones Especiales para financiar el coste de las mismas.
Tras esto, el Pleno de la Corporación por unanimidad de sus miembros ACUERDA:
1.- Imponer Contribuciones Especiales por obras de Urbanización en las calles Dolores Ibarruri, Cura, y abastecimiento y saneamiento en la calle Don Pelayo.
2.- Ordenar las Contribuciones Especiales con arreglo a los siguientes Criterios de Ordenación:
CALLES DOLORES IBARRURI Y CALLE EL CURA.
Coste total de la Obra: 25.376,18 Euros.
Aportación del Ayuntamiento de Ossa de Montiel: 25.376,18 Euros.
Coste a repartir entre los beneficiarios: 90%. 22.838,56 Euros.
Criterio de Repartición: Metro lineal de Fachada.
CALLE DON PELAYO.
VALOR DE LA OBRA: 3.941,19 Euros.
Aportación del Ayuntamiento de Ossa de Montiel: 3.941,19 Euros.
Coste a repartir entre los beneficiarios: 90%: 3.547,07 Euros.
Criterio de Repartición: Metro lineal de Fachada.
Numero de metros lineales de Obra: 49,50 ml
Coste metro lineal de Obra: 69,84 Euros
3.- Acordar la apertura de un trámite de información Pública durante un plazo de 30 días hábiles, mediante anuncio en el BOP de Albacete, durante los cuales cualquier interesado podrá presentar reclamación al expediente; si durante dicho plazo no se hubiese presentado reclamación alguna el expediente se entenderá elevado automáticamente a definitivo.
4.- Aprobar la siguiente modificación de créditos mediante crédito extraordinario nº 3/2009.
INGRESOS:
Partida de ingresos: 36003. Contribuciones Especiales Calle Dolores Ibarruri, Cura y otras: 22.838,56 Euros.
GASTOS:
Partida de gastos: 511/60004. Obras Calle Dolores Ibarruri, Cura y Otras: 22.838,56 Euros.
5.- Aprobar la totalidad de documentación existente en el expediente administrativo.
6.- Acordar la apertura de un tramite de información pública durante un plazo de 15 días hábiles mediante anuncio en el BOP, tablón de edictos y lugares
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de costumbre, durante los cuales cualquier interesado podrá presentar reclamaciones, alegaciones o sugerencias al expediente.
7.- Si durante el plazo de información pública no se hubiese presentado reclamación alguna el expediente se entenderá elevado automáticamente a definitivo, entrando en vigor al día siguiente de su publicación íntegra en el BOP de Albacete.
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13-11-09 00:47 #3836578 -> 3836575
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
11.- SOLICITUD A LA CONSEJERIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL PARA MODIFICAR LA UBICACIÓN PROYECTADA DEL NUEVO CENTRO DE SALUD.
Visto el escrito nº del R.G.E. 3124 de 1 de septiembre de 2.008, remitido por el SESCAM en el que solicita la remisión de una serie de documentación en relación con los terrenos donde se proyecte la ejecución de un nuevo CENTRO DE SALUD para Ossa de Montiel. Visto el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación el día 9 de Mayo de 2.009; y considerando el Ayuntamiento de Ossa de Montiel necesario que se estudie la posibilidad de modificar la ubicación proyectada del nuevo centro de salud en otros terrenos de naturaleza urbana dentro del propio casco urbano, con objeto de que las actuales instalaciones no se derriben y puedan servir para el aprovechamiento público de las mismas.
El Sr. Portavoz del Grupo P.P pregunta si existe en el asunto causa de Abstención del Sr. Concejal D. Angel Gómez Avilés. El Sr. Secretario responde que mientras no se concrete cuales deben ser los terrenos a ceder a la Junta, el contenido del acuerdo no exige ninguna abstención por causa de parentesco o interés, que vengan establecidas en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:
1.- Solicitar al SESCAM y a la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha que se estudie el cambio de ubicación del proyectado Centro de salud de Ossa de Montiel, para que se instale en otros terrenos urbanos del Municipio distintos de donde actualmente se encuentra el Centro de Salud.
2.- En caso de que se acepte el cambio de ubicación, el Pleno de la Corporación formulará nueva propuesta de ubicación definitiva del Centro.
3.- Dar traslado de esta acuerdo al SESCAM y a la Consejería de Salud y Bienestar Social.
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13-11-09 00:49 #3836588 -> 3836578
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
SEGUIMIENTO Y CONTROL.

9.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA DEL MES DE AGOSTO DE 2.009 NÚMEROS 333/2009 A 409/2009, DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2.009
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NUMEROS 410/2009 A 462/2009, Y DEL MES DE OCTUBRE DE 2.009 NUMERO 463/2009 A 512/2009 Y DE LOS ACUERDOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2.009 Y DE 22 DE OCTUBRE DE 2.009.
Por el Sr. Alcalde se da cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía del mes de agosto de 2.009 números 333/2009 a 409/2009, del mes de septiembre de 2.009 números 410/2009 a 462/2009, y del mes de octubre de 2.009 numero 463/2009 a 512/2009 y de los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de 1 de septiembre de 2.009 y de 22 de octubre de 2.009, remitidos a los miembros de la Corporación vía electrónica.
El Pleno de la Corporación se da por enterado.
10.- DAR CUENTA DEL ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AÑO 2009 A 31 DE OCTUBRE DE 2.009.
Por el Sr. Alcalde se da cuenta del estado de Ejecución del Presupuesto Municipal del año 2009 a 31 de OCTUBRE de 2.009.
El Pleno de la Corporación se da por enterado.

11.- ASUNTOS DE URGENCIA.

A.- EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN POR CONCURSO DE LA CONCESION DE USO DE LA CUBIERTA DEL PABELLÓN MUNICIPAL CUBIERTO PARA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE PLANTAS SOLARES FOTOVOLTAICAS.

Por el Sr. Alcalde se da cuenta de un expediente de tramitación urgente que tiene que ver con el uso para instalar una planta solar fotovoltaica en la Cubierta del Pabellón Municipal de Ossa de Montiel. La urgencia viene dada por la necesidad de tramitar el expediente para que se pueda redactar el proyecto y cuanto antes entrar dentro de la lista de espera de concesiones para este tipo de industrias que tiene el Ministerio. El Pleno de la Corporación, por unanimidad de sus miembros, lo que supone mayoría absoluta legal suficiente para su aprobación, ACUERDA aprobar la urgencia del asunto, por lo que se entra a estudiar el contenido del asunto.
Visto el Pliego de Condiciones Económico administrativas que ha de regir la Concesión mediante concurso del uso de la cubierta del Pabellón Municipal cubierto para la instalación y explotación de una Planta Solar Fotovoltaica de 100 kw en la cubierta del Pabellón Polideportivo Municipal situado en la calle Avda. Príncipe de Asturias nº 38 de Ossa de Montiel.
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:
1.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas para la concesión administrativa, por Concurso de la Concesión de Uso de la Cubierta del Pabellón Municipal Cubierto propiedad del Ayuntamiento de Ossa de Montiel para la instalación y explotación de Plantas Solares Fotovoltaicas.
2.- Aprobar el expediente administrativo de contratación.
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13-11-09 00:51 #3836595 -> 3836578
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
B.- MOCION DEL GRUPO I.U. SOBRE FONDO ESTATAL DE INVERSIÓN LOCAL PARA 2.010.

Por el Sr. Portavoz del Grupo I.U. se procede a explicar la urgencia del asunto con objeto de permitir poner en marcha el Plan Estatal de Inversión Local para el año 2010. El Pleno de la Corporación, por unanimidad de sus miembros, lo que supone mayoría absoluta legal suficiente para su aprobación, ACUERDA aprobar la urgencia del asunto, por lo que se entra a estudiar el contenido de la Moción.
El escrito nº del R.G.E. 4.404 de 6 de Noviembre de 2.009 que contiene la moción, dice lo siguiente:
“D JOSE REINOSA ALCAZAR, con D.N.I 44396926A, en calidad de Portavoz del Grupo Municipal de IZQUIERDA UNIDA en este Ayuntamiento, por medio del presente escrito
D I C E
Que al amparo de la Legislación vigente, vengo a presentar para su debate y posterior aprobación, si procede, la siguiente

M O C I Ó N

El Consejo de Ministros del pasado viernes 23 de octubre, aprobó la creación de un nuevo Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, como continuación del anterior Fondo Estatal de Inversión Local vigente en el presente año.
Dicho Fondo está dotado de 5.000 millones de euros, repartidos en criterios de población de los municipios,(A Ossa de Montiel le corresponderían cerca de 300.000 euros) y se pretende financiar diversas actuaciones municipales, de nueva creación, con los siguientes objetivos:

Sostenibilidad económica.

Sostenibilidad ambiental.

Sostenibilidad social.
Como exigencias del Plan se da prioridad a los desempleados de la localidad, y en este año, en especial a los de larga duración, más de un año en el desempleo. Dicho Fondo, según reconoce el Gobierno de España, es fruto de un proceso de dialogo con agentes institucionales, sociales y financieros.
Por este motivo, IZQUIERDA UNIDA DE OSSA DE MONTIEL considera que al objeto de optimizar aún mas dichas inversiones, y darle continuidad a ese proceso de diálogo social que inspira este Fondo, sería conveniente que esta Corporación estableciera un mecanismo que permita el necesario consenso social y ciudadano de las inversiones a realizar con cargo a este Fondo en el 2010.
A tal fin se propone la creación de una Mesa Social, compuesta por; Grupos Municipales de la Corporación, Representantes de Sindicatos y Organizaciones Empresariales de la localidad, asociaciones de agricultores y Ganaderos(ASAJA, UPA, etc) Representantes del Foro Ciudadano de la AGENDA 21 LOCAL, AMPA, AJOM, y otras con presencia en Ossa de Montiel.
17
Una vez constituida dicha Mesa, decidirá las reuniones a celebrar, acordará y propondrá al Pleno de la Corporación las acciones e inversiones a realizar con cargo a éste Fondo.
Y POR LO EXPUESTO EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA DE OSSA DE MONTIEL , propone al Pleno de la Corporación que tome los siguientes acuerdos;

Aprobar la Constitución de una Mesa Social que proponga al Pleno los proyectos e inversiones a realizar con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y Sostenibilidad Local del 2010.

Trasladar dicho acuerdo a las organizaciones, para que nombren Representantes en dicha Mesa”.
El Sr. Alcalde toma la palabra y manifiesta que su grupo está a favor de la Moción pero que para dar más agilidad a la misma y para no crear ningún otro órgano, se propone que sea la Mesa Local de la Agenda 21 en la que están integrados, miembros de todas las instituciones de la localidad, el órgano que estudie y realice las propuestas, siempre teniendo en cuenta de que es el Ayuntamiento de Ossa de Montiel el último órgano competente para la elección del destino de la Inversión.

El Pleno de la Corporación, por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:
1.- Aprobar el contenido de la Moción.
2.- Será la Mesa Local de la Agenda 21 la que formule las propuestas de inversión correspondientes al fondo Estatal de Inversión Local para el año 2010, para lo que se efectuará la correspondiente convocatoria para el próximo día 23 de Noviembre de 2.009.
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13-11-09 00:53 #3836601 -> 3836578
Por:No Registrado
RE: BORRADOR ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL EN PLENO CON CARÁCTER ORDINARIO EL DÍA 6 DE NOVIEMBRE DE 2009.
12.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

Toma la palabra el Sr. Portavoz del Grupo P.P. y señala que si el terreno donde se ha concedido licencia de obras a D. IGNACIO MORA, va a ser calificado como suelo residencial en el futuro POM y no como industrial como inicialmente estaba previsto, el Ayuntamiento de Ossa de Montiel debería replantearse la licencia concedida.
El Sr. Portavoz del Grupo PSOE, D. Angel Gómez Avilés, manifiesta que habrá que estudiar el asunto.
El Sr. Portavoz del Grupo P.P. igualmente pregunta sobre si las obras que se están ejecutando en el Cerro de los Almorchones con cargo al Plan de Saneamiento Integral de las Lagunas de Ruidera se han paralizado por los restos arqueológicos que se han encontrado.
El Sr. Alcalde responde que las obras están supervisadas por arqueólogos, y no se nos ha comunicado nada respecto a que las obras se vayan a paralizar.

El Sr. Portavoz del Grupo I.U. pregunta sobre las razones del carácter extraordinario de la última sesión de la Junta de Gobierno Local, y cual es el tipo de actividad de la licencia de apertura de los Hermanos Mora C.B.
El Sr. Alcalde responde que la sesión extraordinaria del día 2 de Noviembre de 2.009 de la Junta de Gobierno Local tuvo que realizarse porque en 18
la anterior sesión, celebrada el día 22 de Octubre de 2.009, no pudieron terminar de estudiarse todos los asuntos que estaban pendientes de debate por la Junta de Gobierno. Respecto a la actividad de Hemanos Mora C.B., no es una actividad ganadera, y el acuerdo de la Junta de Gobierno Local no es la concesión de la licencia sino un informe previo para su remisión a la Comisión Provincial de Saneamiento.

Finalmente el Sr. Alcalde da traslado de la respuesta que la empresa SAMAR ha dado al Ayuntamiento de Ossa de Montiel en relación con la línea de autobuses que une Ossa de Montiel con Madrid y que dice así:
“CONTESTACIÓN DE LA EMPRESA SAMAR:
Estimado Sr.:
En contestación a su escrito por el cual solicitan una ampliación de servicios entre Ossa de Montiel y Madrid indicarle que dicho servicio pertenece a la concesión VAC-152 Madrid – Piedrabuena – Casas Ibáñez – Las Lagunas de Ruidera cuya titularidad es del el Ministerio de Fomento.
El calendario autorizado de dicho servicio es:
- los lunes con salida de Ossa de Montiel a Madrid a las 5:30 horas
- los viernes con salida de Madrid a Ossa de Montiel a las 17:30 horas
Adicionalmente, Autocares Samar, S.A. está realizando actualmente el servicio los domingos y festivos con salida de Madrid a las 13:00 horas y regreso a las 17:45 desde Ossa de Montiel con objeto de dar un mejor servicio.
El servicio que el otro día comentamos con salida de Madrid a las 13:00 de lunes a domingos llega únicamente hasta Ruidera y regresa a las 18:00. Es posible que se haya trasladado alguna persona a Ossa de Montiel en este servicio pero siempre residualmente.
Debo comunicarle que durante todo el mes de Septiembre, un mes tipo, ha habido un total de 6 viajeros desde Ossa a Madrid y 7 viajeros desde Madrid a Ossa. Con estos datos, supondrá que esta empresa no se puede permitir hacer más kilómetros adicionales sin ninguna ocupación.
Espero que estas palabras le hayan aclarado las circunstancias reales de este servicio y decirle que siempre estamos dispuestos a colaborar o aceptar soluciones por y para el bien de los viajeros.
Reciba un cordial saludo,
El Sr. Miguel Angel Palacios Blaquez solicita del Sr. Alcalde que se hagan todas las gestiones que sean necesarias para que la empresa vuelva a prestar el Servicio tal y como se hacía antes.
19
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El Sr. Portavoz del Grupo P.P. se muestra de acuerdo con esta propuesta, y manifiesta que si el Equipo de Gobierno no se cree que el servicio es bueno para los ciudadanos de Ossa de Montiel difícilmente se va a apostar porque se recupere la línea de autobús.
El Sr. Alcalde responde que se va a intentar que se reponga el servicio, pero al final es una empresa particular quien decide y lo hará mirando si la línea le resulta rentable o no.

Tras esto, y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Alcalde procede a levantar la sesión siendo las 21:40 horas del día 6 de NOVIEMBRE de 2009, de todo lo que como Secretario doy fe y levanto acta, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde.
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