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Algallarín - Cordoba

Poblacion:
España > Cordoba > Algallarín (Adamuz)
27-12-13 08:55 #11768631
Por:No Registrado
la alcaldesa roba inquilinos
La ultima de encarnacion es el robo descarado de inquilinos , si si asi es , hasta les ayudo anllevar sus cosas y se dio el lujo de mofarse del que se quedaba con facturas de alquiler y liz colgadas.
Antes se escondia pero ya es descarado come come y jode al pueblo...
Si señor la mejor de todas!!! Mal o muy enfadado Remolon Diabolico
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27-12-13 23:22 #11769820 -> 11768631
Por:No Registrado
RE: la alcaldesa roba inquilinos
que es lo que ha pasado
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30-12-13 21:38 #11774408 -> 11769820
Por:No Registrado
RE: la alcaldesa roba inquilinos
Pues ha pasado que como la encarna tiene viviedas vacias, pues se ha llavado al inquilino que tenia Manolo Gaitan a sus viviendas,ahora el marido hace viviendas ....ella alquila....el marido, borrachin,atropella y aqui no pasa nada,solo falta el derecho de pernada
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31-12-13 19:58 #11775406 -> 11774408
Por:No Registrado
RE: la alcaldesa roba inquilinos
La expresión derecho de pernada (en latín vulgar medieval, Ius primae noctis, «derecho de la primera noche»; en inglés se usa la expresión francesa Droit du seigneur, aunque en francés se prefiere utilizar la locución Droit de cuissage), se refiere a un presunto derecho que otorgaba a los señores feudales la potestad de mantener relaciones sexuales con cualquier doncella, sierva de sufeudo, que se casara con uno de sus siervos. Este derecho tuvo, supuestamente, vigencia durante la Edad Media de Europa occidental (aunque hay paralelismos en otras partes del Mundo) como componente del modo de producción feudal. El Diccionario de la Real Academia Española recoge la acepción estricta que acabamos de enunciar, pero también añade una segunda acepción coloquial, más amplia, referente al abuso de autoridad.También en el ámbito hispanohablante la expresión "derecho de pernada" se refiere -sobre todo en América Latina- a diversas prácticas históricas de abuso y servidumbre sexual, ejercidas por una autoridad (hacendado, administrador de hacienda, sacerdote, jefe político o empleador) en contra de mujeres en condición de dependencia u obediencia (indígenas, campesinas, trabajadoras, inquilinas y otras). Estas prácticas, sin ser legales, fueron impuestas como derechos informales de los patrones, por lo que comúnmente se realizaban ante la pasividad de padres, esposos y comunidad. En la haciendalatinoamericana tradicional el "derecho de pernada" tuvo -en ocasiones- las características que normalmente se atribuyen al privilegio señorial de la Edad Media (la entrega de la virginidad de la novia al hacendado, o al cura, en la noche de bodas). Pero la expresión también se usa -en numerosas fuentes latinoamericanas- para describir otras prácticas de violencia sexual oservidumbre sexual, toleradas socialmente sin que fuera necesaria una ocasión ritual como la boda, siendo el común denominador el que un patrón o autoridad ejerciera impunemente la práctica, entendida como una especie de derecho consuetudinario informal. Muchas de estas variaciones latinoamericanas del "derecho de pernada" fueron habituales hasta mediados del siglo XX. Y se siguen registrando casos hasta la actualidad en algunas regiones del continente. La lucha contra esta práctica, entendida como un abuso agraviante, tuvo una parte central en las motivaciones personales de los campesinos para participar en la Revolución Mexicana.[1]
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