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Talarrubias - Badajoz

Poblacion:
España > Badajoz > Talarrubias
14-07-10 11:28 #5732246
Por:No Registrado
Mariano Cabanillas Rayo.- Fiestas patronales gratuitas en TALARRUBIAS
NOTA DE PRENSA.- El diario HOY de fecha 5/7/2010, y màs concretamente en su pàgina 4 y al pie de la misma, existe nota de prensa que dice lo que sigue: Hay otra localidad como es Esparragosa de Lares o Talarrubias, en las que el pago se hace por familias.- Una forma de colaborar que en el tiempo de carestìa se vuelve especialmente ùtil"

Si hacemos una interpretaciòn de la palabra colaborar, no puede existir otra epiqueya que la voluntariedad como asì se le ha puesto de manifiesto al Sr. Ledesma en escrito de fecha 12/07/2010, con numero de registro 1715, a la vez que a tales fines existen dos partidas, marcadas con la referencias en los presupuestos del año 2009, ampliable por el articulo 178 del TRHLO, 22608 y 22607, dando la primera con un importe total de 110.000.- Euros (Festejos Populares y las segunda con 60.000.- Euros.(Actividades Culturales)- Total.- 170.000.- Euros.-

El articulo 172 del TRHL tipifica: Los crèditos para gastos se destinaran exclusivamente a la finalidad espericìfica para la cual hayan sido autorizados en los presupuestos generales de la Entidad Local o por su modificaciones debidamente aprobadas.-

Vemos que por el solo hecho de esa COLABORACION las fiestas son totalmente gratuitas, no solamente la permanencia en la Plaza sino la entrada a los Toros, ya que a tales fines salen de nuestros impuestos 170.000.-Eros; luego ya no vale decir que esa entrada es abligatoria.-

De alguna forma se està cumpliendo con nuestra exigencias legales nuestro programa electoral IPEX en el sentido que las fiestas patronales iban a ser gratuitas.-

Igualmente de le ha puesto en conocimiento del Sr. Ledesma que lo haga saber a través de la RETAMA o mediante edicto y no de forma solapada en dicho periòdico.-

Si nos trasladamos al diccionario existe la siguiente definiciòn en cuanto a colaborar: trabajar con otra persona en una causa comùn); luego obviamente no existe obligaciòn alguna a esa pago.- De alguna forma el Sr. Lesma con ese anunicio se ha cubierto las espaldas al decir COLABORACION para la que pone un precio estimativo, pero nunca exigencia, toda vez que para ello deberìa a probarlo el pleno del Ayuntamiento como tasa, de ahí no ser legal esa imposión y si VOLUNTARIA;
Puntos:
14-07-10 16:44 #5733789 -> 5732246
Por:No Registrado
RE: Mariano Cabanillas Rayo.- Fiestas patronales gratuitas en TALARRUBIAS
Definitivamente el sistema de financiación de nuestras fiestas patronales está completamente obsoleto. Debe ser el único "impuesto voluntario" que exista para estos fines en la amplia geografía española.

Aparte de esto el sistema parece estar cargado de aspectos completamente ilegales y que van fuera de cualquier norma, pero que inexplicablemente todavía perdura desde tiempos de... ¿la dictadura?

A ver... señores socialistas, va siendo hora de hacer reformas.

Don Mariano, tiene usted toda la razón del mundo.
Puntos:
21-07-10 12:52 #5766818 -> 5733789
Por:fisladia

RE: Mariano Cabanillas Rayo.- Fiestas patronales gratuitas en TALARRUBIAS
Las fiestas son un derroche impresionante, tantas orquetas, tantos torros, tantas comidas de las comisiones. BASTA YA
Puntos:
06-08-10 11:47 #5858075 -> 5733789
Por:No Registrado
RE: Mariano Cabanillas Rayo.- Fiestas patronales gratuitas en TALARRUBIAS
A la Comisión de Festejos del ayuntamiento de Talarrubias (Badajoz).-

ASUNTO: Sobre libre entrada la Plaza de Toros propiedad municipal.-
1.- Para conocimiento de esa Comisión de Festejos y en evitación de situaciones nunca deseadas por esa posible prohibición de las personas de nuestro municipio que de alguna forma no puedan haber colaborado con nuestro ayuntamiento en lo concerniente a sufragar los gastos de las fiestas patronales en Honor de la Virgen Coronada y como Concejal de un Grupo Político de presión fiscalizadora, sin otro fin de cumplir la promesa o juramento a tenor del Decreto 707/1979, de 5 de abril de guardar y hacer guardar nuestro Ordenamiento Jurídico, venimos a poner en conocimiento de esa Comisión de la que el pasado año fue excluido éste Concejal sin motivos aparentes que:
1.1.- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local preceptúa:
Artículo 74.
1. Son bienes de uso público local los caminos y carreteras, plazas, calles, paseos, parques, aguas, fuentes, canales, puentes y demás obras públicas de aprovechamiento o utilización generales cuya conservación y policía sean de la competencia de la Entidad local.
2.- Nuestra C.C. en su Artículo 19 preceptúa: Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional. Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la Ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.

3.- Ya en nuestro escrito remitido tanto a esa Comisión como al alcalde presidente del ayuntamiento, se decía que a tales fines existían dos partidas presupuestarias FESTEJOS POPULARES por un monto de 170.00 Euros, amen de las posibles subvenciones tanto de la Diputación como por la Junta de Extremadura.-Escrito numero 1715 de 12/7/10, interpuesto en la Ventanilla Única de la Junta de Extremadura; y que de nuestra dehesa Mingo-Nieto se recibían suculentos beneficios que bien se podían destinar a gastos corrientes como sería esa financiación, toda vez que hasta la fecha no hemos podido determinar donde y como se puedan haber empleados esas partidas recaudatorias tanto por pastos como por labores.-


4.-. Con este documento exigimos a esa Comisión y una vez terminada las fiestas den debido cumplimiento contable al Pleno del ayuntamiento, sin otro fin que puedan ser fiscalizadas la citadas cuentas, bien por el propio Grupo de gobierno o por los de la Oposición como sería nuestro caso, sin otro fin que declinar éste Concejal de responsabilidades, tanto civiles como penales.-


5.- Se ruego de este escrito den traslado al alcalde presidente al tener todas las comisiones de posible delegación en su persona, o lo que es lo mismo al no existir concejal de Cultura, sin otro fin que declinar esa Comisión de toda responsabilidad en cuanto organización y contratación de personas y efectos.-






Mariano cabanillas rayo. Sujeto Pasivo y Concejal de Ayuntamiento de Talarubias (Badajoz).- c/ José Zorrilla 125-1- A Segovia. DNI 76.192.855-L
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