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Ruanes - Caceres

Poblacion:
España > Caceres > Ruanes
30-11-07 18:18 #584733
Por:No Registrado
LEY 7/1985 DE 2 DE ABRIL
POR SI ALGUIEN TIENE DUDA
Concejo abierto

CAPÍTULO IV.

REGÍMENES ESPECIALES

Artículo 29.

1. Funcionan en Concejo Abierto:

a) Los Municipios con menos de 100 habitantes y aquellos que tradicionalmente cuenten con este singular régimen de gobierno y administración.

b) Aquellos otros en los que su localización geográfica, la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.

2. La constitución en Concejo Abierto de los Municipios a que se refiere el apartado b) del número anterior, requiere petición de la mayoría de los vecinos, decisión favorable por mayoría de dos tercios de los miembros del Ayuntamiento y aprobación por la Comunidad Autónoma.

3. En el régimen del Concejo Abierto, el gobierno y la administración municipales corresponden a un Alcalde y una Asamblea vecinal de la que forman parte todos los electores. Ajustan su funcionamiento a los usos, costumbres y tradiciones locales y, en su defecto, a lo establecido en esta Ley y las Leyes de las Comunidades Autónomas sobre régimen local.

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