nuevo varapalo para palma. El TSJA estima el recurso de Sotogolf y anula la reparcelación de la 022-TG La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que instruye la causa del área 022-TG ha vuelto a dar la razón a Sotogolf, una de las empresas en litigio por la adjudicación de la parcela. El Alto Tribunal estima en una nueva sentencia, fechada el pasado 22 de enero, el recurso de apelación que interpuso la mercantil contra la sentencia del Juzgado Contencioso-administrativo de Algeciras que en 2007 lo desestimó en primera instancia y que recurría el acuerdo del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo de fecha 27 de febrero de 2005, por el cual aprobaba definitivamente el proyecto de reparcelación de dicha área promovido por la empresa VVERH. Tras revocar la sentencia del Contencioso, el fallo del TSJA anula el citado acuerdo del Consejo de la Gerencia, que a su vez provienen de los acuerdos del 25 de julio de 2002. Por tanto, se anula la adjudicación y formalización de los terrenos y aprovechamientos urbanísticos municipales del área 022-TG del PGOU de San Roque. En los fundamentos jurídicos, la sentencia señala que "es de todo punto razonable, habida cuenta que el título de las fincas -un total de seis- que se aportan, inscritas en la actualidad a favor de VVERH derivan del proceso de adjudicación de los terrenos del área 022-TG, de manera que si el Ayuntamiento en la nueva adjudicación resolviera que ha de hacerse a Sotogolf, probabilidad que ha de contemplar, el acuerdo de la Gerencia para la reparcelación promovido por VVERH incurría en pleno derecho". Es decir, toda los trabajos realizados en la parcela con posterioridad a 2005 son nulos. En el auto del 10 de febrero emitido por la Sala indicaba que debía procederse a la liquidación del contrato como vía para la ejecución de la sentencia, por el cual debe adjudicarse de nuevo el concurso respetando las bases, tras la revocación del suelo, que debe volver de nuevo al Ayuntamiento. Tras los diferentes recursos y escritos por las partes en litigio, el TSJA ha apremiado al Consistorio a ejecutar la sentencia sin dilación, sin embargo a pesar de crear un gabinete jurídico para este caso aún no lo ha hecho, a pesar de que la falta de cumplimiento de la sentencia podría suponer un delito de desobediencia grave. Finalmente, tras las alegaciones realizadas por todas las partes, la Sala emitió el pasado 26 de enero un escrito por el cual concede el plazo de 20 días para que precisen de modo fundado y concreto cuales son los criterios que a su juicio, son necesarios para cumplir con la sentencia. Además, pide a las partes que expongan razonablemente las soluciones que se pueden adoptar. |