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Algámitas - Sevilla

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España > Sevilla > Algámitas
27-03-12 21:34 #9837690
Por:cuentevo

PROMOCAÑETE
Alguien sabe que es, a que se dedica y de quien la empresa Promocañete?? cuando miras por google el pueblo sale ese cartel donde la Discoteca Nieves......
Puntos:
28-03-12 14:46 #9841039 -> 9837690
Por:queipodellano1

RE: PROMOCAÑETE
lee un poco en el foro y lo veras
Puntos:
28-03-12 14:50 #9841060 -> 9841039
Por:queipodellano1

RE: PROMOCAÑETE
esto esta sacado de un pleno, creo que tendras suficiente....


PUNTO CUARTO.- SOLICITUD DE PROMOCAÑETE S.L.
La Sra. Alcaldesa pone de manifiesto la solicitud presentada por ESTEFANIA MAÑAS CARDENAS, en nombre y representación de la empresa PROMOCAÑETE S.L., que literalmente dice:
ESTEFANIA MAÑAS CARDENAS, mayor de edad, soltera, vecina de ALGAMITAS (Sevilla), con domicilio en C/ Huerta nº 32, y en posesión del DNI 75377735L, con domicilio a efectos de notificaciones en ALGAMITAS (Sevilla), C/ Huerta nº 32, teléfono 955857540, 653423216, Fax 955857702, correo electrónico promocanete@andaluciajunta.es, actuando en nombre, representación, y como apoderada de PROMOCAÑETE S.L., CON CIF B91510685, inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla al folio 81, tomo 4315 General de Sociedades Hoja nº SE-65729 Inscripción 1ª ante V.I., comparece y
EXPONE:
Primero.- Que he recibido escrito Resolución de la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, (Unidad de Gestión Administrativa de Carreteras y Caminos) Resolución nº 908 de fecha del 31 de Marzo de 2009, respecto a las obras de CONSTRUCCION DE HOTEL RURAL que llevo a cabo en la margen izquierda de la Carretera Provincial SE-9225 Algámitas-Pruna, Kmt. 1,5, en la que se me requiere para que, en el plazo de un mes, solicite la legalización de las obras, al no contar con la autorización administrativa de la Excma. Diputación Provincial, Organismo del que depende la mencionada Carretera
Segundo.- Que, las mencionadas obras, como constan en ese Ayuntamiento, se realizan en el edificio conocido como VENTA EL CHAPARTAR, edificio existente en dicho lugar desde tiempo inmemorial, antes como casa de campo, y desde hace unos 30 años como venta de Carreteras, habiéndose suprimido en las obras realizadas las partes de la edificación de la venta mas cercanas a la Carretera, cuales son los servicios, escalera de acceso, zona de basuras etc.
Dicha venta antes, y actualmente el edificio del Hotel constan inscritas en el Registro de la Propiedad de Morón de la Frontera, sin que conste en el mismo expropiación ni desafectación por parte de ningún organismo.
Tercero.- Que en lo que respecta a la carretera, las obras se han realizado bajo la continua observación y conocimiento del Vigilante y personal que al efecto, tiene la Excma. Diputación Provincial en visitas periodicas como observación y cuidado de la carretera, y bajo su tutela y consejo se han realizado todas las actuaciones, motivo por el cual no se solicitó en su día la oportuna autorización.
Cuarto.- Que la Licencia de obras se solicitó con todos los requisitos exigidos por el artículo 172 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que establece:
Artículo 172. Procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas.
La ordenación del procedimiento para el otorgamiento de las licencias urbanísticas municipales deberá ajustarse a las siguientes reglas:
1. La solicitud definirá suficientemente los actos de construcción o edificación, instalación y uso del suelo y del subsuelo que se pretenden realizar, mediante el documento oportuno que, cuando corresponda, será un proyecto técnico.
2. Junto a la solicitud se aportarán las autorizaciones o informes que la legislación aplicable exija con carácter previo a la licencia. Asimismo, cuando el acto suponga la ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de la Administración titular de éste.
3. Cuando los actos se pretendan realizar en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable y tengan por objeto las viviendas unifamiliares aisladas a que se refiere el artículo 52.1.B.b o las Actuaciones de Interés Público sobre estos terrenos previstas en el artículo 52.1.C ambos de esta Ley, se requerirá la previa aprobación del Plan Especial o Proyecto de Actuación, según corresponda. La licencia deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de dicha aprobación.
4. Las licencias se otorgarán de acuerdo con las previsiones de la legislación y de la ordenación urbanística de aplicación, debiendo constar en el procedimiento informe técnico y jurídico sobre la adecuación del acto pretendido a dichas previsiones.
5. La resolución expresa deberá notificarse en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido este plazo podrá entenderse, en los términos prescritos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, otorgada la licencia interesada. El comienzo de cualquier obra o uso al amparo de ésta requerirá, en todo caso, comunicación previa al municipio con al menos diez días de antelación.
6. La resolución expresa denegatoria deberá ser motivada.
El apartado 2 del mencionado artículo, establece que “Junto a la solicitud se aportarán las autorizaciones o informes que la legislación aplicable exija con carácter previo a la licencia. Asimismo, cuando el acto suponga la ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de la Administración titular de éste”
Dado que dicha construcción, en ningún momento ocupa o utiliza el dominio público, fue otro motivo por el que no se aportó la autorización, aparte del ya expuesto de consulta continua a los vigilantes que prestan sus servicios en esta Carretera..

Quinto.- La construcción del Hotel Rural se lleva a cabo en virtud de licencia de obras otorgada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 25 de Noviembre de 2008, y previa tramitación de la siguiente documentación:
Primero.- PROYECTO DE ACTUACION PARA INSTALACION TURISTICA PARQUE CHAPATAL, instado por la mercantil PROMOCAÑETE S.L., CON CIF B91510685, definitivamente aprobado por el Ayuntamiento Pleno, contar con toda la documentación preceptiva, cual es:
Aprobación inicial por el Ayuntamiento Pleno, con fecha 2 de Abril de 2007, del . PROYECTO DE ACTUACION PARA INSTALACION TURISTICA PARQUE CHAPATAL.
Publicación del expediente en el Boletín Oficial de la Provincia nº 96 de fecha 27 de Abril de 2007.
Informe Técnico favorable de la Arquitecta Municipal de fecha 21 de Enero de 2008.
Informe Jurídico favorable del Secretario del Ayuntamiento de fecha 21 de Enero de 2008.
Certificado del Secretario del Ayuntamiento, de fecha 21 de Enero de 2008, haciendo constar que durante el plazo de información pública no se han presentado alegaciones de ningún tipo al PROYECTO DE ACTUACION PARA INSTALACION TURISTICA PARQUE CHAPATAL.
Informe favorable de la Delegación Provincial de Vivienda y Ordenación del Territorio, por escrito nº 52040 de fecha 6 de Noviembre de 2008, Rfª URBANISMO EXPEDIENTE SE/89/08, asunto PROYECTO DE ACTUACION PARA INSTALACION TURISTICA, remitido por el Jefe de Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de Vivienda y Ordenación del Territorio, al que adjunta INFORME TECNICO FAVORABLE de la Iltma. Sra. Delegada Provincial de Vivienda y Ordenación del Territorio de Sevilla, respecto al EXPEDIENTE SE/89/08, DESCRIPCION Proyecto de Actuación para Instalación Turística Parque Chapatal, MUNICIPIO Algámitas, PROMOTOR PROMOCAÑETE S.L., emitido a los efectos del artículo 14.2.f) del Decreto 220/2006, de 19 de Diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Sexto.- La licencia cuenta con Informe técnico y Jurídico favorable.
Séptimo.- La actuación cuenta con las correspondientes Licencia Ambiental y de actividad, tramitada conforme a la legislación vigente en la materia.
Octavo.- La actuación se encuentra registrada en la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo de Sevilla, con el correspondiente número de Registro de Entidades Hoteleras.
Por todo lo anteriormente expuesto, la que suscribe
SOLICITA:
Primero.- Acuerdo Plenario, en la que se apoye nuestra solicitud de legalización de las obras, en base a lo siguiente:
1.- Que las mencionadas obras, como consta en este Ayuntamiento, se han realizado en el edificio conocido como VENTA EL CHAPARTAR, edificio existente en dicho lugar desde tiempo inmemorial, antes como casa de campo, y desde hace unos 30 años como venta de Carreteras, habiéndose suprimido en las obras realizadas las partes de la edificación de la venta mas cercanas a la Carretera, cuales son los servicios, escalera de acceso, zona de basuras etc
2.- Que las mencionadas obras se han realizado en virtud de licencia de obras otorgada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 25 de Noviembre de 2008, con todos los requisitos exigidos por el artículo 172 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que establece:
Artículo 172. Procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas.
La ordenación del procedimiento para el otorgamiento de las licencias urbanísticas municipales deberá ajustarse a las siguientes reglas:
7. La solicitud definirá suficientemente los actos de construcción o edificación, instalación y uso del suelo y del subsuelo que se pretenden realizar, mediante el documento oportuno que, cuando corresponda, será un proyecto técnico.
8. Junto a la solicitud se aportarán las autorizaciones o informes que la legislación aplicable exija con carácter previo a la licencia. Asimismo, cuando el acto suponga la ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de la Administración titular de éste.
9. Cuando los actos se pretendan realizar en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable y tengan por objeto las viviendas unifamiliares aisladas a que se refiere el artículo 52.1.B.b o las Actuaciones de Interés Público sobre estos terrenos previstas en el artículo 52.1.C ambos de esta Ley, se requerirá la previa aprobación del Plan Especial o Proyecto de Actuación, según corresponda. La licencia deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de dicha aprobación.
10. Las licencias se otorgarán de acuerdo con las previsiones de la legislación y de la ordenación urbanística de aplicación, debiendo constar en el procedimiento informe técnico y jurídico sobre la adecuación del acto pretendido a dichas previsiones.
11. La resolución expresa deberá notificarse en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido este plazo podrá entenderse, en los términos prescritos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, otorgada la licencia interesada. El comienzo de cualquier obra o uso al amparo de ésta requerirá, en todo caso, comunicación previa al municipio con al menos diez días de antelación.
12. La resolución expresa denegatoria deberá ser motivada.
3.- Que, en su caso, y dado que se trata de una actuación declarada de utilidad pública e interés social, por los puestos de trabajo que puede generar, al tratarse de un establecimiento turístico, así como las características de la obra, su enclave y circunstancias, se solicita de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla la aplicación del apartado 4 del Artículo 56 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía, que establece:
“Excepcionalmente, la Administración podrá aumentar o disminuir la zona de no edificación en determinados tramos de las carreteras, cuando circunstancias especiales así lo aconsejen y previo informe de los municipios en cuyos términos radiquen los referidos tramos”

Debatido el particular, los señores asistentes, por UNANIMIDAD, ACUERDAN:

Primero.-Acceder a lo solicitado por PROMOCAÑETE S.L., en base a que:
1.- Que las mencionadas obras, como consta en este Ayuntamiento, se han realizado en el edificio conocido como VENTA EL CHAPARTAR, edificio existente en dicho lugar desde tiempo inmemorial, antes como casa de campo, y desde hace unos 30 años como venta de Carreteras, habiéndose suprimido en las obras realizadas las partes de la edificación de la venta mas cercanas a la Carretera, cuales son los servicios, escalera de acceso, zona de basuras etc
2.- Que las mencionadas obras se han realizado en virtud de licencia de obras otorgada por el Ayuntamiento Pleno con fecha 25 de Noviembre de 2008, con todos los requisitos exigidos por el artículo 172 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que establece:
Artículo 172. Procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas.
La ordenación del procedimiento para el otorgamiento de las licencias urbanísticas municipales deberá ajustarse a las siguientes reglas:
13. La solicitud definirá suficientemente los actos de construcción o edificación, instalación y uso del suelo y del subsuelo que se pretenden realizar, mediante el documento oportuno que, cuando corresponda, será un proyecto técnico.
14. Junto a la solicitud se aportarán las autorizaciones o informes que la legislación aplicable exija con carácter previo a la licencia. Asimismo, cuando el acto suponga la ocupación o utilización del dominio público, se aportará la autorización o concesión de la Administración titular de éste.
15. Cuando los actos se pretendan realizar en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable y tengan por objeto las viviendas unifamiliares aisladas a que se refiere el artículo 52.1.B.b o las Actuaciones de Interés Público sobre estos terrenos previstas en el artículo 52.1.C ambos de esta Ley, se requerirá la previa aprobación del Plan Especial o Proyecto de Actuación, según corresponda. La licencia deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de dicha aprobación.
16. Las licencias se otorgarán de acuerdo con las previsiones de la legislación y de la ordenación urbanística de aplicación, debiendo constar en el procedimiento informe técnico y jurídico sobre la adecuación del acto pretendido a dichas previsiones.
17. La resolución expresa deberá notificarse en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido este plazo podrá entenderse, en los términos prescritos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, otorgada la licencia interesada. El comienzo de cualquier obra o uso al amparo de ésta requerirá, en todo caso, comunicación previa al municipio con al menos diez días de antelación.
18. La resolución expresa denegatoria deberá ser motivada.
3.- Que, en su caso, y dado que se trata de una actuación declarada de utilidad pública e interés social, por los puestos de trabajo que puede generar, al tratarse de un establecimiento turístico, así como las características de la obra, su enclave y circunstancias, se solicita de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla la aplicación del apartado 4 del Artículo 56 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía, que establece:
“Excepcionalmente, la Administración podrá aumentar o disminuir la zona de no edificación en determinados tramos de las carreteras, cuando circunstancias especiales así lo aconsejen y previo informe de los municipios en cuyos términos radiquen los referidos tramos”

Segundo.- Remitir copia certificada de la presente, tanto a PROMOCAÑETE S.L., como a la EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL, Unidad de Gestión Administrativa de carreteras y Caminos, a los efectos oportunos.
Puntos:
29-03-12 23:44 #9849835 -> 9837690
Por:

Borrado por un Moderador.
Puntos:
31-03-12 00:00 #9854949 -> 9849835
Por:algamitas for ever

RE: PROMOCAÑETE
Señores, siempre tenemos que terminar en lo mismo?
con lo que se nos viene encima a todos, aun nos empeñamos en no dejar a la gente en paz y no empezar a mirar por nuestros intereses?
que vamos a esperar de un pueblo donde la envidia nos corroe de esa forma?
Un pueblo donde preferimos darles nuestro dinero a alguien de afuera que dejarlo en el pueblo, o no? quien no se ha ido a comer un domingo a Olvera, Campillos, Corbones, El Saucejo, Osuna o cualquier sitio antes de irse al Camping a darles trabajo a nuestros vecinos y ayudar a levantar un poco los negocios locales?

Tenemos simplemente lo que nos merecemos......

Parece mentira que con la gente que hay en paro en el pueblo y la falta de trabajo que hay se llame a un fontanero o un electricista de afuera.....

Asi nos va.
Puntos:
31-03-12 19:54 #9857882 -> 9854949
Por:algamanuel

RE: PROMOCAÑETE
Fontanero en algámitas?? llevo un año detras del macgyver. Quien conoce uno formal?
Puntos:
02-04-12 00:34 #9862788 -> 9857882
Por:unoparatodas

RE: PROMOCAÑETE
para tu informacion dados de alta en el pueblo hay dos y ambos en avda de las palmeras.
Puntos:
02-04-12 20:05 #9865638 -> 9854949
Por:frikimaki2

RE: PROMOCAÑETE
Vamos hombre por el Camping vas a salir, sobre todo para lo que nos da de comer el camping a la gente del pueblo, mira tu nada mas a donde fueron a por un gerente y el resto de la plantilla....vamos
Puntos:
02-04-12 20:13 #9865682 -> 9865638
Por:cuentevo

RE: PROMOCAÑETE
tienes toda la razon frikimaki van por gente a todos lados menos al pueblo, tenemos negocios de todo tipo en el pueblo y personal con formacion para llevaro de sobra.....cuantas personas en paro con titulacion hay en este nuestro pueblo capacitados para llevar el camping y van y bucan uno fuera que segun tengo entendido lo han tenido que indemnizar con 40000 euros........
Puntos:
02-04-12 22:25 #9866477 -> 9865682
Por:atilarey de los unos

RE: PROMOCAÑETE
!ostias¡ con la nueva reforma laboral eso no cuesta ni despedir al Rey,espero que eso solo sea una esajeracion, porque con la que esta callendo semejante desproposito seria un disparate que repercute en el bolsillo de tod@.
Puntos:
03-04-12 01:17 #9867285 -> 9866477
Por:unoparatodas

RE: PROMOCAÑETE
si claro el ayuntamiento no tiene ni para pagar la luz y va a darle a ese 40.000 e, de donde los iria a sacar
Puntos:
03-04-12 09:30 #9867637 -> 9867285
Por:queipodellano1

RE: PROMOCAÑETE
y yo que creia que en en camping trabajaba gente del pueblo¡¡¡
puede que quien se queje sean gente que han querido trabajar y nunca han servido....
Puntos:
03-04-12 13:59 #9868660 -> 9865682
Por:latigodeherejes

RE: PROMOCAÑETE
No es por pinchar, pero cuando hubo que demostrar la preparación en las oposiciones de policía municipal, el resultado fue el que todos conocemos, no se yo esa preparación.....
Puntos:
03-04-12 14:49 #9868849 -> 9868660
Por:queipodellano1

RE: PROMOCAÑETE
aqui somos todos muy listos, si fuesemos tan listos nos iria de otra manera.
que hasta la cerveza la tenemos que comprar a uno de El Saucejo, por no decir que algunos prefieren comer comida cocinada con aceite de el saucejo a cocinar con Aceite nuestro.
Puntos:
03-04-12 14:53 #9868860 -> 9868849
Por:algamitas for ever

RE: PROMOCAÑETE
Si algunos supiesen de los intereses ocultos de algunas personas en algunos sitios, no podrian dormir....
Puntos:
03-04-12 14:56 #9868885 -> 9868849
Por:algamitas for ever

RE: PROMOCAÑETE
que todo se compre a traves de Sumicoop, Sociedad Cooperativa Andaluza, que vereis que contentos se ponen algunos...... y como suben sus cuentas corrientes.....
Puntos:
03-04-12 23:27 #9871316 -> 9868849
Por:algamanuel

RE: PROMOCAÑETE
sumicoop no fue adquirda por hojiblanca no hace mucho???al igual que hay intereses por que algamitas tambien se agrege al grupo??
Puntos:
03-04-12 18:38 #9869882 -> 9868660
Por:frikimaki2

RE: PROMOCAÑETE
NO mezcles el tocino con la velocidad...
Puntos:

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