Esta es la cultura del Sr. de Celis Porro y su forma de expresarse hacía éste ex-concejal.- Contestación al escrito 200900000256 y 200900000414 sobre la regulación de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones y sobre la no existencia de libro de quejas o sugerencias en nuestro Ayuntamiento. Le responde el Concejal Sr. de Celis. Nos gustaría no tener que decirle que es usted como el loro “que dice los que sabe, pero no sabe lo que dice”, pero además vamos a suponerle que, después de tantas preguntas con el consiguiente defecto de no saber leer, esta es con mala intención, que ya es el colmo. Mire usted, nos pregunta ¿que si nuestro Ayuntamiento tiene regulada “la comisión especial de sugerencias y reclamaciones”? Se basa en al Ley 57/2003, Art.132- 1, 2, 3 y 4. ¿Pero usted sabe leer e interpretar lo que lee? Esa ley a la que hace mención y dentro de ella el Capitulo X, al que pertenece el articulo en cuestión, lleva por titulo Organización de Municipios de Gran Población, mayores de 250.000 habitantes, Capitales de Provincia, Capitales Autonómicas o Sedes de Instituciones Autonómicas y municipios de mas de 75.000 habitantes. Por supuesto que cuando lleguemos a esa población estará creada y funcionando la comisión. Por todo lo cual, ¿Cómo quiere que entendamos su escrito? Entendemos que se contesta solo, pero para que no haga usted mas el ridículo, es preferible que antes de hacer una pregunta, sepa leer y a que se refiere el articulo que cita. |