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España > Malaga > Mollina
13-10-12 10:20 #10667358
Por:margarita 45

Eran otros tiempos.....Cuando Tomás Gómez decía que "la religión es necesaria en democracia".......
En un acto de Comunión y Liberación
Cuando Tomás Gómez decía que "la religión es necesaria en democracia"
El mismo Tomás Gómez que ahora cuenta sus propios diez mandamientos decía cosas muy distintas de la religión cuando era alcalde de Parla.

C.Jordá Seguir a @carmelojorda 2012-10-12

Tal y como denunciaba este jueves Ignacio González en la Asamblea de Madrid, Tomás Gómez tenía un discurso muy diferente sobre la religión y la Iglesia cuando era alcalde de Parla. González ha citado la intervención del secretario general del PSM en la presentación del libro Por qué la Iglesia, de Luigi Giussani, fundador del grupo Comunión y Liberación, reconocido por sus posiciones religiosas, extremadamente conservadoras.

El acto se celebró en la Casa de la Cultura de Parla el 21 de abril de 2005, y en el mismo, además del propio Gómez, José Luis Restán, en aquel momento director de los servicios religiosos de la cadena COPE; y el profesor de Historia Javier Iniesta.

En ese acto, el hoy líder del PSM y actualmente furibundo perseguidor de "los colegios ultrarreligiosos" de asociaciones como "Comunión y Liberación, Legionarios de Cristo y el Opus Dei" calificó la presentación de "absolutamente interesante" y aseguró que sentía como "un honor" participar en ella.
La "tradición cristiana"

Entre otras reflexiones, el entonces alcalde de Parla comentó que "el Estado no puede ni debe perder de vista la tradición cristiana en nuestro país", hablando también de "la realidad de los valores de nuestra sociedad" y asegurando que "debemos tener certeza que la pérdida de esos valores, de esos valores como los valores de la familia, del concepto de Justicia (...) no es otra cosa que desvertebrar, que desestructurar nuestra sociedad" y algo que "puede obscurecer el horizonte de futuro y de las futuras generaciones".

El ahora anticlerical Gómez señalaba entonces que "determinados valores que tienen su origen y que son valores cristianos" son "algo que tenemos en común en Occidente". Valores que según el parleño "han evolucionado y han dado contenido a lo que somos" y que "significan de alguna manera la identidad y la esencia de nuestra forma de vivir".
El "papel activo de la Iglesia"

Pero no sólo defendía los valores del cristianismo. Tomás Gómez también hablaba de la importancia de la Iglesia en la educación y en otros ámbitos. Así, aseguraba que "la Iglesia hoy tiene un papel activo, no sólo en Parla, no sólo en Madrid, no sólo en nuestro país, tiene un papel activo".

Una institución que tenía, entre sus tareas, nada más y nada menos que la de educar: "No sólo tiene la tarea de la educación, no sólo tiene una tarea social, no sólo tiene una tarea de voluntariado social. La Iglesia - decía Gómez - tiene un papel más importante que el de ser referencia en la estructura social, que el de ser referencia en la superación de los problemas, de los nuevos problemas que se pueden generar en esa nueva realidad social".

Y es que para Tomás Gómez, al menos cuando era alcalde de Parla, "la religión" era "necesaria, es necesaria en democracia y, desde luego, es muy necesaria en la actualidad en Occidente". Más aún, el del PSM destacaba que "la Iglesia mantiene la tradición de unos valores a través de los siglos".
Puntos:
13-10-12 10:22 #10667361 -> 10667358
Por:Conde de Mollina

RE: Eran otros tiempos.....Cuando Tomás Gómez decía que
Rajoy sube la apuesta y amenaza ahora con intervenir a los ayuntamientos


El Gobierno de Rajoy ha subido la apuesta y el ministro de Economía, Luis de Guindos, se lo ha hecho saber a los inversores internacionales. El documento que llevó la semana pasada debajo del brazo para hablar con analistas de diversos países contenía una nueva amenaza nunca puesta por escrito hasta ahora en las presentaciones. Además de la intervención directa de las comunidades autónomas, ahora deja constancia de que, llegado el caso, el Gobierno está dispuesto a intervenir también a los ayuntamientos, y para ello echa mano de una ley de Felipe González.
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Buscar una ley
El problema al que se enfrenta es que en la ley de estabilidad presupuestaria sí está prevista la intervención de las comunidades autónomas con la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Eso era lo que ha venido vendiendo el Ministerio de Economía a los inversores internacionales hasta finales de septiembre. Pero al añadir a los ayuntamientos tiene que echar mano de alguna norma que se lo permita. En el documento que se llevó De Guindos aparece textualmente la ley 7/1985, que fue aprobada con la mayoría absoluta del PSOE en 1985 después de un plan de saneamiento que libró de la quiebra a más de la mitad de los municipios de España.

Se aplica la de 1985
La norma apelada por De Guindos sólo prevé la irrupción del Estado en el gobierno municipal por dos causas diferentes, contenidas en los artículos 60 y 61 de la ley. El primero de ellos, que se ha mantenido invariado desde que se aprobó en abril de 1985, dice textualmente que “cuando una Entidad local incumpliera las obligaciones impuestas directamente por la Ley de forma que tal incumplimiento afectara al ejercicio de competencias de la Administración del Estado o de la Comunidad Autónoma, y cuya cobertura económica estuviere legalmente o presupuestariamente garantizada, una u otra, según su respectivo ámbito competencial, deberá recordarle su cumplimiento concediendo al efecto el plazo que fuere necesario. Si, transcurrido dicho plazo, nunca inferior a un mes, el incumplimiento persistiera, se procederá a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de la obligación a costa y en sustitución de la Entidad local”.

Y se apela a la Constitución
El documento de Economía no da puntada sin hilo. Si en su página 10 aparece esa amenaza a los ayuntamientos, en la 11 se hace mención expresa del compromiso que España ha adquirido con el objetivo de contención del déficit mediante la revisión aprobada en 2011 del artículo 135 de la Constitución, que ahora obliga a ajustar los gastos a los ingresos con un margen de desviación muy pequeño. Esta concatenación de anuncios a los inversores internacionales significa, según los expertos, que el Gobierno está dispuesto a aplicar ese artículo 60 de una ley que, para más detalles, fue firmada por Felipe González y rubricada por el Rey en Palma de Mallorca el 4 de abril de 1985.

El Estado, último responsable
La aplicación de ese artículo sería posible, según las fuentes consultadas por ELPLURAL.COM, apelando a que el Estado es el garante último del cumplimiento del mandato constitucional de mantenimiento del déficit público dentro de los límites marcados. Si un ayuntamiento se desvía, como ello afecta a competencias estatales, podría ser avisado para corregir sus cuentas. Si pasados 30 días no ha hecho lo que Hacienda le haya dicho, el Gobierno central podrá asumir el control directo de la gestión presupuestaria del municipio. Para ello no habría que disolver la corporación municipal, sino simplemente intervenir su gestión económica.

Disolución del ayuntamiento
Pero la famosa ley de 1985 tiene en su artículo 61 un arma que sólo ha sido utilizada una vez en los últimos años como escarmiento a una corporación local. Fue en abril de 2006, a petición de la Junta de Andalucía, cuando el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, disolvió el Ayuntamiento de Marbella, mediante un real decreto que justificaba la medida, entre otras cosas, textualmente por “la contravención sistemática de la legalidad por la actual Corporación en el otorgamiento de licencias en materia de urbanismo, así como su absoluta falta de colaboración con la Junta de Andalucía, al desatender sus numerosas solicitudes y requerimientos”.

Justificación legal
Una petición del Gobierno central para cumplir con los requisitos de déficit comprometidos constitucionalmente, sobre todo si en algunas de sus actuaciones el ayuntamiento en cuestión se ha saltado algún precepto presupuestario, sería causa suficiente para aplicar este artículo 61 de ley de bases de régimen local, cuyo texto señala que “el Consejo de Ministros, a iniciativa propia y con conocimiento del Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente o a solicitud de éste y, en todo caso, previo acuerdo favorable del Senado, podrá proceder, mediante real decreto, a la disolución de los órganos de las corporaciones locales en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales”.
Puntos:
13-10-12 16:45 #10668013 -> 10667361
Por:nominativorosa

RE: Eran otros tiempos.....Cuando Tomás Gómez decía que
infumable perorata..... Confundido
Puntos:

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