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30-10-07 03:15 #547459
Por:No Registrado
EL DIRECTOR DEL I.E.S. ALHENDIN SE INVENTA LAS NORMAS EDUCATIVAS Y AMENAZA A LOS OBJETORES CONTRA EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA
EL DIRECTOR DEL I.E.S. ALHENDIN SE INVENTA LAS NORMAS EDUCATIVAS Y AMENAZA A LOS OBJETORES CONTRA EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA



La Rosa Blanca en Granada desea poner en conocimiento de los medios de comunicación que las declaraciones del Director del I.E.S. Alhendín José Forte están en completo desajuste con la legalidad vigente y ponen de manifiesto el carácter sectario y manifiestamente injusto de sus decisiones en relación al caso de discriminación y acoso escolar localizado en su centro contra el único objetor de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

D. José Forte señala que el problema surgido en Alhendín es un conflicto entre el derecho de los padres a la objeción de conciencia y el deber del centro de impartir la asignatura. El derecho de los padres a la objeción está reconocido constitucionalmente, y no hay ninguna norma de rango inferior que pueda derogar un artículo constitucional o impedir el ejercicio de los derechos fundamentales reconocidos en la Carta Magna. Por otra parte el Reglamento de Ordenación en el que se recoge la sanción que se desea aplicar al alumno es una norma interna del centro. D. José Forte pretende que el reglamento interno del centro se sitúe por encima de la Constitución.

Debemos recordar que la autoridad o funcionario público que dicte una resolución a sabiendas de su injusticia es castigado por nuestro Código Penal a la pena de inhabilitación por un tiempo de entre siete y diez años (art. 404 del Código Penal). La Rosa Blanca en Granada ejercitará, en comunicación con los padres y el menor afectado, todos los procedimientos civiles, penales y/o administrativos que estén en su mano para la defensa de la libertad de los padres en el ejercicio de su derecho constitucional a la objeción de conciencia . Hay que recordar que el propio menor está de acuerdo con la acción de sus padres y se considera a sí mismo objetor.

Calificar el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia como falta contra la convivencia es, sencillamente, una acción coactiva impropia de una sociedad democrática. Solicitamos el cese inmediato del Director del I.E.S. Alhendín pues está incapacitado para dirigir un centro en el que debe reinar la pluralidad educativa y el respeto a los derechos de los alumnos.

Es necesario recordar, por otra parte, que la posibilidad de impedir la evaluación continua de un alumno fue eliminada de nuestro sistema educativo ¡HACE DOCE AÑOS!: el preámbulo del Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros señala: "Se pretende con él potenciar la autonomía de los centros en la definición de su régimen de convivencia, ampliar los derechos de los alumnos, suprimir aquellas sanciones que conlleven la pérdida del derecho a la evaluación continua del alumno y establecer un régimen especial para la corrección rápida de aquellas conductas que no perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, inserta en el proceso de formación del alumno."

NUNCA SE PUEDE IMPEDIR LA EVALUACIÓN CONTINUA DE UN ALUMNO. El art. 9.1 del Real Decreto que regula las enseñanza mínimas en primaria dice: "La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta el progreso del alumno en el conjunto de las áreas del currículo ." Por su parte, el Real Decreto que regula las enseñanzas mínimas en ESO indica en su artículo 10.1: "La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación secundaria obligatoria será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo."

Por lo tanto, lo que amenaza públicamente con realizar el Sr. Forte no es la aplicación, como insiste, de su deber como centro, sino un acto arbitrario y contrario al ordenamiento vigente, incluso constitucional . Sólo sus manifestaciones, que afectan a un menor que se encuentra en su centro educativo, ya son motivo suficiente para que sea cesado inmediatamente, puesto que ya no es posible confiar en una persona que amenaza con sanciones ilegales a un alumno que depende directamente de su autoridad.

La Rosa Blanca en Granada, 29/10/2007


Para más información:

larosablancaengranada@gmail.com

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