Espero respuesta y rectificación de zarramaco sobre el tema de la subida del alcantarillado Espero respuesta y rectificación de zarramaco sobre el tema de la subida del alcantarillado, esto es lo que me dijiste en su día y resulta que todo lo que decia era verdad lo ponia el BOP, pero parece ser que se habian equivocado y rectifican, pero yo lo que lei era eso y no mentia, por ese motivo quiero una rectificación del sr. zarramaco. Mensaje de zarramaco 08-03-11 08:16 nº 7231984 entre eso y lo del alcalde machista te estas luciendo majo, primero asegurate de las cosas, y luego pones el grito en el cielo, no al reves, porque sino haces un poco el ridi Mensaje foro2010(que soy yo) 21-03-1 13:03 nº 7329102 amigo zarramaco como en su día parecia que estaba equivocado y según tu no sabia lo que decia al respecto de la subida, te puedo decir que el BOP de hoy han rectificado.Intentare copiar el texto del BOP del Número 27 • viernes, 4 de marzo de 2011 • 3412 y el Número 34 lunes, 21 de marzo de 2011 fresquito de hoy. Ya me dirás........ B O P Ciudad Real Número 27 • viernes, 4 de marzo de 2011 • 3412 CALZADA DE CALATRAVA ANUNCIO Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios del alcantarillado y tratamiento y depuración de aguas residuales de Calzada de Calatrava. En sesión plenaria de fecha 2 de diciembre de 2010, se adoptó acuerdo provisional de aprobación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios del alcantarillado y tratamiento y depuración de aguas residuales de Calzada de Calatrava. Sometido el expediente a trámite de información pública por plazo de treinta días hábiles según anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 151 de fecha 17 de diciembre de 2010 y tablón de anuncios de este Ayuntamiento y no habiéndose formulado reclamación ni alegación alguna, en aplicación de lo establecido en los artículos 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, queda elevado a definitivo el citado acuerdo provisional, cuyo texto es el siguiente: ORDENANZA T-3.-TASA POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES “Artículo 5.-Cuota tributaria. 1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 11,01 euros. 2. La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de alcantarillado se determinará en función de la cantidad de agua, medida en metros cúbicos, utilizada en la finca. A tal efecto, se aplicará la siguiente tarifa: a) Canon fijo por vivienda o local, por semestre: 1,41 euros. b) Cuota variable, por cada metro cúbico de agua consumida, al semestre: 0,294 euros. La presente ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa por este Ayuntamiento”. Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Calzada de Calatrava, a 25 de febrero de 2011.-El Alcalde, Félix Martín Acevedo. Número 1428 B O P Ciudad Real Número 34 lunes, 21 de marzo de 2011 CALZADA DE CALATRAVA ANUNCIOCorrección de errores del anuncio de la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios del alcantarillado y tratamiento y depuración de aguas residuales de Calzada de Calatrava publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 27 del viernes 4 de marzo de 2011. En sesión plenaria de fecha 2 de diciembre de 2010, se adoptó acuerdo provisional de aprobación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios del alcantarillado y tratamiento y depuración de aguas residuales de Calzada de Calatrava. Sometido el expediente a trámite de información pública por plazo de treinta días hábiles según anuncio publicado en el Boletín Oficial de laProvincia de Ciudad Real número 151 de fecha 17 de diciembre de 2010 y tablón de anuncios de este Ayuntamiento y no habiéndose formulado reclamación ni alegación alguna, en aplicación de lo establecido en los artículos 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por R.D Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, queda elevado a definitivo el citado acuerdo provisional, cuyo texto es el siguiente: Ordenanza T-3.-Tasa por prestación de los servicios de alcantarillado y tratamiento y depuración de aguas residuales “Artículo 5.-Cuota tributaria. 1.-La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 15,88 euros. 2.-La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de alcantarillado y depuración de aguas se determinará de acuerdo al siguiente detalle: Alcantarillado: a) Canon fijo por vivienda o local, por semestre: 2,00 euros. Depuración: a) Canon fijo por vivienda o local, por semestre: 7,00 euros. b) Cuota variable por cada metro cúbico de agua consumida al semestre: 0,294 euros. La presente ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa por este Ayuntamiento”. Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Calzada de Calatrava, a 25 de febrero de 2011.-El Alcalde, Félix Martín Acevedo. |