Aclaraciones sobre la reclamacion ante el tribunal economico administrativo Los Tribunales Económico-Administrativos de España son órganos administrativos independientes de la Administración General del Estado, adscritos estructuralmente al Ministerio de Economía y Hacienda, que resuelven las reclamaciones económico-administrativas, que constituyen en España un recurso especial para impugnar los actos tributarios ante la propia administración que los dicta. Los recursos que se pueden presentar son: -Recurso de reposición ante el órgano que ha dictado la resolución, en este caso la Gerencia Regional de Catastro. - Reclamación ante el Tribunal económico-administrativo, que es un órgano independiente, (no es un procedimiento contencioso administrativo) NINGUN RECURSO TIENE COSTE ECONÓMICO. El recurso de reposición suele ser utilizado para temas que estén más "claros", ya que el recurso lo resuelve el mismo órgano que ha dictado la resolución, por lo que su criterio va a ser difícil de modificar. Por contra, el Tribunal económico-administrativa es un órgano independiente, y podríamos decir que más imparcial. El recurso de reposición es más rápido (se supone que en un mes resuelven, aunque se puede alargar más), por eso ha sido el primero que hemos presentado, mientras que resolución de una reclamación ante el tribunal puede llevar más de un año. Si queréis mas información aquí os dejo la ley y el enlace donde podéis verlo : Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa articulo 30 https://oticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rd520-2005.t4.html#a30 |