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Calzadilla de Los Hermanillos - Leon

Poblacion:
España > Leon > Calzadilla de Los Hermanillos (El Burgo Ranero)
28-02-19 12:01 #14490194
Por:gerufe

Contencioso Administrativo de un Vecino de Calzadilla de los Hermanillos contra la Junta Vecinal de dicha localidad



TRIBUNAL PROVINCIAL
De lo Contencioso - Administrativo de León

Don José López Quijada, Secretario del Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo de León.

Certifico: Que en el recurso de esta Jurisdicción de que se menciona se ha dictado por este Tribunal la sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen así:

Sres, D. Gonzalo Fernández Valladares, Presidente ---- D. Cesar M. Burgos González, Magistrado---- D. Francisco del Río Alonso, Id., Suplente.--- D. Cipriano Gutiérrez Velasco. Vocal--- D. Francisco Blanch López Id..

En la ciudad de León, a treinta de Abril de mil novecientos cincuenta y seis.----

Visto por este Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo de León, los presentes autos del recurso número 23 de 1955, promovido por D. --------------, vecino de Calzadilla de los Hermanillos, contra acuerdo de la Junta Vecinal de dicho pueblo, por el que se ordenó al recurrente en 9 de Febrero de 1955 dejar a disposición de la misma determinados terrenos e indemnizarla en la suma de 257,50 pesetas, en el que han sido partes el recurrente dicho, la Junta Vecinal de Calzadilla de los Hermanillos en calidad de demandada representada por el Procurador Don Froilán Gordo, dirigida por el Letrado Don Camilo de la Red y el Señor Fiscal de esta Jurisdicción.

Fallamos: Que sin entrar en el fondo del asunto, debemos declarar y declaramos procedente la incompetencia de la jurisdicción alegada por la representación de la entidad recurrida, y en su consecuencia desestimar por tal causa, el recurso interpuesto por Don.-------------contra acuerdo de la Junta Vecinal de Calzadilla de los Hermanillos de fecha nueve de Febrero de mil novecientos cincuenta y cinco, por el que se ordenaba al recurrente dejar a disposición de dicha Junta Vecinal determinados terrenos e indemnizar a mencionada entidad en las suma de doscientas treinta y siete pesetas con cincuenta céntimos, todo ello sin hacer expresa mención de costas, antes bien declarando la gratuidad del presente recurso.

Una vez firmada esta sentencia, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y con testimonio de la misma vuelva el expediente administrativo a la oficina de procedencia para que el fallo sea llevado a su puro y debido efecto dentro del término legal.

Así por esta nuestra sentencia definitivamente juzgando en única instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.---- G. F. Valladares.---César M. Burgos.---Francisco Río Alonso.---C. Gutiérrez Velasco.---Francisco Blanch.---Rubricados.

Y para que conste y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, expido la presente, que firmo con el visado del Ilmo. Señor Presidente, en León a nueve de Mayo de mil novecientos cincuenta y seis.---José López ¨Quijada.---Visto bueno: El Presidente, G. F. Valladares. 2094

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Puntos:
04-03-19 10:10 #14490309 -> 14490194
Por:gerufe

RE:Contencioso Administrativo de un Vecino de Calzadilla de los Hermanillos contra la Junta Vecinal de dicha localidad
Casos y cosas de pueblo.....

Este contencioso administrativo interpuesto por un vecino es debido a lo que pasó toda la vida en Calzadilla.....el intrusismo.

Intruso: Trabajar porciones de tierra que no son de él.
Meterle dos surcos cada año a una senda un camino poco transitado un valle, todo ello comunal,( de lo particular también había su regañinas) setc., esta forma de actuar estaba extendida entre la mayoría de la vecindad por no decir toda.

La Junta Vecinal cuando detectaba este tipo de abuso, no se andaba con miramientos. Aparte de pequeñas multas obligaba a dejar las cosas como estaban, y si al final el intruso no lo hacía, lo denunciaba y lo llevaba ante la justicia.

En este caso, es el vecino el que decide ir a un contencioso administrativo contra la autoridad de la Junta, al verse en la tesitura de desembolsar la nada despreciable cantidad de 257,50 pesetas, que par aquellos tiempos era un dineral.

Este dinero hoy en día representa la cantidad de 82,400 pesetas o lo que es lo mismo 495,25€

Muy gorda la tuvo que hacer para semejante multa, cuando el precio del kg., de pan rondaba las 7 pesetas, el litro de leche 4 pesetas, 1 kg., de patatas 2,20 pesetas, 1 kg. azúcar 11 pesetas, 1 litro de aceite 16 pesetas 1 kg. de café 10 pesetas, ir al cine 1 peseta,1 kg. de sardinas 5 pesetas, 1 kg. bocartes 2,85 pesetas etc.

Al final como se ve en la sentencia, este vecino perdió el contencioso y se las tuvo que arreglar con la junta.

Tener en cuenta que los precios aplicados aquí son aproximados, no se puede comparar el precio de la vida de una capital a la de un pueblo, pero si nos acerca un poco más a la realidad de entonces.

Quien te ha visto y quién te ve Calzadilla, tus Sendas, valles y montes de carrasca que han pasado, año tras año, del abandono a su desaparición.

Saludos para todos desde Galicia en una mañana, donde el invierno todavía se hace notar.org
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