La Audiencia Nacional reconoce la vigencia del Convenio Colectivo de PSN, Previsión Sanitaria Nacional El 14/10/2013 la empresa denunció el convenio colectivo y tras la constitución de la mesa de negociación, la empresa mantuvo una actitud de desidia e inoperancia al no volver a convocar nunca a la Comisión Negociadora, a pesar de los requerimientos de la RLT. Finalmente, aprovechándose de la reforma laboral (art. 14.6, Ley 3/2012), en octubre de 2014 comunicó al Ministerio de Empleo que, transcurrido un año y sin haberse alcanzado un acuerdo al respecto, el convenio había perdido su vigencia y forzó a los trabajadores a suscribir unos acuerdos individuales de condiciones de trabajo. Según el Fallo de la Sentencia: “... declaramos vigente el convenio colectivo de la empresa Previsión Sanitaria Nacional, PSN, mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija (BOE de 11 de enero de 2001) y de aplicación a todos los trabajadores de la empresa demandada y contrarias a derecho y por tanto nulas, las comunicaciones de la empresa a la Dirección General de Empleo y a la representación de los trabajadores de 24 y 29 de octubre en todo su contenido. Contrarios a derecho y nulos, los acuerdos individuales suscritos por los trabajadores de la empresa en el mes de octubre modificando sin negociación colectiva previa las condiciones del convenio colectivo por vulnerar el derecho a la libertad sindical en su vertiente a la negociación colectiva y condenamos a la demandada a estar y pasar por esta declaración”. Esta sentencia, resultado de la demanda interpuesta por CCOO junto con otros sindicatos, reconoce el derecho a la negociación colectiva que PSN ha intentado cercenar. Con esta sentencia queda acreditado el buen hacer y la responsabilidad demostrada por los Representantes Sindicales de CCOO en la empresa. |