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España > Badajoz > Torremayor
16-03-10 12:07 #4913534
Por:haker79

cartas de la delegación de hacienda
¿Los que habeis sido despedidos a partir de marzo del 2009, habeis recibido una carta de hacienda?
Toda la vida trabajando, te despiden con una edad que encontrar trabajo puede ser un milagro.Siempre cotizando y ahora se fastidia los años importantes para la jubilación,pero la empresa te indenizan por eso años trabajados con una cantidad de dinero.
Y pregunto ¿Alguien me puede explicar porque hacienda es la primera en cobrar parte de ese dinero, que es por un despido? acaso se puede considerar ese dinero un beneficio .¿Que pasara cuando el trabajador agote el desempleo hacienda le dara de comer?.
Pero los desempleados han recibido una carta muy amable de hacienda, SI FUISTE DESPEDIDO DESPUES DEL 8 DE MARZO ,TE DEVOLVERAN EL DINERO QUE SE QUEDARON A CUENTA DEL IRPF. ¿DONDE ESTA EL TRUCO ?

Que aunque fueses despedido despues de esa fecha, seguramente el expediente estaba aprobado de mucho antes , asi que se quedan con tu dinero.
Bueno espero que algunos tengais suerte y podais recuperar algo que es vuestro.

Un saludo
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16-03-10 13:07 #4913819 -> 4913534
Por:FERNANDO PINILLA

RE: cartas de la delegación de hacienda
Que yo sepa, las indemnizaciones por despidos, no esta sujetas al IRPF, si han cambiado esta Ley lo desconozco, ¿? seria una canallada.

Seria una canallada. Ponte en contacto con un asesor fiscal, y te informará si esto ha cambiado.

Saludos
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16-03-10 18:58 #4915986 -> 4913819
Por:PacoFP

RE: cartas de la delegación de hacienda
Depende del tipo de indemnización y de los topes establecidos por la ley.

Si es despido improcedente (45 dias por año trabajado hasta un máximo de 42 mensualidades), está exenta de tributación.

Si es por causas objetivas (la famosa ley de 1.995)el máximo de días es de 20 por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Recientemente los mismos que aprobaron esta ley han presentado una enmienda (que ha sido aprobada en el Congreso) para que en caso de despido objetivo no se tribute hasta alcanzar el tope de los 45 días.

Para el resto , contratos temporales, de obra, etc. tambien hay máximos legales, y toda cifra que supere los límites establecidos por la ley está sujeta a retención en el momento de la liquidación y a tributación a la hora de presentar la declaración de la renta del ejercicio en el que se produzca, con baremos, eso sí, pero está sujeta y tributa.

Así que ojo si hay posibilidad de negociar con caulquier empresa, que hay que tener esto en cuenta antes de que nos llenen los ojos con alguna cifra que nos vendan como una bicoca, que luego vienen las sorpresas. Y Hacienda no perdona.

Saludos.

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16-03-10 19:56 #4916357 -> 4915986
Por:Victorio Pírrico

RE: cartas de la delegación de hacienda
Es lo que hay. Hacienda es como una fina tela de araña: Los insectos pequeños se quedan atrapados en ella, los moscardones y los insectos grandes, la traspasan.
Puntos:
17-03-10 00:56 #4919126 -> 4916357
Por:haker79

RE: cartas de la delegación de hacienda
En cataluña los famosos ERES.los negociaban los sindicatos con las empresas, y cada empresa es diferente.
lo que esta exento del IRPF son los 20 dias por año trabajado que es lo que marca la ley, pero si se consigue algun dia mas por año por ejemplo 30 o 45 por año trabajado, pagas el IRPF de la diferencia de esos dias.
Los despidos negociados despues del 8-3-2009 estaran exentos los 45 dias por año con un maximo de 42 años. Pero muchisimos despidos colectivos los ERES el gobierno los aprovo antes de esa fecha,asi que aunque los despidos fueron mas tarde incluso en junio lo que cuenta es cuando se aprovo (eso nos han dicho los sindicatos )
Tambien nos han dicho, que se informaran bien en la agencia tributaria, porque esta un poco confuso.
Ya os informare si hay algo nuevo.

Saludos
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