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La Roda de Andalucía - Sevilla

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11-12-11 23:55 #9278030
Por:coracha

Declaración Universal de los Derechos Humanos ¿Donde?
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
-Como vemos, en nuestro país hay personas como el rey o el príncipe que tienen inmunidad ante la ley (más derechos que el resto de personas).
-Si vemos alguna manifestación en una gran ciudad y está relacionada con política, la policía actuará violentamente.

Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento...
-Ya que el primer punto no se cumple, este tampoco.

Artículo 7
Todos son ¡guales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
-Como ya hemos visto antes, hay personas en este país que no son iguales ante la ley que el resto.

Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Si vemos cual es el trabajo de los periodistas del "corazón", que viven de contarle al público lo que hacen determinadas personas en su vida privada, ridiculizándolos u honorificándolos según les parezca, podremos decir que este punto no se cumple.

Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
-La ley de extranjería y otras leyes de inmigración, así como los centros de inserción de inmigrantes, impiden que este doble punto se cumpla, ni en este país ni en casi ninguno.

Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
-Esto es algo que no se cumple en muchas manifestaciones en grandes ciudades. También hay una ley "antiterrorista" que permite que te puedan disolver un grupo de más de 19 (creo) personas, ley que va contra este punto de la Declaración.

Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
-Como podemos comprobar, el derecho al trabajo y la protección contra su falta no son facilitados por el Estado, ya que hay un casi 50% de desempleo juvenil y el gobierno no adopta medidas como el recorte en el gasto militar o en el sueldo vitalicio de los políticos jubilados.
-El a igual trabajo - igual salario tampoco se cumple. A pesar de estar en el siglo XXI, todavía se pueden observar diferencias entre los salarios femeninos y masculinos.

Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Ninguna de los dos derechos subrayados se cumplen. Es más, hay mucha gente que no conoce sus derechos como ser humano.

Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios...
La actual ley de vivienda, sin dación en pago no asegura el derecho a la vivienda.

Artículo 26
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales...
Personalmente, puedo comprobar y compruebo que la educación pública en nuestro país no tiene por objeto y ni siquiera garantiza lo mencionado en este punto.

Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
-Ni hay un orden social e internacional que lo establezca, a pesar a de haber los medios necesarios para ello, ni los derechos y libertades en esta declaración se hacen efectivos, ni en los países supuestamente democráticos como el nuestro.

Como veis, yo he econtrado 11 puntos que no se cumplen en la que tan orgullosamente llaman la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Y si el principio por el que la humanidad comenzó a libertar a los seres humanos no se cumple en países desarrollados, ¿dónde está el progreso? ¿Cómo se aplicarán medidas en países aún subdesarrollados? Imaginaos las Constituciones, que ya dan por supuesto las contradicciones en el cumplimiento de esta Declaración en sus paises, cómo estarán constituidas.
P.D.Queden con Dios señores.
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