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Torija - Guadalajara

Poblacion:
España > Guadalajara > Torija
30-12-11 00:42 #9361872
Por:chaletes

Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Buenas noches hoy volviendo a casa he pasado como todos los días por los badenes de la carretera hacia los chaletes de la Ermita, hoy al pasar por ellos el coche se ha resentido y me he preguntado estos badenes están bien?, y para mi sorpresa pq aun me sigo sorprendiendo con las cosas que hacen en este ayuntamiento he comprobado con la normativa española de badenes que este tipo de badén o resalte es totalmente ilegal,si alguien lo duda no tengo problemas de poner la normativa en este foro. Con este mensaje pretendo avisar al ayuntamiento para que lo cambien a la mayor brevedad antes de que pase algo con mi coche o con el de otro pq este incidente llegara mas pronto que tarde, y si no ponen solución rápida me encargare en persona de denunciar al ayuntamiento por este motivo ya vale de aguantar todo lo que se les ocurra poner a los encargados de controlar esta república bananera en la que se ha convertido Torija. Sin mas, un saludo.
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30-12-11 02:15 #9362041 -> 9361872
Por:SrTija

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
De acuerdo contigo. Esto y otras muchas cosas convierten a Torija en una gran chapuza, obras inacabadas, badenes sin señalizar,farolas en el campo,parches que vuelven a salir, en definitiva si a esto no se pone remedio, y pinta mal, iremos con toda seguridad a peor, lo lamentable es que el responsable de esta chapuza Chaletes encima cobra.
Saludos.
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30-12-11 20:18 #9365021 -> 9361872
Por:yo 201105

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Estoy de acuerdo en que deberían quitar esos badenes con celeridad ya que son dañinos para los vehículos,pero no lo estoy en lo de república bananera me parece rebuscado,exagerado y con mala sangre, ya que estas efundiendo a los habitantes de este pueblo,si no te parece bien una cosa la dices pero desde el respeto,ya que si dices eso a cualquiera del pueblo seguro que te contesta mal,y no creo que tu en torija estés viviendo como en una república bananera,y si te sientes así tienes muchas opciones para remediarlo.
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30-12-11 20:52 #9365236 -> 9365021
Por:Mrkoldo

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Qué opciones... ¿marcharse del pueblo?. Dilo, si es lo que pensabas; no serías el primero con esa cortedad de miras. Imagino que has equivocado el verbo "efundir" (que no viene al caso), por el de confundir. Si es así, quien tiene una pobre opinión de los vecinos de Torija eres tú, por pensar que cualquier opinión, bien o malintencionada, puede trastocar sus pobres mentes.

Los badenes son una aberración. Si su colocación fue meditada, dice muy poco de quienes gastaron neuronas en semejante desatino y si fue el deseo de deshacerse de un hormigón sobrante, hay suficientes hoyos en el pueblo para gastarlo. En cualquier caso mal; muy mal.
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30-12-11 23:48 #9366208 -> 9365236
Por:Sanblas54

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Si lo de "república bananera" no te gusta podemos cambiarlo por "pueblo tercermundista" o algo parecido.

Lo que está claro es que nuestros gobernantes no dan una en el clavo y no estoy de acuerdo contigo en lo que dices de que se puede confundir a los vecinos de Torija. Ya somos bastante mayorcitos para que nos confundan, pues creo que tenemos el suficiente criterio para darnos cuenta de lo que aquí está pasando y es tan sencillo como mirar a nuestro alrededor y ver lo que tenemos ante nuestros ojos, un abandono total y las pocas cosas que se hacen, se hacen mal. Ejemplos: badenes, baches, farolas, etc, etc.

Que pena de sueldos que se llevan para lo que hacen, la mejor opción para el pueblo y sus habitantes sería que dimitieran.
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02-01-12 21:34 #9377756 -> 9365236
Por:yo 201105

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Ofender ,quería decir ofender,o tu no te equivocas nunca de tecla al escribir en el teclado, no pongas palabras en mi boca que no he pronunciado MrKoldo o acaso has leído algo de marcharse del pueblo,si lees bien he escrito que estoy de acuerdo con el en lo de los badenes no en las comparacines que ha hecho, en lo de las opciones también entra`por ejemplo recoger firmas, poner su queja en el ayuntamiento denunciar etc.Si he puesto eso es porque yo no siento que viva en una república bananera ni en un pueblo tercermundista (yo no voy con harapos ,ni descalzo, como bien ,vamos que no vivo mal en computación a esa gente,por lo tanto no creo que sea la computación adecuada y en esos sitios te puedo asegurar que les encantaría vivir como vivimos en torija por eso es mi queja)osea que no trastoques mis palabras para marcarte un punto,ni tampoco dejarme por malo a mi que eso se te da bien. Si te ha confundido a ti lo de efundir ,ya te digo que me he confundido al marcarlo en las teclas, y tampoco es confundir ,es ofender y yo no tengo una pobre impresión de nadie de torija,¿ y tu ? ¿la tienes? no lo creo ya que la gente en Torija es mas lista que todo eso te lo aseguro.De todas formas si te he confundido al equivocarme en esa palabra en concreto te pido disculpas.
Puntos:
02-01-12 22:30 #9378085 -> 9377756
Por:SrTija

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Para yo 201105:

Lo de republica bananera es por los gobernantes, no por sus habitantes, por lo cual no tienes por que enfadarte a menos que formes parte del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Torija, cuestion que dudo ya que parece que te dedicas a las computadoras.

Sinceramente no te entiendo.

Salud.
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01-01-12 13:27 #9370210 -> 9361872
Por:meriamillon

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Estoy de acuerdo lo he confirmado con miembros de la guardia civil, y vigilancia de campos y me han dicho que son ilegales, hay que reclamar al ayuntamiento para que los ponga como deben ser .
Puntos:
02-01-12 12:49 #9375337 -> 9370210
Por:Vanessa.

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
INSTRUCCION TECNICA PARA LA INSTALACION DE REDUCTORES DE VELOCIDAD Y BANDAS TRANSVERSALES DE ALERTA EN CARRETERAS DE LA RED DE CARRETERAS DE ESPAÑA. ORDEN FOM/3053/2008.

1. OBJETO.

El objeto de esta norma es el establecimiento de los criterios básicos que deben ser considerados en el proyecto y la ejecución e instalación de «reductores de velocidad» (RDV) y «bandas transversales de alerta» (BTA).

En general se consideran dos tipos diferenciados de dispositivos: aquellos en los que la finalidad es mantener una velocidad reducida de circulación a lo largo de ciertos tramos, y aquellos en los que la finalidad es la advertencia a los usuarios de la necesidad de realizar alguna acción preventiva (por ejemplo: reducir la velocidad).

El primer grupo lo componen los «reductores de velocidad» (cuyas ventajas destacadas son el mantenimiento efectivo de la velocidad en valores reducidos y la identificación y protección de los pasos de peatones), y el segundo las bandas transversales de alerta.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Esta norma básica será de aplicación en todos aquellos puntos de la Red de Carreteras del Estado donde sea necesaria la instalación de «reductores de velocidad (RDV)» y «bandas transversales de alerta (BTA)».

3. REDUCTORES DE VELOCIDAD.

3.1 Definición.

Son dispositivos colocados sobre la superficie de rodadura, cuya finalidad es la de mantener unas velocidades de circulación reducidas a lo largo de ciertos tramos de vía.

Su efectividad reside en el hecho de crear una aceleración vertical en los vehículos al atravesar los dispositivos, que transmite incomodidad a los conductores y ocupantes cuando se circula a velocidades superiores a las establecidas.

Los Reductores de Velocidad (RDV), más comúnmente utilizados, se clasifican, atendiendo a su geometría, en los siguientes tipos:

Reductores de Velocidad de sección transversal trapezoidal (paso peatonal sobreelevado). Estos dispositivos cumplen la función de pasos peatonales, situándose su rasante a un nivel ligeramente superior al del firme. A efectos legales le son de aplicación las disposiciones vigentes relativas tanto a pasos de peatones como a reductores de velocidad.
Reductores de Velocidad de lomo de asno. Son dispositivos de sección transversal de segmento circular.
Atendiendo a su ejecución, se pueden diferenciar los siguientes:

Ejecutados totalmente in situ.
Prefabricados.
3.2 Criterios de implantación.

3.2.1 Ubicación.

Los Reductores de Velocidad contemplados en esta Instrucción tienen como misión mantener una velocidad que ya debería haberse visto reducida con otras medidas (por ejemplo: señalización, glorietas, etc.), normalmente dispuestas al principio de la travesía o tramo.

La distancia entre Reductores de Velocidad consecutivos deberá estar comprendida entre 50 y 200 m, si bien se procurará que no supere los 150 m.

3.2.2 Limitaciones.

No podrán instalarse Reductores de Velocidad salvo justificación técnica en los siguientes casos:

En los tramos de la red que no tengan consideración de travesía. A estos efectos, podrán considerarse como travesías aquellos tramos cuyo régimen de circulación, tráfico y usos sean similares al de éstas (por ejemplo, proximidades de rotondas en entornos periurbanos de las carreteras denominadas «vía parque», rondas urbanas, penetraciones urbanas, etc.), y su velocidad sea inferior a 50 km/h.
En los primeros 50 metros del comienzo de la travesía, cuando no exista «puerta de entrada» (sección en la que se garantiza una velocidad moderada).
En travesías cuya longitud sea inferior a 200 m.
En puntos donde la V85 supere los 60 km/h.
En los puentes o túneles u otras obras de fábrica singulares, y en los 25 m anteriores o posteriores.
En los tramos de travesías con pendiente superior al 5 por ciento.
En los tramos de travesías en que existan más de 2 carriles de circulación, salvo que exista mediana no franqueable de separación de sentidos.
En tramos de travesías con IMD superior a 5.000 vh, o una intensidad horaria punta superior a 300 vh.
En tramos de travesía con una IMD de vehículos pesados superior a 300 vh.
En las proximidades de las intersecciones no se colocarán Reductores de Velocidad del tipo «lomo de asno» para evitar que los peatones puedan confundirlos con pasos peatonales. En este caso sólo pueden ser utilizados los Reductores de Velocidad de tipo trapezoidal, siempre que existan pasos de peatones.
3.3 Criterios de diseño.

3.3.1 Materiales de construcción.

La calidad de los materiales empleados en la construcción deberá garantizar su estabilidad, unión a la calzada, indeformabilidad y durabilidad.

Para los Reductores de Velocidad fabricados in situ se consideran materiales adecuados el hormigón, cuya textura superficial estará comprendida entre 0,6-0,9 según NLT-335, ó, materiales de componente asfáltico. El coeficiente de rozamiento superficial para los fabricados con componentes asfálticos será al menos del 65% según la especificación para la calidad de obra terminada indicada en los Art. 540, 542 y 543 del PG3.

En los prefabricados los materiales suelen ser de caucho o derivados y materiales plásticos, y la sujeción a la capa de rodadura se realiza mediante tornillos o adhesivos químicos que garanticen su total fijación.

3.3.2 Geometría.

Para la implantación en tramos donde las velocidades requeridas estén comprendidas entre 30 y 50 km/h, las características geométricas de los distintos tipos de reductores, serán:

3.3.2.1 Paso peatonal sobreelevado (reductor trapezoidal).

El perfil longitudinal del Reductores de Velocidad trapezoidal comprende una zona sobreelevada y dos partes en pendiente, llamadas rampas, formando un trapecio.

Sus dimensiones serán:

Altura: 10 cm ± 1 cm.
Longitud de la zona elevada: 4 m ± 0,20 m (en casos excepcionales se autorizarán longitudes inferiores, hasta un mínimo de 2,5 m).
Longitud de las rampas: Entre 1 y 2,5 m (un metro para el caso de «zona 30», un metro y cincuenta centímetros cuando se señalicen para 40 km/h, y dos metros cincuenta centímetros para velocidad igual a 50 km/h).



En los casos en que la intensidad de autobuses sea elevada se estudiará la posibilidad de construir pasos sobreelevados combinados o «almohadas» (pendientes distintas para vehículos ligeros y vehículos pesados).

3.3.2.2 Reductor tipo «Lomo de asno» in situ.

Las dimensiones del Reductores de Velocidad tipo «lomo de asno» ejecutado in situ, que tendrá sección transversal de segmento circular, serán:

Altura: 6 cm ± 1 cm.
Longitud: 4 m ± 0,20 m.



3.3.2.3 Reductor prefabricado.

Las dimensiones recomendadas para los Reductores de Velocidad prefabricados en función de la velocidad máxima permitida son:

Velocidad máxima
(km/h) Longitud (cm)
≥ Altura (cm)

50 60 3


En determinados casos excepcionales por obras o recintos interiores con limitación de velocidades inferiores a 50 km/h se podrán implantar dispositivos prefabricados con las siguientes características geométricas.

Velocidad máxima
(km/h) Longitud (cm) Altura (cm)
<50 Entre 60 y 120 Entre 5 y 7


3.3.2.3.1 Montaje.

Los reductores prefabricados se componen generalmente de módulos que se ensamblan y fijan al pavimento in situ.

Las operaciones de almacenamiento, transporte, acopio y montaje se realizarán con el cuidado suficiente para no provocar deterioros ni solicitaciones excesivas que pudieran dañar los distintos elementos. Si tras los controles oportunos se detectaran módulos con defectos que pudieran repercutir negativamente en sus condiciones resistentes, de estabilidad o de comportamiento, serían rechazados.

En el montaje se realizará el ensamblaje de los distintos módulos, de modo que el conjunto resultante se adapte a la forma prevista para el dispositivo a instalar.

Los módulos y, por tanto, el dispositivo en su conjunto, se fijarán al pavimento mediante tornillos o adhesivos químicos, respetando las tolerancias relativas a los bordes de entrada (los cuales se indican en el apartado siguiente) y garantizando la estabilidad y el comportamiento de los dispositivos frente al impacto de las ruedas de los vehículos al pasar sobre ellos.

Los tornillos de fijación quedarán perfectamente embutidos en el reductor sin que sobresalga elemento o parte alguna de los mismos con respecto a la superficie del RDV.

3.3.3 Borde de entrada.

El borde de ataque entre la calzada y el Reductores de Velocidad debe ser como máximo de 5 mm de altura; para ello, en el proceso de construcción de los Reductores de Velocidad (RDV) «in situ», se procederá a cajear los extremos transversales al eje de la calzada en una profundidad mínima de 3 a 4 cm y 50 cm de anchura.

3.3.4 Conexión con la acera.

En el caso del paso peatonal sobreelevado, si la acera tuviere una altura superior a 10 cm, y con objeto de facilitar los desplazamientos de personas con movilidad reducida, se procederá a rebajarla en toda la longitud del paso para permitir la continuidad del itinerario peatonal. Esta adecuación de la acera se llevará a cabo con los criterios de diseño precisos y reglamentados, evitando que el desnivel entre la acera y el Reductores de Velocidad trapezoidal sea superior a 1 cm.

3.3.4.1 Drenaje.

Se debe garantizar el drenaje de las aguas que circulan por la calzada de forma que no se produzcan retenciones de agua o encharcamiento en los extremos del Reductores de Velocidad. Entre las posibles soluciones a considerar, se recomiendan las siguientes soluciones:

Captación de aguas pluviales mediante sumideros colocados en cada uno de los laterales de los carriles, en las proximidades del borde de aguas arriba del Reductores de Velocidad ubicado a mayor cota.
Ejecución, a lo largo de los laterales del paso sobreelevado, de conductos embebidos que garanticen la evacuación de las aguas; evitando en todo caso discontinuidades entre el Reductores de Velocidad y la acera que puedan suponer obstáculo para el cruce peatonal o peligro para los vehículos que circulen por la zona.
3.4 Equipamiento.

3.4.1 Señalización.

Tanto en la travesía como en el entorno de los Reductores de Velocidad se dispondrá la señalización que a continuación se detalla, con el objeto de garantizar los objetivos de mejora de la seguridad de la circulación que se persiguen con estos dispositivos.

3.4.1.1 Señalización horizontal.

A) Paso peatonal sobreelevado:

La señalización horizontal que se materializará sobre él estará constituida, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Circulación y en la Norma 8.2-IC de la Instrucción de Carreteras, por una serie de bandas blancas transversales situadas en el plano superior; de 50 cm de anchura y separación, y replanteadas de forma que su representación final suponga un dibujo simétrico en la sección transversal de los carriles respecto de su eje.

Estas bandas se prolongarán sobre las rampas de acceso y salida hasta la mitad de su longitud, tal y como se indica gráficamente en la figura adjunta.




Se pintarán bandas blancas de 40 centímetros de anchura (M-4.1 - Norma: 8.2-IC), de forma transversal a la calzada, 1 metro antes del inicio de las rampas del paso.

La calidad de la pintura garantizará tanto su durabilidad como el coeficiente de rozamiento exigido en la normativa de carreteras.

B) Reductor tipo «Lomo de asno»:

Los Reductores de Velocidad de este tipo no se emplearán como paso de peatones. El diseño incluirá como elementos distintivos del sentido de circulación tres triángulos blancos realizados sobre la parte ascendente del «lomo de asno» (la figura adjunta muestra el caso de los construidos in situ).




El diseño de los Reductores de Velocidad prefabricados será similar al de los realizados in situ, variando la dimensión longitudinal de los triángulos en función de las medidas del reductor.

Cuando la calzada sea de doble sentido, conviene materializar a lo largo de los «lomos de asno» una línea axial continua de tipo (M-2.2; Norma: 8.2-IC), de longitud no inferior a 10 metros a cada lado.

3.4.1.2 Señalización vertical.

Estas recomendaciones contemplan tres tipos de señalización vertical: de entrada al tramo, de advertencia, y de situación.

A) Señalización a la entrada de la travesía:

En las entradas a la travesía, en la misma sección donde se ubique la señal de poblado S-500, o en sus inmediaciones, los de dispositivos reductores de velocidad deben de ir precedidos de las señales siguientes: R-301 de limitación de velocidad, P-15a de advertencia de resalto, y P-20 de «peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por peatones».

Estas señales se escogerán, ya sean algunas de ellas o todas, atendiendo a las características del tramo y de los tipos de dispositivos RDV, pudiéndose conjugar la disposición individualizada de cada señal con la disposición conjunta de varias de ellas dentro de un cartel, facilitando así la señalización idónea para cada caso concreto.




La limitación de velocidad se elegirá teniendo en cuenta las características del tramo, pero en ningún caso será superior a 50 km/h.

B) Señalización en la aproximación al RDV:

La señalización vertical en aproximación a un reductor de velocidad aislado o a un grupo de reductores sucesivos estará compuesta en general por las señales R-301 (velocidad máxima permitida), P-15a (resalto) y P-20 (proximidad de lugar frecuentado por peatones), dispuestas en ese mismo orden según el sentido de marcha de los vehículos.

La señal P-20 se dispondrá obligatoriamente en el caso de los reductores de tipo trapezoidal con función de paso de peatones.

Dicha señal será recomendable en el caso en que exista un paso de peatones situado a continuación de los reductores de velocidad así como en el caso de presencia significativa de peatones en las márgenes con riesgo de invasión de la calzada por parte de los mismos.

Si el RDV aislado o primero de grupo se encontrara próximo a la puerta de entrada del tramo a considerar, se estudiará la validez de las señales allí dispuestas a los efectos descritos en este apartado, viniendo a sustituir total o parcialmente a la señalización específica de aproximación al RDV.

Donde hubiera limitaciones de espacio, se podrán colocar dos señales en un mismo poste.

La señal P-15a se instalará siempre en la aproximación a un RDV aislado y la P-15 precederá al primero cuando exista más de una reductor.

La señal R-301 se instalará siempre en el caso en que la velocidad correspondiente a las características geométricas del reductor sea inferior al límite de velocidad existente en el tramo previo. La distancia entre la señal R-301 y la línea de detención del paso de peatones será igual o superior a la distancia de parada correspondiente a la limitación de velocidad relativa a las características geométricas del reductor y tendrá un valor mínimo de 25 m.




* Cuando sea necesaria. Dp: Distancia de parada (m) en función de Vr

Va: Límite de velocidad en el tramo de aproximación

Vr: Límite de velocidad correspondiente al paso peatonal sobreelevado

Nota de Carreteros.Org: La señal P-20 que aparece en la anterior figura no se corresponde con la señal P-20 que se muestra en el Reglamento General de Circulación publicado en el BOE de 23-12-03 (formato PDF).



C) Señalización de situación:

En los reductores de velocidad de tipo trapezoidal se colocará inmediatamente antes del paso una señal S-13 de paso peatonal.

En caso de que se considere que esta señal no será percibida con la suficiente antelación, se estudiará la conveniencia de disponer la señal S-13 en báculo, con el objeto de que se pueda percibir desde mayor distancia.

3.4.2 Iluminación.

Todos los dispositivos reductores de velocidad deberán contar con iluminación nocturna, a los efectos de garantizar su visibilidad, localización, y presencia de peatones en su caso, por parte de los conductores. En caso de que exista iluminación en todo el tramo, se deberá destacar la situada sobre los pasos de peatones.

4. BANDAS TRANSVERSALES DE ALERTA (BTA).

Su función es actuar como señal de advertencia acústica y vibratoria, y alertar a los conductores de que puede ser necesario realizar alguna acción preventiva. Dicha acción preventiva deberá deducirse de la señalización que se dispondrá en las proximidades, y que, gracias a la combinación con las BTA, cumplirá su misión con mejores resultados.

4.1 Definición.

Las bandas transversales de alerta son unos dispositivos modificadores de la superficie de rodadura de la calzada, cuyo objetivo es transmitir al conductor la necesidad de extremar la atención en su aproximación a un tramo en el que existe un riesgo vial superior al percibido subjetivamente, empleando para ello la transmisión de vibraciones o ruidos derivados de su acción sobre el sistema de suspensión y amortiguación del vehículo.

Si bien existe gran variedad de dispositivos cuyas características y fines se ajustan al concepto expuesto, las BTA se pueden clasificar en tres grupos:

Fresadas. Quedan por debajo de la rasante del pavimento.
Resaltadas. Quedan por encima de la rasante del pavimento.
A nivel. Con distinta textura a la del pavimento, quedan sensiblemente al mismo nivel del pavimento.
4.2 Criterios de diseño.

4.2.1 Materiales.

Los materiales empleados en la construcción de las bandas deberán tener una calidad suficiente para garantizar su estabilidad, unión al pavimento, indeformabilidad y durabilidad.

Se emplean, entre otros, lechadas bituminosas, mezclas de resinas con áridos, tacos o bandas de caucho, y materiales asfálticos.

4.2.2 Geometría.

a) Altura:

Dado que en ningún caso deben suponer un peligro para la circulación, su altura máxima (o profundidad) no deberá ser superior a 10 mm. Para esta altura la circulación sobre ellas tiene un doble efecto: por un lado transmite una suave vibración, con el resultado de un incremento de la atención del conductor; por otro lado, se genera un nivel sonoro que advierte a los demás usuarios de la vía la presencia de vehículos en las proximidades. Asimismo se garantiza la ausencia de molestias para los usuarios de vehículos de motor.




Se procurará que su perfil longitudinal sea trapecial, o que al menos tenga el borde de ataque redondeado.

Se recomiendan las bandas resaltadas o a nivel, especialmente por previsibles problemas de drenaje o encharcamiento, o en zonas de alta pluviometría, no es recomendable el uso de «bandas» fresadas en caso de presencia de ciclistas.

b) Sección transversal:

Las BTA deberán abarcar toda la anchura de la calzada. Se exceptúan los casos donde haya una separación física de los sentidos de circulación; donde esté prohibido el adelantamiento; o donde se considere poco probable la invasión voluntaria del sentido contrario para evitar circular sobre las BTA.

En general las BTA no se extenderán a los arcenes; en cuyo caso se recomienda que la marca vial de borde tenga resaltes. En el caso de las BTA fresadas, se extenderán a los arcenes si es necesario garantizar la evacuación del agua. En zonas con tránsito elevado de ciclistas y sin arcén, se estudiará la conveniencia de dejar libre una franja de entre 75 y 100 cm en el borde exterior del carril, para el paso de aquéllos.

Se recomienda que la anchura de las bandas, medida paralelamente al sentido de circulación, sea de 50 cm, según la figura adjunta. En todo caso esta anchura no será inferior a 25 cm (tamaño estándar de la huella de un camión), para que las BTA también produzcan efecto sobre los vehículos pesados.

Los módulos de las BTA estarán compuestos por los trazos discontinuos de la marca vial transversal de 0,50 metros de anchura, con 1 metro de trazo y 1 metro de vano con disposición alternada de los trazos entre cada dos marcas contiguas.

En general, estos módulos contarán con tres líneas transversales, separadas 0,50 metros, si bien en determinados casos justificados se admitirán dos o incluso una única línea.

Los tacos se dispondrán coincidiendo con los trazos de las marcas viales, salvo en el caso del módulo compuesto por una única línea, en cuyo caso también se colocarán los tacos en los vanos.

4.3 Criterios de implantación.

4.3.1 Ubicación.

Dado que el principal objeto de las BTA es la mejora de la seguridad de la circulación, sólo deberán colocarse donde se considera conveniente advertir al conductor que se aproxima a un lugar en el que es aconsejable una disminución de la velocidad o un incremento de la atención, como por ejemplo:

Proximidad de intersecciones conflictivas.
Aproximación a curvas en las que se haya detectado un nivel elevado de accidentalidad debido a un exceso de velocidad.
Aproximación a áreas de peaje.
Necesidad de cambio de carril, ya sea por disminución del número de éstos o por existir un desvío temporal.
Situaciones tales como cambios recientes en los dispositivos de regulación del tráfico, o donde exista una variación poco perceptible en el régimen de prioridad de la vía.
En combinación con otras medidas, para indicar el inicio de una travesía o el comienzo de una serie de medidas para calmar el tráfico.
En todo caso, deberán terminar a una distancia del elemento o circunstancia sobre el cual las BTA pretenden alertar, superior a la distancia de parada (con un mínimo recomendable de 50 metros), con el doble objeto de que el conductor centre su atención en dicho elemento, y de que en el tramo entre las BTA y dicho elemento o circunstancia no haya una pérdida de adherencia ni de maniobrabilidad que no pueda advertir. A este respecto, deberán finalizar las BTA antes de que empiece la curva de acuerdo (o la propia curva circular si no hubiese curva de acuerdo).

Por otro lado, para que las bandas puedan cumplir adecuadamente su función de advertencia, tampoco deberán ubicarse muy lejos de la situación de posible conflicto, con un límite máximo de 150 m de distancia de ella.

Las BTA no deben utilizarse con una frecuencia excesiva, especialmente en un mismo itinerario, con el fin de mantener su eficacia.

Si se prevé la instalación de BTA, debe realizarse un estudio técnico previo que incluya un análisis de los siguientes aspectos:

El peligro.
La señalización.
Las velocidades reales de los vehículos.
Intensidad y composición del tráfico.
Los accidentes ocurridos.
El comportamiento de los usuarios.
Las BTA no deberán instalarse en la proximidad de zonas habitadas, ya que pueden producir molestias a causa del ruido que ocasionan al circular sobre ellas. En caso de duda se deberá hacer previamente un análisis del impacto acústico en las viviendas cercanas.

Tampoco deberán instalarse en tramos rectos inmediatamente antes de las curvas en que la combinación de las BTA, el radio y la velocidad puedan producir pérdida del control del vehículo.

4.3.2 Disposición longitudinal.

Separación y secuencia. Cabe distinguir dos disposiciones, según se pretenda únicamente un efecto de alerta sobre el conductor, o además, un efecto adicional de una suave reducción de la velocidad.

En este segundo caso se recomienda seguir el esquema representado, que indica la disposición de las bandas en función de la velocidad de aproximación (V85) y la velocidad que se quiera conseguir al entrar en la zona de alerta.




En las reducciones parciales de velocidad se terminará con tres tramos cuya separación sea igual a la indicada en el croquis, a la derecha de la correspondiente a la velocidad a la que se pretende que se circule por la zona de conflicto.

Ejemplo de reducción de 90 a 50 km/h:




Cuando sólo se pretenda el efecto de alerta, se instalará un mínimo de 5 módulos, separados entre sí la distancia que se recorre en un segundo a la velocidad V85, manteniendo el mismo criterio que en el caso anterior acerca de la distancia de la última BTA al elemento o circunstancia sobre el que se pretende alertar.

4.3.3 Señalización.

Si bien, en general, las BTA no deben suponer peligro para la circulación, dada la posible incidencia que en determinadas situaciones pueden tener sobre determinados tipos de usuarios (motoristas, ciclistas, etc.) o la posible afección sobre la efectividad de las frenadas de emergencia, las BTA se señalizarán siempre, para lo cual previamente al lugar de instalación de las mismas se implantará la señal de limitación de la velocidad.

En el caso en que dos o más grupos de BTA estuvieran dispuestos de forma consecutiva, bastará con señalizar el primero de ellos.
Puntos:
02-01-12 13:28 #9375501 -> 9375337
Por:Mrkoldo

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Vamos; así por encima, lo que ya sabíamos. Ni geometría, ni dimensiones y, lo que es más importante, ni la textura superficial (0,6 - 0,9 según NLT 335) cumplen la normativa. Pero lo más chocante es que no se haya escogido el perfil "lomo de asno" habiendo tanta gente a quien consultar. Mi Ferrari se roza en los bajos.
Fuera de coñas;¿tan carísimas son las bandas sintéticas como las de la carretera de Brihuega que hemos tenido que recurrir a esa chapuza?.
Puntos:
02-01-12 13:37 #9375543 -> 9375337
Por:pepa19552011

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Querida Vanessa, algunas ya sabiamos que los badenes son una chapuza, sin embargo con tu ilustración de la normativa que es de agradecer, se confirma mas aún la chapuza, es más, "yo paseando el otro dia por allí me llevé la cinta métrica y corroboré que las alturas, las anchuras y las bajuras no se corresponden con los datos facilitados; también pude observar que la compactación del hormigón empleado y su mezcla no cumple las calidades necesarias y establecidas".
Por consiguiente: te sugiero que hagas llegar este mensaje también al buzón del Ayuntamiento en forma de carta a los reyes magos y la dirijas al Ilustrísmo señor Concejal de Urbanismo, Obras, Agua, Alcantarillado, Medio Ambiente y Alumbrado D. Rafael Domínguez para que tome buena nota; tampoco estaría demas sugerirle que se pusiera manos a la obra para subsanar los olores que emanan de las alcalcantarillas de los chalets de la ermita, además de mejorar la limpieza en general del pueblo, así como la atención de los parques, dejando meridianamente claro, que a los cipreses de la ladera del castillo, no se les corte la copa y se les deje crecer libremente y a lo alto, también seria conveniente que los muros inacabados que existen en diferentes zonas del pueblo sencillamente se finalizaran, y las ocurrencias se dejaran para otros momentos, querida Vanessa, gobernar no es poner el cazo todos los meses, es en primer lugar dar a conocer a los vecinos el acuerdo programático al que ha llegado este concejal para dar su apoyo al PSOE, y a continuación coger tu programa electoral y cumplirlo.
Puntos:
02-01-12 14:13 #9375681 -> 9375543
Por:Vanessa.

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Decir que antes de publicar la normativa con relación a badenes en este foro ya he mandado mi correspondiente queja con normativa incluida al ayuntamiento.
Fuera a parte de creencias políticas y/o partidos políticos, ante todo soy persona y vecina de Torija y no hay que comulgar con ruedas de molino y cuando las cosas se hacen mal y no están bien hay que reconocerlo y sobre todo no voy a consentir que mi coche sufra daños y desperfectos por las animaladas cometidas en la carretera ya que es mi modo de transporte primeramente para ir a trabajar. Yo a nivel personal y como persona que "sobrevive" en este pueblo voy a hacer todo lo que este en mi mano porque este problema se solucione. No estaría de más que la oposición tomara nota de este problema y lo expusiera en un pleno. Por último decir que estoy esperando respuesta o mejor dicho solución por parte del ayuntamiento por escrito y con hechos.
Puntos:
02-01-12 17:03 #9376252 -> 9375681
Por:ermaka

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
¿No queríais un skate-park?. Chicos, ahí lo tenéis.
Puntos:
03-01-12 13:27 #9379900 -> 9376252
Por:pepa19552011

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Pues está muy bien que las quejas realizadas en este foro y que se han hecho llegar a nuestro Ayuntamiento sean atendidas a la mayor celeridad posible por el Concejal responsable del área en cuestión D. Rafael Domínguez y si es listo, se pondrá manos a la obra lo antes posible para dar solución a este problema que apunta a una ilegalidad mas, pues no hay que olvidar que la instalación de las farolas en la misma zona también lo hizo mal.
El asunto de las farolas llegó a un pleno, y admmitió que efectivamente si habia que quitarlas, se quitarían, a dia de hoy las farolas siguen ahí, me temo que con los badenes puede pasar lo mismo, aunque ojála me equivoque, pero en todo caso, grave es que se hayan realizado dos operaciones mal, vamos "dos chapucillas", que aunque pequeñas, han generado un gasto a las arcas municipales. En cualquier caso, si los badenes definititvamente se acaban quitando, lógicamente generarán un segundo gasto, y hombre como sigamos así toda la legislatura en la Concejalía de Obras, pues enfín estaremos tirando el dinero de todos; sería bueno que el Concejal recapacitase y de su bolsillo repusiera los gastos ocasionados porque el dinero es de todos, en todo caso creo que esto le pasa por improvisar y salirse del guión, es decir de su programa electoral, ahí está escrito y tiene muy clarito lo que tiene que hacer como responsable de esa Concejalía, esto es lo que tiene por pensar por si solo: ocurrencias y despropósitos.
Puntos:
03-01-12 13:44 #9379993 -> 9379900
Por:kiowa88

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Me parece que nos estamos equivocando todos con pedir a los personajes que estan en el ayuntamiento que miren por el pueblo pues visto lo visto lo unico que les interesa es que a final de mes les caiga la pasta y dejar pasar el tiempo sin que les molestemos(DAME PAN Y LLAMAME TONTO) y no preocuparse si cerca del colegio lleva una arqueta mal tapada con un palet desde que se abrió el cole,o si el polideportivo nuevo està legal o no (mas vale que no le pase nada a nadie)o terminar las obras de la barbacana o cumplir TODOS los representantes del ayuntamiento que no se aparque en la plaza,etc.etc.etc.podria estar asi todo eldia pero dejo tambien que vosotros digais mas cosas por las que a dichos personajes les da lo mismo el futuro y progreso de Torija.

FELIZ AÑO PARA TODOS MENOS PARA ALGUN@
Puntos:
10-01-12 19:44 #9412441 -> 9379900
Por:Vanessa.

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
En cuanto a lo que dices sobre aparcar en la plaza o a lo largo de la calle mesones, al igual que los badenes ilegales, yo me pregunto... que pinta la Guardia Civil en este pueblo? Deben estar bien comprados o con mi mas sincero respeto para las personas con deficiencia visual, deben de ser invidentes porque otra explicación no tiene. Qué lastima...!!!
Puntos:
15-01-12 11:44 #9434749 -> 9379900
Por:No Registrado
RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Jo como pica que la guardia civil te saque los cuartos,
Puntos:
15-01-12 12:04 #9434809 -> 9379900
Por:Vanessa.

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Pues si bastante, a ti no?????
Puntos:
03-01-12 22:24 #9382849 -> 9376252
Por:TIO ANICETO

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
jajaja
ya no me acordaba.........................................
que tiempos
Puntos:
10-01-12 19:25 #9412291 -> 9382849
Por:Vanessa.

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Buenas tardes, 8 días y sin recibir contestación por parte del ayuntamiento sobre el tema badenes ilegales en el camino a Urb. Altos de la Ermita, muy bien, sigo esperando.
Por cierto, agradecería a quien se enterara de que informara cuando haya un pleno ordinario de día y hora. Muchas gracias.
Puntos:
10-01-12 20:43 #9412844 -> 9382849
Por:kiowa88

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Pues preparate una buena silla o mejor un sillon
Puntos:
15-01-12 11:36 #9434719 -> 9375543
Por:No Registrado
RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Que has hecho ,¿te has llevado un trozo de hormigon para que lo analicen?,porque como dices que no esta bien hecha la mezcla ,¿también eres experta en hormigones o que?,eres la leche, de todo sabes, que mujer mas completa.
Puntos:
15-01-12 12:08 #9434824 -> 9434719
Por:Vanessa.

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Es todo muy evidente,como todo, hasta sin hacer mezclas.
Puntos:
15-01-12 17:05 #9435844 -> 9434824
Por:SrTija

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Oye chaval, pareces ... de capirote, no te das cuenta que pepa esta de coña?, pareces un confidente de la guardia de civil, ¿Acaso tienes mano y por eso no te ponen multas?.
Salud
Puntos:
16-01-12 12:23 #9439373 -> 9435844
Por:pepa19552011

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Gracias Sr. Tija por hacer la aclaración, veo que este chaval no lo había pillado, pero vamos chavalito en cualquier caso te aclaro, si, soy una chica de esas malas, malas, de las que van al infierno.
Puntos:
20-01-12 17:01 #9477371 -> 9361872
Por:AGUILA ROJA-

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Si tuviera que pasar el Rafa o la alcaldesa por ellos ya verias como no los habian puesto poco los pone en la urbanizacion donde vive el o la alcaldesa en la calle de acceso a su casa es mas bonito ponerlos en los accesos de los demas.Son unos sinverguenzas ya esta bien de fastidiar al projimo.Yo ya he consultado con mi seguro y en caso de que se me rompa el coche iremos contra ellos por ser vadenes ilegales que no cumplen la normativa vigente.Chapuzas que sois unos chapuzas.
Puntos:
20-01-12 18:18 #9477764 -> 9477371
Por:Vanessa.

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Ya somos dos, yo también lo he consultado con mi seguro y pienso como tu.
Puntos:
27-01-12 10:33 #9518563 -> 9477764
Por:Vanessa.

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Antes eran badenes ilegales, ahora son chapuza de badenes ilegales.
Puntos:
27-01-12 12:26 #9519067 -> 9518563
Por:pepa19552011

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
siempre han sido chapuza de badenes ilegales
Puntos:
26-02-12 00:02 #9683563 -> 9477371
Por:miste_yo

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
Buenas: esos malditos badenes, que sentido tienen en una carretera comarcal? no se sera que yo no me entero de la misa a la media, pero joder como joden los bajos del coche como dijo un foraneo.
A todo esto, pido al chaval, que contesta, que deje de ser el portavoz de su padre, que todo el mundo sabe, pero no dice que es Rafita el hijo de Rafa el que contesta.
Nadie ha contestado a una pregunta que se hizo en el foro, que es lo de la nueva nave logistica y su parking, y la forma de pago de su uso. Veo que eso no importa a nadie, y son puestos de trabajo.
Puntos:
26-02-12 01:08 #9683720 -> 9683563
Por:ermaka

RE: Badenes ilegales de carretera a la urbanización de la Ermita
No sé a qué chaval te refieres, pero no veo nada malo en que el hijo de Rafa opine. Tampoco veo extraño que defienda a su padre. Que escriba, que tiene el mismo derecho que cualquiera, y ya se ocupará alguien de rebatirle (o apoyarle).

Miste_yo, creo que a la gente sí le importa, pero puede que, como me pasa a mí, no tengan ni idea del tema y por tanto no puedan opinar. En principio parece evidente que es mejor que den trabajo a que paguen, pero habría que ver a qué se comprometerían exactamente cada una de las partes. En caso de ser cierto lo que se comentó, tampoco se sabe quién cambió la propuesta inicial, si el ayuntamiento o la empresa, ni la razón, que podría estar justificada. Para mí estos rumores no dejan nada claro. Si alguien supiera algo concreto estaría bien que lo contara.

Saludos.
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