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Cobisa - Toledo

Poblacion:
España > Toledo > Cobisa
27-05-16 21:37 #13151230
Por:ALARCON

El senador
Vista su buena labor al frente del Ayuntamiento de Cobisa, el psoe decide colocar a Félix Ortega como candidato num. 1 al Senado por Toledo😢
Puntos:
28-05-16 15:51 #13151311 -> 13151230
Por:AlexCobisa

RE:El senador
Objetivo del PSOE?
Aforar a Félix ya que la fiscalía y el juzgado, admitió a trámite la denuncia de Emilio por presunta prevaricación y desvío de poder.
Te suena a Rita Barberá?
Lo dicho, PPSOE.
Saludos.
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29-05-16 13:41 #13151420 -> 13151311
Por:monteoscuro

RE:El senador
Me parece que, si el Sr. Muñoz, anterior alcalde de Cobisa entiende que, la acción del Sr. Ortega, su predecesor, incurre en un ilicito penal acuda a los tribunales, es su derecho reconocido en el art. 24 de la C.E., igual derecho y en base al mismo artículo constitucional, tiene el Sr. Ortega para artícular su defensa.

Una vez dicho esto, lo que ya no me parece tan lógico que,TU, querido Alex, fustigador de todos los “villanos políticos de este mundo” (para ti todos menos los podemistas) no digas, si es cierto, tal como denunció en su día el PCAS en diversos medios de comunicación que, el Ayuntamiento de Cobisa, presidido por aquel entonces por el arriba citado Sr. Muñoz, decidio y cito textualmente para evitar malos entendidos: “no deja de ser también reprobable la actitud del actual regidor popular, cuyas decisiones al no presentarse en el juicio a defender los intereses de los vecinos (habiendo, además, ganado el primer juicio por este caso) y dilatando la ejecución de la sentencia pueden haber generado también importantes costes a los vecinos” (El Día Digital 11 de marzo de 2015).

https://ldiadigital.es/not/129688/el-pcas-tc-muestra-sorpresa-por-el-escandalo-montado-por-la-sentencia-del-caso-de-cobisa/

Dado que este asunto, aunque solo refiriéndote al Sr. Ortega, es por ti recurrente, dime estimado Alex, tal y como te vengo pidiendo en diversos post sobre este punto y dados tus amplios conocimientos sobre el mundo político y jurídico de esta pueblo ¿es cierto esto?, bueno, como te habrás comprendido, esta es una pregunta “trampa” ya que el propio Tribunal manifiesta en el Fundamento de Derecho Cuarto de la sentencia (STSJ de CLM 3769/2013) y referido al Ayuntamiento que este guarda silencio “… al no contestar siquiera al recurso de apelación, donde se insiste en la desviación de poder, ni personarse en la apelación” , ¿se han dado explicaciones de esta cuestión? de no haberse dado ¿las has pedido?, quizás sí y no me enterado, te agradecería que de ser así me traslades dichas explicaciones.

Personalmente, que el Ayuntamiento no se persone para defenderse de desviación de poder puede importarme poco, pero que no defienda los intereses económicos del Ayuntamiento (93.000 €) máxime cuando en primera instancia se había ganado, pues si me interesa y creo necesario una explicación.
Querido Alex, aprovecha la ocasión y por favor sácame de esta duda, en caso contrario y como soy muy mal pensado diré esa “paponada” de PPODEMOS.

Saludos.

PD: Personalmente creo que quizás en este país sería necesario “tirar” más del art. 456 del Código Penal.
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29-05-16 14:33 #13151422 -> 13151420
Por:AlexCobisa

RE:El senador
Que si, que si Monteoscuro pero contéstame tu a esto.
¿Es cierto que actualmente tenemos como alcalde y candidato al Senado a un presunto prevaricador por desvío de poder??
Aunque en teoría lo de "presunto" se podía omitir ya que esta información viene de una sentencia firme del tribunal superior de justicia de Albacete.
Si el señor Emilio (que en principio no es el caso) ha cometido algún delito también, pues pa alante con él y que vayan Felix y Emilio al juzgado de la manita como buenos miembros del PPSOE.
Saludos.
Puntos:
30-05-16 18:06 #13151629 -> 13151422
Por:monteoscuro

RE:El senador
Estimado Alex,

Tu afirmación en el anterior post y cito textualmente y entrecomillado para evitar malos entendidos “Aunque en teoría lo de "presunto" se podía omitir ya que esta información viene de una sentencia firme del tribunal superior de justicia de Albacete.”, respecto a tu frase dos cuestiones: la primera, tal y como leí en una artículo periodístico, el entrecomillado de “presunto” seguramente va con sorna y desprecio, obviando la presunción de inocencia que rige en nuestro estado de Derecho, aunque me da que a ti la presunción de inocencia de los que no comulgan contigo te importa poco.

La segunda, que es totalmente errónea, una vez más y van tropecientas, tu afirmación, transcribo la jurisprudencia de la Sala Segunda (Penal) del Tribunal Supremo:

“El Derecho Penal solamente se ocupará de la sanción a los ataques más graves a la legalidad, constituidos por aquellas conductas que superan la mera contradicción con el Derecho por suponer un ataque consciente y grave a los intereses que precisamente las normas infringidas pretenden proteger.
De manera que es preciso distinguir entre las ilegalidades administrativas, aunque sean tan graves como para provocar la nulidad de pleno derecho, y las que, trascendiendo el ámbito administrativo, suponen la comisión de un delito. A pesar de que se trata de supuestos de graves infracciones del derecho aplicable, no puede identificarse simplemente nulidad de pleno derecho y prevaricación. En este sentido, conviene tener presente que en el artículo 62 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se contienen como actos nulos de pleno derecho, entre otros, los que lesionen el contenido esencial de los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional; los dictados por órgano manifiestamente incompetente; los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento y los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta, lo que revela que, para el legislador, y así queda plasmado en la Ley, es posible un acto administrativo nulo de pleno derecho por ser dictado por órgano manifiestamente incompetente o prescindiendo totalmente del procedimiento, sin que sea constitutivo de delito.
No basta, pues, con la contradicción con el derecho. Para que una acción sea calificada como delictiva será preciso algo más, que permita diferenciar las meras ilegalidades administrativas y las conductas constitutivas de infracción penal. Este plus viene concretado legalmente en la exigencia de que se trate de una resolución injusta y arbitraria, términos que deben entenderse aquí como de sentido equivalente. La ilegalidad penal es, pues, suplementaria de la administrativa”

Creo que, una vez más te falta análisis y te sobra, digamos… atrevimiento dialecto, salvo que tus conocimientos jurídicos sean más amplios, no solo que los míos (cosa bastante sencilla por ser pocos), sino incluso que los del Tribual Supremo (TS).

Clarificado, para quien lo quiera entender, que la anulación del decreto de la alcaldía por parte de la sala de lo contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, no es por si misma suficiente para determinar un delito, queda por debatir algo que se lleva años y años dando vueltas (no es algo nuevo por mucho que los nuevos políticos lo pretendan), en qué momento procesal un cargo político debe de abandonar “el puesto”, claro está sin posibilidad se recuperarlo para el caso de que sea declarado inocente, máxime considerando que en este país, aquejado de un exceso de litigación, se desestiman más del 85% de los pleitos planteados.Pero bueno este tema da para otro largo debate. Pero eso es "tela" para otro debate.

Por cierto y hablando de juicios, ¿cómo va la demanda contra PODEMOS en Barcelona por la purga estalinista a una candidatura a la dirección de Podemos en Cataluña en enero de 2015?, si hombre ese juicio que, Errejón y Bescansa piden aplazarlo para que no coincida con las elecciones del 26J, vamos toda una triquiñuela procesal propia de los partidos de casta.

Saludos.

P.D.: Estimado Alex, léete, pero con los ojos de la razón abiertos, la tan traída sentencia del TSJ de CLM, tiene mucha tela que cortar, máxime de un empresario de pro como tú.
Puntos:
30-05-16 21:10 #13151661 -> 13151629
Por:AlexCobisa

RE:El senador
Bueno Monteoscuro una vez leído tu comentario y viendo que no me contestas te vuelvo a preguntar.
¿No es cierto que tenemos un alcalde que está acusado por un presunto delito de prevaricación por desvío de poder?
¿Acaso se ha archivado la denuncia de Emilio?
Al parecer fue admitida a trámite.
Por lo que me han contado el juzgado de Toledo, no recuerdo el número, ha emplazado al ayuntamiento para que se persone en este caso, pero no han tenido respuesta. ¿Sabes si esto es cierto?
Saludos Monteoscuro.
PD perdona que no escriba parrafadas pero si puedo evitar el copia y pega lo prefiero para no aburrir demasiado, ya sé que a ti eso te da igual.
Puntos:
31-05-16 02:03 #13151743 -> 13151661
Por:monteoscuro

RE:El senador
Estimado Alex,
Es evidente que tienes más información que quien suscribe, pero no puedo nada más que destornillarme de risa, por no decir otro des…, si pretender hacerme creer que un juzgado de Primera Instancia e Instrucción te hayan contado algo de un procedimiento y máxime penal, por favor, me podrás llamar cobarde, pero tonto.

Afortunadamente los juzgados no son bares, que son los lugares habituales donde desarrollas tu política y los funcionarios son personas serias, responsables, grandes profesionales cumplidoras de sus deberes, por tanto a otro con ese cuento, jajaja, aún me destornillo.
Querido Alex, como indudablemente sabrás, máxime tratándose de un genio de jurista que se desenvuelve por el Palacio de Justicia de Toledo como “perico por su casa”, que si bien en el proceso penal rige el mandato constitucional de un proceso público, en la primera fase del procedimiento, la de instrucción, donde entiendo que se encuentra ahora el proceso tan renombrado en este foro, no rige este principio, supongo que conocerás el art. 301 LECrim (Ley de Enjuiciamiento Criminal), lo corto y pego, no todos estamos informados y formados de todo, con el corta y pega podemos seguir de esta forma “el hilo” sin tener que ir de aquí para allá, aunque si estimas oportuno y te gusta más técnico puedo reflejarlo como nota a pie de página ¿me sigues?, espero que sí, a lo que iba, que corto y pego el susodicho art. 301 LECrim

Artículo 301
Las diligencias del sumario serán reservadas y no tendrán carácter público hasta que se abra el juicio oral, con las excepciones determinadas en la presente Ley.
El abogado o procurador de cualquiera de las partes que revelare indebidamente el contenido del sumario, será corregido con multa de 500 a 10.000 euros.
En la misma multa incurrirá cualquier otra persona que no siendo funcionario público cometa la misma falta.
El funcionario público, en el caso de los párrafos anteriores, incurrirá en la responsabilidad que el Código Penal señale en su lugar respectivo.

Vamos Alex indudablemente que tienes información del proceso, pero por el juzgado me da que no, quedaría mejor que digas “de fuentes bien informadas”, aunque a esta altura de la instrucción, además de las partes, con los dedos de una mano las fuentes bien informadas.

Otra cosa que me llama la atención es la poca importancia que distes a la no personación del Ayuntamiento en el Tribunal superior de Justicia de Castilla la Mancha y lo mucho que la das a la presunta no personación del Ayuntamiento en este proceso, ¿ha cambiado algo en este tiempo?.

Reestimado Alex, claro que te he contestado lo que ocurre es que hay que leerla y leer significa entender y no solo “juntar” las letras, te lo explicare en un párrafo:

Cualquiera puede denunciar ante el juzgado, la fiscalía o las fuerzas de seguridad del estado, es muy posible que la denuncia sea admitida a trámite, se inicie una investigación e incluso se determine la apertura de juicio oral (el 85% de los pleitos no prosperan según el Poder Judicial), pero dar a de antemano, como das tú, que por existir una sentencia del TSJ de Castilla la Mancha es pan comido, pues no y te cito, para que no sea mi palabra ya que no soy Dios como tú, la jurisprudencia del Tribunal Supremo para que puedas entender los criterios en que me baso, aunque a ti eso de los criterios como que no te suena mucho, lo tuyo es la frase simplona y si es gruesa mejor, para que complicarnos la vida dando razonamientos.

Saluditos jurisconsulto.

PD: Perdona la extensión pero me gusta fundamentar mis opiniones, creo que son algo más consistentes, salvo cuando se enfrentan a la de los genios que con cuatro pinceladas les sobra.
Puntos:
31-05-16 06:18 #13151746 -> 13151743
Por:AlexCobisa

RE:El senador
Perdón por la errata monteoscuro, pero me faltó una coma " por lo que me han contado, el jugado de Toledo...."

Por lo demás, veo que escribes mucho pero dices poco.

Ni tú ni yo vamos a juzgar el presunto delito de Felix, además debido a la reacción de Emilio que está acojonado con su nuevo jefe Fernando Muñoz, concejal del PSOE de Cobisa y vicepresidente de la diputación, creo que esto se quedará estancado y no llegará a nada, será lo mejor para el PPSOE.

Por otro lado crítico poco a Emilio por no personarse en recurso de la trabajadora, por qué a Emilio ya le han castigado las urnas. La gente se ha dado cuenta de lo que había, tampoco me veras criticar al Pcas, por qué si hablamos de estrategia no les salió muy bien en las últimas elecciones.
Mis comentarios, ya lo he dicho mil veces, son opiniones personales, que aunque no te gusten, tengo derecho a expresarlas libremente o no?

Un saludo.

PD. No te rías tanto que algo hay, a lo mejor alguien habla más de la cuenta.
PD. Como bien dices "cualquiera puede denunciar..." Pero para que sea admitido a trámite tiene que haber un posible delito, si no, no se admite a trámite, te lo digo por experiencia, sino pregunta al señor muleta.
Puntos:
28-06-16 22:26 #13191396 -> 13151743
Por:ALARCON

RE:El senador
Félix Ortega ha obtenido en Cobisa cerca de 100 votos más que la candidatura del PSOE al Congreso, sin duda un reconocimiento de los vecinos a su gran labor como alcalde.
Por otro lado, a nivel nacional, el partido de los ladrones y la corrupción gana las elecciones por amplísima mayoria, incluso mejora los resultados de los anteriores comicios.
Dicen que en democracia el pueblo nunca se equivoca... No sé, no sé..., yo me estoy planteando exiliarme a Corea del Norte.
Puntos:
28-06-16 22:56 #13191408 -> 13151743
Por:AlexCobisa

RE:El senador
Hola Alarcón.
Lo de Felix solo puede tener dos explicaciones posibles.
1 Que es una persona bastante querida en el pueblo.
2 Que a mucha gente le interesa más conocer a un senador que la propia labor de este. Por qué votar a un presunto prevaricador....
Yo creo que habrá de los dos tipos, yo personalmente si le hubiera votado, cosa que no he hecho habría sido por la primera.
Suerte para los no privilegiados.
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