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03-03-10 18:25 #4798892
Por:hiphop

Juicio al alcalde
El periódico de Aragón (24-02-10)

"El alcalde y el secretario de Sigüés, un pueblo de la comarca de Jaca, comparecieron ayer en la Audiencia de Zaragoza acusados de simular la celebración de un pleno municipal en el que debía aprobarse la solicitud de un crédito de 58.000 euros para iniciar los trámites de construcción de unas viviendas. En la misma reunión, prevista para el 23 de febrero del 2007, se dieron supuestamente poderes al alcalde para que gestionara el préstamo.

Sin embargo, el fiscal pidió el sobreseimiento libre de la causa al considerar que el alcalde, Daniel Samitier, y el secretario, Vicente Sánchez, no cometieron ningún delito, sino un simple "error administrativo" que subsanaron días más tarde en otra reunión municipal en la que estuvieron presentes los concejales. Además, el dinero del crédito no fue usado, dado que el ayuntamiento no logró adquirir los terrenos donde debían levantarse las viviendas.

La acusación particular, ejercida por Inmaculada Guallar, solicitó tres años de cárcel y cuatro de inhabilitación para los dos acusados. En su opinión, cometieron un delito continuado de falsedad en documento oficial. Esta letrada, solicitó, alternativamente, 8.100 euros de multa por un delito de falsedad culposa."

Ya veis, hasta el fiscal pide el sobreseimiento de la causa. Lo cual muestra bien a las claras la inocencia del alcalde.
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18-03-10 21:35 #4932495 -> 4798892
Por:hiphop

RE: Juicio al alcalde
Absuelto el edil de Sigüés porque al ser carpintero no sabe de créditos
La Audiencia concluye que no falsificó un acta para pedir un crédito.Concertó la póliza, que no llegó a gastarse, sin el pleno que debía autorizarla.

10/03/2010 E. BAYONA

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Un carpintero, por muchos años que lleve de alcalde, no tiene por qué conocer los entresijos de la Administración ni los trámites bancarios para contratar créditos. Con esa apreciación ha absuelto la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza al alcalde de Sigüés, Daniel Salinas (PAR), del delito de falsedad por el que una exconcejala reclamaba para él tres años de cárcel, cuatro de inhabilitación y una multa de 2.160 euros o, alternativamente, una multa de 8.100 y nueve meses de suspensión para ocupar cargos públicos.

La sentencia declara probado que Salinas suscribió el 9 de marzo del 2007 --en una notaría de Sangüesa y a nombre del ayuntamiento-- con el Banco de Vasconia una póliza de crédito de 58.000 euros destinada a financiar la adquisición de terrenos para construir VPO, un proyecto tras el que el consistorio llevaba varios años.

Para preparar el papeleo, un empleado del banco había pasado por el ayuntamiento, donde recogió "una carpeta con el expediente relativo a la concesión de la póliza de crédito".


SIN AUTORIZACIÓN
Sin embargo, la autorización del pleno para suscribirla no existía, ya que la sesión convocada para el viernes 23 de febrero --catorce días antes de firmarla-- con la intención de aprobarla no llegó a celebrarse. La administrativa del consistorio de Sigüés, indica la sentencia, envió a la DGA y a la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza copias del borrador del acta del pleno inexistente que había preparado el secretario-interventor y, además, la incorporó al libro de actas municipal. La empleada desconocía que el pleno no tuvo lugar "al no trabajar en el ayuntamiento los viernes por la tarde". Ese error fue subsanado tras informar el alcalde a los ediles en varias sesiones plenarias a partir del 27 de marzo del 2007.

El crédito fue finalmente cancelado antes de que venciera al no cerrar un acuerdo para la compra de los terrenos el consistorio y los propietarios.

La Audiencia "llega a la conclusión de que existió una irregularidad administrativa que motivó que por error se transcribiera un borrador de acta por la auxiliar administrativa" y que, "tan pronto como se conoció (...) se puso en conocimiento de todos los concejales (...) no oponiendo reparos ninguno, (...) y fue subsanada".


EXCULPACIÓN
El tribunal ve "claro" que al alcalde "no se le presupone, por más que lleve mucho tiempo como primer edil de la corporación, un pleno conocimiento y control de la tramitación administrativa del ayuntamiento, ni singularmente de las actas de los plenos".

La sentencia también señala que el hecho de ser Salinas un "carpintero que compatibiliza" su profesión con la alcaldía "presupone que no tiene por qué conocer minuciosamente los efectos de las operaciones bancarias o financieras". En este caso, añade, prefirió someter la cuestión al pleno "aun pudiendo haber obtenido el crédito unilateralmente por una cuantía menor". El edil sostuvo que "al firmar en la notaría pensó que se trataba de un paso previo".

La Audiencia concluye que ninguno de los dos acusados tenía intención de falsificar ningún documento: "Existió una irregularidad desde el punto de vista administrativo
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