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28-08-09 22:39 #3067389
Por:No Registrado
POLITICA AGRARIA
La Política Agrícola Común

La PAC ha sido, con gran diferencia, la política común más importante y uno de los elementos esenciales del sistema institucional de la Unión Europea. Sus objetivos están establecidos en el artículo 39 del Tratado de Roma: incrementar la productividad, garantizar un nivel de vida equitativo a la población agrícola, estabilizar los mercados, garantizar la seguridad de los abastecimientos y asegurar al consumidor suministros a precios razonables. Ese mismo artículo reconoce la necesidad de tener en cuenta la estructura social de la agricultura y las desigualdades estructurales y naturales entre las distintas regiones agrarias, así como la conveniencia de efectuar gradualmente las oportunas adaptaciones.

La política agrícola común se creó en los años sesenta, en un momento en que Europa era deficitaria en la mayoría de los productos alimenticios. Sus mecanismos se configuraron para resolver esa situación, siendo su función principal la de apoyar los precios y las rentas interiores mediante operaciones de intervención y sistemas de protección fronteriza.

Esta política contribuyó positivamente al crecimiento económico y logró garantizar el suministro al consumidor europeo de una amplia gama de productos alimenticios de calidad a precios razonables. Hasta mediados de la década de los 90, la PAC fue, a gran distancia, la política comunitaria más importante, especialmente desde el punto de vista presupuestario. La Unión Europea se convirtió en el primer importador y el segundo exportador de productos agrícolas a nivel mundial.


Labores agrícolas representadas en el libro "Les Très Riches Heures du Duc de Berry" en el siglo XV


Sin embargo, el sistema, que respondía acertadamente a una situación de déficit, puso de manifiesto una serie de deficiencias al comenzar la Comunidad a producir enormes excedentes de la mayoría de sus productos agrícolas. Montañas de mantequilla, lagos de leche y vino que debían destruirse por no encontrar demanda interna o externa. Surgieron tensiones en las relaciones con terceros países, especialmente EEUU, inquietos por los efectos que estaban teniendo las exportaciones subvencionadas de la UE en el precio mundial y en su propia presencia en el mercado internacional. Los costes de esa política llegaron a ser inaceptables.


Las reformas que se introdujeron en la PAC en los años ochenta y noventa han permitido a la UE responder a las obligaciones que le incumben en virtud de los acuerdos de la Ronda Uruguay del GATT y las indicaciones de la OMC. El Acuerdo, de carácter recíproco, requirió una reducción de un 20% del apoyo interior prestado a la agricultura, un recorte del 36% del gasto presupuestario destinado a la subvención de las exportaciones y otra disminución de un 21% en el volumen de las exportaciones subvencionadas.

Puntos:
28-08-09 22:40 #3067399 -> 3067389
Por:No Registrado
RE: POLITICA AGRARIA
LA POLÍTICA DE DESARROLLO RURAL
DE LA UNIÓN EUROPEA
La UE ha estado siempre interesada en la aplicación de una política de desarrollo rural. En 1988 creó un marco consagrado específicamente a las zonas rurales.

Estas zonas representan más del 80% del territorio de la Unión Europea y más de una cuarta parte de su población. Su principal característica, de enorme valor, es su rica diversidad: diversidad del campo y diversidad de su cultura y tradiciones.

Desde hace muchos años el mundo rural viene sufriendo un proceso de transformación radical por el que se ejerce una presión cada vez mayor sobre un equilibrio ya de por sí frágil.

El declive de las actividades agrícolas tradicionales, el éxodo de las zonas rurales y el consiguiente envejecimiento de la población, la lejanía de algunas zonas y la deficiencia de las infraestructuras y de los servicios básicos son algunos de los principales problemas a los que se enfrentan esas zonas.



Comprometida en favor del desarrollo rural (como quedó claramente expresado en un informe sobre el "Futuro de la sociedad rural"), la Comunidad está buscando soluciones a esos problemas con el fomento, desde la reforma de los Fondos estructurales de 1988, de un verdadero desarrollo integrado. En 1993 las zonas rurales recibieron un mayor reconocimiento político en la Unión Europea con su mención expresa en el artículo 130 A del Tratado de Maastricht, que presenta a esas zonas como objetivo prioritario de la ayuda concedida a través de la política comunitaria de cohesión económica y social. Tratándose del desarrollo rural, el principal propósito que se persigue es mantener unas comunidades rurales viables, para lo cual resulta esencial una agricultura competitiva. . Pero también es fundamental lograr que la economía rural se diversifique y, a tal fin, la Comunidad está centrando sus esfuerzos en campos tan diversos como el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, la explotación de la nueva tecnología en favor de las zonas rurales o el turismo rural. El acceso a los servicios, la protección del medio ambiente y la mejora de la formación son otras tantas prioridades de importancia.

El reconocimiento de las necesidades particulares de las zonas rurales en 1988 y su confirmación en 1993 han dado lugar a una política de desarrollo rural específica con unos objetivos, principios, instrumentos y medios financieros establecidos..

Entre el 7 y el 9 de noviembre de 1996, se celebró en Cork (Irlanda) una gran Conferencia Europea sobre el desarrollo rural en la que la Comisión y sus socios nacionales, regionales y locales examinaron los elementos de los que debía componerse la política de desarrollo rural de la Unión para el nuevo período que se iniciará el año 2000. Tras dos días y medio de debate, el Presidente de la conferencia, Lord Plumb, miembro del Parlamento Europeo, presentó la llamada Declaración de Cork como resumen de los principales mensajes y conclusiones que debían extraerse de la conferencia.
La Declaración pide un desarrollo sostenible para todas las zonas rurales y una mayor subsidiariedad, simplificación e integración para las diversas medidas de apoyo al desarrollo de aquéllas. Como afirmó el Sr. Fischler, la finalidad sería: un solo objetivo, un solo marco jurídico, una sola política y un solo programa. Algo simple, transparente y eficaz.

Puntos:
28-08-09 22:41 #3067408 -> 3067399
Por:No Registrado
RE: POLITICA AGRARIA
Política de precios, ayudas y primas de la PAC



Las organizaciones comunes de mercados permiten, fundamentalmente, fijar un mismo precio para los productos agrarios en todos los mercados europeos, conceder ayudas a los productores o profesionales del sector, instaurar mecanismos que permitan controlar la producción y organizar los intercambios con terceros países. Se fomenta asimismo la constitución de organizaciones de productores que agrupen a los agricultores. Otras disposiciones regulan las ayudas estatales en favor de los productos considerados y las relaciones entre los Estados miembros y la Comisión Europea.

1. Precios

A propuesta de la Comisión Europea y previa consulta al Parlamento Europeo, el Consejo de Ministros, por mayoría cualificada, o bien la Comisión Europea fijan artificialmente, al comienzo de cada campaña de comercialización, tres precios distintos, a saber: el precio indicativo, el precio de umbral, y el precio de intervención de los productos. Las campañas de comercialización, cuyas fechas de inicio difieren en función de los productos, tienen una duración de un año.

El precio indicativo, precio de base o precio de orientación representa el precio que, a juicio de las instancias comunitarias, debería, en principio, aplicarse en las transacciones. Pese a ser artificial, el precio indicativo se aproxima a los precios que los productos considerados pueden normalmente alcanzar en el mercado comunitario.

El precio de umbral o precio de esclusa es el precio mínimo al que pueden venderse los productos importados. Más elevado que el de intervención, este precio incita a los operadores económicos comunitarios a abastecerse en la Comunidad Europea, en atención al principio de preferencia comunitaria.


El precio de intervención es el precio garantizado que, de no alcanzarse, obliga a los organismos de intervención designados por los Estados miembros a comprar las cantidades producidas y a almacenarlas. Con objeto de evitar la carga que este mecanismo puede suponer para el presupuesto comunitario, el Consejo de Ministros alienta el almacenamiento privado, concediendo primas a los productores que almacenan ellos mismos los productos. Desde la reforma de 1992, el descenso de los precios garantizados se compensa en algunos sectores con un aumento de las ayudas directas a los agricultores. La Comisión Europea puede proceder a la desnaturalización de los productos almacenados, utilizarlos con fines humanitarios o venderlos. La venta se realiza mediante subasta y la Comisión determina de antemano el destino de los productos. En caso de venta en el mercado interior, la Comisión se cerciora de que los mercados no sufrirán perturbaciones.

2. Tipos de ayudas y primas concedidas

Las ayudas que se conceden consisten en pagos por superficie, ayudas a la producción, ayudas destinadas a favorecer la ganadería o montantes compensatorios. También se concede financiación con vistas a favorecer la comercialización y la competitividad de los productos, así como la constitución y el funcionamiento de agrupaciones de productores o de profesionales del sector agroalimentario. Existen asimismo ayudas destinadas a alentar el abandono de determinadas producciones o la reconversión de tierras y/o explotaciones. También se adoptan medidas de apoyo al mercado cuando se detectan enfermedades animales.

Puntos:
28-08-09 22:43 #3067419 -> 3067408
Por:No Registrado
RE: POLITICA AGRARIA
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN


El fundamento jurídico de la PAC lo constituyen los artículos 38 a 47 del Tratado de la Unión Europea.

Función de las instituciones de la UE

1. La Comisión Europea es responsable de la iniciativa y formulación de las propuestas en la materia .

Por su parte, el Consejo de Ministros (que representa a los Gobiernos de los 15 Estados miembros de la UE) es el órgano que toma las decisiones, estableciendo con ellas las líneas directrices de la PAC.

En la preparación de las reuniones del Consejo de Agricultura, los Ministros son asistidos por el Comité Especial de Agricultura (CEA), que está integrado por altos funcionarios nacionales del Departamento.

Para que el Consejo de Ministros pueda adoptar una decisión, el Parlamento Europeo debe dar antes su dictamen sobre las propuestas normativas de la Comisión.

El Tribunal de Cuentas es un órgano consultivo independiente que supervisa el buen uso del presupuesto de la Unión y que por tanto interviene también en la supervisión de la PAC.

Por último, tanto el Comité Económico y Social (que representa a los diversos tipos de actividad económica y social) como el Comité de las Regiones (que representa a las regiones de la UE), ambos con una función consultiva, preparan periódicamente dictámenes sobre diversas cuestiones agrícolas.




2. Además de la iniciativa y preparación de las propuestas normativas, la Comisión es responsable también de la gestión diaria de la PAC , lo que incluye el seguimiento de los mercados y la introducción de los ajustes que sean necesarios. En esta tarea, la Comisión es asistida por los Comités de gestión de los diferentes sectores, comités que están integrados por expertos de los Ministerios nacionales y presididos por la Comisión. Ésta vela también por que cumplan sus obligaciones las instancias nacionales responsables de la aplicación de la política a nivel nacional (Ministerios de Agricultura, organismos de intervención, etc.).

La Comisión consulta a los Comités de gestión sobre las disposiciones de aplicación y los ajustes de la política.

En el caso de la medidas estructurales, la Comisión es asistida por el Comité STAR (Comité de Estructuras Agrarias de la UE), que también está compuesto por expertos de las Administraciones de los Estados miembros.

En fin, a través de los Comités consultivos de agricultura de la UE, la Comisión consulta también, con carácter periódico y formal, al sector no gubernamental (productores, cooperativas, sector de la transformación y comercialización, trabajadores agrícolas y consumidores de la UE
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