Normativa/legislacion para los ruidos de perros Sr. Alcalde, Espero que en breve tengamos una ley que controle los ruidos de los perros a ciertas horas de la noche, ya que por el día tenemos que sufrirlos. Le voy a mandar un ejemplo de la ley vigente en unos de los muchos ayuntamientos españoles que tienen esta normativa y espero que tome ejemplo y haga algo parecido. 2º Hay que informarse sobre la legislación que hay al respecto en tu Ayuntamiento (Nota: en el de Pozuelo no la hay). Lo más probable es que tenga un horario. Ejemplo: "Responsabilidades del dueño de un animal” Art. 17. El poseedor de un animal tendrá la obligación de mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias y realizara cualquier tratamiento preventivo declarado obligatorio. Art. 18. Sin prejuicio de la responsabilidad subsidiaria del propietario, el poseedor del animal: a) Es responsable de los daños, perjuicios y molestias que ocasione a las personas, las vías y los espacios públicos y las del medio natural en general, de acuerdo con la ley aplicable en cada caso. b) Asimismo, el responsable de adoptar las medidas necesarias para impedir que las animales ensucien las vías y los espacios públicos. (NOTA: vergonzoso la de excrementos de perros que hay en Pozuelo) c) De igual modo, es responsable de acallar, de forma inmediata, los ladridos y alborotos necesarios producidos por sus animales, especialmente cuando ocurra entre las veintidós y las ocho horas, tomando medidas para evitar en lo sucesivo estas molestias al vecindario. (NOTA: Si yo tengo escándalo en mi casa a partir de las 00:00 mis vecinos podrían llamar a la guardia civil o policía y denunciarme. Me puede explicar que puedo hacer yo cada vez que ladren los perros? Tengo que llamar cada hora?) |