Foro- Ciudad.com

Ontiñena - Huesca

Poblacion:
España > Huesca > Ontiñena
21-10-08 19:34 #1317610
Por:vizcacha

El GA abre la puerta legislativa a Gran Scala
CONSEJO DE GOBIERNO
21 de Octubre de 2008



El GA abre la puerta legislativa a Gran Scala
La nueva ley de Ordenación del Territorio introduce la figura de Interés General para proyectos de trascendencia

Este martes se ha aprobado el proyecto de ley de Ordenación del Territorio de Aragón (LOTA). Esta normativa, que se remitirá a las Cortes para su debate parlamentario, contempla la figura de Plan y Proyecto de Interés General, un epígrafe que resultará decisivo para la implantación del macro proyecto de ocio Gran Scala.


ZARAGOZA.- El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes, a propuesta del Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior del Gobierno de Aragón, el proyecto de ley de Ordenación del Territorio de Aragón (LOTA) que se remitirá próximamente a las Cortes de Aragón para su debate parlamentario. Este proyecto, que contempla la figura de Plan y Proyecto de Interés General como evolución de los antiguamente denominados proyectos supramunicipales, define y amplía las funciones del Consejo de Ordenación Territorial de Aragón (COTA), e incluye su competencia para emitir dictámenes previos a su aprobación, sobre proyectos o planes del Estado con incidencia en el territorio.

Esta normativa sustituye a la ley 11/1992 de Ordenación del Territorio para crear un régimen jurídico más sencillo de comprender y aplicar, que ha sido necesario actualizar ante las novedades introducidas por la Unión Europea, en especial por la Estrategia Territorial Europea y la Agenda Territorial Europea. No se ha olvidado el desarrollo de la legislación ambiental como son la Ley 7/2006 de Protección Ambiental de Aragón y la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Diversidad.

A estas novedades legislativas hay que añadir la adaptación de la normativa territorial al nuevo modelo de configuración administrativa de Aragón en comarcas. Además, hay que destacar que este proyecto de ley recoge formalmente la separación de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de ordenación del territorio y urbanismo, que se vienen ejerciendo por los departamentos correspondientes desde 1999.

Los objetivos básicos que inspiran esta normativa son establecer condiciones de calidad de vida equivalentes para todos los habitantes del territorio; promover el desarrollo equilibrado y sostenible de la Comunidad Autónoma, haciendo compatible la protección del patrimonio natural y cultural con la competitividad económica y la cohesión social, así como asignar racionalmente los usos del suelo, al proporcionar criterios para la ubicación de los equipamientos e infraestructuras a los diversos sectores de la administración pública.

Para conseguir estos fines, el proyecto de ley marca unas estrategias que se inspiran en la Estrategia Territorial Europea. Estas estrategias están relacionadas con el desarrollo de un sistema urbano equilibrado y policéntrico, basado en la organización comarcal y que establezca unas nuevas relaciones entre los núcleos urbanos y el medio rural. Además, se pretende garantizar a toda la población el acceso equivalente a los servicios y a la información, y proteger activamente el medio natural y cultural, teniendo en cuenta los riesgos naturales e inducidos. A estas estrategias hay que añadir una especial atención a la coordinación y cooperación con todas las administraciones públicas que actúan en cada uno de los ámbitos del territorio, así como el adecuado impulso a la participación ciudadana en la elaboración de los diferentes instrumentos territoriales.

PLAN Y PROYECTO DE INTERÉS GENERAL

Como novedad en la normativa territorial se recoge la figura del Plan y Proyecto de Interés General -figura que podría aplicarse al proyecto Gran Scala-, como instrumento de ordenación territorial que transciende y evoluciona el concepto de proyectos supramunicipales. Se define el papel del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón,(COTA), con competencias y actividad únicamente en materia de ordenación territorial y que amplía su objeto de actuación. Así deberá emitir un dictamen autonómico de los planes y proyectos del Estado con incidencia territorial.

Esta normativa potencia el papel de la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial y supone una nueva definición de las competencias del Consejo de Ordenación Territorial de Aragón,(COTA), que pasa a depender del departamento competente en materia de ordenación del territorio y que centrará su actividad en asuntos de transcendencia territorial. Asimismo, como novedad introducida en esta ley, también tendrá competencias para emitir dictamen previo antes de su aprobación, sobre los planes y proyectos del Estado con incidencia territorial. Concretamente, cualquier propuesta de obra hidráulica o de transferencia de aguas que afecte al territorio, y que, en particular, sean instrumentadas por vía de transacción o cesión de derechos al uso privativo del agua.

Tendrá la competencia, con carácter general, de emitir informes territoriales sobre los planes sectoriales de la Comunidad u otras actuaciones con incidencia territorial como infraestructuras de comunicación, hidráulicas, energéticas, proyectos urbanísticos o equipamientos y servicios.

Asímismo, esta ley recoge el concepto de Planes y Proyectos de Interés General, instrumentos por los que se autoriza y regula la implantación de actividades de especial transcendencia territorial que se ubiquen en más de un término municipal o que situándose sólo en uno, transciendan de dicho ámbito por su incidencia territorial, económica, social o cultural, su magnitud o sus singulares características. Pueden ser objeto de tramitación bajo este concepto, las infraestructuras, instalaciones, redes y equipamientos, la ejecución de políticas, planes y programas, y de cualesquiera otras grandes actuaciones territoriales, pudiendo concretarse en la legislación urbanística u otras leyes sectoriales. Serán promovidos por el Gobierno de Aragón, a iniciativa propia o también a instancia de la iniciativa privada, pero el Ejecutivo será siempre el encargado de calificarlos como tales.

Esta ley fija como instrumentos de planeamiento territorial la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón y las Directrices de Ordenación Territorial, en ambos casos se aprueban mediante decreto por el Gobierno de Aragón. La finalidad de la Estrategia es determinar el modelo de ordenación y desarrollo territorial sostenible, las estrategias para alcanzarlo y los indicadores de seguimiento y evaluación del mismo.

Asimismo, la Ley contempla el Sistema de Información Territorial de Aragón (SITAR) como servicio público gestionado por el Centro de Información Territorial de Aragón. Está integrado por toda la información con transcendencia territorial generada por la Administración, y por las entidades locales, siendo la cartografía uno de sus ejes fundamentales, y también por la que se produzca fruto de convenios con otras entidades. A partir del SITAR, el CITA elaborará y actualizará los documentos informativos territoriales necesarios para la elaboración de la Estrategia de Ordenación Territorial, las Directrices y los Programas de Gestión. (índices territoriales, mapas de riesgos, planeamiento territorial…).



D.A./ARAGÓN PRESS
Puntos:

Tema (Autor) Ultimo Mensaje Resp
ILD aplaza un año la compra de los suelos para Gran Scala en Ontiñena Por: Mariano-On 10-02-11 01:14
Mariano-On
0
0 Respuestas a “El socio industrial de ILD deja en el aire su participación en Gran Scala” Por: No Registrado 28-08-09 20:07
No Registrado
0
si a gran scala Por: No Registrado 28-12-08 21:27
No Registrado
1
bandido cucaracha: GRAN SCALA GRAN ESTAFA Por: No Registrado 22-10-08 14:28
No Registrado
20
Simulador Plusvalia Municipal - Impuesto de Circulacion (IVTM) - Calculo Valor Venal
Foro-Ciudad.com - Ultima actualizacion:07/08/2020
Clausulas de responsabilidad y condiciones de uso de Foro-Ciudad.com