Subvenciones para la Guardería, a ver si no se cierra DECRETO 110/2012, de 15 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para financiar el funcionamiento de centros de Educación Infantil (0-3 años) y se aprueba la primera convocatoria de las mismas para el ejercicio 2012. Artículo 1. Objeto y finalidad. 1. El objeto del presente decreto es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos,.., para financiar gastos corrientes derivados del funcionamiento de Centros de Educación Infantil (0-3 años), con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 2. La finalidad de la subvención consiste en sufragar, total o parcialmente, los gastos corrientes derivados del funcionamiento de Centros de Educación Infantil, referidos al periodo de tiempo que dichos centros solicitantes de la ayuda ofrezcan sus servicios durante el ejercicio presupuestario correspondiente. 3. Los gastos corrientes que pueden ser objeto de justificación serán principalmente los gastos de personal, alquiler de locales y edificios, reparaciones, mantenimiento y conservación de edificios y locales, material de oficina, prensa, revistas, libros y otras publicaciones,material informático no inventariable, suministros (energía eléctrica, gas, combustible, agua), vestuario, alimentación, comunicaciones, primas de seguro. Las cantidades que se otorgan lo serán a fondo perdido, estando en todo caso afectas al fin para el que fueron concedidas. 1. El plazo de presentación de solicitudes será como mínimo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. (DOE 120, 22 Junio 2012). |