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22-06-17 02:53 #13716896
Por:VARON ROJO

La maniobra de recusación del juez Delgado
Daba la sensación de que Eduardo Inda se iba de nuevo de balde sin contestar por otra falsedad publicada con la pretensión de desacreditar a Pablo Iglesias, mas el juez al que ha recusado para quitárselo de encima se lo ha tomado a mal. Tan a mal que en el informe de contestación, José Manuel Delgado Seoane (del Juzgado de Primera Instancia N.º ochenta y cuatro de la capital de España) demanda una sanción disciplinaria contra el letrado del tertuliano por la “mala fe procesal” del recusante, con “la única finalidad de mudar al juzgador” que dicta la Ley.

Esto es, Inda solo pretendía saltarse a la torera el artículo veinticuatro de la Constitución que establece al “juez ordinario predeterminado por la ley”, y postergar hasta el próximo año el juicio –que ya tenía data fijada– en el que deberá contestar por haber publicado un extracto bancario falso con la pretensión de atribuir a Iglesias el pago de doscientos setenta dólares estadounidenses del Gobierno de Venezuela mediante un paraíso fiscal. Una tosca patraña basada en una falsificación todavía más miserable.

La maniobra de recusación del juez Delgado se generó, además de esto, a solo 3 días de la celebración del juicio y cuando Inda había cometido la imprudencia –sin duda por carencia de mejores argumentos– de solicitar la comparecencia como testigo en la vista oral del ex- directivo adjunto operativo de la Policía, Eugenio Pino, número 2 del Cuerpo y autor de la brigada política bajo el mando del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. Eso era tanto como reconocer que los montajes mediáticos contra el líder de Podemos fueron tramados por exactamente la misma bóveda de Interior, desde la que se falsificaron documentos para destruir la reputación de los contrincantes políticos del Partido Popular.

Tanto el Euro Pacific Bank de las Islas Granadinas como la Oficina Nacional del Tesoro de Venezuela probaron que las imputaciones de Inda contra Iglesias eran falsedades y también invenciones, mas el cronista jamás se desdijo de sus acusaciones, hasta el momento en que se vio abocado a una vista oral en la que no cabía la mínima duda de que iba a ser condenado. Fue entonces cuando trató de cobijarse en sus fuentes, que resultaron ser la propia bóveda policial de manera directa dependiente del ministro Fernández Díaz.

Entonces, cambió repentinamente su estrategia y decidió recusar al juez, aduciendo… ¡excesiva celeridad en la acción de la Justicia! Mas, además de esto, el letrado del tertuliano cometió el fallo de alegar asimismo que al juez se le había atribuido plaza de titular en Urbe Real cuando esa adjudicación fue siguiente a la data de la recusación. Lo que probaba un conocimiento anterior de de qué forma iba a terminar la resolución del concurso, difícilmente justificable a menos que se tengan fuentes internas en la Judicatura solo al alcance del Ejecutivo.

Una vez expuesto ese fallo, el juez ha debido defenderse de la peregrina acusación de “infundada celeridad en la resolución del presente procedimiento”. Y probar con profusión de datos que ya ha dado celeridad a muchos procedimientos, aun a los que no afectan a derechos esenciales como en un caso así. También, ha debido rememorar que la data de celebración de la vista oral fue acordada entre las partes sin su intervención, y de ahí viene un patente fraude de ley cometido por el letrado de Inda en su empeño por eludir que el directivo de OKDiario respondiese frente a la Justicia.

El juez destaca que “el letrado firmante de la recusación [Juan Luis Ortega Peña] ha omitido la manera en que se generó la fijación de la vista, exponiendo en el escrito unos hechos que no corresponden con la verdad, y también atribuyendo una conducta reprochable de transgresión de la ley” al propio juez. Algo meridianamente grave por la parte de un letrado en el ejercicio de sus atribuciones.

En consecuencia, el juez Delgado Seoane pide que la superioridad valore el comportamiento del letrado, que el Instituto de Abogados considere una sanción disciplinaria y que se consideren posibles medidas contra “la parte recusante” (Eduardo Inda) pues “esta recusación se ha planteado con mala fe, sin causa justificada y con la única finalidad de excluir al juzgador de ser el responsable de solucionar el procedimiento, de conformidad con la ley”.

Mas no hay duda de que Inda volverá esta noche a darnos clases de moral por T.V. y a utilizar la ley para regresar a agraviar a Podemos.
Puntos:

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