aprobación definitiva de distintas ordenanzas fiscales (Mesas, sillas, ..) 1. Ocupación con sillas o sillones, ocupación con mesas o veladores, ocupación con sombrillas, toldos y demás instalaciones protectoras, siempre que se apoyen en el suelo, por m2 y temporada: En temporada de invierno: 12,00 euros. En temporada de verano: 18,00 euros. 2. Se establece excepcionalmente un precio de 1,00 euro/m2 y día para los días comprendidos en los tradicionales festejos de septiembre, para aquellas personas o entidades que lo soliciten, previo estudio por la Junta de Gobierno Local y con el preceptivo informe técnico de la Policía Local. 3. El mismo tipo de ocupación contemplado en el apartado 1 del presente artículo que se realice en cualquiera de la pedanías incorpora una tarifa de 10,00 euros por m2 y temporada independiente - mente de que se instalen en período de verano o invierno. NORMAS DE GESTIÓN. Artículo 7. 1. Las cuotas exigibles tendrán carácter irreducible y se harán efectivas al retirar la respectiva licencia o autorización, con el carácter de depósito previo sin perjuicio de lo que resulte al practicar la liquidación definitiva. 2. Las entidades o particulares interesadas en la obtención de la licencia, presentarán en el Ayuntamiento solicitud detallada de la clase y número de los elementos a instalar. 3. Las licencias se otorgarán para la temporada que se soliciten, debiendo los interesados formular nueva solicitud, con antelación suficiente, para temporadas sucesivas. A estos efectos se entenderá como temporada de verano al período comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de octubre de cada año correspondiendo el resto a la temporada de invierno. |