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Navas de Oro - Segovia

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España > Segovia > Navas de Oro
15-05-15 18:14 #12623218
Por:la_torre

Ley Orgánica 5/1985
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Artículo 146
1. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses:
· a) Quienes por medio de recompensa, dádivas, remuneraciones o promesas de las mismas, soliciten directa o indirectamente el voto de algún elector, o le induzcan a la abstención.
· b) Quienes con violencia o intimidación presionen sobre los electores para que no usen de su derecho, lo ejerciten contra su voluntad o descubran el secreto de voto.
· c) Quienes impidan o dificulten injustificadamente la entrada, salida o permanencia de los electores, candidatos, apoderados, interventores y notarios en los lugares en los que se realicen actos del procedimiento electoral.

Alguien se dará por aludida.
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