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26-04-13 04:35 #11256969
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Multas de al menos 10.000 € a quienes no declaren sus bienes en el extranjero antes de mayo
El 30 de abril finaliza el plazo para presentar la declaración del llamado modelo 720, creado en octubre para combatir el fraude fiscal.
Los técnicos de Hacienda advierten que cerca de 1,3 millones extranjeros residentes en España podrían estar afectados por esta norma.
La norma obliga a declarar un piso de 55.000 euros comprado hace 30 años pero no un yate de 500.000 euros de bandera en Bermudas.


NICOLAS M. SARRIES 25.04.2013 - 22:54h@nicolasmsarries
Apenas quedan unos días de plazo (el último día es el 30 de abril) para que los contribuyentes con bienes en el extranjero presenten la declaración informativa, también conocida como "modelo 720". Estas personas evitarían así ser sancionados por Hacienda, que prevé multas de un mínimo de 10.000 euros para aquellos que, con la obligación de presentarla, no lo hubieran hecho.

La norma, aprobada con la intención de combatir el fraude fiscal, busca crear un gran archivo con todos las cuentas bancarias, acciones, títulos o inmuebles que superen los 50.000 euros de valor y estén en manos de residentes en España. Una vez elaborado este censo, se podrá cruzar con todo tipo de información sobre posibles contribuyentes y defraudadores que llegue a manos de la Agencia Tributaria. De hecho, una de las primeras cosas que harán los técnicos e inspectores de Hacienda será cruzar los datos de la declaración de bienes en el extranjero con la lista Falciani, tal como adelantó en exclusiva 20Minutos.

"El modelo 720 será eficaz sobre todo por el régimen sancionador que aplica", señala José María Peláez, miembro de la Organización de Inspectores de Hacienda. Y es que presentar la declaración fuera de plazo supone una multa de al menos 1.500 euros, mientras que no presentarla (y que lo descubra el fisco) ocasiona una sanción de al menos 10.000 euros, con 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos. La misión del modelo 720 no es recaudar por medio de las multas, sino combatir el fraude y aflorar rentas ocultas, pero el potencial de las sanciones es muy alto.

Precisamente para evitar un aluvión de sanciones, el sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha, ha dado una última llamada de atención a los 1,3 millones de extranjeros residentes en España a los que podría afectar esta medida: también ellos han de declarar sus bienes. "Si el importe de las cuentas, valores e inmuebles es superior cualquiera de ellos a los 50.000 euros, independientemente de la participación que cada titular tenga de ellos", advierten desde Gestha.

Una ley positiva pero "ineficiente"

Tanto los técnicos como los inspectores de Hacienda coinciden en que esta declaración informativa será en general positiva y ayudará a combatir el fraude fiscal, sobre todo después de que España haya firmado durante los últimos meses numerosos acuerdos bilaterales para compartir información fiscal y tributaria con países. A partir de ahora los evasores y defraudadores no podrán dormir tan tranquilos, ya que cualquier filtración de información que pueda llegar a manos del fisco español puede salirles muy caro: multas del 150% de lo defraudado e imprescribilidad de los delitos.

Un contribuyente español no estaría obligado a declarar un yate de 500.000 euros atracado en España con bandera de Bermudas

Sin embargo, la nueva legislación, presentada con prisas y sin el habitual debate previo con expertos, ha ido desvelando decenas de zonas oscuras y fallos de concepto que pueden suponer una relativa pérdida de eficacia en sus objetivos iniciales. Tanta ha sido la confusión que la Agencia Tributaria ha publicado un documento con respuestas a las dudas más frecuentes, que se han ido resolviendo a medida que surgían.

Así, por ejemplo, los inspectores lamentan que cientos de miles de residentes extranjeros tengan que declarar bienes inmuebles que pueden haber sido adquiridos hace décadas. "El objetivo de esta ley no era recaudar entre ellos", sostiene José María Peláez, que constata que dicha medida ha supuesto quejas por parte de numerosos colectivos de foráneos en embajadas y consulados de toda España.

Mención aparte, por su incoherencia, merecen los bienes que efectivamente tienen que ser declarados. La norma excluye, por ejemplo, las obras de arte, las joyas y todos aquellos bienes "que por su singularidad pueden tener un valor de más de 50.000 euros. Es un fallo de la ley, no se entiende que estén excluidos", explica Peláez, que pone posteriormente un ejemplo concreto: "Un jubilado alemán que vive en Mallorca está obligado a declarar un piso comprado a medias con su mujer hace 30 años; sin embargo, un contribuyente español no está obligado a aflorar ante el fisco un yate de 500.000 euros atracado en el puerto de Palma con bandera de Bermudas (un paraíso fiscal)".
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