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Palos de la Frontera - Huelva

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España > Huelva > Palos de la Frontera
07-01-11 13:07 #6823696
Por:palermito

AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
PUBLICADO EN EL BOP DE HUELVA DE 29 DE DICIEMBRE DE 2010

2. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes.
2.1. Para poder ser admitido/as y participar en las prue-bas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes
re-quisitos:
a) Estar en posesión de la nacionalidad española o serle de aplicación alguna de las circunstancias previstas en
el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Estar en posesión del titulo exigido en las bases.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disci-plinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Pú-blicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absolu-ta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/
a, o para ejercicio de funciones similares a las que desempeñaban en su caso del personal laboral, en el que
hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismo términos el acceso al empleo público.
No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilita-ción, de acuerdo con las normas penales y administrativas,
si el/la interesado/a lo justifica.
2.2. Los requisitos establecidos en la norma anterior de-berán poseerse en el último día de plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo.
3. Solicitudes.
3.1. Forma.
Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, presentarán solicitud dirigida al Alcalde-Presidente del
Excmo. Ayuntamiento de Palos de la Frontera, cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases, y en el plazo y
lugar establecido en los puntos 3.3 y 3.4 respectivamente de estas Bases.
En dicha instancia, el peticionario deberá además, formular declaración de que reúne todos y cada uno de los requisitos
y condiciones establecidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probarlo documentalmente.
Las personas con minusvalías o limitaciones psíquicas o físicas compatibles con el desempeño de las tareas o
funciones correspondientes, pero que no les permita realizar las pruebas en igualdad de condiciones con el resto de
los aspirantes, podrán solicitar en la instancia, concretándolas, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su
realización.
3.2. Documentos que deben presentarse.
Además, las instancias deberán presentarse acompañadas de:
-Fotocopia del D.N.I.
-Fotocopia del Título exigido para la plaza o documento oficial de su solicitud.
-Justificante del ingreso de los derechos de examen. La falta de justificación del abono, en tiempo y forma, de
los derechos de examen determinará la exclusión del/la aspirante.
Así mismo, los aspirantes que pretendan puntuar en la fase concurso, deberán presentar junto a la instancia,
para su respectiva valoración, fotocopias simples de los documentos acreditativos de los méritos y servicios alegados
en la forma y requisitos establecidos, debiendo estar éstos presentados antes de la fecha en que expire el plazo de
presentación de solicitudes. Dicha documentación adjunta, deberá estar encabezada por un índice descriptivo numerado
de los documentos presentados acreditativos de los méritos y servicios alegados.
Todo ello, sin perjuicio de lo establecido en la base 6.1 sobre la obligatoria presentación a requerimiento del Tribunal
de los originales de los documentos presentados inicialmente por fotocopia, a fin de proceder a su cotejo y compulsa.
3.3. Plazo de presentación.
Las solicitudes y la documentación acreditativa de los méritos y servicios alegados respectivos deberán presentarse
en el plazo de 20 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria
de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado.
3.4. Lugar de presentación.
Las solicitudes y la documentación adjunta se presentará en al Registro General del Excmo. Ayuntamiento de
Palos de la Frontera o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En este último supuesto, las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, se librarán en estas dependencias
antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el
funcionario de Correos. Sólo así, se entenderá que tuvieron su entrada el día de su presentación en Correos.
3.5. Derechos de examen.
Los derechos de examen por participar en las pruebas selectivas se fijan en la cantidad de 200 euros. Dichos
derechos deberán ingresarse en la cuenta corriente de este Ayuntamiento número 0049-1330-53-2110010114 del Banco
Santander Central Hispano (BSCH), especificándose el nombre y DNI del aspirante, así como, la denominación de la
prueba selectiva a la que se opta.
El resguardo acreditativo del ingreso, deberá presentarse junto con la solicitud de participación en el proceso
selectivo debidamente formalizada y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes que queden excluidos definitivamente de la lista de admitidos a las pruebas selectivas, podrán
solicitar la devolución de los derechos de examen.
4. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, por la Presidencia de la Corporación se dictará Resolución, en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y excluidos.
En dicha Resolución, que deberá publicarse en le Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el lugar en que
serán expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en su
caso, de las causas de exclusión, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos
que haya motivado la exclusión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado, no subsanaran la exclusión o aleguen la omisión, justificando su
derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la relación de aspirantes a las
respectivas pruebas selectivas.
Ulteriormente, la Presidencia dictará Resolución elevando a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos,
efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del Tribunal, junto con el señalamiento del lugar, día
y hora de celebración del primer ejercicio, que se publicará en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración
de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos por el Tribunal
en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Palos de la Frontera, con 12 horas de antelación al menos al comienzo
de las mismas, si se trata del mismo ejercicio o 24 horas si se trata de un nuevo ejercicio, bien entendido que entre
cada prueba, de-berá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.
Los ejercicios no podrán comenzar hasta que hayan transcurrido, al menos, dos meses desde la fecha de publicación
del correspondiente anuncio del extracto de la Convocatoria en el BOE.
5. Tribunal calificador.
El Tribunal Calificador estará formado de conformidad con lo recogido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de
12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, y tendrá la categoría
correspondiente de las recogidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
El Tribunal Calificador estará constituido por un (1) Presi-dente, un (1) Secretario y cuatro (4) vocales, con sus
respectivos miembros suplentes. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, a excepción del Secretario que
actuará con voz pero sin voto.
El Tribunal, con designación de sus respectivos miembros titulares y suplentes, será nombrado por Resolución
del Presidente de la Corporación. Dicha resolución, será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el
Boletín Oficial de la Provincia.
Su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá,
asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. Los miembros del Tribunal deberán po-seer igual o superior nivel
de titulación o especialización a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. El personal de elección o de
designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte del mismo. La pertenencia
al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los interesados podrán promover la recusación de
los mismos cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92.
El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades,
con voz y sin voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de más de la mitad de sus miembros,
sean titulares o suplentes, indistintamente. Las decisiones se adop-tarán por mayoría simple de votos de los miembros
presentes.
La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá
las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuer-dos que correspondan para aquellos supuestos
no previstos en las Bases.
El Tribunal, en su calificación final, no podrá promover para su nombramiento o contratación un número de aspirantes
superior al del número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga
esta norma.
6. Pruebas selectivas.
La selección se efectuará por el procedimiento de concurso-oposición, según las siguientes normas:
6.1. Fase de Concurso.
La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta
para superar las pruebas de la fase de oposición.
La puntuación máxima total a conseguir en este apartado será de 9 puntos.
El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la oposición y procederá a valorar los méritos
y servicios alegados y aportados por los aspirantes conforme a la baremación, normas y requisitos establecidos en estas
bases. El resultado se publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación y el lugar de celebración de las pruebas.
La valoración inicial de méritos y servicios tendrá carácter provisional hasta el cotejo o compulsa, a petición y requerimiento
del Tribunal, con los documentos originales o fehacientes acreditativos de los méritos y servicios alegados.
Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación
obtenida por cada aspirante en la fase de concurso, confirmando la puntuación inicialmente otorgada o ,en su
caso, determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo a los méritos alegados y pro-bados, según
el procedimiento señalado en estas bases, en caso de que no se presentase la documentación original o que ésta no
se corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas.
Los méritos y servicios prestados se valorarán y puntuarán estrictamente conforme a la baremación, normas y
requisitos establecidos en estas bases.
Se valorarán los siguientes méritos y servicios:
A). Por la realización de algún curso específico de Celador Sanitario: 0,50 puntos. El curso que puntúe en este
apartado no puntuará en el apartado siguiente.
B) Por realización de cursos de formación o perfeccionamiento, asistencia a jornadas, encuentros, seminarios y
congresos, debidamente acreditados a juicio del Tribunal conforme a lo establecido en estas bases, y relacionados con
los contenidos exigidos en el temario y cometidos de la plaza.
La escala de valoración será la siguiente:
Cursos de 5 a 9 horas: .........................0,05 puntos.
Cursos de 10 a 19 horas: ...........................0,10 puntos.
Cursos de 20 a 29 horas .......................0,15 puntos.
Cursos de 30 a 39 horas: .........................0,20 puntos.
Cursos de 40 a 49 horas ............................0,25 puntos.
Cursos de 50 y más horas: .......................0,50 puntos.
La puntuación máxima a conseguir en este apartado será de 1,5 puntos.
Los cursos, jornadas, etc. cuya duración se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada
día de curso. Así mismo, los cursos cuya duración venga expresada en créditos se establecerán una equivalencia de
10 horas por cada crédito.
Los cursos con una duración menor a 5 horas, así como, aquellos cuya duración no venga expresada, no se
computarán.
C). Por experiencia profesional:
Por cada año o fracción de año de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de celador,
hasta un máximo de 7 puntos: 1 punto por año.
Por cada año o fracción de año de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto
de celador, hasta un máximo de 3,5 puntos: 0,50 puntos por año.
Por cada año completo de servicios prestados en entidades privadas, en plaza o puesto de celador hasta un
máximo de 1,75 puntos: 0,25 puntos por año.
A estos efectos, no se computarán aquellos servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros
igualmente alegados, y se reducirán proporcionalmente los realizados a tiempo parcial. Igualmente, no puntuarán aquellos
servicios prestados que no tengan un carácter contractual laboral o funcionarial.
La puntuación máxima a conseguir en este apartado será de 7 puntos.
6.1.2. Justificación general de méritos alegados.
Los méritos alegados en la solicitud deberán ser justificados, con la presentación de las fotocopias de los documentos
acreditativos respectivos, y se adjuntarán únicamente durante el plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos alegados en la instancia y no justificados con la documen-tación original a requerimiento del Tribunal
para su cotejo en la fase de valoración del concurso, no se valorarán.
Puntos:
07-01-11 13:52 #6823935 -> 6823696
Por:orange2010

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
hombre menos mal, por que no saldrá esto en la tele de palos
Puntos:
07-01-11 15:23 #6824365 -> 6823935
Por:plantaverde

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
me alegro mucho que os hagáis eco de esa convocatoria que de otra manera sería muy difícil enterarse
Puntos:
07-01-11 18:43 #6825548 -> 6824365
Por:paleño

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
Oposición-Concurso = tongazo.
Se suelen realizar para darle la plaza a algún pseudo-funcionario que necesita sacar la plaza urgntemente o pierde la misma pseudo-plaza.
Los candidatos que suelen ganar estas plazas suelen aportar el máximo de puntos en la fase de concurso, y suelen sacar la máxima puntuación en la entrevista personal, por lo que todo lo hecho enteriormente, casi no cuenta, a no ser que seas un lumbreras, e incluso así, te costará.
Suerte, yo no me presento.
Puntos:
08-01-11 11:37 #6828541 -> 6825548
Por:palermito

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
veis cómo este hilo no interesa a los seguidores del altísimo, eso son los intereses que tienen sus seguidores difamar y criticas al adversario, pero cuando sale un hilo que de verdad importa a los ciudadanos como es este como tienen que ocultar algo pues no hablan en él, sino como se explica que esto no salga en palostv
Puntos:
08-01-11 11:52 #6828581 -> 6828541
Por:NO_MAS_IMPUESTOS

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
NO MAS IMPUESTOS esta A FAVOR DE QUE SALGAN PLAZAS.

"mi arma" que tienen las bases para comentar de ellas? NO MAS IMPUESTOS sabe que LAS OFERTAS DE EMPLEO PUBLICO DEBE HACERSE A TRAVES DEL BOLETIN CORRESPONDIENTE (BOP, BOJA, BOE)

"mi arma" tu has visto que la diputacion o la junta ponga en las teles que pagan los anuncios? es eso legal? NO MAS IMPUESTOS esta CONTRA LOS QUE TIENEN DOBLES VARAS PARA MEDIR.

NO TE QUEJES MAS DE QUE SAQUEN PLAZAS "MI ARMA"
Puntos:
08-01-11 11:54 #6828588 -> 6828581
Por:palermito

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
MI ARMA APLAUDO QUE SAQUEN PLAZAS FIJAS, ME ALEGRA QUE SAQUEN PLAZAS FIJAS, MI ARMA EN PALOSTV SE ANUNCIA TOOOODO Y UN PUESTO DE TRABAJO NO SE ANUNCIA MI ARMA QUE TENEIS QUE OCULTAR.
Puntos:
08-01-11 11:56 #6828597 -> 6828588
Por:NO_MAS_IMPUESTOS

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
NO MAS IMPUESTOS NADA.

pero "mi arma" SI EL BOP ES PUBLICO. PARA OPOSITAR HAY QUE MIRARLO.
Puntos:
08-01-11 12:00 #6828612 -> 6828588
Por:palermito

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
si y los jóvenes de Palos van a estar todo el día mirando el BOP tenendo una tv que pagan para que les informen? jajaja vega ya hombre, admítelo esas plazas ya están dadas ¿te parece bien eso? ¿te parece bien que para los puestos de la tele sólo se enteren los que están trabajando dentro? ¿te parece bien que para pedir un puesto de trabajo te pregunten de qué familia eres? ¿defiendes esa gestión de opresión? ¿defiendes que en palospuntocero se insulten a las personas y esas pesonas no puedan defenderse?
Puntos:
08-01-11 12:21 #6828729 -> 6828588
Por:reporterapepita4

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
decis que los jovenes no van a mirar el bop, que lo pongan en la tele. si lo ponen en la tele decis que los jovenes no van a mirar la tele, que lo ponga en otro sitio.
como veo que andas despitaillo palermito consulta primero quien se presento a las oposiciones para la tele!! hubo hasta gente de fuera de Palos asi que no se la bobada que dices.
para gestión de opresion la que le hicieron a los trabajadores de palosrtv en uno de los mitines del psoe que hasta forcejeasteis con uno de los trabajadores.

Puntos:
08-01-11 15:27 #6829541 -> 6828588
Por:plantaverde

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
jajajaja al final eres R. O.
Puntos:
08-01-11 20:24 #6831048 -> 6828588
Por:mikae

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
el alcalde se pega un peo y lo sacan en palostv,sacan tres plazas de empleo y ni lo sacan.esto me parece un poco sospechoso.vamos a ver la lista de admitidos seguro que nos llevamos alguna sorpresilla
Puntos:
08-01-11 22:55 #6831797 -> 6828588
Por:martinhuelva

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
Esto es alucinante. No hay quien os entienda, porque una vez más criticais una cosa y la contraria. ¿Defenderéis alguna vez lo mismo aunque sean conversaciones distintas?Como he leido varias conversaciones iguales voy a responder por esta ¿ok? No puedo entender como pedis plazas fijas y cuando salen las criticais tambien y decis que es que ya están dadas de antes...

Para mi está bien que se saquen las plazas. Y ya os he dicho en otros sitios que si yo oposito tengo que estar pendiente de lo que ponga la Junta de Andalucia en el BOJA o el BOE porque si no, me quedo sin poder opositar. No lo ponen ni en Canal Sur, ni en los periódicos ni nada. En el boletín correspondiente como marca la ley.

Haber si sois coherentes y no criticais una cosa y la contaria.

Y lo dicho, que lo del ayuntamiento son oposiciones pero lo que va a hacer la Junta con 25.000 puestos es hacerlos fijos por la cara y darle la categoria de funcionario. Eso si que es una vergüenza. Que saquen las 25.000 plazas a oposición.
Puntos:
09-01-11 20:25 #6835799 -> 6828588
Por:plantaverde

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
¿para cuando la publicidad de estas plazas en PalosTV? los jóvenes de Palos que no están acostumbrados a mirar el bop o el boe no sabrán nunca que se sacan plazas. Además que problema hay para sacar esta información en la tele de los palermos no lo entiendo, cuando hay subvenciones de la Junta salen en Palotv, por supuesto no diciendo que es de la Junta sino diciendo "ayudas andaluzas". De todos modos no se que problema hay en publicitar esto.
Puntos:
09-01-11 23:10 #6836847 -> 6828588
Por:rosa80

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
Yo no soy una entendia en la materia pero supongo que haran lo que pide la ley cuando se saca una plaza.
Pero bueno eso que dice martinhuelva de que en la Junta van a dar 25.000 plazas a gente sin hacer oposicion si me parece una pasada. Ya no es que lo publiquen en donde sea, si no que se lo van a dar sin hacer un examen y sin poder acudir a las pruebas quien quiera porque simplemente los van a hacer porque quieren. Por lo menos aqui sacan la plaza a oposiciones no?
Puntos:
10-01-11 12:25 #6838573 -> 6828588
Por:paleño

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
Tú todo lo que diga martinhuelva te parece bien, pero veo que no sabes la diferencia que hay entre oposición y oposición-concurso.
TE lo resumo rápidamente:
En la oposición, saca la plaza el que mejor preparado esté.
En la oposición concurso, saca la plaza el que quiera el que las oferta. Lo entiendes?, pues si no lo entiendes, entonces no te presentes a ninguna oposición. Sobre todo si es oposición-concurso. Son ilegales y anticonstitucional, aunque te digan lo contrario.
Puntos:
10-01-11 07:09 #6837537 -> 6823696
Por:FranciscoPalos

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
Gracias por la información.
Puntos:
10-01-11 12:51 #6838670 -> 6837537
Por:rosa80

RE: AQUÍ TENÉIS LAS BASES PARA PRESENTARSE A LAS PLAZAS DE VIGILANTES Y CELADOR, YA LA PODRÍAN PONER EN PALOSTV
vale pa ti seran como sean, pero la ley dice lo contrario que tu porque si no no se podrian hacer.
A mi no me parece bien todo lo que diga martinhuelva pero si te digo una cosa que tu tienes obsesion con Carmelo. Otra vez leo como no te gusta que saque plazas porque los hace por concurso-oposicion o como se llame. Pero por lo menos es una oposicion.

De las 25.000 plazas esas de la Junta que los van a hacer como si fueran funcionarios por la cara no dices nada no?
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