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Campo Lugar - Caceres

Poblacion:
España > Caceres > Campo Lugar
14-03-08 21:01 #755635
Por:Valmor

Edicto Sobre Pizarro Entidad Local Menor
En el B.O. de Cáceres, núm. 33, de fecha 18 de febrero del corriente, se publica lo siguiente:

CAMPO LUGAR

EDICTO

Habiéndose adoptado por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 22 de enero de dos mil ocho, acuerdo de constituir Pizarro en Entidad Local Menor (Entidad Jurídica de ámbito territorial inferior al municipio), de conformidad con lo dispuesto en el art. 45 de la Ley 7/85, de 2 de abril, 42 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y 40 y ss del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, queda abierto periodo de in formación pública vecinal durante un plazo de 30 días hábiles, al objeto de que las personas o entidades con vecindad en el núcleo formulen cuantas observaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.

En Campo Lugar a 8 de febrero de dos mil ocho.- el Alcalde, Francisco Moreno Gómez.

Hasta aquí, lo que se ha publicado en el B.O. de Cáceres. A continuación paso a transcribir el contenido de la legislación que se invoca en el anterior edicto:

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Artículo 45.

1. Las Leyes de las Comunidades Autónomas sobre régimen local regularán las entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, para la administración descentralizada de núcleos de población separados, bajo su denominación tradicional de caseríos, parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías lugares anejos y otros análogos, o aquella que establezcan las Leyes.

2. En todo caso se respetarán las siguientes reglas:

a. La iniciativa corresponderá indistintamente a la población interesada o al Ayuntamiento correspondiente. Este último debe ser oído en todo caso.

b. La entidad habrá de contar con un órgano unipersonal ejecutivo de elección directa y un órgano colegiado de control, cuyo número de miembros no podrá ser inferior a dos ni superior al tercio del número de Concejales que integren el respectivo Ayuntamiento.

La designación de los miembros del órgano colegiado se hará de conformidad con los resultados de las elecciones para el Ayuntamiento en la sección o secciones constitutivas de la circunscripción para la elección del órgano unipersonal.

No obstante, podrá establecerse el régimen de Concejo Abierto para las entidades en que concurran las características previstas en el número 1 del artículo 29.

c. Los acuerdos sobre disposición de bienes, operaciones de crédito y expropiación forzosa deberán ser ratificados por el Ayuntamiento.

Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

Artículo 42.

1. La constitución de nuevas Entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal estará sujeta al cumplimiento de los siguientes requisitos:

a. Petición escrita de la mayoría de los vecinos residentes en el territorio que haya de ser base de la Entidad, o alternativamente acuerdo del Ayuntamiento.

b. Información pública vecinal.

c. Informe del Ayuntamiento, y

d. Resolución definitiva por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma

2. No podrá constituirse en Entidad local de ámbito territorial inferior al Municipio el núcleo territorial en que resida el Ayuntamiento.

Real Decreto 1690/1986, de 11 de Julio.

Omito el transcribir el contenido de todos los artículos que se refieren a este tema, pero, deciros que están comprendidos entre el artículo 40 y 50 ambos incluídos, del Real Decreto anterior y, concretamente en El CAPÍTULO V. DE LAS ENTIDADES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO.

Y dicho todo lo anterior, invito a reflexionar sobre este tema y me hago las siguientes preguntas:

¿Es el momento más oportuno este para plantearlo con lo que está cayendo con lo del vertedero?.

¿A quien beneficia?.

¿No resultará perjudicial para ambos pueblos por el aumento de gastos que pienso se producirá?

Me siento tan Campuseño como Pizarreños, pues ambos pueblos han sido mi lugar de residencia en diferentes etapas de mi vida y no quiero que se interpreten mal las anteriores preguntas, si el tema está bien estudiado y es beneficioso para ambas poblaciones, adelante, tenéis todo mi apoyo, pero por favor, poner en una balanza los pros y los contras.

En evitación de que algunas personal por aquello de "Usuario no identificado" pueda confundir a las personas que lo escriben (como ya me ha ocurrido en alguna que otra vez), a partir de este momento, me identificaré con el seudónimo de "Valmor".

Saludos a todos los Campuseños/Pizarreños y cuidadito con la carretera que está muy peligrosa. Nos veremos en Semana Santa. (Este comunicado se colgará en los Foros de ambos pueblos).
Puntos:
15-03-08 00:30 #755974 -> 755635
Por:No Registrado
RE: Edicto Sobre Pizarro Entidad Local Menor

Contéstate a ti mismo, no invoques a la gente. Tienes 30 días hábiles para reclamar/observar/sugerir y aún estás dentro de plazo, pero no es esta la instancia a la que debes recurrir, Valmor.
Puntos:
15-03-08 21:30 #756910 -> 755974
Por:Valmor

RE: Edicto Sobre Pizarro Entidad Local Menor
Para el usuario no registrado (15-03-08 00:30).

Intuyo en tu contestación un cierto "tufillo" de ponerte a la defensiva, o me equivoco.

Siempre he pensado que en este Foro (y en cualquier otro) se podía plasmar las opiniones que, en uso de la libertad de expresión recogida en nuestra Constitución y sin faltar al respeto a nadie, tuviera uno a bien manifestar. Creo ser lo suficientemente mayor y responsable para saber donde y como puedo expresar mis opiniones, sin necesidad que nadie me diga donde puedo y donde no.

Mi única intención ha sido poner en conocimiento de los lectores de este Foro, algo que creo es importante y que está ocurriendo en nuestro pueblo. No todos tienen los medios de poder estar al día de lo que ocurre, máxime cuando mucho de nosotros, estamos a cientos de Kilómetros de distancia.

Ya se que hay 30 días hábiles, para realizar cuantas observaciones, sugerencias o reclamaciones crean conveniente cualquier vecino del pueblo (Lo dice el Edicto), pero, de donde has sacado que yo quiera hacer alguna observación, sugerencia o reclamación.

Por favor, repasa mi comunicado anterior y veras que yo no me muestro ni en favor ni en contra de la declaración de Pizarro como Entidad Local Menor, cuando hacía constar lo siguiente: "si el tema está bien estudiado y es beneficioso para ambas poblaciones, adelante, tenéis todo mi apoyo, pero por favor, poner en una balanza los pros y los contras".

Recibe un cordial saludo.
Puntos:
16-03-08 00:40 #757178 -> 756910
Por:deltoya

RE: Edicto Sobre Pizarro Entidad Local Menor
Efectivamente Valmor, en este foro hay una pronta predisposición a ponerse a la defensiva a interpretar las cosas, no tal y como se plasman, si no como a cada uno le interesa llegando si apura la cosa al insulto, no es el caso, pero se da.

También hay una fea costumbre, que es la de apabullar, acusar, etc., en vez de debatir, reflexionar y aportar. No se si esto es porque no interesa, no gusta o simplemente porque no se llega a esos mínimos.

Es verdad que en un foro cada uno puede poner lo que le de la gana, con toda libertad, pero a veces creo que sobran contestaciones y faltan opiniones, que aunque muy parecido, hay una gran diferencia y que en definitiva es o debería ser la esencia de estos foros.

Claro que para eso hay que estrujarse la cabeza, pensar lo que se dice, buscar la palabra adecuada, pero parece ser que en esta vida en la que estamos enfrascados, de tensiones y de comida basura, hacen que desde un tiempo a esta parte, las “opiniones”, sea eso… pura basura.

No intento contestar a nadie, solo es una opinión de lo que es este foro y lo que debería ser.

Un saludo a tod@s, que aunque no suelo participar mucho en el foro por la monotonía y el poco interes que me suscitan de los comentarios, “por aquí meando”.
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