InformaciÓn: cuenta general del ejercicio 2010 Se informa que la cuenta General de Ejercicio 2010 estará expuesta al público hasta el día 17.11.2011, para que cualquier interesado pueda examinarla. Dejo el enlace: https://op2.diputoledo.es/webEbop/ebop.jsp TEXTO DE LO PUBLICADO: CUENTA GENERAL DEL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONOMICO DE 2010 En Intervención de esta Corporación, y a los efectos del artículo 212 del Real Decreto 2 de 2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla de manifiesto la Cuenta General del ejercicio 2010 para su examen y formulación, por escrito, de los reparos, reclamaciones u observaciones que procedan. La citada Cuenta está integrada por: La del Ayuntamiento. Para la impugnación de las cuentas se observará: a) Plazo de exposición: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo. b) Plazo de admisión: Los reparos y observaciones se admitirán durante el plazo anterior y de ocho días más. c) Oficina de presentación: Corporación. d) Organo ante el que se reclama: Pleno de la Corporación. Gerindote 19 de octubre de 2011.- El Alcalde, Julián Morales Gutiérrez. N.º I.-9514 Al igual que ocurre con la modificación de las Normas subsidiarias, el ayuntamiento está obligado a dejar consultar este documento ante cualquier posible reclamación. El procedimiento: La cuenta debe estar publicada en el tablón de anuncios. A parte, cualquier ciudadano tiene derecho a solicitar ante el Secretario municipal (único funcionario) ver esta documentación (no sirve que lo diga Mª Jose u otra, porque estas no son funcionarias, hay que pedirselas al Secretario) Si se produce una negativa para poder ver la cuenta(cualquiera que sea), se debe dejar constancia de este hecho por escrito a través de una solicitud que le entregarán en el ayuntamiento, evidenciando el motivo por el cual le deniegan el acceso a la información, y solicitando al mismo tiempo su deseo de poder ver la documentación (el funcionario debe de sellar la entrada del escrito y devolver una copia)(Esto seuede denunciar por via judicial(contencioso administrativo)) Ante todo documento público, la administración esta obligada a permitir al ciudadano el acceso a la información (ley 30/92) |