Administración Local
Juntas Vecinales CALZADILLA DE LOS HERMANILLOS Aprobado definitivamente el Presupuesto General para 2016 de la junta vecinal de Calzadilla de los Hermanillos, en sesión celebrada el día de 2016 /elevada automáticamente a definitiva la aprobación inicial del Presupuesto General para 2016 de la junta vecinal de calzadilla de los Hermanillos, al no haberse presentado reclamaciones en el periodo de exposición pública posterior a su aprobación inicial.
A continuación se publica su resumen por capítulos, de acuerdo con lo establecido por el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
INGRESOS Euros Operaciones no financieras
Operaciones corrientes
Cap. 1.º.- Impuestos directos …………………………………………............0,00
Cap. 2.º.- Impuestos indirectos………………………………………............0,00
Cap. 3.º.- Tasas, precios públicos y otros ingresos…….8.000,00
Cap. 4.º.- Transferencias corrientes………………………………......2.800,00
Cap. 5.º.- Ingresos patrimoniales…………………………………........9.991,82
Operaciones de capital
Cap. 6.º.- Enajenación de inversiones reales……………...…………….0,00
Cap. 7.º.- Transferencias de capital………………………………….........0,00
Operaciones financieras cap. 8.º.- activos financieros…………0,00
Cap. 9.º.- Pasivos financieros…………………………………………............0,00
Total ingresos………………………………………………….................20.791,82 GASTOS Euros Operaciones no financieras
Operaciones corrientes
Cap. 1.º.- Gastos de personal………………………………………….............0,00
Cap. 2.º.- Gastos corrientes en bienes y servicios………20.741,82
Cap. 3.º.- Gastos financieros……………………………………….............50,00
Cap. 4.º.- Transferencias corrientes………………………………….........0,00
Operaciones de capital
Cap. 6.º.- Inversiones reales………………………………………….............0,00
Cap. 7.º.- Transferencias de capital………………………………….........0,00
Operaciones financieras
Cap. 8.º.- activos financieros……………………………………….............0,00
Cap. 9.º.- Pasivos financieros............................0,00
Total gastos…………………………………………………...................20.791,82 Esta aprobación definitiva podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso administrativa, conforme a lo establecido en los artículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 22 y 23 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
En El Burgo Ranero, a 8 de noviembre de 2016 .–
El alcalde Pedáneo, José Mario Bravo Santamarta Boletín Oficial de la Provincia de León.- Lunes, 21 de noviembre de 2016.-43987 Número 221•Página 22 www.dipuleon.es/bop boletin@dipuleon.es