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Tózar - Granada

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España > Granada > Tózar (Moclín)
26-01-12 18:35 #9515425
Por:No Registrado
Informacion regimen especial agrario
Cambio del Régimen Especial Agrario (REASS)
al Régimen General de la Seguridad Social



El primero de enero del 2012 entró en vigor el nuevo sistema de Seguridad Social para los trabajadores/as agrícolas.

1. Los trabajadores/as que ya están en el REASS, es decir, dados de alta en el régimen especial agrario al 31 de diciembre del 2011, ¿qué tienen que hacer para pasar al Sistema Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social?

Todos/as los trabajadores/as del actual REASS se integrarán automáticamente en el Régimen General la Seguridad Social a partir del día 1 de enero de 2012.

Y para mantenerse en este régimen especial deben de cumplir los siguientes requisitos:

a) Declarar al menos una jornada en la agricultura cada 6 meses, los que estén percibiendo el Subsidio Agrario, Renta Agraria o desempleo no tienen por qué presentar esa jornada. A efectos de declarar esa jornada, se computarán las desempeñadas en el PER, así como los días en los que el trabajador se encuentre en situación de Maternidad, Incapacidad Temporal, riesgo durante el embarazo y lactancia, siempre que esta baja venga derivada como consecuencia de estar trabajando en la agricultura o en el PER.

b) Estar al corriente en el pago a la Seguridad Social y nunca deber más de 2 meses.


2. Y si no ha estado de alta al 31 de diciembre del 2011 en el REASS (Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social), y quiere darse de alta en este Régimen Especial a partir del 2012 ¿qué condiciones tiene que cumplir para poder acceder a este sistema especial?

a) Para darse de alta hay tener un mínimo de 30 jornadas en la agricultura.

b) Para mantenerse en este Régimen Especial cada año hay que declarar 30 jornadas, los que estén percibiendo el subsidio agrario, renta agraria, o desempleo no tienen por qué presentar esas jornadas. A efectos de declarar las 30 jornadas, se computarán las desempeñadas en el PER, así como los días en los que el trabajador/a se encuentre en situación de Maternidad, Incapacidad Temporal, riesgo durante el embarazo y lactancia, siempre que esta baja venga derivada como consecuencia de estar trabajando en la agricultura o en el PER.

c) Estar al corriente en el pago a la seguridad social y nunca deber más de 2 meses.

3. Al estar incluido en el Sistema Especial Agrario dentro del Régimen General de la Seguridad Social, ¿cómo cotizamos a partir de ahora a la Seguridad Social?

a) Cuando se trabaja se cotiza el 4,70 % del salario que esté ganando en ese momento y que el empresario lo descontará de la nómina y lo ingresará en la Seguridad Social
b) Cuando no se trabaja y no se está percibiendo ninguna prestación (subsidio agrario, renta agraria, desempleo, baja por enfermedad, por embarazo, etc.), es el trabajador/a el que tiene que pagar la seguridad social, a razón del 11,50% de una base de cotización (en el 2011 ha sido de 748,20 euros que son los actuales 86.04 euros que se pagan) que cada año será fijada por el gobierno en los presupuestos generales del estado.
c) La Seguridad Social considera que está cubierta la cuota mensual cuando el trabajador/a haya realizado 23 jornadas en la agricultura.

4. El trabajador/a no tendrá que abonar directamente el cupón mensual de la seguridad social en los siguientes casos:

Cuando se trabaje, o se esté percibiendo el Subsidio Agrario, la Renta Agraria, desempleo, baja por enfermedad, por embarazo, por lactancia etc. Serán estas entidades las que abonen a la Seguridad Social, la cuota del trabajador/a, claro está, descontándosela de la cantidad que el trabajador/a tenga que recibir


5. A los trabajadores/as con derecho a los Sistemas de Protección Desempleo Agrario y renta agraria en Andalucía, ¿les afecta la inclusión en este nuevo sistema?

NO, en Andalucía se mantienen los Sistemas de Protección al Desempleo, el Subsidio Agrario y la Renta Agraria para todos los trabajadores/as que se integran en el Régimen General, en las mismas condiciones que estaban antes.

1. SUSIDIO AGRARIO

- LOS JOVENES CON MENOS DE 25 AÑOS SIN REPONSABILIDAD FAMILIAR CON 35 JORNADAS PUEDEN PERCIBIR 4 MESES DE SUBSIDIO, PARA OBTENER LOS 6 MESES NESESITAN 53 JORNADAS.

- LOS COMPRENDIDOS ENTRE 26 Y 51 AÑOS CON 35 JORNADAS PUEDEN RECIBIR 6 MESES DE SUBSIDIO.

- LOS MAYORES DE 52 AÑOS QUE REÚNAN LOS REQUISITOS (15 AÑOS COTIZADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS CUALES 5 EN EL RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO Y 5 AÑOS CONSECUTIVOS COBRANDO EL SUSIDIO AGRARIO) TIENEN DERECHO A PERCIBIR EL SUBSIDIO AGRARIO, 12 MESES, SIN NECESIDAD DE PRESENTAR NINGUNA JORNADA.

- LOS QUE TENGAN 52 AÑOS Y NO REÚNAN ESTOS REQUISITOS, TIENEN QUE PRESENTAR 35 JORNADAS Y PERCIBIRÁN 10 MESES DE SUBSIDIO.

-LOS QUE TENGAN 60 AÑOS Y NO CUMPLAN LOS REQUISITOS TIENEN QUE PRESENTAR LAS 35 JORNADAS Y PERCIBIRÁN 12 MESES DE SUBSIDIO.

CUANTÍA DEL SUBSIDIO AÑO 2012, 426 EUROS, MÁS LOS 86,04 EUROS DE LA SEGURIDAD SOCIAL CUANDO NO SE TRABAJA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LOS DIAS NO TRABAJADOS


2. RENTA AGRARIA

Los menores de 25 años sin responsabilidad familiar, con 35 jornadas percibirán 4 meses de subsidios, para obtener los 6 meses necesitan 53 jornadas.

- LOS COMPRENDIDOS ENTRE 26 Y 51 AÑO CON 35 JORNADA PUEDEN RECIBIR 6 MESES DE SUBSIDIO.

- Los mayores de 52 años con 35 jornadas y 10 años cotizados en el régimen agrario percibirán 10 meses de subsidio.

Las jornadas declaradas en la renta agraria, pueden aumentar la cuantía del subsidio: AÑO 2012

-desde 35 a 64 jornadas se cobraría el 80% del IPREM 426,01.- €
-desde 65 a 94 jornadas se cobraría el 85% del IPREM 452,63.- €
-desde 95 a 154 jornadas se cobraría el 91% del IPREM 484,58.- €
-desde 155 a 179 jornadas se cobraría el 101% del IPREM 537,83.- €
-desde 180 jornadas se cobraría el 107% del IPREM 569,78.- €

A ESTAS CANTIDADES HAY QUE SUMARLE LOS 86,04 EUROS DE LA SEGURIDAD SOCIAL CUANDO NO SE TRABAJA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LOS DÍAS NO TRABAJADOS.

DESDE EL 2007 QUE EMPEZÓ LA CRISIS, EL CAMPO SE HA CONVERTIDO EN EL REFUGIO DE TODOS/AS LOS PARADOS/AS DEL MEDIO RURAL, CON LO QUE CADA VEZ ES MAS DIFÍCIL TRABAJAR 35 DÍAS AL AÑO, ESTO ESTÁ POSIBILITANDO QUE MUCHA GENTE, ENTRE ELLOS JÓVENES Y MUJERES, NO PUEDAN SOLICITAR EL SUBSIDIO AGRARIO O LA RENTA AGRARIA. POR ELLO EXIGIMOS AL GOBIERNO QUE SE ANULE ESTE REQUISITO MIENTRAS DURE LA CRISIS.

www.sindicatoandaluz.org
Puntos:
22-09-12 16:10 #10577451 -> 9515425
Por:No Registrado
RE: Informacion regimen especial agrario
Llevo 24 años cobrando el subsidio agricola y este año no lo podre cobrar porque solo tengo 6 jornadas con la sequia no encuentro trabajo por ningun sitio. Tendria que haber una solucion.
Puntos:
09-06-13 22:31 #11363129 -> 10577451
Por:currito1967

RE: Informacion regimen especial agrario
Si hay una ya es hora de que trabajes 24 años firmandote ya son muchos años.Y meter mano a los que firman sin trabajar en el campo
Puntos:

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