Foro- Ciudad.com

JUICIO POR LA TENENCIA DE LA VID

Poblacion:
España > Leon > La Vid (La Pola de Gordón)
JUICIO POR LA TENENCIA DE LA VID
El documento 346 del ASIL es un pergamino bien conservado de 158 x 358 mm escrito en letra carolina. Se tarta del acta judicial levantada en la vista celebrada en León por la posesión del pueblo de La Vid, que era pretendida por la comarca de Gordón cosa que no acepta el abad de San Isidoro.

1197, junio

Carta de concordia entre Acundo Abad de San Isidoro y Rodrigo Ordoñez sobre la villa llamada La Vid, determinando su no pertenena al alfoz de Gordón, Vegacervera y Los Argüellos.


Comenzada la rivalidad entre D. Facundo, abad de S. Isidoro, y Rodrigo Ordoñez sobre la villa llamada La Vid la cual Rodrigo perturbaba diciendo que era del alfoz de Gordón. El abad, totalmente en contra, decía que no era así. Entonces Rodrigo Ordoñez decí que había aceptado La Vid como fianza ganada en la demanda que por dicha rivalidad hiciera el abad D. Pedro Fernández. Pues a fuerza de ruegos el abad Pedro Fernández y Rodrigo Ordoñez se habían presentado ante la justicia en León e interponiendo sus acusaciones llegaron al acuerdo. Así pues, llegaron a la cámara del abad de San Isidoro en León e interpusieron sus demandas en presencia de los jueces, a saber, los señores Didaco Bezo y Pedro Pardo. Rodrigo Ordóñez interpuso su demanda y su representante fue Pedro Miguel de Puerta Cabriense, y, por parte del abad interpuso la demanda D. Felix, que era el mayordomo, y su representante fue Juan Pelayo. Los representantes de común dispoción decretaron escuchar las demandas y observar fielmente la sentencia. En ese momento, D. Felix pidió que Rodrigo devolviera la fianza que conservaba y la devolviera antes de que se dictará sentencia. A continuación, Rodrigo Ordoñez dijo que antes de nada la susodicha villa, es decir, La Vid, estaba en el alfoz de Gordón y lo había estado siempre desde antiguo. D. Felix, por contra, respondió que el rey D. Alfonso [suponemos se trata de Alfonso VIII que reinaba en esas fechas] deseaba averiguar cuál era su reino y había colocado hombres juiciosos como investigadores que fielmente averiguasen y aislasen las heredades y posesiones de los monasterios y las iglesias, así como de los laicos y de su propio realengo y de los bienes que poseía desde que fueran fundados por derecho propio en tiempos de su abuelo D. Alfonso el emperador [ Alfonso VII]. Los jueces, entonces, sometieron la sentencia, tras escuchar a ambas partes, a lo que hubieran descubierto los investigadores reales. Así pues, llegaron los investigadores y expusieron lo que descubrieron cuando preguntaron sobre si dicha villa era o no del alfoz de Gordón. Se acercaron los investigadores y en presencia del estamento judicial dijeron que habían preguntado a tres hombres buenos y justos de Gordón, a tres de La Vid y a tres de Cervera y escuchados, confirmaron sobre los Santos Evangelios que dicha villa nunca fue del alfoz de Gordón, ni de Arbolio [ hoy, Los Argüellos], ni de Cervera, sino que, cuando entre ellos tenían disputa o desacuerdo acudían las decisiones que en caso de desavenencias habían acordado desde antiguo dentro de sus lindes, entonces miraban cuales eran las ordenanzas dispuestas y de ese modo se trataban. Así fue cuando en la antigüedad Guterio Fernández les atacó impetuosamente, aunque enseguida reconoció la realidad y devolvió a la villa sus derechos y los dejó en su lugar. Por fin, entonces, los jueces conforme a la razón sentenciaron que Rodrigo Ordoñez se alejase de ellos y los dejase en paz y que la iglesia de San Isidoro tomase posesión de dicha villa libre y pacífica.
Carta hecha en la era de MªCCªXXXªVª en el mes de junio. Reinando Alfonso rey de León, Galicia, Asturias y Extremadura. D. Manrico, obispo de León. Martino Petri, tenente de las torres de León. Estuvieron presentes: Lupus de Lamas; Pelayo Cipriano; Martino Andree; Pedro Cabeza; Pedro Gutierrez; D. Alvaro; Guterio Didaci; D. Galdino; Pedro Rodriguez de Caldas; Fernando Espinar. D. Lupus de Calzada; Pelayo Juanes de Villasante; Gundisalvo Pelayo de Huergas; Sancho Juanes de Nocedo. De Arbas: D. Martino, mayordomo. Gundisalvo Costa. Pelayo Arropado. Martino Cervera. D. Bernardo de La Vid. D. Juan, presbítero. D. Fructuoso, Juan Froilan.
Enviado por: miafci | Ultima modificacion:01-12-2009 13:29
Simulador Plusvalia Municipal - Impuesto de Circulacion (IVTM) - Calculo Valor Venal
Foro-Ciudad.com - Ultima actualizacion:15/01/2020
Clausulas de responsabilidad y condiciones de uso de Foro-Ciudad.com